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Cannabis medicinal: la Corte resolverá en audiencia pública un amparo sobre el autocultivo

En 2009 el máximo tribunal despenalizó por inconstitucional la tenencia de estupefacientes para consumo personal “restringió sus alcances al ámbito de la intimidad o privacidad y a condición de que no afecte a terceros”, y no hizo alusión al autocultivo, lo que ha llevado que “en estos 12 años se hayan producido una gran cantidad de causas penales a partir de casos que caen en una zona gris” como el consumo en la vía pública o en un espacio privado compartido con terceras personas.

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La Corte Suprema de Justicia escuchará este miércoles diferentes argumentos antes de pronunciarse en un caso que llevó hasta el máximo tribunal la discusión acerca de si las familias de niños y adolescentes bajo tratamiento con cannabis terapéutico deben ser facultadas a “cultivar para sus hijos sin control del Estado”, en lo que podría ser “el fallo Arriola del autocultivo con fines medicinales”, según especialistas.

“Estamos pidiendo a gritos que se nos deje de perseguir, necesitamos dejar de estar expuestas a que nos denuncien, nos allanen y nos secuestren las plantas que cultivamos para nuestros hijos”, dijo Laura Acosta, presidenta de Mamás Cannabis Medicinal (Macame) y una de las impulsoras del recurso de amparo que llegó a la Corte.

Para que cese esta situación, esta madre de una adolescente con una encefalopatía severa que redujo de 400 a una o ninguna sus convulsiones diarias gracias al aceite de cannabis que preparan en su casa, reclama “que se declare inconstitucional la penalización del cultivo de cannabis que hacemos en el ámbito privado, sin afectar a terceros y por cuestiones de salud”.

La segunda audiencia pública convocada por la Corte en lo que va del año estará dedicada al recurso presentado por dos integrantes de Macame ante el revés obtenido ante la Cámara Federal de Rosario a la que acudieron en representación de sus hijos menores de edad, solicitando que se despenalice completamente el autocultivo de cannabis con fines medicinales para tratar las afecciones que ellos padecen.

Durante la audiencia invocarán sus argumentos cuatro de los 20 amicus curiae (amigos del tribunal) -entre los que se encuentra el CELS-, además del Procurador General de la Nación, la Defensora General de la Nación, y las partes involucradas.

“Se abordará un tema sensible en relación a dos cuestiones: el derecho a la salud en general y de niños y niñas en particular, y el otro es la criminalización de aquellas personas que cultivan para procurarse medicamentos», dijo el director de litigio del CELS, Diego Morales.

Por su parte, el coordinador del Área Política de Drogas de la Asociación Pensamiento Penal (APP) Andrés Bacigalupo explicó que “lo que se está discutiendo es la facultad que tienen las familias, madres y padres para cultivar cannabis con fines terapéuticos sin control del Estado” para el tratamiento de problemas de salud de sus hijos a partir de aceites elaborados de manera artesanal con lo cosechado.

“Lo que discutirán es la obligatoriedad de tener que inscribir a los niños en un programa de experimentación para obtener el aceite (industrial) de manera gratuita por parte del Estado o en el Registro del Programa Cannabis (Reptrocann) para acceder al cultivo controlado de la planta de cannabis en sus casas”, agregó.

A partir de la sanción de la Ley 27350 de 2017, su reglamentación y diferentes resoluciones accesorias del Ministerio de Salud se estableció que las personas con patologías contempladas para el tratamiento con cannabis medicinal, pueden acceder a éste de dos maneras: mediante la disponibilidad del aceite fabricado industrialmente -ya sea a través de la adquisición, la provisión por obras sociales y prepagas, o suministrado de forma gratuita por el Estado a partir de la inclusión del paciente en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis- o mediante el autocultivo habilitado solo para quienes estén inscriptos en el Reprocann, que permite tener entre 1 y 9 plantas florecidas a partir de prescripción de un médico también inscripto en esta base de datos.

“Hay dos cuestiones: la primera es que la ley habilita al Estado argentino a entregar de manera gratuita el cannabis por motivos de salud solo en aquellos supuestos en que la persona se someta a procesos de experimentación que podrían afectar tu integridad física y psíquica”, dijo Morales.

