Política 📢
Inquilinos Agrupados rechazó la derogación de Ley de Alquileres
El presidente de la entidad, Gervasio Muñoz, rechazó las nuevas reglas que establece el DNU, dijo que el DNU está «en función de los poderes económicos», y convocó a los inquilinos a movilizarse la noche de este jueves «en todas las ciudades del país».
El presidente de Inquilinos Agrupados, Gervasio Muñoz, advirtió este jueves sobre las consecuencias de la derogación de la Ley de Alquileres incluida en el DNU publicado hoy en el Boletín Oficial y anunció que habrá una movilización en todo el país.
«El decreto del presidente (Javier) Milei establece que nos pueden cobrar alquileres en cualquier moneda, en dólares, en euros, en lo que se les antoje, que ya no hay plazo mínimo legal para los contratos de alquiler de vivienda o sea, nos van a poder hacer firmar contratos por 15 días, por un mes, por dos meses», señaló el dirigente.
En declaraciones, Muñoz dijo que a partir de la derogación de la Ley de Alquileres «las actualizaciones pueden estar atadas a cualquier índice, público o privado, el IPC, la inflación, por supuesto que es lo que se le antoje a la inmobiliaria, 30% mensual, o atar el precio del alquiler al dólar blue, a la nafta o a lo que quieran».
«Creo que claramente es un Gobierno que ha escrito este decreto en función de los poderes económicos más importantes de la Argentina e internacionales, nos parece muy importante esto», remarcó.
En este contexto, dijo que se convocó para esta noche -a las 20- a concretar movilizaciones de organizaciones de inquilinos en todas las ciudades del país.
«Hay algo fundamental y es que ninguna sociedad se desarrolla si no tiene la gente, los que no tenemos vivienda, un lugar donde dormir, donde vivir, por lo tanto a las 20 horas hoy todas las organizaciones inquilinas salimos a las calles», agregó.
Qué dice la normativa
La normativa publicada este jueves sostiene que «los inconvenientes y penurias que el exceso de regulación normativa han aparejado en las convenciones privadas, especialmente en los contratos de locación de viviendas, es un hecho público y notorio, con graves consecuencias tanto para locadores como para locatarios y la virtual destrucción del mercado inmobiliario».
«En forma concordante, deviene imprescindible la derogación de la nefasta Ley de Alquileres N° 27.551», agregó el DNU.
La nueva norma establece que «los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes. El locatario no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el contrato».
«Las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres. Será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres», detalló.
Además, estableció que «si el índice elegido dejara de publicarse durante la vigencia del contrato, se utilizará un índice oficial de características similares que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos si el precio estuviera fijado en moneda nacional, o el que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada».
Respaldo del sector inmobiliario
Desde el sector inmobiliario, por su parte, salieron a respaldar la derogación de la Ley de Alquileres, al considerar que el mercado debe funcionar con «acuerdos libres entre privados».
«Desde el sector inmobiliario estamos satisfechos respecto de la derogación de la Ley de Alquileres; desde siempre sostuvimos que el Estado no debía inmiscuirse en un mercado que se maneja por acuerdos libres entre privados, por lo que apoyamos esta medida», dijo Marta Liotto, expresidenta del Colegio Profesional Inmobiliario.
Sostuvo que «este decreto va a servir para reparar tanto daño que hizo esta nefasta Ley de Alquileres que tuvimos en vigencia entre una y otra, fueron tres años y medio de pesadilla para nosotros, para los propietarios y para los inquilinos».
En el mismo sentido, Marta Libera, vicepresidenta de la Cámara Inmobiliaria Argentina, sostuvo que «esto es algo positivo para que haya una flexibilidad y las partes acuerden y puedan ir adaptándose a la inflación».
«Van a ser acuerdos, se puede hace cada 6 meses, 4 meses, esto va a permitir que haya más unidades en alquiler», mientras que «en este momento los inquilinos no tienen elección porque no hay oferta y tienen que caer en contratos informales que también son de riesgo», agregó.
En declaraciones a TN, Libera dijo que «alguien que no recibe dólares difícilmente pueda pactar en dólares», y que «en la medida que los propietarios no puedan alquilar o no encuentren inquilinos que califiquen para alquilar en dólares van a ir adaptándose a la realidad, esto lleva un tiempo de transición».
En declaraciones radiales esta mañana, el presidente Javier Milei argumentó sobre los cambios que introduce el DNU y sobre esta derogación dijo que «aparecen los efectos no deseados» cuando se generan «normativas que van a reparar o intentan reparar sobre el efecto y no sobre la causa, por ejemplo: la Ley de Alquileres».
«El punto dos es la Ley de Abastecimiento, que es algo verdaderamente criminal donde frente al control de precios como vos no querés producir a pérdida, el Estado te obliga a punta de pistola que produzcas porque si no te saca el negocio y la Ley de Alquileres es lo mismo», comparó.
El DNU -en uno de su artículos- deroga la Ley de Alquileres que entró en vigencia en julio de 2020 y la reforma implementada en 2023, que establece una duración de tres años para los contratos de locación, fija condiciones de actualización, cada seis meses en la actualidad, y la obligatoriedad de registrar en pesos los contratos en la AFIP.
