DDHH
La Justicia volvió a rechazar recursos contra el DNU de la SIDE que habilita detenciones sin orden judicial
El juez federal Daniel Alonso desestimó un habeas corpus preventivo presentado por abogados radicales. Es el segundo revés judicial que sufren las acciones para suspender el decreto que habilita detenciones sin orden judicial.
★ El titular del juzgado federal de Paraná, Daniel Alonso, rechazó este viernes una presentación de habeas corpus preventivo contra la ampliación de facultades de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) dispuesta a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025, dictado a fines de diciembre de 2025. Esa norma modifica de forma profunda el sistema de inteligencia argentino y otorga funciones nuevas o más amplias a la SIDE, algunas de ellas muy controvertidas.
El habeas corpus preventivo había sido presentado por los abogados de la UCR Rubén Alberto Pagliotto, Raymundo Arturo Kisser y Armando Rafael Aquino Britos. El juez estableció en el fallo que «no se infiere ni siquiera de manera indiciaria la existencia de limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria, ni un atentado a la libertad decidido y en próxima vía de ejecución, ni vulneración de garantía constitucional alguna».
Los presentantes apelarán el rechazo
Quienes pidieron el recurso apelarán al rechazo. «El hecho mismo que el DNU habilite la detención por agentes de inteligencia sin orden judicial, en sí mismo, es un peligro concreto, real y potencial. O sea: la ley habilita este procedimiento repugnantemente inconstitucional y anticonvencional», declararon en diálogo con los medios.
Alonso expresó que «del escrito promocional no se advierte la existencia de los supuestos de procedencia del hábeas corpus preventivo». El DNU, firmado el pasado 31 de diciembre, recibió numerosos amparos en su contra, pero ninguno había llegado a la instancia de ser tratado durante la feria judicial de enero, momento en el que las tareas se reducen al mínimo y solo se tratan temas de urgencia.
Antecedente: el juez de feria ya había rechazado cinco amparos
Esta resolución se suma al rechazo que el juez de feria Walter Lara Correa dispuso días atrás sobre cinco amparos presentados por legisladores opositores, dirigentes radicales alfonsinistas, el CELS, el Llamamiento Argentino Judío y la Fundación Apolo. En aquella oportunidad, Lara Correa sostuvo que resolver esas medidas implicaría pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, una competencia que corresponde a los jueces naturales de la causa y no a los tribunales de feria.
El diputado socialista Esteban Paulón, uno de los presentantes junto a Maximiliano Ferraro y Mónica Frade, criticó entonces: «Hay urgencias y urgencias. Para el juez Lara Correa el DNU 941, que está vigente y suspende garantías constitucionales desde el 2 de enero pasado, no reviste ninguna urgencia para su tratamiento. Para el Gobierno sí hubo urgencia para dictarlo».
El artículo más polémico del DNU
El punto más discutido del decreto es que habilita a agentes de inteligencia a detener o aprehender personas en el marco de sus actividades de inteligencia, incluso sin orden judicial previa en casos de flagrancia. Las críticas principalmente radican en la afectación de derechos y garantías constitucionales como la libertad ambulatoria y el debido proceso. Esto debido a que esta medida permitiría detenciones por agentes que no son parte del sistema tradicional de seguridad y sin el control judicial inmediato que exige la Constitución.
Además, el decreto establece que todas las operaciones del sistema de inteligencia tienen carácter encubierto, lo que oscurece aún más el control externo y complica saber cuándo y cómo se aplican esas facultades dentro del territorio nacional.
Centralización y control presupuestario
Más allá de las detenciones, la SIDE queda como órgano rector de todo el sistema, coordinando varias agencias como la Agencia Nacional de Contrainteligencia y la Agencia Federal de Ciberinteligencia. Esto implica una centralización del poder de inteligencia en un único organismo bajo conducción política directa. Los críticos argumentan que el DNU otorga facultades cuasi policiales por decreto, algo que tradicionalmente debe regularse por ley del Congreso.
Además, la medida contempla que la SIDE pueda requerir información de otros organismos del Estado, tanto nacionales como de provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, lo que amplía su alcance operacional. Este aspecto también fue duramente criticado por la oposición señalándolo como una forma de «desdemocratizar» los servicios de inteligencia.
El debate pasa al Congreso
Con la vía judicial demorada por los rechazos sucesivos, el foco se traslada al Congreso Nacional. El Gobierno envió el DNU al límite del plazo legal y la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo tiene diez días hábiles para tratarlo, plazo que vence el 29 de enero. Sin embargo, ni la vicepresidenta Victoria Villarruel ni el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, conformaron esa comisión pese a los reclamos opositores.
La oposición en Diputados suma 119 votos entre Unión por la Patria, Frente de Izquierda e interbloque Unidos, a diez del quórum necesario para habilitar la sesión y avanzar en el rechazo del decreto, que se consigue con mayoría simple. El escenario más probable es que el DNU se trate en la primera semana de febrero, cuando los legisladores regresen del receso veraniego.
El senador justicialista Jorge Capitanich presentó un proyecto de ley para derogar el decreto, utilizando en parte un análisis del CELS que califica al DNU como la creación de una «policía secreta». Veinte organizaciones de derechos humanos, entre ellas Amnistía Internacional Argentina, ACIJ y Poder Ciudadano, también pidieron al Congreso que rechace la norma.
