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A 40 años de Malvinas, difunden testimonios de ex combatientes torturados

Según el expediente judicial del caso, alrededor de 180 personas declararon como víctimas o testigos de las torturas perpetradas por altos rangos militares a subordinados durante el conflicto bélico.

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El-Argentino-Soldados en Malvinas

La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), querellante en la causa que investiga las torturas sufridas por los soldados durante la Guerra de Malvinas por parte de sus superiores, difundió hoy, en el marco de la conmemoración de los 40 años del inicio conflicto bélico, un documento con el testimonio brindado por los excombatientes ante la justicia

Según precisó un comunicado de la CPM, desde el inicio del expediente judicial alrededor de 180 personas declararon como víctimas o testigos de las torturas perpetradas por altos rangos militares a subordinados durante el conflicto bélico.

Hay 130 militares argentinos imputados por esos crímenes; 3 de ellos procesados y otros 20 con llamado a indagatoria, detalló, y agregó que los oficiales que condujeron la guerra disciplinaron a los soldados con la misma metodología que aplicaron en los centros clandestinos de detención de la última dictadura.

«Los testimonios dan cuenta de las múltiples prácticas de torturas empleadas: estaqueamiento, picana con teléfono de campaña, sumersión en agua helada, golpes de todo tipo, hambrunas, vejaciones y enterramientos», detalló la CPM.

A 40 años de la guerra, estos crímenes permanecen impunes. En mayo del 2021, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso presentado por la defensa de uno de los imputados y anuló el fallo de la Cámara de Comodoro Rivadavia que había declarado la imprescriptibilidad de las torturas cometidas en las Islas Malvinas por tratarse de crímenes de lesa humanidad. El expediente está ahora en la Corte Suprema de Justicia de Nación, que deberá expedirse sobre la cuestión.

La CPM difundió hoy un documento con los testimonios de esta causa, que se puede leer o descargar a continuación o al que se puede acceder a través de este link.

«Un día decido ir a buscar comida y me escapo al pueblo. Consigo la comida entre la basura. Cambié el reloj que tenía y me dieron panceta, latas… Cuando llego a mi posición, me estaban esperando el subteniente, el sargento y el cabo, estaban haciendo la revista de equipo a toda la compañía(…) Me hacen tirarla, la mezclan con mierda humana y me hacen comerla, comenzando a pegarme. Me deforman la cara de los golpes: me golpean con el fusil FAL en una de las costillas, me quiebran tres costillas y la clavícula y casi pierdo el ojo derecho. Me hacen caminar por la zona minada ida y vuelta dos veces; me mandan a pegar por la tropa. El subteniente me manda a estaquear, a desvestir, me sacan todo el equipo, el armamento», se lee en uno de los testimonios.

Allí no terminaron los padecimientos del combatiente, ya que contó que «junto a mi estaban dos soldados estaqueados». «Me pone una granada en la boca, me manda a poner un lazo de carpa alrededor del cuello para que tuviera la cabeza agachada y una estaca en los testículos atada con el lazo para que no me moviera. Toda la tropa presenció esto, ya que los mandó a que me mearan y a que, cada dos o tres minutos, alguien me tirara agua helada. No sé cuánto tiempo pasó, perdí el conocimiento», añadió.

Otro testimonio incluido en ese documento es el de un excombatiente que relató que «cuando llego a Puerto Argentino pesaba alrededor de 60 kilos y cuando nos fuimos de Malvinas pesaba, con los cuatro cargadores que tenía encima, ropa y botas, alrededor de 36 kilos. Durante todo el período de la guerra sufrí mucho el frío y principalmente hambre. Fui maltratado, vejado, torturado y estaqueado durante la Guerra de Malvinas y los días posteriores, que fueron cometidos por un cabo del Ejército, quien era el jefe de grupo de la primera línea».

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Primero la ley, después el plan: el Gobierno recién ahora creó el programa para aplicar la baja de imputabilidad

Veinte días después de que entrara en vigencia la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, el Ministerio de Justicia creó por resolución el programa para implementarla. Su conducción, igual que la del nuevo plan contra la ciberdelincuencia, quedó en manos de asesores designados ad honorem.

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El Argentino Diario-Ministro de Justicia-Juan Bautista Mahiques.
Régimen Penal Juvenil: rige desde el 5 de septiembre pero recién ahora tiene programa de implementación.

La ley que permite juzgar penalmente a chicos y chicas de 14 años rige desde el 5 de septiembre, pero recién este viernes el Gobierno nacional creó el programa encargado de ponerla en marcha. El Estado habilitó primero el castigo y recién ahora empieza a construir la estructura que debía acompañarlo. Y lo hizo con una coordinación que no cobra por su tarea.

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, firmó las Resoluciones 483/2026 y 484/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La segunda creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la Dirección de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, que depende de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia. La primera creó el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (PRONACIB). En ambos casos, la conducción quedó a cargo de asesores designados «ad honorem».

Un programa que llega cuando la ley ya se aplica

Según la Resolución 484/2026, el programa «estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco». Esas funciones fueron asignadas, sin remuneración, a la asesora Débora Eliana Di Girolamo.