Esa primera ley establecía que los contratos podían aplicar aumentos anuales con actualización por el índice de contratos de locación, que el Banco Central publicaba mensualmente y estaba conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte).
En octubre de este año, la Ley se modificó y se redujo a 6 meses el plazo de actualización de los valores, al tiempo que se cambió el ICL por la fórmula Casa Propia, que se utiliza para los créditos Procrear, y que se calcula con el Coeficiente de Variación Salarial (CVS).
Presidencia
Causa $LIBRA: sobreseyeron a Javier y Karina Milei y la Justicia ordenó archivar el expediente
El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió sobreseer a los hermanos Milei y a otros nueve imputados. El fallo descartó estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias, y dispuso archivar el expediente una vez que la decisión quede firme.
El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió este viernes 23 de octubre sobreseer al presidente Javier Milei y a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, en la causa $LIBRA, que investigaba una presunta estafa con criptomonedas y posibles delitos económicos vinculados con el lanzamiento y la promoción del token.
La resolución, adoptada en consonancia con el criterio de la fiscalía, descartó los delitos de estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias. La decisión también alcanzó a otros nueve imputados, entre ellos el empresario estadounidense Hayden Mark Davis.
El juez Marcelo Martínez de Giorgi dispuso que, una vez que el fallo quede firme, se comunique la resolución y se archive la causa.
Por qué la Justicia sobreseyó a Javier y Karina Milei en la causa $LIBRA
El tribunal analizó las conductas investigadas y concluyó que no se reunían elementos suficientes para sostener los delitos atribuidos a los imputados.
En relación con la presunta estafa, la resolución señaló que no se acreditó un engaño relevante en términos penales ni una maniobra fraudulenta preconcebida atribuible a los involucrados.
El fallo consideró que el token $LIBRA operó dentro de un mercado de criptomonedas caracterizado por la especulación y la volatilidad, sin que se garantizaran rentabilidades a quienes invirtieran. También sostuvo que la caída de la cotización, por sí sola, no configura el delito de estafa.
De esta manera, la Justicia descartó la imputación penal por ese delito en el marco de la causa.
Qué resolvió el fallo sobre la publicación de Javier Milei en X
Otro de los puntos examinados fue la difusión del proyecto $LIBRA a través de la cuenta personal del presidente en la red social X.
Sobre el presunto abuso de autoridad y las negociaciones incompatibles con la función pública, la resolución determinó que esa publicación no constituyó un acto institucional ni implicó la utilización de recursos estatales.
El fallo también mencionó que la Oficina Anticorrupción había descartado violaciones a la Ley de Ética Pública. Además, indicó que no se encontraron acuerdos confidenciales ni contratos estatales que vincularan el ejercicio de la función pública con la iniciativa privada.
Esos elementos fueron considerados en el análisis de las posibles responsabilidades penales atribuidas al mandatario.
Karina Milei: qué dijeron los peritajes sobre el presunto tráfico de influencias
En el caso de Karina Milei, secretaria general de la Presidencia, la investigación examinó la hipótesis de un posible tráfico de influencias relacionado con reuniones con empresarios extranjeros vinculados al proyecto.
Según la resolución, las pruebas reunidas y los peritajes realizados sobre dispositivos electrónicos por la Dirección de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) no permitieron confirmar la existencia de pagos de dinero o dádivas a cambio de facilitar encuentros con empresarios como Hayden Davis y Julian Peh.
El tribunal también consideró que las referencias publicadas en notas digitales sin firma y otras menciones periodísticas no constituían pruebas objetivas de un intercambio ilícito.
A partir de esos elementos, descartó la imputación por tráfico de influencias contra la funcionaria.
Quiénes son los otros nueve imputados sobreseídos en la causa $LIBRA
La resolución judicial alcanzó a once personas en total. Además de Javier y Karina Milei, el sobreseimiento incluyó a:
- Mauricio Novelli.
- Manuel Terrones Godoy.
- Sergio Morales.
- Hayden Mark Davis.
- Chyi Haur Peh, conocido como Julian Peh.
- María Alicia Rafaele.
- María Pía Novelli.
- Camilo Rodríguez Blanco.
- Orlando Mellino.
La decisión comprende a todos los imputados mencionados en el fallo, luego del análisis judicial de las conductas investigadas y de los elementos incorporados al expediente.
Cuándo se archivará la causa $LIBRA
El juez Marcelo Martínez de Giorgi ordenó que la resolución sea comunicada y que el expediente se archive una vez que el sobreseimiento quede firme.
Esto significa que el archivo dispuesto no debe confundirse con una medida ya ejecutada: el propio fallo establece que ese paso deberá concretarse cuando la decisión alcance firmeza.
La resolución también señaló que la formación de la causa no afecta el buen nombre y honor de las personas sobreseídas.
Con esta decisión, el juzgado descartó las imputaciones penales analizadas en el expediente y estableció el procedimiento para avanzar hacia su archivo definitivo, sujeto a la firmeza de la resolución.
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