Conectate con El Argentino

Represión

Bullrich endurece el derecho de admisión: veto a manifestantes en espectáculos deportivos

La Resolución 343/2025 publicada este lunes atenta contra el derecho a manifestarse y la presunción de inocencia. Se podrá excluir a personas procesadas por delitos, aunque no hayan sido condenadas.

Publicado hace

#

Endurecimiento del derecho de admisión

El Gobierno de Javier Milei aplicó la «restricción de concurrencia administrativa» a 26 personas en eventos deportivos en todo el país, muchas de ellas detenidas durante la represión en la marcha de jubilados en el Congreso. La medida fue oficializada mediante la Resolución 343/2025 del Ministerio de Seguridad, firmada por Patricia Bullrich y publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La decisión se enmarca en un endurecimiento del derecho de admisión en espectáculos futbolísticos, que ya había sido modificado la semana pasada con la Resolución 321/2025, la cual habilita a restringir el acceso a cualquier persona que el Estado considere un «riesgo para la seguridad pública». La resolución es arbitraria y contraria a la Constitución Nacional, además de persecutoria, intenta amedrentar a los manifestantes, que una vez más saldrán a la calle este miércoles a apoyar el reclamo de los jubilados.

Exclusión de estadios por antecedentes políticos y penales

Con la nueva normativa, el Gobierno podrá prohibir el ingreso a estadios de fútbol a cualquier persona:

  • Imputada, procesada o condenada por delitos de la Ley N° 23.184 de Prevención y Represión de la Violencia en el Fútbol.
  • Procesada o condenada por delitos dolosos con penas de prisión o reclusión, si la autoridad entiende que representan un riesgo.
  • Involucrada en disturbios en el espacio público, incluyendo manifestaciones.

El Ministerio de Seguridad justificó la prohibición alegando que las 26 personas fueron imputadas por «atentado y resistencia a la autoridad» bajo la causa 1382-71-000.100/25, con intervención de la Unidad de Flagrancia Este, a cargo de Santiago Almeida.

Además, el Ejecutivo informó que 13 de los 26 detenidos tienen antecedentes penales, pedidos de captura o ya estaban impedidos de ingresar a espectáculos deportivos.

«La actuación de las fuerzas de seguridad y la aplicación de los protocolos vigentes lograron reducir y detener a los agresores que produjeron desmanes, arrojaron proyectiles y objetos punzocortantes contra efectivos, personas y bienes de dominio público y privado», argumentó el Ministerio de Seguridad.

DDHH

Astiz, Acosta y Von Wernich: la Corte abre la puerta para que los últimos represores salgan de la cárcel

Mediante la Acordada 21/2026, los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti encomendaron al Cuerpo Médico Forense elaborar un protocolo para evaluar si los detenidos por delitos de lesa humanidad pueden recibir tratamiento médico en la cárcel. La medida abre una puerta para ampliar las prisiones domiciliarias, en un universo donde ya hay 440 represores fuera de las rejas sobre un total de 519 imputados.

Publicado hace

#

El Argentino Diario-Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Corte Suprema de Justicia dio un paso que encendió las alarmas en el campo de los derechos humanos. A través de la Acordada 21/2026, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti encomendaron al Cuerpo Médico Forense la elaboración de un protocolo médico destinado a sistematizar los criterios de evaluación de la salud de los detenidos en establecimientos penitenciarios.

El objetivo declarado es brindar a los magistrados «mejores elementos de juicio al momento de decidir acerca de la procedencia de una prisión domiciliaria por razones de salud». Aunque la medida no se circunscribe formalmente a los casos de lesa humanidad, su impacto más inmediato recaerá sobre ese universo de imputados.

Qué establece el protocolo

Según la resolución, el protocolo deberá incluir un examen médico general de cada persona detenida y una verificación de las «condiciones concretas de detención y de las posibilidades de tratamiento dentro del establecimiento». La Corte fundamentó su decisión en el artículo 18 de la Constitución Nacional, que dispone que «las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas». La herramienta jurídica es, en apariencia, garantista.

Sin embargo, su aplicación práctica en el contexto de las causas de crímenes contra la humanidad genera un interrogante político y ético de primer orden: ¿quiénes serán los principales beneficiarios de un mecanismo diseñado para facilitar las domiciliarias?

El mapa de la impunidad: 440 sobre 519

Los datos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad iluminan el contexto con una precisión que no admite ambigüedades. De las 519 personas detenidas en causas por delitos de lesa humanidad, 440 ya cuentan con arresto domiciliario. Solo 18 permanecen en el sistema penitenciario federal y 61 en la Unidad Penitenciaria N° 34 de Campo de Mayo. En términos porcentuales, casi el 85% de los imputados por crímenes de la dictadura cumplen su detención fuera de la cárcel.

El nuevo protocolo de la Corte apunta precisamente al universo que permanece detenido en prisión. Entre los nombres más conocidos que aún se encuentran en establecimientos penitenciarios figuran Alfredo Astiz, el ex agente de la Armada apodado «Ángel de la Muerte», responsable de infiltrar y entregar a las Madres de Plaza de Mayo; Jorge Eduardo «El Tigre» Acosta, ex jefe de inteligencia de la ESMA y figura central del exterminio durante la última dictadura; y Christian Federico von Wernich, ex capellán policial condenado por homicidio, privación ilegal de la libertad y torturas en la provincia de Buenos Aires.

Una decisión en un clima político que no es neutro

La acordada se conoce en un contexto político cargado. El actual gobierno de Javier Milei ha mostrado gestos reiterados de acercamiento simbólico con sectores que reivindican o relativizan el terrorismo de Estado, incluyendo la imagen pública de legisladores de La Libertad Avanza en encuentros con represores condenados. En ese marco, la iniciativa de la Corte de sistematizar criterios médicos para la prisión domiciliaria no puede leerse en abstracto.

Organismos de derechos humanos y sectores de la abogacía vinculados a las causas de lesa humanidad advierten que la medida, aunque formalmente enmarcada en garantías constitucionales, puede convertirse en un instrumento para acelerar la salida del sistema carcelario de los pocos represores que aún permanecen en prisión. La brecha entre el enunciado garantista y sus efectos concretos sobre condenados por crímenes contra la humanidad es el nudo político central del debate que viene.

Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo