Córdoba
Horror: la autopsia reveló que Aralí Vivas fue abusada
El la madre, el padrastro y un amigo están detenidos por el asesinato de la niña en Córdoba
La autopsia a Aralí Vivas, la niña asesinada en Córdoba, confirmó que fue abusada por Matías Ezequiel Simeone, su padrastro, y Cristian Hernán Varela, un amigo, previo a su crimen y que incendiaron la vivienda para ocultar el asesinato.
Aunque días atrás el resultado preliminar de la necropsia había mostrado presencia de material genético masculino en el cuerpo de la niña, en las últimas horas se supo que lo hallado corresponde a Simeone y Varela.
De esta manera, el fiscal Francisco Gieco les volvió a agravar las imputaciones y este martes ambos fueron acusados del delito de homicidio criminis causae, que es aquel que se comete para ocultar otro delito.
Hace más de ocho días el fiscal Oscar Gieco, quien decidió apartarse de la causa, los había imputado por el homicidio calificado por el vínculo, pero tras el conocimiento de la autopsia, la situación procesal de los acusados volvió a modificarse.
Para los investigadores Simeone y Varela abusaron a la menor y para tapar dicho delito la asesinaron y luego prendieron fuego la casa donde Aralí vivía junto con sus hermanos.
Pese a que la necropsia confirmó el abuso, los vecinos y allegados a la víctima sostienen que en dicha casa se hacían “fiestas negras” y que eran reiterados los delitos de esta índole.
Acerca de la mamá de Aralí, la mujer está detenida acusada de partícipe necesario de homicidio calificado por el vínculo, por comisión por omisión.
El fiscal sostiene que Rocío Milagros Rauch no estuvo al momento del asesinato de su hija, pero que sí es responsable de la falta de intervención ante el abuso y la muerte de la menor.
Córdoba
El TSJ de Córdoba liberó a Paola Ortiz tras 13 años presa por parir sola
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba redujo la condena de prisión perpetua a 13 años y nueve meses, tiempo que la mujer ya cumplió, al incorporar perspectiva de género y reconocer el contexto de violencia, pobreza extrema y desprotección en que ocurrió el parto. El fallo marca un precedente en la justicia cordobesa y fue impulsado por más de diez organizaciones de derechos humanos y feministas.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba ordenó la libertad de Paola Verónica Ortiz, quien cumplía una condena a prisión perpetua desde 2015 por la muerte de su hija recién nacida. El máximo tribunal provincial fijó una pena de 13 años, 9 meses y 26 días, período que la mujer ya cumplió en detención, y resolvió su liberación inmediata. El hecho que motivó la causa ocurrió el 31 de octubre de 2012 en la localidad de Villa Nueva, Córdoba, cuando Ortiz atravesó un parto en absoluta soledad y sin asistencia médica.
Una condena perpetua ignoró el contexto
En el juicio original, la causa fue recalificada como homicidio calificado por el vínculo y derivó en la máxima pena prevista por el Código Penal. Sin embargo, el TSJ determinó que aquella sentencia ignoró las múltiples condiciones de vulnerabilidad que atravesaba la mujer al momento del hecho.
Las pericias incorporadas al expediente revelaron que Ortiz, que tenía 29 años en ese momento, presentaba un nivel intelectual inferior al promedio para su edad, antecedentes de abuso y abandono, y que al momento del parto se encontraba en un estado de desubjetivización que la llevó a actuar sin plena conciencia de sus actos.
El fallo también ponderó la violencia psicológica y económica que ejercía sobre ella su expareja, y el sometimiento al que la sometía su exsuegro, quien le exigía relaciones sexuales a cambio de un techo y la amenazaba ante la posibilidad de un embarazo con otro hombre. El TSJ cuestionó además que el juicio original la juzgara desde el mandato idealizado de la «buena madre» y que se le exigiera responsabilidad penal sin considerar que dio a luz sola, sin red de apoyo ni acceso al sistema de salud.
Perspectiva de género y estándares internacionales
Al reconsiderar la condena, el Tribunal aplicó un enfoque integral de género y los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre emergencias obstétricas en contexto de pobreza. El fallo no implicó una absolución, sino una reducción de la pena que, al coincidir con el tiempo ya cumplido, habilitó la liberación. El TSJ estableció así un precedente judicial relevante para el tratamiento de casos en que mujeres en situación de extrema vulnerabilidad enfrentan consecuencias penales derivadas de partos no asistidos.
Más de diez organizaciones impulsaron la revisión
La causa por la libertad de Paola Ortiz fue sostenida durante años por una articulación amplia de organizaciones feministas y de derechos humanos que se presentaron como amicus curiae ante el tribunal. Entre ellas figuran el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), el Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI), la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Nacional de Córdoba, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), la Asociación Civil Abogadas por Chaco, la Asociación Civil El Telar y Católicas por el Derecho a Decidir, entre otras. La campaña por su liberación se sostuvo bajo la denominación Mesa por la Libertad de Paola Ortiz y logró instalar el caso en la agenda pública como un paradigma de la criminalización de las mujeres pobres en el sistema judicial.
Si vivís una situación de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda llamá gratis al 144, mandá un mensaje al 11 5050 0147 o por WhatsApp al +54 911 2771 6463. También podés descargar acá una app para recibir ayuda de profesionales.
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