Judiciales ⚖️
Los nueve testimonios «clave» para las condenas de los rugbiers
De los casi 90 testigos que declararon en el juicio, en la sentencia los jueces mencionaron nueve de ellos, cuyas declaraciones fueron «vitales» para entender la mecánica del asesinato de Fernando Báez Sosa.
El Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Dolores que condenó hoy a los ocho rugbiers por el crimen de Fernando Báez Sosa, cinco de ellos a prisión perpetua, tuvo en cuenta el testimonio de nueve testigos que fueron considerados «clave» para determinar las responsabilidades de cada uno de ellos en el hecho ocurrido en enero del 2020.
De los 87 testigos que declararon en el juicio, en la sentencia los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia mencionaron nueve de ellos, cuyas declaraciones fueron vitales para entender la mecánica del hecho.
Las declaraciones «clave» fueron las siguientes:
- Lucas Santiago Filardi, amigo de Fernando Báez Sosa. «Con la primera piña se cayó, llegó a poner las manos, intentó levantarse y de ahí empezaron piñas y patadas y no pudo levantarse. Fue con mucho ensañamiento. Era al cuerpo de Fernando, con dureza (…) Thomsen y Luciano Pertossi le estaban pegando a Fernando. No eran tres personas, eran claramente más las que le pegaban a Fer, porque se iban turnando (…). Yo diría que cuatro o cinco».
- Juan Bautista Besuzzo, amigo de Fernando atacado a golpes. «Veo a un masculino de remera blanca y pantalón marrón que le da una piña y lo sienta. Después otro masculino con bermuda de jeans y remera verde que le pega patadas en la cabeza. Fer no podía responder, estaba totalmente inconsciente, con los ojos cerrados, rendido. Thomsen le dio tres patadas en la mandíbula. Cuando cualquiera de nosotros quisimos impedir el ataque, no pudimos o nos sacaron. No nos dejaron ayudarlo».
- Luciano Nahuel Bonamaison, amigo de Fernando, atacado a golpes. «Buscaban a Fernando. Fueron todos directo a él y cuando quisimos intervenir para defenderlo, nos sacaban. Vi cuando Máximo Thomsen le pega una patada a Fernando con odio, con brutalidad, con intención de matarlo. Arengaban diciendo ‘vamos, vamos, mátenlo al negro de mierda’».
- Alejandro Muñoz, personal de seguridad privada de Le Brique. «Ahí veo a todos los rugbiers que vienen corriendo y como que se paran y empiezan a pegarle a Fernando. Fernando como que se quiere levantar y uno que estaba con rodete y camisa blanca le pegó una patada en la cabeza y no se levantó más. Se turnaban para pegarle a Fernando. El ataque terminó cuando volvieron los efectivos de Infantería. Uno de los chicos dijo ‘vámonos que viene la policía”. Se iban turnando, unos cubrían y los otros pegaban. La saña era con Fernando. Uno de los que más pegaba era el que saqué yo, Thomsen. Todo el grupo pegó. Esto ocurrió enfrente de Le Brique. Yo estaba en la puerta del boliche viendo. La golpiza fue con saña, con mucha violencia. Nunca vi nada igual. Hace 20 años que laburo de esto y nunca vi pegarle tanto a una persona. Las patadas eran la mayoría a la cabeza».
- Tomás Bidonde, testigo circunstancial del hecho. «Había dos personas de frente y dos de espaldas a mí. Golpes, patadas, el chico estaba arrodillado. Vi de frente a Máximo Thomsen pegando, golpeando al chico que después fallece. Recuerdo que casi al final le pega dos patadas en la cabeza, como puntinazos. Después recuerdo que lo agarra de la cabeza y le vuelve a dar dos o tres patadas. A Fernando lo veo primero de rodillas y ahí le estaba pegando. Ya sobre el final estaba en el suelo directamente. Ahí lo vi en el suelo y le pega patadas. Fernando ya estaba en el suelo y veo las patadas en la zona del costado. Una persona le pega una patada en la cintura, del lado izquierdo, antes de esa patada también vi que lo golpeaba esa misma persona. Los que agredían a Fernando en principio eran cuatro. Yo lo viví y te queda porque es algo muy agresivo y estuve ahí. Desde que pasó esto me puse mal pocas veces, hoy fue una de ellas, por la agresividad de los golpes que vi.
