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Espionaje

La AFI entregó a la justicia más de 100 mil escuchas ilegales del macrismo

La interventora de la Agencia Federal de Inteligencia advirtió que «puede verificarse que, en la práctica, las escuchas durante la gestión del ex presidente», de la mano de Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, «volvieron a la órbita de la Agencia».

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La interventora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Cristina Caamaño puso a disposición este miércoles de la Justicia 105.000 archivos de audio de escuchas resguardados en el organismo y obtenidas durante el macrismo entre 2016 y 2019, en presunta violación a la Ley de Inteligencia.

«Para mí la orden tenía que venir del Presidente (por entonces Mauricio Macri); el objetivo era escuchar online» como parte del «espionaje ilegal», evaluó la funcionaria en declaraciones a la prensa antes de ingresar a los tribunales federales de Retiro, donde entregó un escrito al actual juez que lleva la causa por «espionaje ilegal» que hasta el año pasado se investigó en Lomas de Zamora, Marcelo Martínez De Giorgi.

La interventora de la Agencia Federal de Inteligencia advirtió que «puede verificarse que, en la práctica, las escuchas durante la gestión del ex presidente Mauricio Macri, de la mano del Director General (de la AFI), Gustavo Arribas y la Subdirectora General, Silvia Majdalani, volvieron a la órbita de la Agencia Federal de Inteligencia».

Esto implicaría una «flagrante contradicción con lo dispuesto por la Ley N° 25.520 y su modificatoria, Ley N° 27.126», se agregó en relación a la Ley de Inteligencia.

La existencia de esos archivos había sido informada por la AFI a la justicia de Lomas de Zamora pero nunca fueron solicitados, pese a que están preservados y «a entera disposición a efectos de coadyuvar en la presente pesquisa», se explicó ahora a Martínez De Giorgi.

Según detalló en el escrito y explicó la funcionaria a la prensa, esas escuchas se obtuvieron mediante un sistema «punto a punto» que la gestión del macrismo en la AFI implementó con la Dajudeco, el organismo a cargo de las escuchas judiciales que depende de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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Caamaño denunció la existencia de todo un sistema de escuchas ilegales.

«Es preciso resaltar que la información que se ordenó resguardar forma parte de un procedimiento gestionado enteramente por las máximas autoridades de este Organismo entre los años 2016 y 2019», se destacó en el escrito.

A través del entonces Servicio Jurídico de la AFI «se requerían intervenciones telefónicas ante los magistrados a cargo de distintas investigaciones»

Posteriormente «diligenciaban la autorización judicial pertinente ante la Dirección de Captación de Comunicaciones del Poder Judicial de la Nación (Dajudeco), para finalmente recibir el material a través de un sistema de contenido de audios y transcripciones que funcionaba en un servidor ubicado en el Organismo».

«Dicho sistema implicaba una conexión de enlace tipo punto a punto que conectaba la Dajudeco con la Agencia Federal de Inteligencia», agregó.

Mediante el enlace, «los audios eran enviados directamente al Organismo desde donde el Servicio Jurídico, en principio, procedía a la transcripción de las comunicaciones recibidas y luego se las derivaba al área que se encargaba de su análisis».

La información obtenida «mediante la interceptación telefónica impulsada por la AFI y efectivizada por la Dajudeco era recibida prácticamente en tiempo real, toda vez que las ‘escuchas’ eran transferidas a más tardar al día siguiente de realizadas en un formato de archivo zip’», explicó.

«En resumen, la Agencia encabezaba la pesquisa ante la autoridad jurisdiccional, impulsaba la interceptación telefónica, trasladaba la orden judicial a la Dajudeco, procedía a la transcripción, procesaba la información y, tanto el audio como la transcripción, se almacenaban, sin gestionar ante la autoridad pertinente el destino final del material almacenado», detalló.

Esto se habría hecho «a pesar de que en muchos casos podría no resultar de interés para las causas de referencia». El sistema implementado se llamó Sidea.

«Creo que la AFI macrista, además de no haber destruido estos 105.000 archivos que se supone que todos tienen un requerimiento judicial, lo que hizo Arribas con una resolución fue más o menos convertirse en juez, él le pedía a la Justicia y la Justicia daba la autorización», refirió Caamaño en sus declaraciones periodísticas.

En la AFI están preservadas «un montón de escuchas que no se destruyeron. Quiero que el juez Martínez De Giorgi sepa eso», agregó Caamaño, y recordó que la Dajudeco depende de la Corte que debería «obviamente» haber «avalado» este procedimiento.

El 24 de diciembre de 2015, el entonces presidente Macri firmó un decreto por el cual sacó las escuchas telefónicas de la órbita de la Procuración General de la Nación y esa tarea quedó encomendada a la Dajudeco.