“La segunda es que el Reprocann tiene regulaciones que no impiden que la Justicia criminalice a los autocultivadores inscriptos, porque vos podes hacer el pedido de inclusión pero no necesariamente este reconocimiento es inmediato. Por otro lado, es un reconocimiento vigente solo por un año, un límite que pueden habilitar la criminalización” en los lapsos no cubiertos, agregó.

De hecho, el estudio reciente del CELS muestra que a fines de 2020 fue detenido un hombre que cultivaba cannabis para su esposa con epilepsia refractaria en el partido bonaerense de San Miguel, y a principios de 2021 “un cultivador solidario de cannabis con fines medicinales y su hijo estuvieron 20 días privados de la libertad” en Carhué.

“La decisión es tan importante porque la Corte puede producir el ‘fallo Arriola’ del autocultivo con fines medicinales”, apuntó Bacigalupo.

En ese sentido, recordó que en la mencionada sentencia que en 2009 despenalizó por inconstitucional la tenencia de estupefacientes para consumo personal “restringió sus alcances al ámbito de la intimidad o privacidad y a condición de que no afecte a terceros”, y no hizo alusión al autocultivo, lo que ha llevado que “en estos 12 años se hayan producido una gran cantidad de causas penales a partir de casos que caen en una zona gris” como el consumo en la vía pública o en un espacio privado compartido con terceras personas, entre otras.

Morales aseguró, a su turno, que la expectativa es que la Corte ofrezca una “más ajustada interpretación en la que quede clara la no imputación” de delitos contemplados en la Ley de Drogas para personas que cultivan cannabis con fines terapéuticos, al tiempo que deje establecido que “no se puede hacer un intercambio de experimentación por acceso a los medicamentos”.

“Desde Pensamiento Penal siempre consideramos que estas regulaciones para la autorización de autocultivo con fines terapéuticos son una solución intermedia y pasajera, porque el camino es la despenalización (del cultivo) y la eliminación del cannabis de la lista de estupefacientes”, dijo Bacigalupo.

Es que “en los hechos, luego de la entrada en vigencia de las normas del Ministerio de Salud, ha sido el mismo Estado, mediante las fuerzas de seguridad, las que han seguido criminalizando tanto inscriptos como no inscriptos” en el Reprocann porque hay fallas “en la capacitación a las fuerzas policiales y de seguridad en esta normativa que es el excepción a una ley penal”.

Entre los argumentos de los amicus que se expresarán en contra de lo solicitado por Macema, se cuentan el presunto riesgo de intoxicación con cannabis o de adicción, así como la necesidad de preservar tanto el interés superior del niño sobre las decisiones de los padres como la división de poderes del Estado.

“Nosotros vivíamos en un tormento continuo, y eso quedó en la historia con el cannabis. Ya tenemos los chicos con este tránsito, lo solucionamos en soledad, hoy tenemos otras herramientas para mejorar lo que venimos haciendo. Por eso no hay excusas para que se nos invada”, concluyó Acosta.

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Denunciaron a Caputo y Bausili por el oro del Banco Central: investigan pérdidas por US$ 1.023 millones

Una presentación de Gregorio Dalbón apunta a esclarecer las operaciones financieras realizadas durante 2025 con las reservas de oro. El expediente quedó en manos del juez federal Ariel Lijo y del fiscal Gerardo Pollicita, mientras la acusación solicita investigar las decisiones y sus posibles consecuencias patrimoniales.

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El Argentino Diario-Luis Toto Caputo.

El ministro de Economía, Luis Caputo, y el presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Santiago Bausili, fueron denunciados judicialmente por las operaciones financieras vinculadas con el oro de las reservas internacionales. La presentación fue realizada por el abogado Gregorio Dalbón luego de que la Auditoría General de la Nación (AGN) informara resultados negativos por US$ 1.023 millones durante 2025.

La causa quedó radicada ante el juez federal Ariel Lijo, con intervención del fiscal Gerardo Pollicita. La presentación busca que la Justicia determine cómo se tomaron las decisiones relacionadas con esas operaciones, quiénes intervinieron y si existió un perjuicio patrimonial para el Estado argentino.

El planteo se apoya en el informe sobre los estados contables del Banco Central correspondientes al ejercicio 2025. Las cifras consignadas corresponden a resultados negativos asociados con determinadas operaciones financieras y no constituyen, por sí solas, una determinación judicial de responsabilidades penales.