- Tatiana Caro, testigo. «Fernando cae en el piso, intenta levantarse y ya no pudo, porque nunca pararon de pegarle. No le dieron posibilidad de defenderse. Era como pegarle a una bolsa de papas. Después que le pegaron la primera piña, Fernando intentó levantarse, y ya después no. Tenía toda la cara golpeada y pisada. Le pegaban patadas en la cabeza y en el cuerpo. En ningún momento Fernando se quiso parar de manos, fue con saña».
- Marcos Acevedo, testigo circunstancial. «En el momento que le están pegando a Fernando hay un chico de camisa blanca que le pega tres o cuatro trompadas en la cara a Fernando que lo dejan inconsciente. Fernando ya estaba totalmente desvanecido, no se refugiaba la cara, no se podía defender. Los chicos que cruzan para ayudar no llegan porque les salen al cruce y no los dejan. Después recuerdo que un chico de bermudas y camisa oscura le pega un par de patadas en la cabeza y lo termina de rematar».
- Valentín Rodríguez, testigo circunstancial. «Se fue la policía y empezó el ataque. Duró aproximadamente un minuto. Los golpes eran brutales. Muy fuertes. Si bien había visto otras peleas en los boliches, nunca con tanta intensidad o fuerza en los golpes».
- Sebastián Saldaño, testigo circunstancial. «Nunca había visto a tantas personas golpear a una sola. Normalmente, en una pelea, la paliza se detiene cuando uno cae al piso y quizás sigue si se levanta. Acá siguieron con la máxima fuerza y bronca que tenían. Pararon la agresión sólo cuando vieron que ya no tenía respuesta».
Género 🟣
Debiaggi condenado por abuso sexual: fundamentos de la sentencia de ex funcionario del INAES
El Tribunal Oral Federal 8 publicó los fundamentos de la condena a tres años de prisión en suspenso para Carlos Alberto Debiaggi, ex director de Asuntos Jurídicos del organismo. Los jueces destacaron la asimetría jerárquica como factor determinante que imposibilitó a la víctima reaccionar ante la agresión.
Ex funcionario del INAES condenado: la Justicia marcó un precedente en violencia de género
El Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8) difundió este miércoles los fundamentos del fallo que condenó a Carlos Alberto Debiaggi, ex director de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), a tres años de prisión de ejecución condicional por ser autor penalmente responsable del delito de abuso sexual.
La sentencia, dictada por los jueces Sabrina Namer, María Gabriela López Iñiguez y Nicolás Tosselli, establece un precedente relevante en materia de violencia laboral e integridad sexual en el ámbito laboral de trabajadores y trabajadoras del Estado, al reconocer el peso de la asimetría de poder como condición que habilita y perpetúa el abuso.
Marcelo Collomb, Presidente del INAES junto a Carlos Debiaggi, Ex Director de Asuntos Jurídicos
Un patrón sistemático, no un hecho aislado
Los magistrados fueron categóricos en su diagnóstico: el episodio del 12 de agosto de 2019, cuando Debiaggi se dirigió a la oficina de la víctima, identificada como C.C.A., la tomó del hombro izquierdo, la atrajo hacia su cuerpo y comenzó a tocarla en sus zonas íntimas mientras intentaba besarla, no fue un acto impulsivo ni aislado. El fallo lo caracterizó como «la culminación de una escalada de conductas que Debiaggi desplegó sistemáticamente» a lo largo del tiempo compartido en el organismo.
Los jueces comprobaron que el acusado realizaba con habitualidad comentarios de connotación sexual hacia la trabajadora, incluyendo referencias directas a su cuerpo e insinuaciones reiteradas al saludarla. En una ocasión, le recitó una poesía de García Lorca sobre besos y senos. La víctima llegó a usar auriculares para evitar el contacto y pedía a sus compañeras que la alertaran ante su presencia para poder huir por las escaleras del edificio donde trabajaba.
La conducta de Debiaggi cesó únicamente cuando una tercera persona ingresó a la oficina el día del abuso. La víctima permaneció inmóvil, en estado de shock, girando la cara para evitar los besos. El tribunal subrayó que esa reacción de inmovilidad no debía interpretarse como consentimiento, sino como respuesta típica de una persona sorprendida en su entorno laboral por quien ejercía autoridad sobre ella.
