Judiciales ⚖️
Milei pide retirar la custodia a Fabiola Yañez en España
«Los impuestos son para el pueblo», disparó el presidente, quien elevó un informe a la Justicia para que se revoque la custodia de la ex primera dama, quien reside en España. La solicitud se da en el marco de su disputa legal con Alberto Fernández.
Lo que tenés que saber:
- Javier Milei solicitó a la Justicia que retire la custodia de Fabiola Yañez, ex primera dama, en España, donde reside actualmente.
- La petición está relacionada con la disputa legal entre Yañez y Alberto Fernández por supuesta violencia de género.
- Milei argumentó que los impuestos de los ciudadanos deben destinarse a mejorar la vida de la población, no a «privilegios» de figuras que no han manejado con austeridad sus responsabilidades.
- La Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, fue instruida por Milei para elevar el informe correspondiente a la Justicia.
La solicitud de Milei
El presidente Javier Milei elevó un informe ante la Justicia pidiendo que se retire la custodia de Fabiola Yañez en España. Esta solicitud se produce en el contexto de su disputa legal con el ex presidente Alberto Fernández, en la que la ex primera dama está involucrada en una denuncia por violencia de género.
Argumentos de Milei
A través de sus redes sociales, Milei explicó que le pidió a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que eleve el informe correspondiente a la Justicia. El mandatario expresó que no ve justificación para mantener la custodia de Yañez, señalando que los recursos públicos deben ser destinados a mejorar la vida de la población, y no a «privilegios» de quienes no manejaron con austeridad su investidura. «Los impuestos de los ciudadanos son para mejorar la vida de la población. No para privilegios de quienes no llevaron con austeridad la investidura», remarcó.
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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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