Entre sus objetivos, la norma enumera «concertar la implementación integral del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la competencia nacional ordinaria y federal», impulsar la «centralidad y tutela efectiva de las víctimas en el proceso», contribuir a la formación especializada de los operadores judiciales y fortalecer la articulación entre ministerios, instituciones y jurisdicciones.

El texto también fija como meta «promover el diseño y gestión de un sistema de producción, compilación y sistematización de información estadística e institucional, para la evaluación de resultados de política criminal juvenil». Dicho de otro modo, las herramientas para medir si la reforma sirve para algo todavía están por diseñarse, cuando la ley ya lleva tres semanas en vigencia.

Las líneas de acción previstas son tres: la gestión del Cuerpo de Supervisores, con la «coordinación, supervisión técnica y estandarización de los protocolos de intervención» del personal que seguirá las medidas dispuestas; la atención y protección integral de las víctimas; y la formación y capacitación especializada de quienes intervienen en el sistema penal juvenil.

Otro de los objetivos declarados es promover intervenciones «basadas en evidencia orientadas a la reducción de la reincidencia delictiva». La paradoja salta a la vista: durante el debate legislativo, especialistas y organismos internacionales advirtieron que bajar la edad de imputabilidad no reduce el delito y que puede profundizar la exclusión y la propia reincidencia. El Gobierno invoca ahora la evidencia para gestionar una ley que se sancionó a contramano de ella.

De la sanción en el Senado a los tribunales

La Ley 27.801 fue aprobada de manera definitiva por el Senado el 27 de febrero, con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, y se publicó en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Reemplazó al decreto ley 22.278, el Régimen Penal de la Minoridad dictado en 1980, durante la última dictadura, y bajó la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, con penas de hasta 15 años de privación de la libertad. La propia norma fijó su entrada en vigencia a los 180 días de su publicación, plazo que se cumplió el 5 de septiembre.

Luego, el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante el Decreto 875/2026, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal y lo facultó a dictar las normas complementarias para instrumentar el régimen. Las resoluciones de este viernes son la traducción administrativa de esa delegación.

El día que la ley empezó a regir, la senadora Patricia Bullrich, jefa del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara alta, celebró en sus redes: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». El eslogan llegó a tiempo; el programa para aplicar la ley, tres semanas tarde.

La implementación ya generó choques en la Justicia. En Lomas de Zamora, la jueza de Responsabilidad Juvenil Marta Pascual había hecho lugar a un habeas corpus que suspendía la aplicación del nuevo régimen en la provincia de Buenos Aires, al considerar que no estaban dadas las condiciones para ponerlo en marcha. El 15 de septiembre, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de ese departamento judicial revocó ese fallo tras una apelación fiscal. En la Ciudad de Buenos Aires, la jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 y sobreseyó a un chico de 14 años acusado de un intento de robo; la decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal porteño.

Ciberdelito y evidencia digital, con puertas abiertas a privados

La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB en la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal. Según el texto oficial, el programa «estará a cargo de un Coordinador, quien tendrá a su cargo la coordinación y el seguimiento de las acciones desarrolladas» en su marco. Para ese rol fue designado, también «ad honorem», el asesor de la Subsecretaría Mariano Tomás Rivas.

La norma habilita al PRONACIB a «constituir mesas interinstitucionales de articulación, de carácter general o especializado, con organismos, autoridades y actores públicos o privados». En un terreno tan sensible como la evidencia digital, la participación de actores privados abre preguntas sobre límites y controles que las resoluciones no responden.

Gestión ad honorem, castigo a tiempo completo

Las dos resoluciones comparten un rasgo: programas de alcance nacional, con objetivos ambiciosos, cuya coordinación descansa en asesores que no perciben remuneración por esa función. En el caso del Régimen Penal Juvenil, esa estructura deberá supervisar al cuerpo de profesionales que seguirá a los adolescentes sometidos a proceso, capacitar a los operadores y asistir a las víctimas.

La baja de la edad de imputabilidad se vendió como una respuesta inmediata a la inseguridad, pero su puesta en marcha revela improvisación. Mientras el oficialismo celebró la vigencia de la ley con consignas, la arquitectura institucional para aplicarla se arma por resolución, con la norma ya en funcionamiento y jueces que advirtieron que las condiciones no estaban dadas. Los que quedan en el medio son chicos y chicas de 14 y 15 años.

Lo que tenés que saber:

  • El Ministerio de Justicia creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil mediante la Resolución 484/2026, veinte días después de que la Ley 27.801 entrara en vigencia.
  • La coordinación del programa quedó a cargo de la asesora Débora Eliana Di Girolamo, designada ad honorem.
  • La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB, dedicado a ciberdelincuencia y evidencia digital, coordinado ad honorem por Mariano Tomás Rivas y habilitado a articular con actores privados.
  • La Ley 27.801 baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y prevé penas de hasta 15 años de privación de la libertad.
  • La aplicación del régimen ya fue cuestionada por las juezas Marta Pascual, en Lomas de Zamora, y Laura De Marinis, en la Ciudad de Buenos Aires.
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