La asimetría jerárquica, en el centro del debate
Uno de los aspectos más relevantes del fallo fue el tratamiento de la relación de poder entre el abusador y la víctima. El INAES había elaborado un sumario administrativo en el que dejó asentado que «no existe una relación jerárquica directa entre denunciante y denunciado, dado que ambos revisten en diferentes Direcciones«. El TOF 8 desestimó esa lectura.
Los jueces priorizaron la palabra de la propia damnificada, quien describió a Debiaggi como «un jerárquico» con quien debía interactuar funcionalmente, en particular en el tratamiento de expedientes. La sentencia fue contundente: «lo que importa destacar a los fines de la mensura es que esa asimetría no fue simplemente el telón de fondo del hecho; fue una condición que lo posibilitó».
El tribunal señaló además como «llamativo» que precisamente las dos testigos que aún trabajaban en el INAES al momento del juicio fueran también las que menos precisiones pudieron o quisieron brindar sobre las conductas que el resto de los declarantes describió con notable detalle y coincidencia. Varios trabajadores y trabajadoras del área habían dejado sus puestos para dejar de sufrir el acoso o los malos tratos del acusado, un dato que el tribunal consideró elocuente.
El daño prolongado y los agravantes de la condena
Para determinar la pena, los magistrados tuvieron en cuenta el daño concreto y prolongado que el accionar de Debiaggi ocasionó sobre C.C.A. La mujer estuvo aproximadamente cuatro meses con licencia médica bajo diagnóstico de estrés laboral y atravesó un tratamiento psicológico y psiquiátrico que continuaba vigente al momento del debate, más de seis años después del hecho.
Como agravante central, los jueces destacaron que Debiaggi acumulaba 44 años dedicados al Derecho y al servicio del Estado, lo que le confería una comprensión precisa de los límites que el ordenamiento jurídico impone a la conducta personal. Esa misma trayectoria que le permitió construir una carrera dentro del Estado le exigía, según el fallo, un estándar ético más alto.
El carácter repentino y la modalidad abarcadora del acto también pesaron como agravante: «el hecho fue sorpresivo, intempestivo y abarcó simultáneamente distintas zonas corporales, aprovechando el momento de soledad de la víctima y produciendo una intensa afectación sobre su integridad sexual».
Como atenuantes, el tribunal valoró que Debiaggi no registra antecedentes penales, que cumplió 78 años y dijo padecer afecciones de salud que requieren seguimiento médico. Sin embargo, los magistrados advirtieron que la edad no neutraliza la responsabilidad penal.
Las condiciones de la condena
El TOF 8 estableció un conjunto de condiciones que Debiaggi deberá cumplir para evitar el efectivo cumplimiento de prisión. Quedará bajo el control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y deberá abstenerse de todo contacto con C.C.A., sea personal, telefónico, por redes sociales o correo electrónico.
Además, deberá realizar el Taller de integridad sexual de la Fundación Fepais, medida que los jueces explicaron como necesaria para abordar el avasallamiento de la integridad sexual, dado que el episodio investigado «representó la expresión final de un patrón de conducta sostenido en el tiempo y naturalizado en un entorno institucional sin límites claros».
El tribunal también le impuso la obligación de abonar a la víctima una indemnización de $3.000.000, pagaderos en el plazo de diez días.
-
Goles! ⚽5 díasScaloni eligió a sus 55: sorpresas, caras nuevas y la gran ausencia que sacude al fútbol argentino
-
Deportes ⚽3 díasCentral eliminó a Racing con polémico arbitraje y pasó a semifinales del Apertura
-
Política 📢5 díasEl Gobierno que no quiere Ficha Limpia: la interna que expone el doble discurso anticorrupción de LLA
-
Política 📢6 díasRadiografía de la desesperación: el salto crítico de los suicidios en la era Milei
-
Economía 💲6 díasLa economía destrozada: Delivery récord, bolsillos vacíos y un salario que ya no alcanza para pedir comida
-
Política 📢3 díasMilei usó datos reales para construir una mentira: lo que no dijo al comparar su sueldo con el de rectores
-
Fútbol & Goles!1 díaEscándalo total: Malcorra fue a buscar a Gustavo López a la salida de la radio y casi terminan a las piñas
-
Judiciales ⚖️6 díasEl periodista que creó la causa Cuadernos declaró y se hundió: habló de “licencias literarias” y “ficción”
