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La defensa de Maduro apuesta a desmantelar la acusación antes del juicio: la inmunidad soberana, el primer frente de batalla
La tercera audiencia preliminar ante el juez federal Alvin Hellerstein duró apenas 18 minutos y concluyó con la aprobación del cronograma conjunto propuesto por la Fiscalía y la defensa. Nicolás Maduro y Cilia Flores, detenidos en Brooklyn desde el 3 de enero, reiteraron su declaración de inocencia. La inmunidad soberana será el primer gran frente de batalla legal.
El Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York celebró este miércoles 22 de julio la tercera audiencia preliminar del proceso penal contra el ex presidente venezolano Nicolás Maduro y su esposa, Cilia Flores. La vista, que no superó los 18 minutos, tuvo un carácter estrictamente procesal: la Fiscalía y la defensa presentaron conjuntamente un cronograma que el juez Alvin Hellerstein aprobó, fijando el 1° de junio de 2027 como fecha tentativa de inicio del juicio oral. Ambos procesados, que permanecen recluidos en el Centro de Detención Metropolitana de Brooklyn desde su captura el 3 de enero, volvieron a declararse no culpables.
Un cronograma acordado entre partes
Antes de la audiencia, la Fiscalía y la defensa presentaron ante el tribunal un escrito conjunto con el calendario detallado del proceso. El documento establece dos rondas de mociones previas al juicio. La primera ronda deberá completarse el 2 de septiembre de 2026, e incluirá, entre otras presentaciones, el argumento de inmunidad soberana que el equipo defensor planea invocar a favor de Maduro. Según expuso el abogado principal de la defensa, Barry Pollack, si el juez acepta ese argumento, Maduro no tendría que someterse a la segunda ronda de mociones, en la que la Fiscalía incorporará el conjunto de las pruebas reunidas durante la investigación.
En cuanto al material probatorio, la Fiscalía prevé completar la entrega de pruebas no clasificadas el 22 de septiembre y las clasificadas el 15 de noviembre de 2026, aunque advirtió que esos plazos podrían variar en función de la disponibilidad de otras agencias del gobierno de Estados Unidos. La segunda ronda de mociones se extendería hasta el 11 de enero de 2027, y el juicio con jurado arrancaría en junio de 2027, siempre que el tribunal no haga lugar a ninguno de los planteos de la defensa antes de esa fecha.
La apuesta de la defensa: la inmunidad como escudo
El eje central de la estrategia defensiva, revelado por Barry Pollack durante la audiencia, es la moción de inmunidad soberana: el argumento de que Maduro ejercía como jefe de Estado en funciones al momento de su detención y que, por lo tanto, la justicia estadounidense carecería de jurisdicción para juzgarlo. Pollack también anticipó que la defensa impugnará la legalidad de la captura y del traslado a territorio estadounidense, obligando al juez a examinar cuestiones sobre soberanía, actuación militar en territorio extranjero y admisibilidad de las pruebas obtenidas durante la Operación Resolución Absoluta del 3 de enero.
La estrategia apunta a desmantelar la acusación antes de llegar al jurado, mediante una disputa jurídica de fondo que podría consumir gran parte del período de preparación. Si el juez desestimara las mociones de inmunidad, el caso avanzaría hacia el debate sobre los cargos sustantivos: conspiración para cometer narcoterrorismo e importación de cocaína, en el caso de Maduro; delitos relacionados con importación de drogas y posesión de armas, para Flores. Una condena en ambos cargos podría derivar en cadena perpetua.
El estado físico de los procesados y el contexto político
Presentes en la sala con uniforme de prisionero color caqui, tanto Maduro como Flores fueron descriptos por periodistas presentes en la audiencia como visiblemente más delgados que en comparecencias anteriores, aunque con un aspecto recuperado. Maduro llegó caminando con normalidad, sin el rastro de la cojera que había mostrado en sesiones previas, y siguió los procedimientos junto a sus abogados con auriculares de traducción. Flores llegó detrás de él, con el cabello recogido y gafas.
Desde Venezuela, el diputado Nicolás Maduro Guerra, hijo del procesado, calificó el proceso de «injusto» y reclamó públicamente la liberación de su padre y de Cilia Flores. La audiencia estuvo enmarcada en un amplio dispositivo de seguridad del NYPD para el traslado de los detenidos desde Brooklyn hasta la sede del tribunal en Manhattan. Cabe recordar que la audiencia estaba originalmente prevista para el 30 de junio, pero fue postergada por cuestiones logísticas vinculadas, según trascendidos, a la realización del Mundial de Fútbol en suelo estadounidense.