Qué dice el informe de la AGN sobre el oro del Banco Central

El informe de la Auditoría General de la Nación identificó resultados negativos por US$ 1.023 millones en operaciones financieras vinculadas con el oro de las reservas internacionales durante 2025. Según los datos difundidos, el monto equivale a $1.469.155 millones.

El detalle presentado distingue dos componentes principales:

  • US$ 960,2 millones: resultados negativos correspondientes a opciones financieras.
  • US$ 62,8 millones: montos asociados con el pago de primas.

La información constituye el punto de partida de la denuncia impulsada por Dalbón, quien reclama esclarecer las condiciones en las que se realizaron las operaciones y las decisiones que determinaron sus resultados.

El objetivo de la presentación es que se analice la documentación correspondiente y se establezca si las operaciones respondieron a una justificación económica adecuada, qué riesgos involucraron y qué mecanismos de control se aplicaron.

Qué pidió Gregorio Dalbón en la denuncia contra Caputo y Bausili

En su presentación, el abogado planteó la necesidad de identificar a los funcionarios y responsables que participaron en el diseño, la autorización y la ejecución de las operaciones financieras.

Dalbón sostuvo: “1.023 millones de dólares no son una anotación contable. Son recursos de la República y exigen una explicación a la altura de semejante cifra”.

A partir de ese planteo, solicitó que la investigación determine distintos aspectos de las operaciones:

  • Quiénes tomaron las decisiones y quiénes las autorizaron.
  • Qué actores diseñaron las estrategias financieras.
  • Con qué contrapartes se realizaron las operaciones.
  • Cuál fue la justificación económica de cada decisión.
  • Qué riesgos financieros se asumieron.
  • Qué controles se aplicaron durante el proceso.
  • Si las operaciones ocasionaron un perjuicio patrimonial al Estado argentino.

La denuncia procura establecer esos elementos a partir de la documentación disponible y de las medidas que disponga la Justicia. La existencia de resultados contables negativos no implica, por sí misma, que se encuentre acreditada una conducta delictiva.

La causa quedó en manos de Ariel Lijo y Gerardo Pollicita

La presentación quedó radicada ante el juez federal Ariel Lijo, mientras que el fiscal Gerardo Pollicita tendrá intervención en el expediente.

En esta primera etapa, Dalbón buscó formalizar la denuncia, individualizar a las autoridades judiciales intervinientes y establecer el marco procesal para avanzar con el análisis de la documentación y las posibles responsabilidades.

El avance de la investigación dependerá de las medidas que adopten los funcionarios judiciales y de los elementos que se incorporen a la causa.

Entre los puntos planteados figura la necesidad de reconstruir el circuito de decisiones que condujo a las operaciones financieras y examinar los controles que existieron durante su implementación.

Cuándo ampliarán la denuncia por las operaciones con el oro

Dalbón anunció que ampliará la denuncia el martes 13 de octubre ante el juez Lijo y el fiscal Pollicita. Según adelantó, incorporará nueva documentación y solicitará las declaraciones indagatorias que correspondan.

El abogado también anticipó que requerirá medidas urgentes para preservar pruebas vinculadas con las operaciones investigadas.

Al explicar ese pedido, advirtió: «Si existe riesgo de ocultamiento o destrucción de documentación, entorpecimiento de la investigación o cualquier conducta destinada a frustrar la averiguación de la verdad, pediremos que la Justicia actúe inmediatamente con todas las herramientas que le otorga la ley».

La ampliación buscará profundizar la documentación presentada inicialmente y avanzar sobre las decisiones que rodearon las operaciones con el oro del Banco Central.

Qué falta esclarecer sobre las operaciones del Banco Central

La investigación deberá determinar, entre otros aspectos, cómo se estructuraron las operaciones financieras, quiénes participaron en su autorización y ejecución, qué fundamentos económicos las respaldaron y cuáles fueron sus consecuencias patrimoniales.

También deberá examinarse el alcance de los resultados negativos registrados por la AGN y su relación con las decisiones adoptadas durante el ejercicio 2025.

Por ahora, la presentación de Dalbón constituye una denuncia judicial y los señalamientos deberán ser evaluados en el marco del expediente. La eventual existencia de responsabilidades individuales dependerá de los elementos que se incorporen y de las conclusiones a las que llegue la Justicia.

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