Judiciales ⚖️
Lázaro Báez fue sobreseído en causa por evasión gracias a la Ley de Inocencia Fiscal de Milei
El Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3 benefició al empresario K y a otras 11 personas acusadas de evasión en Austral Construcciones. Solo deberá ir a juicio por la deuda de 2012, mientras que el resto de los períodos quedaron fuera del alcance penal por los nuevos umbrales.
★ El ex empresario de la construcción Lázaro Báez fue sobreseído de manera parcial junto a otras 11 personas acusadas de evasión tributaria a través de la empresa Austral Construcciones. La decisión del Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3 se fundamentó en la aplicación de la Ley de Inocencia Fiscal impulsada por el gobierno de Javier Milei, que elevó drásticamente los umbrales para perseguir penalmente la evasión tributaria.
La resolución judicial representa un nuevo efecto concreto de la normativa que modificó el régimen penal tributario argentino, tras los casos ya registrados en Rosario y otras jurisdicciones. Báez, figura central de múltiples causas judiciales queda ahora liberado de enfrentar juicio oral por la mayor parte de los períodos fiscales investigados.
Sobreseimiento parcial: solo irá a juicio por 2012
Según la resolución del tribunal, Báez deberá ir a juicio oral únicamente por la deuda tributaria correspondiente al período del año 2012. El resto de los años en los que Austral Construcciones no efectuó pagos de IVA y Ganancias quedaron fuera del alcance de la justicia penal debido a que los montos evadidos en esos ejercicios fiscales no superan los nuevos pisos establecidos por la Ley 27.799.
La nueva legislación fiscal elevó de $1,5 millones a $100 millones el umbral para perseguir penalmente la evasión simple por tributo y por ejercicio fiscal, mientras que la evasión agravada pasó de $15 millones a $1.000 millones. Esta modificación implica que evasiones que en años anteriores constituían delito penal hoy quedan fuera del sistema de justicia criminal, pudiendo enfrentar únicamente sanciones administrativas.
Doce personas beneficiadas por la nueva normativa
El sobreseimiento alcanzó a los hijos de Lázaro Báez: Martín, Leandro y Luciana Báez, además de César Andrés, Julio Mendoza, Claudio Bustos, Mario Delgado, Eduardo Arrejín, Tomás Garzón, María C. González, Gastón Lemoine, Ariel Nieto, Hugo Uribe y Emilio Martín. Todos ellos estaban acusados de participar en el esquema de evasión tributaria a través de la empresa constructora que fue protagonista de numerosas investigaciones judiciales durante la última década.
La aplicación del artículo dos del Código Penal, que establece la retroactividad de la ley penal más benigna, permitió que el tribunal resolviera el sobreseimiento a pesar de que las conductas investigadas se produjeron años antes de la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal. Este criterio, ya aplicado en casos anteriores como el de los empresarios rosarinos, consolida un precedente que podría extenderse a centenares de causas similares en todo el país.
El contexto: Austral Construcciones y la obra pública
Austral Construcciones fue la empresa de Lázaro Báez que concentró la adjudicación de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. La compañía es investigada en múltiples causas judiciales, entre ellas la denominada «Vialidad».
La causa por evasión tributaria en la que ahora se resolvió el sobreseimiento parcial de Báez se centraba en la omisión de pagos de IVA e Impuesto a las Ganancias durante varios ejercicios fiscales. Según el expediente judicial, Austral Construcciones habría dejado de tributar estos impuestos pese a facturar millones de pesos en contratos con el Estado, configurando así tanto evasión simple como agravada según la legislación vigente al momento de los hechos.
El efecto cascada de la Inocencia Fiscal
El sobreseimiento parcial de Lázaro Báez se suma a una serie de resoluciones judiciales que evidencian el impacto masivo de la Ley de Inocencia Fiscal sobre el sistema penal tributario argentino. A mediados de enero, el Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario había sobreseyó a dos empresarios condenados por evasión de $17,1 millones entre 2016 y 2019, ordenando la liberación inmediata de uno de ellos que cumplía prisión domiciliaria desde abril de 2024.
En ambos casos, el fundamento judicial es idéntico: la nueva normativa estableció umbrales tan elevados para la persecución penal que evasiones de magnitud considerable quedaron automáticamente fuera del alcance de la justicia criminal. Este efecto no fue adecuadamente debatido durante el trámite parlamentario del proyecto, ni fue mencionado por funcionarios del Gobierno como el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, en sus defensas públicas de la iniciativa.
Las contradicciones del discurso oficial
El Gobierno de Javier Milei presentó la Ley de Inocencia Fiscal como un mecanismo para proteger a «ahorristas perseguidos» por un supuesto «Estado depredador». Sin embargo, los casos concretos de aplicación de la norma muestran que los principales beneficiarios no son pequeños contribuyentes ni trabajadores que resguardaron ahorros legítimos, sino empresarios y estructuras societarias acusadas de evasión sistemática por montos millonarios.
