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Inimputabilidad y desamparo: Sobreseyeron a un menor por el crimen de las 23 puñaladas

El juez sobreseyó por inimputabilidad a B.S.V., de 14 años, uno de los implicados en el crimen de Jeremías Monzón, hecho que no solo conmocionó a la localidad de Santo Tomé por la juventud de sus protagonistas, sino por la planificación y el sadismo del ataque.

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La Justicia de Santa Fe sobreseyó este martes a uno de los menores implicados en el asesinato de **Jeremías Monzón**, el adolescente de 15 años que murió tras recibir **23 puñaladas** en diciembre de 2025. El fallo benefició a **B.S.V.**, quien al momento del ataque tenía apenas 14 años, una edad que lo sitúa fuera del alcance de la ley penal vigente. Según confirmaron fuentes judiciales, el joven no puede enfrentar un proceso penal debido a su condición de inimputable, un desenlace que reaviva el debate sobre la responsabilidad juvenil en crímenes signados por una crueldad extrema.

La trampa de las redes y el sadismo filmado

El crimen de Monzón no solo conmocionó a la localidad de **Santo Tomé** por la juventud de sus protagonistas, sino por la planificación y el sadismo del ataque. Jeremías fue citado mediante un engaño en redes sociales a un galpón abandonado frente a la cancha auxiliar del Club Colón. Allí, en un escenario de terror que los propios agresores se encargaron de **filmar y difundir**, fue ejecutado bajo el pretexto de una venganza por supuestos videos íntimos. Mientras la víctima suplicaba por su vida, los atacantes grabaron las heridas y se burlaron del desangre, un material que luego circuló por grupos de WhatsApp como un trofeo de guerra.

Vacío legal y justicia a destiempo

El sobreseimiento de B.S.V. se fundamenta en la imposibilidad de aplicar de forma retroactiva el **nuevo régimen penal juvenil** aprobado por el Congreso en febrero pasado. A pesar de los cambios legislativos, el marco normativo actual deja al descubierto un vacío institucional donde los crímenes más sangrientos cometidos por menores de 16 años terminan sin una respuesta punitiva proporcional al daño causado. La causa, que permanece caratulada como **homicidio triplemente agravado por alevosía, ensañamiento y premeditación**, solo sostiene la imputación penal sobre quienes superan el umbral de los 15 años.

El estado de las detenciones

Por el hecho continúa alojada en un reformatorio de Rosario **Milagros A.**, de 16 años, quien está señalada como la persona que tendió el «cebo» digital para atraer a la víctima. También permanece detenida en una cárcel de mujeres **Nadia Juárez**, madre de la adolescente, acusada como partícipe secundaria por presunto encubrimiento y asistencia en la trama delictiva. Sin embargo, para la familia de Jeremías, la liberación de uno de los presuntos autores materiales confirma una sensación de desamparo frente a un sistema judicial que, según declararon allegados, «llegó tarde para proteger y ahora llega tarde para sancionar».

Un precedente de extrema violencia territorial

La brutalidad del caso Monzón se inscribe en una serie de episodios de violencia juvenil que desbordó los dispositivos de contención social en la provincia de Santa Fe. La pericia técnica sobre el video del crimen, donde se escucha a uno de los agresores jactarse de los «23 facazos» entre risas, reveló un nivel de deshumanización que trasciende lo estrictamente policial. Con el sobreseimiento del menor de 14 años, la justicia cierra una puerta procesal, pero deja abierta una herida social en una provincia que todavía intenta procesar uno de los homicidios más oscuros de su historia reciente.

Puntos clave:

  • El juez sobreseyó por inimputabilidad a B.S.V., de 14 años, uno de los implicados en el crimen de Jeremías Monzón.
  • Jeremías fue asesinado de 23 puñaladas en un galpón de Santo Tomé tras ser citado por una adolescente vía redes sociales.
  • Los agresores filmaron el ataque y lo difundieron en internet, jactándose de la violencia ejercida contra la víctima.
  • El nuevo régimen penal juvenil aprobado en febrero no es retroactivo, lo que impidió juzgar al menor sobreseído.
  • Continúan detenidas Milagros A. (16 años) y su madre, Nadia Juárez, acusada de participación secundaria en el homicidio.

