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Lawfare

Prisión y proscripción: Casación decide el régimen de visitas a Cristina para la domiciliaria

La audiencia será el próximo 7 de julio. Fijará un precedente sobre el disciplinamiento judicial.

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El Argentino diario-Cristina Fernández de Kirchner-Balcón.

La Cámara Federal de Casación Penal fijó para el próximo 7 de julio a las 12:00 la audiencia en la que resolverá si la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner podrá o no recibir visitas sin restricciones judiciales en el marco de su prisión domiciliaria, que cumple desde el 18 de junio en su domicilio de San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.

La decisión fue tomada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, integrantes de la Sala IV, el mismo tribunal que confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua en la causa Vialidad antes de que lo hiciera la Corte Suprema.

Un régimen de visitas bajo la lupa

El Tribunal Oral Federal N.º 2 había rechazado días atrás el pedido de la defensa de la expresidenta para recibir visitas sin autorización judicial previa, limitando los ingresos únicamente a personas previamente incluidas en una lista: familiares, abogados y médicos.

Esto motivó la presentación de un recurso por parte de los abogados Carlos Beraldi y Ari Llernovoy, quienes sostuvieron que la medida «no tiene base legal ni reglamentaria», y que implica una “interferencia arbitraria en el ejercicio de derechos políticos y partidarios”, dado que Cristina Kirchner continúa presidiendo el Partido Justicialista.

“La normativa vigente no faculta a los jueces a imponer reglas de conducta adicionales a quienes cumplen arresto domiciliario, más allá del acatamiento estricto de la privación de la libertad”, sostuvieron los abogados.

Más de 1.000 pedidos y fuerte tensión política

Tras la negativa del TOF, más de 1.000 personas enviaron correos electrónicos solicitando autorización para visitar a Cristina Kirchner, según informó su abogado Gregorio Dalbón, quien calificó la situación como «una venganza con membrete judicial».

Desde el oficialismo y diversos espacios políticos comenzaron a sumarse pedidos públicos y formales para ingresar al domicilio, entre ellos legisladores como Juliana Di Tullio, Anabel Fernández Sagasti y José Mayans, quienes plantearon que las restricciones afectan la institucionalidad y los derechos cívicos de la dirigente peronista.

Un fallo que marcará precedente

El fallo de la Casación no solo definirá un aspecto puntual del régimen de arresto domiciliario, sino que podría establecer un precedente sobre el uso de la prisión como mecanismo de restricción política. En un contexto donde Cristina Kirchner se mantiene como figura central de la oposición, cualquier limitación adicional sobre su accionar se interpreta en clave de lawfare y disciplinamiento judicial.

Judiciales ⚖️

El naufragio de los cuadernos: un video editado expone las grietas del armado judicial contra CFK

El Tribunal Oral Federal 7 aceptó un material audiovisual donde el «arrepentido» Oscar Centeno admite ante la justicia española que no conoce a los empresarios ni vio entregas de dinero; lo que debilita aún más una causa viciada por irregularidades y tachaduras.

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​★ En una jornada que dejó al desnudo la fragilidad del andamiaje probatorio construido en los tribunales de Comodoro Py; el Tribunal Oral Federal N°7 permitió la reproducción de un video editado que compromete seriamente la acusación central del juicio. El empresario Juan Carlos De Goycochea, exdirectivo de Isolux; fue quien encabezó la sesión del pasado jueves al exhibir una declaración de Oscar Centeno ante la justicia de España que contradice los pilares del expediente local.

​Una audiencia bajo control de la defensa

​La dinámica en la sala Auditorium resultó inédita. Los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli autorizaron la proyección del material a pesar de la fuerte oposición de la fiscal Fabiana León. La funcionaria judicial argumentó que el tribunal desconocía la cadena de custodia del video y que su reproducción forzaba la voluntad del exchofer; quien ya manifestó su decisión de no declarar en el debate argentino.

​A pesar de las advertencias sobre la falta de certeza sobre el origen del material; los magistrados hicieron lugar al pedido de la defensa. Este hecho se suma a la larga lista de anomalías de una causa que se sostiene sobre cuadernos que el propio Centeno dijo haber quemado; pero que luego aparecieron parcialmente en manos de un periodista; con claras evidencias de adulteraciones, sobreescrituras y tachaduras confirmadas por peritajes calificados.

​Las confesiones de Centeno en el exterior

​El contenido del video; correspondiente a una teleconferencia en un proceso vinculado a la firma Isolux Corsán en Madrid; dinamitó la narrativa de la fiscalía. Ante las preguntas de los funcionarios españoles; Centeno fue categórico al afirmar que no conocía a los directivos de la empresa ni sabía de la existencia de una matriz en España. «No conozco a nadie», sentenció el testigo clave cuando le consultaron por los interlocutores de la firma.

​El golpe de gracia a la acusación llegó cuando le preguntaron sobre las supuestas entregas de fondos entre 2011 y 2014. «Tampoco lo sé», respondió Centeno; para luego rematar asegurando que no le constaba que ningún responsable de la empresa hubiera entregado dinero a funcionarios públicos. Estas declaraciones contrastan con las anotaciones de los cuadernos; donde el propio Centeno vinculó a la compañía con licitaciones de la central termoeléctrica de Río Turbio. Al respecto; admitió en España que escribió esos datos basándose en comentarios de terceros y no en una percepción directa.

​El fantasma del Lawfare y las pruebas viciadas

​Este episodio refuerza la tesis de las defensas; especialmente la de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner; sobre la existencia de una persecución judicial coordinada por el denominado Partido Judicial. La causa Cuadernos acumuló desde su inicio cuestionamientos por la utilización de la Ley de Arrepentidos bajo presunta coacción y la falta de grabaciones de las declaraciones testimoniales durante la instrucción del fallecido juez Claudio Bonadio.

​La justicia española ya descartó en 2022 los cargos contra directivos de Isolux al considerar que las pruebas; basadas en los mismos cuadernos y el testimonio de Centeno; eran insuficientes. Ahora; el TOF 7 enfrenta el desafío de sostener un juicio con 87 imputados mientras su prueba estrella admite bajo juramento en el extranjero que el relato incriminatorio carece de sustento fáctico.

Puntos clave:

  • ​El TOF 7 aceptó un video de Centeno declarando en España donde niega conocer a empresarios de Isolux.
  • ​La declaración desmiente las anotaciones de los cuadernos sobre presuntas coimas de esa firma.
  • ​La fiscalía se opuso a la prueba por desconocerse su cadena de custodia y ser un material editado.
  • ​El antecedente de la justicia española ya desestimó estas pruebas por considerarlas débiles.
  • ​El juicio continúa en medio de denuncias por adulteración de documentos y falta de garantías procesales. ★
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