El sobreseimiento de Lázaro Báez, figura emblemática de la supuesta corrupción kirchnerista, según el propio relato del oficialismo, evidencia la paradoja de una normativa que termina favoreciendo precisamente a quienes el Gobierno afirma combatir. La empresa Austral Construcciones fue señalada por la justicia como parte de un entramado de corrupción vinculado a la obra pública, y ahora queda liberada de la persecución penal por evasión tributaria gracias a una ley impulsada por la administración libertaria.
Riesgos no evaluados: lavado y crimen organizado
Más allá del impacto sobre causas individuales, especialistas en derecho penal tributario y prevención del lavado de dinero advierten que la Ley de Inocencia Fiscal genera condiciones propicias para la legitimación de activos de origen ilícito. Al elevar drásticamente los umbrales de persecución penal y eliminar la obligación de justificar el origen de consumos personales en el régimen simplificado, la normativa crea un vacío de control que podría ser aprovechado por organizaciones criminales, estructuras de narcotráfico y redes de corrupción.
El caso Báez ilustra esta problemática: una empresa investigada por presunto direccionamiento de obra pública y enriquecimiento ilícito queda ahora parcialmente sobreseída en una causa por evasión tributaria que, bajo la legislación anterior, hubiera procedido sin obstáculos. La combinación de umbrales elevados, prescripción reducida a tres años y eliminación de controles sobre consumos genera un esquema de virtual impunidad para evasores de mediana y gran escala.
Esta contradicción revela la naturaleza esencialmente fiscal y no política de la normativa: no se trata de proteger a víctimas de persecución injusta, sino de reducir drásticamente la capacidad del Estado para investigar y sancionar la evasión tributaria, independientemente de quién sea el beneficiario. El resultado práctico es que cualquier contribuyente que haya evadido montos inferiores a $100 millones anuales quedan fuera del alcance de la justicia penal.
Precedente con alcance nacional
La resolución del Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3 se suma al conjunto de fallos que van configurando la jurisprudencia sobre aplicación retroactiva de la Ley de Inocencia Fiscal. Según fuentes del ámbito judicial consultadas, existen numerosas causas en trámite donde los montos evadidos quedan por debajo de los nuevos umbrales, lo que podría derivar en una oleada de sobreseimientos similares en todo el país.
El efecto acumulativo de estas resoluciones configura un escenario inédito: personas condenadas o procesadas por evasión tributaria durante los últimos años quedan en libertad o son sobreseídas, mientras que quienes cometan evasiones similares en el futuro ni siquiera serán denunciados penalmente. Este resultado, presentado por el Gobierno como una «reparación histórica» al ahorro, constituye en la práctica una amnistía fiscal de facto para evasores de mediana y gran escala.
Puntos clave
- El Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3 sobreseyó parcialmente a Lázaro Báez y otras 11 personas por evasión en Austral Construcciones
- Solo deberá ir a juicio oral por la deuda tributaria del año 2012, mientras que el resto de los períodos quedaron fuera del alcance penal
- La Ley de Inocencia Fiscal elevó de $1,5 millones a $100 millones el umbral para perseguir penalmente la evasión simple
- Entre los beneficiados están los tres hijos de Báez: Martín, Leandro y Luciana, además de otros ocho imputados
Espionaje
La Cámara Federal blindó a Macri, Arribas y Majdalani: rechazó llevar el espionaje a Casación
Por dos votos contra uno, la Sala I de la Cámara Federal porteña cerró la puerta para que la Cámara de Casación revise el sobreseimiento de los ex jefes de la AFI macrista y del propio ex presidente, acusados de infiltrar ilegalmente los correos electrónicos de políticos, sindicalistas y periodistas. La causa, iniciada a partir de un disco rígido recuperado durante la intervención del organismo, sigue con la amenaza de un recurso directo ante la instancia previa a la Corte Suprema.
Dos magistrados con historia de fallos favorables al macrismo volvieron a proteger a los ex integrantes de la cúpula de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI). La Sala I de la Cámara Federal rechazó el recurso presentado por los querellantes para que la Cámara de Casación revise la confirmación del sobreseimiento de Gustavo Arribas, Silvia Majdalani y el ex presidente Mauricio Macri en la causa por la supuesta infiltración ilegal en correos electrónicos de dirigentes políticos, sindicales y periodistas. La decisión fue adoptada por mayoría, con el único voto disidente del juez Pablo Bertuzzi, quien consideró que los requisitos para habilitar la instancia superior estaban acreditados.