Un caso sin precedentes en la historia judicial de Estados Unidos
El proceso contra Maduro y Flores no tiene antecedentes directos en la historia judicial estadounidense en cuanto a la condición de los procesados: ambos eran, al momento de su captura, el presidente en ejercicio y la primera dama de Venezuela, respectivamente. La Operación Resolución Absoluta, que los detuvo el 3 de enero de 2026 en Caracas mediante una intervención de fuerzas estadounidenses, abrió un debate jurídico internacional que la defensa ahora intenta trasladar al propio tribunal. El juez Hellerstein, de 91 años, presidirá un proceso que se proyecta como uno de los más complejos y políticamente sensibles que haya enfrentado la justicia federal norteamericana en décadas.
Puntos clave
- El juez Alvin Hellerstein fijó el 1° de junio de 2027 como fecha de inicio del juicio oral.
- La audiencia del 22 de julio duró apenas 18 minutos y tuvo carácter exclusivamente procesal.
- La defensa apelará a la inmunidad soberana como primera línea de ataque jurídico, con mociones a presentar el 2 de septiembre.
- Maduro enfrenta cargos de narcoterrorismo e importación de cocaína; Flores, de importación de drogas y posesión de armas.
- Ambos permanecen detenidos en el Centro de Detención Metropolitana de Brooklyn desde el 3 de enero de 2026.
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Entra en vigencia la Ley Penal Juvenil que baja la imputabilidad a los 14 años
Desde este sábado rige la Ley 27.801, la B aja de imputabilidad de 16 a 14 años llega sin presupuesto ni política social y con más del 60% de los adolescentes en situación de pobreza.
Entró en vigencia este sábado el nuevo régimen penal juvenil que habilita juzgar y condenar a adolescentes desde los 14 años. La Ley 27.801, promulgada mediante el decreto 138/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo, cumplió este día los 180 días que se fijó para entrar en vigencia, derogando el decreto-ley 22.278 de 1980, que durante más de cuatro décadas reguló el sistema penal de la minoridad con el piso de punibilidad en los 16 años.
Una ley sancionada con votos de la derecha y los aliados del oficialismo
La norma fue aprobada por el Senado el 27 de febrero de 2026 con 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención. El oficialismo logró sumar a sus aliados para imponer la reforma, mientras la oposición peronista cuestionó tanto la reducción de la edad como la ausencia de presupuesto para sostener el nuevo sistema en las provincias. El proyecto había sido incorporado al temario de sesiones extraordinarias mediante el decreto 53/2026, y fue uno de los objetivos legislativos centrales de la gestión Milei desde el inicio.
Qué cambia desde este sábado
El principal cambio es la baja de la edad de imputabilidad. Desde hoy, los adolescentes de 14 y 15 años pueden ser investigados, juzgados y condenados por delitos previstos en el Código Penal o las leyes penales especiales. La escala de sanciones llega hasta los 15 años de privación de la libertad para los delitos más graves, y queda prohibida la prisión perpetua para menores de edad.
La nueva norma incorpora la figura del supervisor especializado, profesionales de psicología, trabajo social y adicciones que deben acompañar el proceso de reinserción. También exige la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil, y prohíbe la divulgación de nombres, fotografías o cualquier dato que permita identificar al adolescente imputado. Las detenciones deben realizarse en dependencias diferenciadas, sin compartir alojamiento con personas adultas. Cuando se acredite responsabilidad, los progenitores quedan alcanzados por responsabilidad civil por los daños causados.
Respecto de cuándo puede evitarse la prisión, el texto establece dos supuestos. El primero abarca las condenas que no superen los tres años. El segundo comprende penas de entre tres y diez años, siempre que el delito no haya causado la muerte de la víctima ni una grave violencia física o psíquica, y que el adolescente no tenga otras condenas o procesos en trámite. En esos casos, el juez debe imponer medidas socioeducativas vinculadas con la educación, el trabajo y la comprensión del hecho cometido.
Bullrich, el festejo y el discurso del castigo
La jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quien impulsó el proyecto desde el Ministerio de Seguridad, festejó la entrada en vigencia con un mensaje en su cuenta de X: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». Añadió que «se terminó la excusa de la edad para delinquir» y que «el que roba, mata o lastima, responde por lo que hace». Para las víctimas y sus familias, afirmó, habrá «una pizca de justicia que nunca van a tener».
