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Imputaron por «homicidio culposo» a Leopoldo Luque, el médico de Maradona

La Policía bonaerense allanó esta mañana, por pedido de la Fiscalía General de San Isidro, la casa y el consultorio del médico, en el marco de la causa en la que se investigan las circunstancias de la muerte de Diego.

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La Policía bonaerense allanó esta mañana, por pedido de la Fiscalía General de San Isidro, la casa y el consultorio del médico, en el marco de la causa en la que se investigan las circunstancias de la muerte de Diego.

El médico Leopoldo Luque fue imputado del delito «homicidio culposo» en el marco de la causa en la que se investigan las circunstancias de la muerte de Diego Armando Maradona, mientras la policía allanaba su casa en el conurbano bonaerense y su consultorio porteño en busca de elementos de interés para avanzar con el expediente, informaron fuentes policiales y judiciales.

Luque fue notificado formalmente de sus derechos esta mañana, mientras se allanaba su domicilio ubicado en la calle 30 de Septiembre al 1800, de Adrogué, en la zona sur del conurbano.

Las fuentes judiciales aclararon a Télam que esta notificación no implica un llamado a indagatoria ni una medida restrictiva de la libertad, sino que se le informa que está siendo objeto de una investigación por la posible comisión del mencionado delito.

De acuerdo a los voceros, personal de la Superintendencia de Investigaciones de la Policía bonaerense realizaba el allanamiento al domicilio de Luque por orden del juez de Garantías de San Isidro, Orlando Díaz, a pedido del equipo de fiscales encabezado por el fiscal general de ese Departamento Judicial, John Broyad, e integrado por sus adjuntos Patricio Ferrari y Cosme Iribarren; y por la fiscal de Benavídez, Laura Capra.

Mientras que con el apoyo de la Policía Federal Argentina (PFA), los detectives también allanaron el consultorio de Luque situado en avenida Del Libertador 5990, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las fuentes consultadas señalaron que en los procedimientos, los funcionarios policiales y judiciales buscaban historias clínicas, computadoras, teléfonos celulares y documentación que de interés para la causa que quedó caratulada como «homicidio culposo».

Este delito implica que los fiscales a cargo del expediente investigan si hubo negligencia médica en las circunstancias que llevaron a la muerte de Maradona el miércoles pasado, a los 60 años, en su casa del barrio San Andrés de Tigre.

En tanto, la Fiscalía General de San Isidro informó esta mañana en un comunicado que «ayer se continuó con las tareas investigativas y la sustanciación de la prueba en curso, tomándose además algunas declaraciones testimoniales incluidos familiares directos del causante».

«En virtud de la prueba que se fue recabando se consideró necesario solicitar allanamientos en el domicilio y consultorio del médico Leopoldo Luque (…) Los allanamientos fueron autorizados por el Sr. Juez de Garantías interviniente y se ejecutan en este momento», añadió el comunicado judicial.

En las últimas horas, según detalló una fuente judicial a Télam, declararon las hijas de Diego, Dalma, Gianina y Jana, a quienes los fiscales les preguntaron sobre cómo había sido la internación de su padre, qué médicos eran los responsables del mismo y qué le informaron estos sobre las características del tratamiento. También se les preguntó sobre cómo se había decidido la salida de Maradona de la Clínica de Olivos.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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