DDHH

“El hambre no es terrorismo, la protesta tampoco”: ATE Capital rechaza la guía antiterrorista de Casal

La Procuración General aprobó un protocolo para investigar «radicalización» antes de que ocurra un ataque. Sus indicadores de riesgo incluyen «sentir injusticia», «rechazar figuras de autoridad» y «criticar instituciones». ATE Capital salió al cruce con una campaña directa: «El hambre no es terrorismo. La bronca no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo».

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“¿Estar en contra del gobierno es terrorismo?”: por qué la guía de Casal impulsada por el Gobierno de Milei alarma a sindicatos, abogados y organismos de DDHH.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, firmó el 14 de agosto la Resolución PGN N° 56/2026, que aprueba la «Guía para la investigación de incidentes terroristas previos a un ataque». El documento, elaborado conjuntamente por la Secretaría de Análisis Integral del Terrorismo Internacional (SAIT) y la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), con aportes de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), introduce por primera vez en el país criterios comunes para que fiscales y jueces investiguen procesos de radicalización antes de que se produzca un atentado. Lo que en principio se presentó como una herramienta técnica de prevención antiterrorista desató en las últimas horas una oleada de rechazo de organizaciones sindicales y de derechos humanos que advierten que sus categorías, deliberadamente amplias, habilitan la persecución de la disidencia política.

Qué dice la guía: el «ciclo terrorista» y sus indicadores

La resolución parte de una premisa doctrinaria: el terrorismo debe entenderse como un «proceso criminal organizado, continuo y permanente», al que la literatura especializada denomina «Ciclo Terrorista». Bajo esa concepción, el atentado es apenas el eslabón final y visible de una cadena que incluye glorificación, propaganda, reclutamiento y radicalización ideológica; etapas todas ellas que, según el texto, deben ser investigadas antes de que el hecho violento se produzca. El documento se apoya en el marco teórico de investigadores de la Universidad de Maryland financiados por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, además de citar estudios de Europol, el UNODC y la Red de Concienciación sobre la Radicalización (RAN) de la Comisión Europea.

Sobre esa base, la guía propone una matriz de indicadores de riesgo clasificados en cuatro niveles: medio, medio-alto, alto y crítico. Los indicadores más tempranos, de nivel medio, incluyen conductas como «sentir injusticia, traición o humillación», «búsqueda de sentido o propósito», «rechazo a figuras de autoridad», «publicación de teorías conspirativas», «usar consignas o símbolos combativos», «participar en comunidades digitales» y «desconfianza sistemática en las instituciones y liderazgos democráticos». El propio texto aclara que la crítica institucional «constituye una manifestación legítima protegida por la libertad de expresión» y que ningún indicador aislado habilita medidas coercitivas; pero fija que su relevancia investigativa «aumenta» al combinarse con otros factores, sin establecer un umbral claro ni preciso para esa combinación.

Las herramientas de investigación previstas incluyen el ciberpatrullaje, el rastreo sistemático de redes sociales, foros y plataformas de mensajería, el monitoreo de comunidades de videojuegos en línea, el análisis de fuentes abiertas (OSINT), la interceptación de comunicaciones con autorización judicial, el uso de agentes encubiertos y reveladores previstos en la Ley 27.319, y la cooperación internacional. La guía fue elaborada por los fiscales Juan Manuel Olima Espel y Armando Antao Cortez (SAIT), el fiscal Santiago Marquevich (UFECO) y el fiscal Horacio Azzolin (UFECI), y fue firmada un mes después de que el canciller Pablo Quirno participara en la «Reunión Ministerial sobre el Resurgimiento del Terrorismo Político» convocada en Washington.

ATE Capital: «El hambre no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo»

La respuesta más contundente llegó desde ATE Capital, que lanzó una campaña en redes sociales con una pregunta que resume el rechazo del movimiento sindical: «¿Estar en contra de este gobierno es terrorismo?». El posteo, publicado en la cuenta verificada de Instagram @atecapitalok, acumula más de 240 «me gusta» y 56 compartidos, y lleva como texto: «Estar en contra de este gobierno no es terrorismo. Una nueva guía del Ministerio Público Fiscal incorpora preocupantes criterios que pueden poner bajo sospecha el ejercicio de importantes derechos democráticos de todos los argentinos y argentinas. Organizarse, reclamar y cuestionar al poder no puede ser considerado una amenaza».

La campaña gráfica del sindicato estatal enumera punto a punto las conductas que la guía incorpora como «indicadores de radicalización»: sentir injusticia o humillación, rechazar figuras de autoridad, criticar a gobiernos e instituciones, usar consignas o símbolos combativos, participar en comunidades digitales, publicar teorías conspirativas, cuestionar el orden institucional. Y frente a esa lista, la respuesta de ATE es categórica: «El hambre no es terrorismo. La bronca no es terrorismo. La organización no es terrorismo. La protesta no es terrorismo. Organizarse no es terrorismo». El comunicado también advierte que la norma «habilita herramientas que pueden intervenir a cualquier persona y cualquier tipo de espacios que atente a criticar este gobierno», refiriéndose al ciberpatrullaje, el rastreo de redes, la interceptación de comunicaciones y los agentes encubiertos. La pieza visual fue construida con el sello «A 50 años del Golpe. Ni olvido, ni perdón», una señal política que no parece casual en el contexto de un protocolo que habilita la vigilancia preventiva de la disidencia.