El mensaje de Bullrich sintetiza el enfoque del Gobierno: ampliar la capacidad punitiva del Estado sobre los adolescentes más vulnerables, sin que medie una política pública de prevención, educación o contención social. Ese discurso de mano dura no se sostiene ante los datos: la Comisión del Fuero de Responsabilidad Juvenil del Colegio de Magistrados y Funcionarios bonaerenses proyectó que el nuevo régimen puede incrementar entre un 40 y un 60% el volumen de causas penales juveniles en los centros urbanos del país.
UNICEF y la Pastoral: el Estado punitivo no resuelve lo que el Estado social abandonó
Desde organismos de derechos humanos y de protección de la niñez, las advertencias son categóricas. UNICEF Argentina señaló que no existe evidencia de que bajar la edad de imputabilidad tenga un impacto favorable en la seguridad, y remarcó que la inmensa mayoría de los conflictos con la ley protagonizados por adolescentes involucran delitos contra la propiedad. El organismo internacional advirtió además que el encierro habitual favorece la reincidencia y deteriora la escolaridad y la inserción laboral, produciendo daños a la salud física y mental de los jóvenes.
La Pastoral, por su parte, pidió que la privación de la libertad sea de carácter excepcional y señaló que el nuevo régimen no debe agravar la vulnerabilidad de los menores. El organismo expresó su preocupación específica por el impacto del sistema penal sobre adolescentes que atraviesan situaciones de exclusión, y alertó sobre dos contextos que el Gobierno evita nombrar: el avance del narcotráfico y la pobreza infantil.
Según datos del Observatorio Social de la UCA, más del 60% de los niños, niñas y adolescentes del país se encuentra bajo la línea de pobreza. Encerrar a quienes ya fueron abandonados por el Estado antes de los 14 años no es justicia; es la continuación de otra forma de exclusión.
El problema del presupuesto y la operatividad real
Uno de los cuestionamientos centrales de la oposición durante el debate parlamentario fue la ausencia de financiamiento específico para implementar el nuevo sistema en las provincias. La reforma exige juzgados especializados, equipos interdisciplinarios, supervisores, alojamientos diferenciados y programas de resocialización. Nada de eso se sostiene sin presupuesto. La tensión entre el anuncio político y la infraestructura institucional real es, en este caso, la diferencia entre una ley que protege y una ley que castiga sin reparar.
Datos de la Procuración bonaerense indican que durante 2025 se iniciaron 1.857 procesos penales juveniles, donde fueron imputados 1.828 menores. Con el umbral de imputabilidad ahora en los 14 años, la proyección de nuevas causas plantea un desafío institucional que ningún funcionario del Gobierno respondió con cifras concretas de inversión.
Una reforma que llega sin política social y con el ajuste profundizado
El nuevo régimen penal juvenil comienza a aplicarse en un escenario marcado por el recorte sistemático del gasto social bajo la gestión Milei. Desde diciembre de 2023, los programas sociales sufrieron una caída real del 61%, las transferencias a universidades cayeron un 20% y el gasto de capital se desplomó un 86%. La paradoja es brutal: el mismo Gobierno que desmanteló las políticas de prevención, contención y acceso a derechos ahora amplía el alcance del sistema penal sobre los adolescentes que esas políticas debían proteger.
El debate de fondo no pasó por la edad. Pasó por quién paga el costo de una política de seguridad que se concentra en encerrar y no en prevenir. La respuesta, esta vez, la dieron los propios datos: mientras el Estado se retiró de la educación, la salud y los programas sociales, el sistema penal avanzó sobre los más jóvenes y los más pobres.
Lo que tenes que saber de la nueva Ley Penal Juvenil
- La Ley 27.801 entró en vigencia este sábado 5 de septiembre, tras ser publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo de 2026.
- La edad de imputabilidad bajó de 16 a 14 años; las penas llegan hasta 15 años y se prohíbe la prisión perpetua para menores.
- Bullrich celebró la medida en redes sociales con un discurso de mano dura, omitiendo toda consideración sobre las causas estructurales del delito juvenil.
- UNICEF Argentina advirtió que bajar la imputabilidad no reduce el delito y que el encierro favorece la reincidencia.
- La Pastoral Judicial alertó sobre el avance del narcotráfico y la pobreza infantil como contextos que la sanción penal no resuelve.
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