Judiciales ⚖️
Se espera dictamen de enjuiciamiento contra la Corte Suprema
La Comisión de Juicio Político fue convocada para el martes a las 13 para emitir los despachos de mayoría y minoría sobre los pedidos de juicio contra los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz, y Ricardo Lorenzetti.
Por Silvia Rajcher
El Frente de Todos (FdT) buscará firmar el martes próximo en la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados los dictámenes de enjuiciamiento contra los ministros de la Corte Suprema, a quienes acusa de supuesto mal desempeño de sus funciones.
La Comisión de Juicio Político fue convocada para el martes a las 13 para emitir los despachos de mayoría y minoría sobre los pedidos de juicio contra los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz, y Ricardo Lorenzetti.
La reunión del organismo parlamentario -que preside Carolina Gaillard- se efectuará un día antes de que concluya el plazo para poder firmar los respectivos dictámenes.
También se producirá a 12 días de la asunción del presidente electo Javier Milei, que rechaza el proceso de juicio político a la Corte Suprema, según lo ratificado por el futuro ministro de Justicia, el abogado penalista Mariano Cúneo Libarona.
Se estima que habrá un despacho por la mayoría impulsado solo por el FdT que tiene 16 de los 31 miembros de las comisión, y dos por la minoría de Juntos por el Cambio (JxC) con 14 integrantes, y otro de Consenso Federal del diputado Alejandro ‘Topo’ Rodríguez.
De todos modos, los dictámenes no serán aprobados en el recinto de sesiones ya que el FdT no tiene los dos tercios necesarios para poder impulsar una acusación ante el Senado.
Los cuatro integrantes del máximo tribunal están acusados de supuesto mal desempeño por las causales de los fallos del 2×1 a favor de un represor, la derogación de la ley del Consejo de la Magistratura, de coparticipación de la ciudad de Buenos Aires y la administración de la Obra Social del Poder Judicial.
Habrá un dictamen de mayoría por cada juez y no todos los jueces recibirán todos los cargos.
Una de las incógnitas es qué posición asumirá la Coalición Cívica sobre el pedido de enjuiciamiento contra Lorenzetti, ya que presentó un pedido que forma parte de los 14 expedientes que está tratando la comisión desde el pasado 26 de enero, tras la solicitud formulada por el presidente Alberto Fernández el 1° de ese mes y que contó con el aval de una decena de mandatarios provinciales.
El proceso de apertura a prueba comenzó el 9 de febrero, y desde esa fecha desfilaron cientos de testigos en cada una las causales; la que demoró mayor tiempo de trabajo por la cantidad de testigos fue la referida a las irregularidades en la obra social del Poder Judicial, que estaba a cargo del juez Maqueda.
Desde esa fecha hasta el 7 de noviembre se extendió la etapa del sumario, cuya última reunión concluyó en medio de una fuerte controversia entre el oficialismo y JxC, luego de que Gaillard levantara la reunión apenas comenzada, al considerar que no se debía realizar porque no se habían presentado Lorenzetti y Maqueda para realizar sus descargos, aunque sí lo habían hecho por escrito Rosatti y Rosenkrantz.
Posteriormente, JxC pidió el apartamiento del diputado oficialista Rodolfo Tailhade por estar mencionado en una causa por un expolicía acusado de espionaje, pero la solicitud fue rechazada por Gaillard, quien señaló que «no corresponde ya que no está imputado en ninguna causa, ni figura su nombre en la investigación que lleva adelante el fiscal Gerardo Pollicita».
Rosatti y Rosenkrantz respondieron el pasado 2 de noviembre por separado a la Comisión de Juicio Político sobre los cargos provisorios por mal desempeño de sus funciones, de los que fueron notificados hace tres semanas y para los que tenían plazo de contestar por escrito hasta ese día, o la posibilidad de hacerlo en forma presencial el próximo martes, cuando volverá a reunirse la comisión.
Rosatti consideró que «durante el trámite de investigación se cometieron irregularidades procesales que afectan seriamente la garantía del debido proceso y el derecho de defensa en juicio (artículo 18 de la Constitucional Nacional). Más allá de la naturaleza política de estos procesos, dichas garantías resultan plenamente aplicables, como surge de la clásica y consolidada jurisprudencia de esta Corte».
«La gravedad de dichas irregularidades vicia la validez y eficacia del proceso, lo que será planteado -de ser necesario- por la vía y en la oportunidad que corresponda. A tal fin hago reserva de interponer todas las acciones y recursos legales, constitucionales y convencionales que me asistan, incluido el previsto en el artículo 14 de la ley 48», indicó el presidente de la Corte Suprema.
