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Crimen de María Marta García Belsunce: habló Nicolás Pachelo

El acusado en el tercer juicio por el crimen de la socióloga habló con los periodistas acreditados en un cuarto intermedio del debate.

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Nicolás Pachelo, acusado en el juicio por el crimen de María Marta García Belsunce, dijo que la familia de la víctima quiere «montar un show» y cuestionó a los fiscales por «tirar títulos a los periodistas para que la gente lea lo que ellos quieren«.

En una entrevista pactada por su abogada defensora Raquel Pérez Iglesias con los periodistas que cubren cada jornada del debate a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro, Pachelo (46) se refirió a la actitud de la fiscalía en cada una de las audiencias del debate y remarcó las contradicciones en el relato de algunos testigos.

Pachelo aseguró que, hasta el momento, con los elementos y testigos aportados por los fiscales Patricio Ferrari, Andrés Quintana y Federico González, «no hay pruebas» que lo vinculen con el crimen de la socióloga de 50 años.

¿Quién mató a María Marta García Belsunce?

«Yo no voy a formar parte del show de la familia García Belsunce de acusar así porque sí«, dijo Nicolás Pachelo ante la pregunta y agregó: «Hay tres jueces, no voy a acusar gratuitamente. Yo no voy a decir lo que pienso, y no tengo cómo demostrarlo. Además, no me corresponde a mí«.

Pachelo negó la versión incluida en el debate de ayer por el fiscal Ferrari acerca de que un excompañero de celda, identificado como Marcelo Maradei, le habría confesado en un contacto informal al fiscal Quintana que el vecino del Carmel le había dicho que asesinó a María Marta y dónde había descartado el arma utilizada.

«Nicolás Pachelo confesó que mató a María Marta García Belsunce»

«Niego que confesé lo que dice que confesé. Es insólito… ¿Por qué primero no van corriendo a buscar el arma? Rara la actitud de la fiscalía, como siempre«, expresó, sorprendido por la planteo del Ministerio Público Fiscal de que un testigo aseguró que Nicolás Pachelo le reveló que era el autor del crimen cuando estuvieron presos.

Qué pasó con el perro de María Marta García Belsunce

El principal acusado del crimen de María Marta dijo que decidió declarar ante los jueces Federico Ecke, Osvaldo Rossi y Esteban Andrejin por «cuatro versiones distintas» que dieron testigos con respecto al perro labrador «Tom», del matrimonio Carrascosa-García Belsunce, que lo habían visto en su casa.

«Una testigo bajo juramento que dijo que su mejor amiga le dijo que estuvo jugando con el perro en mi living. Cuando esa persona vino al día siguiente, lo negó rotundamente. O sea que alguna de las dos testigos incurrió en falso testimonio«, se quejó.

Pachelo hizo referencia a la testigo Débora Lauces, quien refirió que una amiga suya, Raquel Fait, le había contado que había estado jugando con el perro labrador en la casa de Pachelo en Carmel.

En su declaración, Fait sostuvo que nunca jugó con un perro en la casa de Pachelo sino que, en un asado realizado fuera de Carmel, en otro country, vio dentro de la camioneta del acusado «un cachorrón, oscuro, de esos medianos«, aunque no pudo afirmar que fuera el labrador que María Marta había dicho que se lo había robado Pachelo.

Qué estaba haciendo Nicolás Pachelo cuando murió María Marta García Belsunce

También reiteró lo que hizo aquel 27 de octubre de 2002, lo que para él «fue un domingo normal«, en el que fue «a jugar al fútbol» con sus amigos, pasó a buscar a su hijo y luego fue a ver a su mamá para comprar «el regalo de cumpleaños» para su hijo que había cumplido dos días antes.

«Acá no se trata ni de mentir, como dice el fiscal, ni de armar coartadas falsas. Acá está lo que está, se dice desde este lado toda la verdad. Si me equivoco, no es en pos de mentir«, agregó.

Pachelo hizo referencia a una de las pruebas de parte de la fiscalía en la que se señala que tres adolescentes lo habían visto corriendo en dirección a la casa de María Marta entre las 18 y 18.30 del día del crimen, lapso de tiempo que en el que se cree que fue cometido el asesinato.

«Es falso que pasé por la casa; eso no está acreditado en el expediente. Son versiones que tiran para que ustedes los periodistas saquen el titular; es absolutamente falso. No es lo mismo en la puerta que 20, 30 o 50 metros. Eso lo vamos a tratar, cuando vengan los chicos todavía es muy prematuro«, sostuvo antes de retirarse de la sala.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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