Judiciales ⚖️
Comprueban que el podólogo que asesinó a su pareja manipuló el suero
El podólogo tras permanecer prófugo dos meses, fue detenido por la División Homicidios de la Policía de la Ciudad el pasado 18 de julio en su provincia natal, Mendoza.
El podólogo mendocino detenido por el crimen de su pareja, un hombre que falleció en enero de 2020 mientras estaba internado en un sanatorio de la Capital Federal, manipuló 13 veces el suero de su esposo durante 10 días consecutivos, según se desprende de los videos que, para el juez, fueron clave para dar por acreditado el envenenamiento de la víctima pese a que no hubo autopsia y procesar al acusado con prisión preventiva por «homicidio cuadruplemente agravado».
Se trata de Guillermo Germán Berjeli (45) quien, tras permanecer prófugo dos meses, fue detenido por la División Homicidios de la Policía de la Ciudad el pasado 18 de julio en su provincia natal, Mendoza, acusado de asesinar a su cónyuge, Roberto Alfonso Aquiles Guzmán Jaque (58), de nacionalidad chilena y quien era empleado de una aerolínea.
En una resolución dictada el martes pasado, el juez en lo Criminal y Correccional 19, Diego Javier Slupski, procesó con prisión preventiva a Berjeli como autor de un «homicidio agravado por el vínculo, por haber sido cometido con alevosía, por el suministro de veneno y por codicia».
Guzmán Jaque murió el 12 de enero de 2020 de una insuficiencia respiratoria tras estar internado casi un mes en el Sanatorio Anchorena del barrio porteño de Recoleta, donde llegó el 16 de diciembre de 2019 con un cuadro de «deterioro del sensorio, insuficiencia renal, desorientación, trastorno en la marcha y alteración en el habla».
Según se desprende del auto de procesamiento, la víctima fue envenenada por su entonces pareja durante su internación en una sala de la terapia intensiva abierta del mencionado sanatorio porteño ubicado en la calle Anchorena al 1.800.
La clave de la causa son las sospechas de los médicos y enfermeros del sanatorio que notaron irregularidades en los rótulos de los sueros y los videos de las cámaras de la sala de terapia donde estuvo internada la víctima, en los que Berjeli quedó filmando manipulando o intercambiando los sueros que tenía conectados el paciente por otros que traía escondidos en una mochila.
En la descripción del hecho imputado, el juez Slupski enumera los 13 episodios en los que entre el 2 y el 11 de enero de 2020 -día previo al deceso-, Berjeli fue captado por la cámara de la habitación intercambiando la bolsa de suero de su pareja.
«Durante el transcurso de la internación, cuando Guzmán Jaque se encontraba inconsciente, Berjeli le suministró en reiteradas ocasiones sustancias químicas tóxicas, que no pueden determinarse con exactitud, pero presumiblemente alcoholes pesados, particularmente, metanol y/o etilengliclol, lo que ocasionó el deterioro en su salud hasta provocarle la muerte por insuficiencia respiratoria no clasificada en bloqueo aurículo ventricular y de rama izquierda e infección a punto de partida no especificado», señala la resolución del juez.
Slupski señala que Berjeli concretó «un elaborado y detallado plan criminal» y que actuó «con una finalidad económica».
Al referirse al móvil, el juez afirma que «se encuentra acreditado el fin lucrativo del homicidio», ya que el imputado cobró un seguro de vida de la víctima por 68.750 pesos de una póliza de la empresa Metlife, y realizó gestiones legales para heredar los bienes que Guzmán Jaque tenía en la República de Chile -un fondo común de inversión por 100.000 dólares, dinero de una cuenta bancaria y un departamento en Santiago de Chile valuado en 200.000 dólares-, aunque no lo logró porque la legislación del vecino país no convalidó la unión civil entre ambos.