Por su parte, Rosenkrantz expuso que «las denuncias por mal desempeño efectuadas en mi contra y los cargos provisorios que me formula la Comisión de Juicio Político se sustentan, en su mayoría, en hechos vinculados con la tramitación de ciertas causas judiciales que son tergiversados por una interpretación caprichosa y arbitraria».
«Lo cierto es que, una vez neutralizado el capricho y la arbitrariedad en la interpretación de los hechos, la única explicación plausible de la existencia de este juicio político es la disconformidad con algunas sentencias adoptadas por el tribunal que integro o con mis votos en solitario», agregó.
Las acusaciones del oficialismo están plasmadas en los informes que envió a los jueces para que realicen sus descargos y donde se señala que, entre otras cuestiones, se advirtió la «connivencia y la negociación entre miembros de la Corte Suprema con funcionarios» del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, que derivó en el fallo de coparticipación que benefició al distrito porteño, al convalidar el aumento de recursos dispuesto por el entonces presidente Mauricio Macri.
Allí se analiza el accionar de los integrantes del máximo tribunal por el fallo vinculado con la coparticipación que benefició a la Ciudad, la «cooptación» por parte de la Corte del Consejo de la Magistratura; las irregularidades en la obra social de los empleados judiciales y el fallo «Muiña» de 2008 que benefició a condenados por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar.
«La Corte no cumple su rol constitucional actuando como si fuera un constante contradictor de las decisiones del Congreso o del Poder Ejecutivo, esto es, de las autoridades electas de modo directo por el pueblo. Tampoco cuando se constituye en una suerte de tercera cámara legislativa, derogando con efecto general las leyes que no le agradan o dictando las que las reemplacen, como ocurrió en el caso de la ley del Consejo de la Magistratura», expone el informe.
En torno a la coparticipación, los diputados oficialistas advirtieron que se trató de «una resolución arbitraria e irregular en virtud de que contiene graves vicios jurídicos y en los que se advierte o se puede presumir, además, un claro desvío de poder por parte de los jueces a raíz de la vulneración del principio de independencia e imparcialidad en el que incurren los supremos».
En torno al Consejo de la Magistratura, los legisladores advirtieron que «Rosatti se erigió en presidente» de ese organismo «cuando elementales reglas éticas se lo impedían», y consideraron que «dado el contenido de la decisión que iba a adoptar la Corte, debió excusarse de tomar parte de una resolución que, obviamente, lo involucraba de manera directa».
Judiciales ⚖️
Casación otorgó a De Vido prisión domiciliaria por riesgo cardiaco
La decisión de la Casación no implica libertad, sino el traslado del lugar de cumplimiento de la pena: De Vido continuará condenado y bajo control judicial, aunque desde su domicilio particular.
De Vido deja Ezeiza: la Casación ordenó su prisión domiciliaria por riesgo cardíaco
La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que el exministro de Planificación Julio De Vido abandone la cárcel de Ezeiza y cumpla su condena por la tragedia de Once en detención domiciliaria. La decisión, adoptada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, revirtió el fallo previo del Tribunal Oral Federal que había rechazado idéntico pedido.
Un cuadro clínico que la justicia no pudo ignorar
El detonante del beneficio fue el infarto que De Vido sufrió el 1° de abril de 2026, oportunidad en la cual los médicos le colocaron un stent. Los informes médicos presentados ante la Casación alertaron sobre un «alto riesgo cardiovascular».
A esas afecciones se suman otras patologías preexistentes: diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial, un cuadro que, a juicio del tribunal, hace incompatible el encierro carcelario con las condiciones de salud del exfuncionario.
De Vido tiene 76 años y cumple condena por el delito de fraude al Estado como partícipe necesario de la tragedia de Once, el accidente ferroviario ocurrido el 22 de febrero de 2012 que causó la muerte de 51 personas e hirió a casi 800.
La Casación revirtió al Tribunal Oral
El camino no fue sencillo. Antes de la resolución de Casación, el Tribunal Oral Federal había rechazado el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa del exfuncionario. La Cámara de Casación, integrada para este caso por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, anuló ese fallo y estableció el cumplimiento de la condena en el domicilio del exministro. Al mismo tiempo, le encomendó al juez de ejecución penal que mantenga un control periódico sobre De Vido durante el resto de la pena.
La causa Once estableció responsabilidades en la gestión de los contratos ferroviarios con la empresa TBA (Trenes de Buenos Aires), cuya falta de mantenimiento fue determinante en el siniestro. Su condena como partícipe necesario lo convirtió en uno de los exfuncionarios de más alto rango en ser condenado efectivamente a prisión.
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