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Judiciales ⚖️

Con protocolo de uso de celulares en penales bajó el delito desde las cárceles

Así lo manifestó el organismo penitenciario provincial a través de un comunicado oficial con el que buscó aclarar algunos cuestionamientos de legisladores de la oposición, que incluso reclamaron que se prohíba el uso de telefonía celular en los penales bonaerenses para evitar que se cometan delitos desde las cárceles.

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El Servicio Penitenciario Bonaerense aseguró que desde la puesta en funcionamiento del protocolo de uso riguroso de telefonía celular en las unidades penales, dispuesto en el 2020 en el marco de las restricciones ordenadas por la pandemia del coronavirus, se redujo la cantidad de delitos cometidos por esa vía originados en las cárceles de la provincia.

Así lo manifestó el organismo penitenciario provincial a través de un comunicado oficial con el que buscó aclarar algunos cuestionamientos de legisladores de la oposición, que incluso reclamaron que se prohíba el uso de telefonía celular en los penales bonaerenses para evitar que se cometan delitos desde las cárceles.

«En primer lugar, corresponde aclarar que esta disposición fue llevada adelante en el ámbito penitenciario bonaerense luego de una decisión del máximo tribunal penal de la Provincia que así lo dispuso. Las razones de esta resolución judicial estuvieron ligadas a la pandemia Covid19 y a la necesidad de cesar las visitas a las personas detenidas en unidades penales como forma de evitar contagios masivos que colapsaran el sistema de salud pública -objetivo que finalmente logró alcanzarse-«, precisó el SPB en el comunicado.

Aseguró que «la puesta en funcionamiento de esta medida, en marzo de 2020, se llevó a cabo a través de un estricto protocolo que establece pautas rigurosas de uso. Este instrumento fue validado por autoridades judiciales y se basa en antecedentes internacionales en la materia».

«El Protocolo, entre otras disposiciones, circunscribe su utilización a las actividades educativas a distancia y a los contactos familiares, establece un Registro de celulares que identifica fehacientemente a cada usuario, delimita los ámbitos habilitados para el uso de telefonía celular y prohíbe las redes sociales -con excepción de whatsapp-«, detalló

Expresó que el protocolo aludido «se implementó en línea con decisiones adoptadas en este mismo sentido por 14 provincias de nuestro país y servicios penitenciarios de Europa (entre ellos, el de España y Gran Bretaña)».

«Desde la regulación del uso de los celulares no solo se ha logrado disminuir la cantidad de delitos cometidos desde las unidades penales a través de dispositivos móviles, sino que la implementación del protocolo posibilitó el rápido esclarecimiento de ese tipo de ilícitos y la pronta imposición de la sanción correspondiente», remarcó.

El SPB también salió al cruce de «manifestaciones públicas realizadas por los diputados Alex Campbell y Matías Ranzini vinculadas a que el Gobierno provincial no recurrió decisiones judiciales liberatorias de personas detenidas, corresponden realizar las siguientes aclaraciones».

En ese sentido, puntualizó que «en primer lugar, y en honor al sistema republicano, son funciones ajenas al Poder Ejecutivo la de detener o liberar personas. Tampoco está dentro de las funciones de las distintas carteras de gobierno la de recurrir resoluciones en procesos judiciales. Esta última función es propia y exclusiva del Ministerio Público, así como de los organismos de la Constitución, personas o asociaciones que pueden asumir un rol procesal».

«A modo ilustrativo, en torno a la preocupación por la liberación de personas detenidas y de acuerdo con las estadísticas que produce la Procuración General de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, vale traer a colación que en el año 2015 fueron 34.443 las personas que recuperaron la libertad desde cárceles y comisarías bonaerenses», graficó.

Sostuvo que «ese número fue creciendo en los años siguientes hasta llegar a 42.061 personas en 2019. Esa tendencia se revirtió a partir de 2020. En ese año ese universo de personas alcanzó las 36.257 y, al 10 de agosto de 2021, se registraron en esa misma categoría 33.715».

CABA

Juicio al «Pity» Álvarez: se descompensó y el SAME lo llevó al hospital Fernández

La quinta audiencia del juicio al exlíder de Viejas Locas e Intoxicados quedó trunca este martes cuando el músico sufrió un pico de presión y glucosa alta. Fue atendido dentro del recinto por el SAME y trasladado al hospital Fernández. El debate se retoma el próximo lunes con testimonios de peritos forenses aún pendientes.