De las declaraciones de un hermano y otras personas del entorno, surge que por problemas laborales Guzmán Jaque vino a vivir en 2014 a la Argentina con su madre, que aquí se mantenían gracias a una pensión de 1.000 dólares mensuales que cobraba la mujer desde Estados Unidos, que en Buenos Aires alquilaban un departamento en Thames 174 de Villa Crespo y que la víctima desde 2018 trabajaba en el call-center de la aerolínea United Airlines.
El hermano declaró que Guzmán Jaque conoció a Berjeli a través de una aplicación de citas, que en menos de un año el acusado se mudó al departamento de su madre y de su hermano, y se casaron 16 de septiembre de 2019, es decir, tres meses antes de su internación.
También contó el hermano de la víctima que su madre «murió de pena» y «sabiendo que a su hijo lo habían matado, que Germán lo había envenenado».
El paciente era portador de VIH, pero estaba bajo tratamiento, controlado y sin complicaciones, según explicaron los médicos que declararon en el expediente.
Además, el chileno venía de una internación previa en el sanatorio Anchorena de San Martín, de donde le habían dado el alta dos días antes de que ingrese a la sede Recoleta del mismo sanatorio.
Por ello, el juez afirma en su resolución que «el acusado habría suministrado las mismas sustancias tóxicas al damnificado los días previos a su internación».
Para fundamentar el agravante de la alevosía, Slupski afirma que «el imputado actuó sobre seguro y sin riesgo al cometer el homicidio de Guzmán Jaque, en tanto (…) se encontraba inconsciente cuando le suministró la sustancia tóxica, además de procurar no ser visto en su accionar por el personal médico».
Al argumentar la prisión preventiva, el magistrado mencionó que hay «riesgo de fuga» -el delito prevé una pena de prisión perpetua-, y sobre el «peligro de entorpecimiento» de la investigación, recordó que «en el afán de lograr su impunidad e impedir una posible autopsia, Berjeli ordenó rápidamente la cremación del cuerpo de Guzmán Jaque, pese a que sus familiares le habían pedido que esperase a que pudieran viajar desde Chile para despedirlo».
Además de procesarlo, el juez le dictó al imputado un embargo sobre sus bienes de 50 millones de pesos.
La causa se inició el 4 de febrero de 2020 por una denuncia del mismo sanatorio que sospechó del accionar del ahora detenido.
El juez ordenó la captura del podólogo el 17 de mayo, luego de que la División Homicidios constatara que se había ido hace un año y medio de Buenos Aires y que estaba en la ciudad de Mendoza, donde lo detuvieron el 18 de julio.
En su indagatoria ante el juez, Berjeli se negó a declarar y continúa detenido, ahora cumpliendo prisión preventiva.
Educación
Milei lleva la Ley de Financiamiento Universitario a la Corte para intentar frenarla
Luego de acumular dos derrotas judiciales consecutivas, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que el máximo tribunal suspenda la norma. Si el tribunal rechaza el pedido, el Gobierno tiene previsto recurrir en queja directamente ante la Corte Suprema.
El Gobierno busca llegar a la Corte para suspender la Ley de Financiamiento Universitario
El gobierno de Javier Milei presentó un recurso extraordinario federal ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que el expediente sea elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el objetivo de suspender la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795), según confirmaron fuentes oficiales.
La maniobra llega luego de dos fallos adversos consecutivos: en primera instancia, el juez federal Enrique Cormick declaró que el Decreto 759/2025, con el cual el Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma, tenía rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta»; y el 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los magistrados Sergio Fernández y Jorge Morán, confirmó la medida cautelar y rechazó la apelación del Gobierno al calificar sus argumentos de «poco serios».
Si la Cámara Federal acepta el recurso extraordinario, el expediente pasará a la Corte Suprema, que tendrá la última palabra. En caso contrario, el oficialismo no descarta presentar un recurso en queja directamente ante el máximo tribunal para forzar su intervención.
