Judiciales ⚖️
Criptogate: Arroyo Salgado investiga un nuevo tuit de Milei por “manipulación del mercado”
La jueza evalúa el impacto de un retuit presidencial en la maniobra fraudulenta.
La jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, ordenó ampliar la investigación sobre la estafa cripto en la que está involucrado Javier Milei, al considerar que un retuit del presidente podría haber influido en la manipulación del mercado.

Se trata de una publicación del financista y asesor presidencial Darío Epstein, en la que explicaba cómo comprar la moneda virtual $LIBRA.
Milei la reposteó el 17 de febrero, dos días después de que se desatara el escándalo, lo que generó una nueva oleada de compras, seguida de una caída abrupta en su cotización.
Para Arroyo Salgado, esta acción es parte de la maniobra fraudulenta conocida como “pump and dump” (inflar y tirar), por lo que amplió la investigación a los días posteriores al 14 de febrero, cuando el mandatario promocionó por primera vez la criptomoneda.
“El Sr. Presidente de la Nación, Javier Gerardo Milei, resposteó un ‘tweet’ de Darío Epstein en el que se detallaba cómo adquirir Libra, lo que había generado una tercera oleada de compra masiva”, sostiene la resolución judicial.
Golpe a la imagen del Gobierno
El escándalo cripto se suma a un contexto de creciente rechazo a la gestión de Milei.
• El 58% de la población rechaza sus medidas, según los últimos relevamientos.
• En Córdoba, su bastión electoral en 2023, su imagen cayó un 40%.
• En Rosario, donde tenía un 58% de apoyo, ahora registra una caída del 28%.
• El 70% de los comentarios en redes sobre Milei son negativos, reflejando una pérdida de control sobre la conversación digital.
El analista Gustavo Córdoba advirtió que la situación es “crítica y sin margen de maniobra” hasta el esperado desembolso del FMI en abril.
Por su parte, el consultor Gastón Toro comparó el nivel de descontento con “el año posterior a la pandemia”, cuando la sociedad atravesaba un fuerte hartazgo y desilusión.
La combinación del escándalo cripto, la crisis económica y la falta de respuestas en materia de seguridad pone al Gobierno en su momento más difícil desde el inicio de la gestión.
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Judiciales ⚖️
La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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