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El juicio oral contra Cristian «Pity» Álvarez, acusado del homicidio de Cristian Maximiliano Díaz ocurrido el 12 de julio de 2018 en el complejo habitacional Samoré de Villa Lugano, volvió a interrumpirse este martes. Fue la quinta audiencia del debate y, como en oportunidades anteriores, la salud del músico volvió a imponerse como eje central del proceso. Después de la declaración de dos testigos, Álvarez pidió salir al baño y tardó en regresar. Uno de sus abogados fue a buscarlo y, al volver al recinto, el acusado explicó que se sentía mal. El presidente del tribunal, Gustavo Goerner, dispuso llamar al SAME.

El cuadro fue diagnosticado como un pico de presión arterial combinado con glucemia alta, tan elevada que el aparato medidor no llegó a registrarla, según explicó el abogado defensor Sebastián Queijeiro.

Por indicación del médico presente, Álvarez fue trasladado en ambulancia al hospital Fernández. El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 29, integrado por Goerner, junto a los jueces Ramos Padilla y Navarro, postergó la continuación del debate para el próximo lunes.

Se durmió, roncó y el tribunal advirtió

Durante la jornada declararon Melina Brenda Michel, técnica universitaria en Balística y Armas Portátiles, y Manuel Oscar Martín, licenciado en Criminalística. En el tramo del testimonio de Michel, Álvarez se quedó dormido, situación que generó la reacción del juez Goerner: «No voy a permitir que el imputado ronque. No voy a permitir más interrupciones del debate», advirtió el magistrado. El episodio se repitió durante la declaración de Martín, cuando el músico nuevamente cayó dormido y comenzó a roncar, hasta que fue a buscarlo su propio abogado al baño.

No es la primera vez que Álvarez se duerme durante el debate. El fenómeno se registró también en audiencias anteriores y es parte de los argumentos que la defensa sostiene para cuestionar la capacidad del imputado de afrontar el proceso. Queijeiro fue contundente al respecto: «Cristian no está en condiciones de enfrentar ese juicio, el cual estamos porque hizo tres recitales y se entendió que, por esos tres recitales, de esa memoria muscular con la que canta podría entender un debate», declaró el abogado.

La defensa insiste: el recital no es un juicio

El argumento de la defensa tiene un punto de anclaje preciso. El 26 de agosto, en la audiencia anterior, los abogados Javier Ignacio Baños y Queijeiro presentaron un recurso de inconstitucionalidad donde sostuvieron que «el recital no es un juicio. Un testimonio no es una canción previamente ensayada. Una declaración inesperada no constituye una conducta automatizada». La fundamentación apunta directamente a la lógica que habilitó la reanudación del proceso, cuestionando la equivalencia que el Cuerpo Médico Forense habría establecido entre la capacidad de Álvarez para subirse a un escenario y su aptitud para comprender y participar de un juicio penal oral.

El tribunal, sin embargo, ya había rechazado en la audiencia del 26 de agosto los planteos de nulidad del proceso y el pedido de juicio por jurados presentados por la nueva defensa. El debate sigue su curso, aunque con una cadencia marcada por las interrupciones y las peripecias de salud del acusado. Entre los testimonios aún pendientes figuran los de Esteban Toro Martínez y Celminia Guzmán, médicos del Cuerpo Médico Forense; Mariela Biazoni Rolla, médica legista; y Angélica Cristina Bustos, quien estuvo a cargo de la autopsia de la víctima.

El crimen de 2018 y ocho años de proceso

El homicidio de Cristian Maximiliano Díaz ocurrió durante la madrugada del 12 de julio de 2018 en el complejo Samoré, Villa Lugano. Según la reconstrucción incorporada al expediente, Álvarez discutió con Díaz, sacó un arma calibre 6,35 de su campera y le disparó en la cabeza. La víctima cayó al piso y recibió otros tres disparos antes de que el músico abandonara el lugar. Las heridas provocaron lesiones craneales fatales y una hemorragia interna. Álvarez se entregó voluntariamente horas después y declaró ante las cámaras: «Lo maté porque era él o yo, y creo que cualquier animal haría lo mismo».

El proceso acumula ocho años de demoras, en gran medida vinculadas al estado de salud mental del acusado. En 2023, un dictamen forense lo declaró incapaz de ser juzgado y el proceso fue suspendido. La reanudación, ya en 2026, llegó con un nuevo dictamen favorable y un cambio de defensa. El debate se organizó en once audiencias de aproximadamente tres horas cada una, modalidad adoptada justamente en función del estado del imputado. Si es condenado por homicidio, Álvarez enfrentaría una pena de entre 8 y 25 años de prisión, además de los cargos por portación ilegítima de arma.

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