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Seguridad social

Anses y AFIP establecen requisitos para acceder a moratoria previsional

Anses y AFIP establecen condiciones socioeconómicas y patrimoniales para el Plan de Pago de Deuda Previsional, según la resolución general conjunta 3545/2023. Requisitos incluyen límite de ingreso bruto mensual promedio y no poseer automóvil cuyo valor supere ese ingreso. La medida busca establecer pautas de evaluación socioeconómica y patrimonial para acceder al plan, considerando su esfuerzo fiscal.

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) han fijado las condiciones socioeconómicas y patrimoniales que deberán cumplir aquellos que deseen acogerse al Plan de Pago de Deuda Previsional.

La medida se dispuso en la resolución general conjunta 3545/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La medida tiene como objetivo fijar las pautas de evaluación socioeconómica y patrimonial para acceder al Plan de Pago de Pago de Deuda Previsional recientemente sancionado, teniendo en cuenta el esfuerzo fiscal que representa.

Quiénes no pueden acceder a la moratoria

Requisitos establecidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para acceder al Plan de Pago de Deuda Previsional:

  • Contar con un ingreso bruto mensual promedio en los últimos doce meses que no supere el límite vigente para acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • El gasto y consumo promedio mensual de los últimos doce meses anteriores a la fecha de la evaluación no podrá superar el 80% de ese límite.
  • La manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no podrá ser superior a 2,4 veces anualizado el importe previsto para acceder a la AUH.
  • No tener un automotor cuyo valor supere el importe anualizado de ese ingreso.

Economía 💲

ANSES: cómo pueden cobrar los jubilados la asignación por sus nietos

La ANSES tiene un mecanismo llamado Adenda 63 que permite a los jubilados, abuelos y otros referentes que crían a menores solicitar el cambio de titularidad de la asignación familiar. El trámite no altera el beneficio del niño: solo redirige el cobro a quien efectivamente tiene a cargo su cuidado y manutención.

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Hay miles de abuelos y abuelas en Argentina que tienen a sus nietos a cargo, los crían y sostienen a diario, pero no cobran ninguna asignación familiar por ellos. Eso puede cambiar. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) contempla un mecanismo para que los jubilados y otros referentes que conviven con menores y garantizan su cuidado puedan solicitar el cambio de titularidad de la prestación y empezar a percibirla ellos mismos.

El procedimiento se conoce como Adenda 63 y permite reasignar el cobro de la asignación familiar a quien efectivamente tiene al niño o adolescente bajo su responsabilidad, cuando la persona registrada originalmente como titular ya no ejerce ese rol.

Quiénes pueden solicitarlo

El trámite no está restringido a los abuelos. También pueden solicitarlo tíos y tías, hermanos o hermanas mayores de edad, y cualquier referente afectivo que pueda acreditar que convive con el menor y se ocupa de su manutención. Asimismo, pueden acceder progenitores que no figuren como titulares de la prestación en situaciones vinculadas con violencia, abandono u otros casos que requieran la intervención de organismos de protección de la niñez.

La modificación no altera el beneficio que le corresponde al niño o adolescente, sino que determina en qué cuenta se deposita la asignación según quién ejerce efectivamente su cuidado. En el caso de las asignaciones abonadas a través del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), el pago se realiza mensualmente y sin retenciones, de acuerdo con la escala de ingresos vigente.

Qué documentación se necesita

Para iniciar la gestión se debe presentar el DNI original y una copia del solicitante y del menor, además de la partida de nacimiento actualizada. También se requieren certificados o documentación que permitan demostrar la convivencia y el cuidado efectivo, como informes escolares, médicos o constancias de domicilio.

En algunos casos puede solicitarse un informe técnico elaborado por organismos habilitados, como la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) o las dependencias provinciales competentes. Con toda la documentación reunida, los equipos técnicos del organismo arman el expediente y lo elevan a ANSES, que evalúa la situación y, si corresponde, actualiza la titularidad.

Un derecho que muchos no conocen

El mecanismo existe, pero no siempre es conocido por quienes más lo necesitan. En un contexto en que la pobreza empuja a muchas familias a reorganizarse y a los abuelos a asumir de hecho la crianza de sus nietos, el desconocimiento de este trámite implica que muchos hogares dejan de percibir prestaciones a las que tienen derecho.

Conocer la existencia de la Adenda 63 puede marcar una diferencia concreta en la economía de quienes crían a sus nietos sin el respaldo formal del sistema. La información sobre este procedimiento puede consultarse en las oficinas de ANSES o a través del portal oficial del organismo.

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