La causa tiene origen en una denuncia presentada por Cristina Caamaño, ex interventora de la AFI durante el gobierno de Alberto Fernández, quien sostuvo que en el marco de la intervención del organismo se encontró un disco rígido con rastros de haber sido utilizado para almacenar información de inteligencia sobre políticos, periodistas, dirigentes y fuerzas policiales. La información había sido eliminada, aunque no de manera segura, lo que permitió recuperarla y dar sustento a la denuncia. La investigación quedó en manos del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, quien dictó los sobreseimientos de Macri, Arribas, Majdalani y del ex jefe de Gabinete de la AFI, Dario Biorci.
El argumento de los sobreseimientos: la cadena de custodia como escudo
La Sala I había confirmado los sobreseimientos a principios de septiembre pasado con el voto de los jueces Mariano Llorens y Pablo Yadarola, argumentando que los discos rígidos en cuestión no habían sido preservados con los recaudos mínimos que garanticen su autenticidad e integridad. El argumento era técnico en su forma pero político en sus consecuencias: si la prueba no puede garantizarse, no hay delito que perseguir. «La ausencia de recaudos mínimos de preservación no puede ser suplida por la mera afirmación de que no se detectó adulteración, máxime cuando el propio peritaje reconoció que las modificaciones eran técnicamente posibles», habían sostenido los camaristas al confirmar los sobreseimientos.
Frente a esa decisión, los querellantes, la ex diputada nacional Gabriela Troiano y el ex senador bonaerense Gustavo Traverso, presentaron un recurso para que la Cámara de Casación revisara los sobreseimientos. La respuesta fue el rechazo.
Llorens y Yadarola cierran la puerta; Bertuzzi disiente
El juez Llorens sostuvo que la fundamentación del recurso de Casación resulta insuficiente y que los querellantes «evidencian un intento de reeditar una discusión que ha tenido respuesta fundada por parte de esta Sala». En el mismo sentido se pronunció el juez Pablo Yadarola, quien señaló que los argumentos esgrimidos no configuran «una crítica especial orientada a poner en crisis el razonamiento que sustenta el fallo atacado».
Bertuzzi, en cambio, quedó en minoría. El magistrado consideró que los requisitos para habilitar la revisión de Casación sobre los sobreseimientos de Macri, Arribas, Majdalani, Biorci y dos agentes de identidad reservada estaban efectivamente acreditados. Su disidencia abre un interrogante sobre la solidez del blindaje construido por la mayoría.
Un patrón que se repite: la misma Sala, el mismo resultado
La decisión de la Sala I no es un hecho aislado, sino parte de un patrón que los sectores críticos del Poder Judicial denominan lawfare. Días antes de este fallo, la misma Sala I había rechazado el pedido de los ex querellantes en la causa $Libra para ser reincorporados a esa investigación, con idéntica argumentación: ninguno de los damnificados habría demostrado una aplicación errónea de la ley o una supuesta arbitrariedad que habilite la discusión en Casación. Bertuzzi, Llorens y Yadarola actuaron de manera coordinada también en ese caso.
La causa de espionaje nació en el contexto de la intervención de la AFI ordenada por Alberto Fernández al asumir la presidencia, una decisión que buscó auditar el aparato de inteligencia heredado del macrismo. Lo que encontraron los interventores fue un organismo con prácticas de vigilancia política activa sobre opositores, periodistas y dirigentes sindicales. Que la justicia federal haya optado por concentrar el debate en la cadena de custodia de los soportes informáticos, antes que en la gravedad de los hechos denunciados, habla menos de garantías procesales y más de protección política.
¿Qué sigue?
Con el recurso de Casación rechazado, los apelantes evalúan recurrir directamente a la instancia previa a la Corte Suprema de Justicia, una opción que aún está abierta y que definirán en los próximos días. Si se concreta ese paso, la discusión sobre la validez de la prueba digital y la legalidad de las operaciones de inteligencia de la AFI macrista llegará al tribunal de mayor jerarquía antes de la Corte, con todo lo que eso implica en términos políticos y judiciales.
Lo que tenés que saber:
- La Sala I de la Cámara Federal rechazó por mayoría el recurso para que Casación revise el sobreseimiento de Macri, Arribas, Majdalani y Biorci en la causa por espionaje ilegal.
- El único voto disidente fue el del juez Bertuzzi, quien consideró que el recurso debía ser admitido.
- La causa se originó en el hallazgo de un disco rígido con registros de inteligencia política durante la intervención de la AFI en el gobierno de Alberto Fernández.
- La misma Sala I también rechazó recientemente el pedido de reincorporación de querellantes en la causa $Libra, con idénticos argumentos.
- Los querellantes evalúan recurrir directamente a la instancia previa a la Corte Suprema.
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