Los sucesivos rechazos judiciales configuran un patrón que deja en manos del Congreso la única vía efectiva para frenar el DNU 941/2025, en un contexto donde el oficialismo despliega una estrategia dilatoria y la oposición enfrenta el desafío de sumar los votos necesarios para alcanzar el quórum.
Puntos clave
• El juez federal Daniel Alonso rechazó un habeas corpus preventivo presentado por abogados radicales contra el DNU 941/2025.
• Los presentantes apelarán la decisión argumentando que la habilitación de detenciones sin orden judicial es «un peligro concreto, real y potencial».
• Este rechazo se suma al del juez de feria Walter Lara Correa, que desestimó cinco amparos presentados por legisladores y organizaciones de derechos humanos.
• La oposición en Diputados suma 119 votos, a diez del quórum necesario para tratar el decreto en el recinto de sesiones.
• El plazo de diez días hábiles para el tratamiento en la Comisión Bicameral vence el 29 de enero, pero la comisión no fue conformada por Villarruel y Menem.
Chaco
Juzgan a 10 policías de Chaco por atacar a jóvenes qom; ocho siguen en servicio
El juicio oral por la irrupción ilegal en una vivienda del barrio Banderas Argentinas y los malos tratos posteriores contra cuatro jóvenes comenzó a principios de octubre y se prevé que termine a mediados de noviembre. A seis años de los hechos, las pericias psicológicas del Poder Judicial de Chaco determinaron que todas las víctimas sufrían estrés postraumático.
Ocho de los diez policías de Chaco que son juzgados por el ataque a jóvenes de la comunidad qom en Fontana nunca dejaron sus cargos. Así lo explicó Noelia Garone, directora de Protección y Promoción de Derechos Humanos de Amnistía Internacional, quien precisó que solo dos de los imputados no cumplen funciones en la fuerza y que el resto continúa dentro de la Policía provincial.
Los diez efectivos de la Policía de Chaco son juzgados por la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia por los hechos ocurridos en la madrugada del 31 de mayo de 2020, en el barrio Banderas Argentinas de la localidad de Fontana. Las acusaciones están vinculadas al “uso ilegítimo de la fuerza” y a la detención arbitraria de cuatro jóvenes, entre ellos una adolescente. El debate oral comenzó a principios de octubre y se prevé que finalice a mediados de noviembre.
Una irrupción sin orden judicial
Según la acusación, los efectivos ingresaron a la vivienda de las víctimas de forma violenta y sin orden judicial, con forcejeos, empujones, golpes de puño, patadas y armas de fuego. Garone indicó que esa madrugada los policías entraron sin orden de allanamiento a tres domicilios del barrio y se llevaron detenidos a los cuatro jóvenes, mientras los insultaban y hacían referencia a su pertenencia a una comunidad indígena. Amnistía admitió que, hasta el momento, no se conocen los motivos que esgrimieron los efectivos para justificar el ingreso.
Ya detenidos, de acuerdo con la denuncia, los policías continuaron con torturas y malos tratos que las cámaras de la comisaría captaron de manera parcial y que dejaron heridas graves en los jóvenes.
El daño que constataron las pericias
Amnistía realizó en 2021 una misión en Fontana, donde mantuvo extensas entrevistas con la familia Saravia, recogió testimonios y documentó el caso. Garone sostuvo que la afectación fue determinante en cada uno de los jóvenes detenidos. Las pericias psicológicas de la Oficina de Servicio Social del Poder Judicial de Chaco arrojaron conclusiones unánimes: todas las víctimas sufrían estrés postraumático. Por ese motivo, las psicólogas determinaron que debían recibir tratamiento psicológico como consecuencia de lo que la organización define como graves hechos de violencia institucional.
Seis años de espera y una pregunta abierta
En 2022, Amnistía Internacional Argentina se presentó como amicus curiae en el proceso y remarcó que es “obligación del Estado” prevenir, investigar y sancionar de manera apropiada la tortura y el abuso físico y psicológico denunciados, con un “especial ensañamiento” por la pertenencia de las víctimas a la comunidad qom.
El juicio llega seis años después de los hechos. Según informó la prensa local, una de las acusadas había sido ascendida por el gobernador Leandro Zdero en 2025, cuando ya estaba vinculada a la causa, y enfrenta cargos por encubrimiento agravado y detención ilegal. Rige la presunción de inocencia para los diez imputados y será el tribunal el que determine las responsabilidades. Aun así, que ocho de los diez acusados sigan en funciones, y que una de ellas haya sido promovida, deja expuesta una pregunta incómoda sobre la respuesta institucional que recibió una causa de violencia contra un pueblo originario.
Lo que tenés que saber:
- Diez policías de Chaco son juzgados en Resistencia por los hechos del 31 de mayo de 2020 en Fontana.
- Según Amnistía Internacional, solo dos de los diez imputados no cumplen funciones en la fuerza.
- Las víctimas son cuatro jóvenes de la comunidad qom, entre ellos una adolescente.
- Las pericias psicológicas del Poder Judicial de Chaco determinaron que todas las víctimas sufrían estrés postraumático.
- El debate comenzó a principios de octubre y se prevé que concluya a mediados de noviembre.
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