La historia de una ley vetada, insistida y aun incumplida
La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso el 22 de agosto de 2025 y vetada de manera total por el presidente Milei el 11 de septiembre. Sin embargo, el Senado y la Cámara de Diputados insistieron en su sanción, dejando sin efecto el veto con los dos tercios requeridos constitucionalmente. En el último día del plazo legal, en octubre de 2025, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla; pero en lugar de aplicarla, dictó el Decreto 759/2025, que subordinó su implementación a la previa definición de fuentes presupuestarias específicas, apoyándose en la Ley de Administración Financiera 24.629.
La norma obliga al Gobierno a actualizar retroactivamente los sueldos de docentes y no docentes universitarios desde diciembre de 2023, según la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), y a recomponer los programas de becas estudiantiles. Según el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), las transferencias a universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026. Entre noviembre de 2023 y febrero de 2026, los salarios docentes crecieron un 158% mientras la inflación acumulada alcanzó el 280%, lo que implica una pérdida de poder adquisitivo del 32%, equivalente a la pérdida de más de siete salarios mensuales.
El argumento fiscal versus el mandato constitucional
La estrategia del oficialismo se asienta en un único argumento: la aplicación de la ley pondría en riesgo el equilibrio fiscal, que el Gobierno presenta como su principal logro de gestión. Estiman que el costo de cumplir la norma asciende a 2,5 billones de pesos, en línea con lo que el sindicato docente de la UBA calculó en 2,734 billones.
Sin embargo, la Justicia ya rechazó ese razonamiento en dos instancias. La Cámara subrayó que el impacto fiscal de la medida ronda apenas el 0,23% del PBI, que la ley fue ratificada por dos tercios de ambas cámaras del Congreso y que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional obliga al Ejecutivo a ejecutar la norma sin margen para suspenderla mediante un decreto. El tribunal también estableció un principio clave: una ley posterior aprobada por el Congreso puede desplazar válidamente a una anterior, lo que derrumba el escudo jurídico del Decreto 759/2025.
En este contexto, la estrategia de recurrir a la Corte por vía del recurso extraordinario es la última carta disponible. Según fuentes del ámbito constitucional citadas por La Nación, es poco probable que el tribunal acceda a conceder el recurso, ya que uno de los requisitos es que exista una sentencia definitiva o equiparable, condición que una medida cautelar no cumple. Los propios especialistas advirtieron que la Corte tiene antecedentes de no expedirse sobre cautelares por no constituir sentencias definitivas.
Una táctica judicial que se vuelve patrón
El recurso por el financiamiento universitario no es un hecho aislado en la estrategia judicial del Ejecutivo libertario. Como informó este medio el 17 de abril de 2026, el mismo día en que se conoció esta presentación, el Gobierno acudió a la Corte Suprema a través de un per saltum para intentar destrabar la Ley de Reforma Laboral (Nº 27.802), cuya aplicación también fue frenada judicialmente luego de una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT). En ambos casos, el patrón es idéntico: el Ejecutivo aprueba o aplica normas que generan rechazo judicial o social, y cuando la Justicia ordena su suspensión o su cumplimiento, escala el conflicto hacia la Corte en lugar de acatar los fallos de las instancias inferiores.
La diferencia es que en el caso universitario el Gobierno no quiere que se aplique una ley que le ordenan cumplir; en el laboral, quiere que se aplique una ley que le ordenaron suspender. En los dos escenarios, el Ejecutivo convierte a la Corte Suprema en la arena donde dilata el cumplimiento del ordenamiento jurídico.
Puntos clave
- El Gobierno presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que la Corte Suprema suspenda la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795).
- Dos fallos judiciales consecutivos ya ordenaron al Ejecutivo cumplir la norma; la Cámara calificó los argumentos del Estado de «poco serios».
- La ley fue aprobada por el Congreso, vetada por Milei, insistida con dos tercios y promulgada en octubre de 2025; pero nunca fue aplicada.
- El Gobierno estima el costo de cumplimiento en 2,5 billones de pesos; la Justicia lo redujo a un impacto del 0,23% del PBI.
- Si la Cámara rechaza el recurso extraordinario, el oficialismo prevé ir en queja ante la Corte Suprema para forzar su intervención.
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