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Judiciales ⚖️

La justicia no autorizó ni habilitó  permisos de circulación para la convocatoria del #17A

Una vez más la oposición fracasó al intentar legitimizar las irresponsables convocatorias a movilizaciones anti cuarentena.

Publicado hace

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La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de porteña confirmó este lunes el rechazo en primera instancia al pedido realizado por diputados nacionales y porteños de la Coalición Cívica para que las fuerzas de seguridad se abstuvieran de impedir la circulación de personas en la manifestación de esta tarde, convocada por la oposición para rechazar las medidas sanitarias por la pandemia de coronavirus.

La Sala de turno de la Cámara informó sobre su determinación de confirmar el rechazo «in limine al habeas corpus preventivo en favor de la concurrencia a la movilización», presentado por varios legisladores, encabezados por el jefe de bloque de Diputados de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro.

Los legisladores promovieron una acción para que «se ordene a las fuerzas de seguridad de la Ciudad que le permitan transitar y se abstengan de impedir la circulación a las personas que decidan manifestarse».

Participaron del requerimiento, los diputados Juan Manuel López, Paula Oliveto y Mariana Zuvic; los legisladores porteños Claudio Cingolani, Juan Del Gaiso, María Ferrero, Hernán Reyes, Lucía Romano, y el miembro de la junta de la Comuna 8 Hugo Vicente Bentivenga.

La Sala, conformada por Elizabeth Marum, José Saéz Capel y Marcelo Vázquez, resolvió «confirmar la decisión del 16 de agosto de la magistrada de grado, que rechazó in limine el habeas corpus colectivo y preventivo interpuesto en favor de las personas que deseen asistir a la manifestación» convocada para este lunes 17.

Marcha Anti cuarentena #17A

«Ayer, se recibieron electrónicamente las presentes actuaciones en este Tribunal, con motivo de la consulta efectuada por la Araceli Martínez, interinamente a cargo del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n.° 15».

Los parlamentarios entendieron que «el Decreto Nacional N° 641/2020 impidió que los ciudadanos ejercieran su derecho constitucional a la circulación» y que, por lo tanto «al solo efecto de poder asistir a la manifestación», solicitaron «la declaración de inconstitucionalidad del decreto«.

«Las disposiciones establecen una restricción legítima, razonable y proporcional de la libertad ambulatoria de las personas para prevenir la propagación del coronavirus y no correspondía tratar el planteo de inconstitucionalidad postulado por los presentantes», planteó Araceli Martínez.

En tanto, la magistrada resolvió que «correspondía rechazar la acción puesto que no se encontraba configurada ninguna de las causales de procedencia previstas en la ley de habeas corpus».

Por su parte, los camaristas indicaron que «el objeto del habeas corpus preventivo exige que haya amenaza o limitación actual -es decir, no conjetural o potencial- de la libertad física que emane de autoridad o funcionario público y la ilegitimidad de tal circunstancia».

Además, sostuvieron que «no basta con la mera enunciación de ‘limitación o amenaza actual’ sino que se debe acreditar cuáles son los actos en concreto que afectan su libertad ambulatoria».

«Los accionantes aluden a un posible impedimento para circular y no a una amenaza concreta de su libertad ambulatoria», concluyeron los integrantes de la Sala de Turno.

CABA

Tiroteo en la Villa 1-11-14 del Flores entre gendarmes y delincuentes

El fallecido tenía 19 años y recibió siete balazos, mientras que los otros dos de 18 y 20, fueron internados por uno y cuatro disparos. Todos con antecedentes penales.

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Un delincuente fue abatido y otros dos resultaron heridos tras tirotearse este domingo a la madrugada con efectivos de Gendarmería Nacional en la Villa 1-11-14 del Bajo Flores.

Fuentes policiales informaron que hay un cuarto sujeto que se escapó pero era inminente su detención.

Tanto el delincuente muerto como los dos heridos tenían antecedentes penales por robos y tenencia ilegal de armas, aún cuando eran menores de edad.

El sujeto abatido, identificado como A.J.H, de 19 años, recibió siete balazos y fue llevado al Hospital Parmenio Piñero del Bajo Flores en un automóvil Fiat blanco, pero llegó fallecido. En tanto, los otros dos sujetos fueron trasladados en un vehículo Ford, sin especificar modelo.

Uno de los heridos, identificado como B.U.C. y 18 años, ingreso a ese centro asistencial alrededor de la 1:45 con un disparo, mientras que el restante, A.E.R. de 20 años, recibió cuatro impactos.

Personal de la Policía de la Ciudad reforzó el hospital Piñero por prevención, ya que se temía la posibilidad de que llegaran familiares del abatido o de los heridos y protagonizaran incidentes en el lugar.

El delincuente abatido, entre otros delitos tiene uno del 12 de enero pasado por «robo agravado en poblado y en banda por escalamiento», otro del 15 de febrero de 2021 por «encubrimiento agravado», «robo agravado por ser en poblado y en banda» del 20 de octubre de 2020, y otros dos hechos similares del 10 y del 13 de octubre de ese año.

En tanto, B.U.C. registra antecedentes por «atentado y resistencia a la autoridad», «tenencia ilegal de armas», en tres hechos ocurridos el 23 de agosto de 2023, el 9 y el 12 de mayo del mismo año y «robo» el 15 de junio de 2021, este último cuando era menor de edad.

Por su parte, A.N.R. tiene dos antecedentes, uno de ellos por robo, ambos siendo menor de edad y en uno de los cuales estuvo solo seis días apresado en el Instituto de Menores «Luis Agote».

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