Judiciales ⚖️
Detuvieron al youtuber Yao Cabrera: cumplirá una condena de cuatro años por trata de personas
El influencer uruguayo fue arrestado en Córdoba tras la confirmación de su sentencia por explotación sexual y laboral.
El último jueves, la Policía Federal Argentina detuvo en la provincia de Córdoba al youtuber uruguayo Marcos Ernesto Cabrera Rodríguez, conocido como Yao Cabrera. La aprehensión se produjo luego de que la Cámara Federal de Casación Penal ratificara la condena de cuatro años de prisión impuesta por el Tribunal Oral Federal N.º 3 de San Martín en abril de 2024.
Condena por explotación
Cabrera fue hallado culpable de trata de personas con fines de explotación sexual y laboral, además de reducción a la servidumbre. La investigación reveló que, entre diciembre de 2019 y enero de 2020, sometió a una joven a condiciones laborales precarias en una vivienda del barrio San Marcos, en Escobar, provincia de Buenos Aires. La víctima, identificada como GBDM, fue obligada a trabajar extensas jornadas sin remuneración y bajo amenazas.
Reparación económica y nuevas investigaciones
Además de la pena de prisión, la justicia ordenó a Cabrera pagar una indemnización de seis millones de pesos a la víctima. Asimismo, se remitieron testimonios a la Unidad de Información Financiera (UIF) y a la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) para investigar posibles delitos financieros e impositivos relacionados con el influencer y su entorno.
Perfil polémico
Con más de 25 millones de seguidores en sus redes sociales, Yao Cabrera se hizo conocido por sus polémicos contenidos dirigidos principalmente a un público joven. A lo largo de su carrera, acumuló múltiples denuncias por abuso sexual, corrupción de menores y estafas, lo que generó una imagen pública controvertida y cuestionada.
Puntos clave del caso Yao Cabrera:
- Detención reciente: Cabrera fue arrestado en Córdoba el 13 de febrero de 2025.
- Condena firme: La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia de cuatro años de prisión.
- Delitos imputados: Trata de personas con fines de explotación sexual y laboral, y reducción a la servidumbre.
- Indemnización: Se ordenó el pago de seis millones de pesos a la víctima.
- Investigaciones adicionales: Se indagan posibles delitos financieros e impositivos vinculados a Cabrera.
Gremiales
La reforma laboral sigue en jaque: ahora la Justicia frena el artículo que amordazaba a los docentes
El fallo de la UDA suspende el artículo que limitaba la huelga en todo el sector educativo nacional, en medio de una escalada judicial que ya paralizó 82 artículos de la Ley N.º 27.802
★ En una nueva derrota judicial para el Gobierno de Javier Milei, el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 74 dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de la Ley N.º 27.802 sobre el sector docente en toda la Argentina. La resolución, firmada por el juez José Ramonet, deja sin efecto el artículo 101 de la reforma laboral, que declaraba a la educación como «servicio esencial» y exigía una presencialidad del 75% durante las huelgas.
El «rótulo» que no pasó la prueba judicial
La demanda fue interpuesta por la Unión Docentes Argentinos (UDA), gremio conducido por Sergio Romero, referente de la CGT. En su fallo, el juez Ramonet consideró que existía una apariencia razonable de afectación a derechos constitucionales que justificaba la tutela preventiva, siguiendo la misma lógica que el Juzgado N.º 63 había aplicado dos días antes al suspender 82 artículos de la normativa a pedido de la central obrera .
El artículo 101 de la Ley de Modernización Laboral modificaba la Ley N.º 25.877 de Conflictos Colectivos de Trabajo e imponía a los docentes una cobertura mínima del 75% en caso de paro, considerando a la educación de niveles inicial, primario, secundario y especial como «servicio esencial en sentido estricto» . La cautelar determina que, hasta una sentencia definitiva, «continúa resguardado el ejercicio del derecho constitucional de huelga y la plena vigencia de los principios de libertad sindical y negociación colectiva» .
La respuesta gremial
Tras conocerse la medida, la conducción de la UDA emitió un comunicado en el que sostuvo que «el espíritu de la reforma laboral colisionaba directamente con garantías constitucionales del sector docente». En la misma línea, Sergio Romero remarcó que «esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones» .
La organización destacó además la «importancia institucional» de la decisión judicial, que «preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales y evita que se consoliden restricciones que podrían afectar el núcleo esencial de los derechos colectivos de los trabajadores de la educación» .
Un contexto de alta litigiosidad
La cautelar sobre el sector docente se suma a la resolución del juez Raúl Ojeda del 30 de marzo, quien suspendió 82 artículos de la reforma laboral tras una presentación de la CGT. Entre los artículos paralizados por Ojeda figuran los que limitan el derecho a huelga, modifican la negociación colectiva, alteran el cálculo de indemnizaciones, eliminan el principio de in dubio pro operario y derogan la ley de teletrabajo, entre otros puntos centrales de la normativa .
El magistrado consideró que existen «indicios serios y graves» de inconstitucionalidad y de afectación a principios como la libertad sindical, la irrenunciabilidad de derechos y el principio protectorio del derecho laboral . La CGT, en un comunicado, calificó a la ley como una «reducción del ámbito de protección laboral, una degradación de las condiciones de trabajo y un debilitamiento de la acción sindical» .
La estrategia del Gobierno
Desde el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, confirmaron que apelarán la cautelar dictada por el juez Ramonet, al igual que hicieron con la resolución de Ojeda. En un comunicado, la cartera sostuvo que existen sectores que «pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento», y reafirmó su compromiso con la ley de Modernización Laboral .
La apelación contará con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, según informaron fuentes oficiales . Mientras tanto, la reforma laboral queda parcialmente paralizada en dos de sus ejes centrales: el régimen general de trabajo y el específico del sector educativo.
Puntos clave:
• El Juzgado Nacional del Trabajo N.º 74 suspendió el artículo 101 de la Ley N.º 27.802 que declaraba a la educación como servicio esencial
• La medida cautelar alcanza a todos los docentes del país y frena el requisito del 75% de presencialidad en huelgas
• El fallo fue dictado a pedido de la UDA, gremio conducido por Sergio Romero
• El Gobierno, a través del Ministerio de Capital Humano, anunció que apelará la medida
• La cautelar se suma a la suspensión de 82 artículos de la reforma laboral ordenada el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda ★
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