Desde otras organizaciones sindicales y de derechos humanos, el cuestionamiento apuntó a la misma dirección. ATE Capital advirtió que el documento «convierte el descontento social en un problema de seguridad» en un contexto de «creciente conflictividad social y ajuste sobre las condiciones de vida», y reivindicó la protesta y la organización colectiva como «ejercicios legítimos de la democracia». La pregunta que circuló en ese entorno fue la misma: «¿Puede una persona ser considerada sospechosa por criticar al gobierno? ¿Por participar de una organización? ¿Por expresar su bronca frente al hambre, la desigualdad o la pérdida de derechos?»

«Derecho penal de autor» y el riesgo de criminalizar la disidencia

El análisis crítico de El Cohete a la Luna señaló que el encuadre teórico de la guía proviene de la sociología y la psicología, no del campo jurídico, y advirtió sobre el riesgo de derivar en lo que la doctrina penal denomina «derecho penal de autor»: juzgar a sujetos por quiénes son o qué piensan, en lugar de por actos concretos y verificables. El mismo análisis planteó la necesidad de leer la resolución de Casal en diálogo con la discusión sobre la baja de la edad de imputabilidad y la Ley 26.734 antiterrorista de 2011, instrumentos que, combinados con esta guía, configuran una arquitectura legal de control social de amplio espectro. Como antecedente concreto de esa tensión, citó una causa federal abierta en La Pampa donde un adolescente de 15 años quedó involucrado en una investigación por terrorismo a partir de su vinculación por redes con un joven de 17 años detenido en Australia.

El programa antiterrorista Prevent, implementado en Gran Bretaña desde 2003, constituye el antecedente internacional más relevante para evaluar estos riesgos. Ese esquema obliga a escuelas, hospitales y otras instituciones públicas a identificar y reportar personas consideradas «vulnerables» a la radicalización, y es señalado hoy en ese país como un modelo en crisis, que terminó funcionando como herramienta de estigmatización de comunidades musulmanas y de vigilancia de la disidencia política.

El contexto político: un gobierno en conflicto con su propia sociedad

La aprobación de la guía no ocurre en el vacío. El gobierno de Javier Milei enfrenta una ola sostenida de protestas y medidas de fuerza de jubilados, personas con discapacidad, trabajadores estatales, docentes universitarios, gremios viales, prestadores de salud y deudores; un cuadro de conflictividad social en expansión que el propio protocolo de Casal podría encuadrar, según las organizaciones críticas, bajo sus categorías más amplias de «descontento», «rechazo a la autoridad» y «cuestionamiento del orden institucional». La guía fue aprobada, además, en el marco de una arquitectura institucional que desde 2018 viene ampliando de manera sostenida las capacidades del Ministerio Público Fiscal en materia de seguridad: la creación de la SAIT, la reconversión de la UFECO en 2023, y la incorporación del organismo al Centro Nacional Antiterrorismo mediante la Resolución PGN 51/2026 son los escalones previos de ese proceso.

Desde la Procuración General defienden la herramienta como un instrumento técnico de gestión de riesgo, necesario ante la expansión de la radicalización violenta en entornos digitales, y subrayan que los indicadores «no constituyen tipos penales ni supuestos de imputación» y que su valoración debe ser «contextual, proporcional y acumulativa». El Terrorism Global Index 2026, citado en el propio documento, indica que el 93% de los ataques terroristas fatales en Occidente en los últimos cinco años fueron cometidos por actores solitarios radicalizados digitalmente. La pregunta que no responde la resolución de Casal es si la herramienta diseñada para detectar ese fenómeno no termina, en la práctica, barriendo también con el ejercicio ordinario de la política, la organización sindical y la protesta social. Una pregunta que la Argentina ya supo formular en sus épocas más oscuras, y que hoy vuelve a plantearse con urgencia renovada.

Puntos clave

  • El procurador Eduardo Casal aprobó el 14 de agosto la Resolución PGN 56/2026, que habilita investigar procesos de «radicalización» antes de que ocurra un atentado.
  • Entre los indicadores de riesgo de nivel inicial figuran «sentir injusticia», «rechazar figuras de autoridad», «usar consignas combativas», «participar en comunidades digitales» y «criticar instituciones».
  • ATE Capital lanzó una campaña en redes sociales con la consigna «¿Estar en contra de este gobierno es terrorismo?» y afirmó que «el hambre, la bronca, la organización y la protesta no son terrorismo».
  • Abogados y organizaciones de DDHH alertan sobre el riesgo de «derecho penal de autor» y de criminalización de la disidencia política y sindical.
  • El antecedente internacional más directo, el programa Prevent del Reino Unido, es considerado hoy un modelo en crisis por haber derivado en vigilancia sistemática de comunidades y disidentes.

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