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Cuadernos: Casación frenó el atajo de la reparación integral y sigue el juicio

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisibles los recursos de las defensas de Cristóbal López, Ángel Calcaterra, Aldo Roggio y otros imputados que buscaban extinguir la acción penal con ofrecimientos de dinero. El debate oral ante el TOF N° 7 sigue, y el único matiz lo puso el juez Slokar, que consideró que correspondía oír a las partes.

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Fachada del edificio de los tribunales federales de Comodoro Py, en Retiro

Cincuenta imputados de la causa Cuadernos ofrecieron dinero para que la Justicia extinguiera la acción penal en su contra, y la Cámara Federal de Casación Penal les cerró ese camino: la continuidad del debate oral quedó firme y el juicio sigue en pie.

La Sala I, integrada por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar, declaró inadmisibles los recursos de las defensas contra resoluciones del Tribunal Oral Federal N° 7 que habían rechazado planteos de nulidad y pedidos de reparación integral del perjuicio. La decisión se conoció este jueves.

Quiénes recurrieron

Los recursos fueron presentados y acompañados por defensas de imputados entre los que figuran Cristóbal López, Carlos De Sousa, Ángel Calcaterra, Aldo Roggio, Armando Loson, Juan Carlos de Goycoechea, Mario Rovella, Héctor Sánchez Caballero, Juan Manuel Abal Medina, Roberto Orazi, Miguel Marconi y Juan José Luciano, entre otros empresarios y exfuncionarios.

Los pedidos de reparación integral

En la etapa de juicio, el TOF N° 7 había rechazado los planteos de cincuenta imputados que pretendían extinguir la acción penal mediante ofrecimientos de reparación integral del perjuicio, una figura prevista en el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. Esos ofrecimientos se basaban en la actualización de embargos cautelares por sumas que iban de $300.000 a más de $1.800 millones. Los pedidos fueron rechazados con la oposición de la fiscal general Fabiana León y de la Unidad de Información Financiera (UIF).

La causa Cuadernos se inició en 2018 a partir de los registros del chofer Oscar Centeno, quien documentó supuestos traslados de dinero desde empresas contratistas del Estado hacia funcionarios del Ministerio de Planificación Federal. Se trata de una megacausa con más de un centenar de acusados, entre ellos la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

El voto de Petrone

En su voto, Petrone sostuvo que las decisiones impugnadas no constituyen sentencia definitiva ni resultan equiparables a ella por sus efectos, y que tampoco encuadran entre los autos previstos por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación para habilitar la instancia de casación.

El magistrado recordó además la doctrina de la Corte Suprema según la cual los pronunciamientos que obligan al imputado a seguir sometido a proceso no ponen fin al pleito ni generan un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior.

Sobre el rechazo de la reparación integral, Petrone remarcó que la complejidad de la causa, con multiplicidad de hechos e imputados, requiere que el debate oral avance para precisar los extremos fácticos de la imputación y las responsabilidades de cada interviniente.

La adhesión de Barroetaveña y el matiz de Slokar

Barroetaveña adhirió en lo sustancial al voto de su colega. Slokar, en cambio, consideró que correspondía oír a las partes, aunque aclaró que esa postura no implicaba adelantar opinión sobre el fondo de la cuestión.

Lo que tenés que saber:

  • La Sala I de Casación declaró inadmisibles los recursos de las defensas y dejó firme la continuidad del debate oral ante el TOF N° 7.
  • La Sala está integrada por Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar.
  • El TOF N° 7 había rechazado los planteos de cincuenta imputados que buscaban extinguir la acción penal por reparación integral (artículo 59, inciso 6°, del Código Penal).
  • Los embargos actualizados iban de $300.000 a más de $1.800 millones, y la fiscal general Fabiana León y la UIF se opusieron.
  • Petrone consideró que las resoluciones no son sentencia definitiva; Barroetaveña adhirió y Slokar opinó que correspondía oír a las partes.
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