Judiciales ⚖️
Cúneo Libarona y un peligroso mensaje para las víctimas de violencia
El ministro de Justicia representa y defiende un peligroso retroceso en perspectiva de género.
El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, defendió en el Senado un proyecto que propone penas severas para quienes presenten denuncias falsas, con especial énfasis en casos de violencia de género, abuso sexual y violencia contra niños y niñas.
Sin embargo, las declaraciones del funcionario, junto con el contenido de la iniciativa, generaron críticas por reforzar una narrativa patriarcal que invisibiliza las barreras estructurales que enfrentan las mujeres y las infancias en el acceso a la justicia.
Un discurso que perpetúa estereotipos
En su intervención, Cúneo Libarona afirmó: “Se creó una concepción hipócrita de que la mujer no miente”, cuestionando movimientos como Ni Una Menos y la promoción de denuncias en casos de violencia de género.
El ministro argumentó que las falsas denuncias generan “daños irreversibles” y destacó ejemplos como pérdida de empleo, daño al honor y suicidios, sin aportar datos verificables que respalden la magnitud del fenómeno.
Este discurso no solo invisibiliza la realidad de las víctimas, sino que perpetúa el estigma hacia quienes denuncian, generando un efecto paralizador.
Estudios han demostrado que las denuncias falsas en casos de violencia de género son excepcionales, representando un porcentaje ínfimo frente al número de denuncias fundadas que nunca logran justicia .
Un refuerzo de la justicia patriarcal
La iniciativa propone modificar el Código Penal para imponer penas de tres a seis años de prisión a quienes realicen denuncias falsas relacionadas con violencia de género, abuso o acoso sexual, o violencia contra niños y niñas.
Esta medida, lejos de proteger a las víctimas, podría ser utilizada como un instrumento de revictimización, ya que las mujeres que denuncien estarán expuestas a ser acusadas de falsedad si no logran probar sus casos bajo los estándares estrictos del sistema judicial.
Además, el proyecto establece penas de uno a cuatro años para testigos o peritos que “callen la verdad” en su declaración. Si bien estas disposiciones se presentan como un intento por fortalecer la justicia, en la práctica podrían desalentar a las víctimas de violencia de género o abuso a denunciar, dado el temor de enfrentar represalias legales.
Este tipo de propuestas ignora el contexto de desigualdad estructural que enfrentan mujeres y niños/as al interactuar con el sistema judicial.
Al reforzar la narrativa de que las mujeres “mienten” o “manipulan” con denuncias, se retrocede en los avances logrados en términos de derechos y se alimenta un sistema que históricamente ha desestimado las denuncias de violencia.
La abogada Raquel Asensio advirtió que este proyecto podría “amplificar el estado de indefensión de las mujeres, sumándolas a un sistema judicial que ya las revictimiza”.
Organizaciones de derechos humanos y colectivos feministas denunciaron que esta propuesta fortalece las estructuras de una justicia patriarcal que beneficia a los agresores y desconfía sistemáticamente de las víctimas.
Contexto internacional y precedentes
En otros países donde se han implementado medidas similares, como España, se ha comprobado que las denuncias falsas no superan el 0,1 % de los casos.
Estas cifras contrastan con la insistencia de sectores políticos y judiciales en magnificar el problema, desviando el foco de atención de las víctimas hacia la supuesta protección de los agresores injustamente acusados.
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DDHH
Traslado de 1.400 presos: la Cámara lo avaló pero le puso límites al Gobierno
La Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus de la Procuración Penitenciaria, pero reconoció irregularidades en las comunicaciones del operativo y ordenó avisar con 72 horas de anticipación los próximos movimientos. Mientras el Gobierno celebra la mudanza de Devoto a Marcos Paz, la educación universitaria en contextos de encierro quedó en el centro del reclamo.
La Justicia admitió que los traslados de presos desde Devoto no se comunicaron como exige el protocolo del Servicio Penitenciario Federal (SPF), pero dejó firme lo ya ejecutado. No hubo marcha atrás para los 1.400 detenidos movidos a Marcos Paz, aunque sí una orden con plazos concretos para todo lo que viene.
La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Hernán Martín López, confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). En paralelo con las actuaciones judiciales, el Gobierno nacional anunció este lunes, a través de la Presidencia, que completó la primera fase del traslado de personas detenidas de la cárcel de Villa Devoto al Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz.
Lo que exigió el tribunal
El tribunal no cuestionó la decisión estatal de cerrar Devoto; analizó si la forma en que se organizaron y ejecutaron los traslados provocó, o podía provocar, un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. En ese examen, los camaristas detectaron que las comunicaciones no se habrían ajustado a las pautas previstas en el protocolo del SPF, y por eso encomendaron al juez de primera instancia que ordene notificar los próximos movimientos a los órganos judiciales y a las defensas con al menos 72 horas de anticipación.
Pese a esa irregularidad, consideraron que no se acreditó un perjuicio concreto derivado de la falta de comunicación que justificara revertir lo hecho. También advirtieron que devolver a los detenidos a Devoto podía empeorar su alojamiento, porque algunos sectores del establecimiento quedaron inhabilitados por razones técnicas vinculadas con la seguridad de la infraestructura.
La resolución incluyó otra medida relevante: la Cámara ordenó garantizar de inmediato el ingreso de personal de la Procuración Penitenciaria para inspeccionar y monitorear los establecimientos, en respuesta a los planteos sobre las dificultades para acceder a los pabellones y entrevistar a las personas detenidas.
Estudios universitarios, en el centro de la disputa
El impacto sobre la educación es uno de los focos del conflicto. Organizaciones vinculadas con la educación en contextos de encierro denunciaron, al comenzar los traslados, que el operativo empezó por estudiantes universitarios alojados en Devoto, y cuestionaron la interrupción de sus trayectorias académicas. El reclamo apunta al Centro Universitario Devoto (CUD), del programa UBA XXII, que funciona desde 1985 y es una experiencia histórica de educación universitaria en las cárceles argentinas.
La abogada Claudia Cesaroni, referente del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), cuestionó que se trasladara a detenidos con un rol importante en la organización del espacio educativo. Sostuvo que existían acuerdos previos para derivar a determinados estudiantes a Ezeiza, porque en Marcos Paz no estaban garantizadas las mismas condiciones para continuar sus actividades.
La Cámara consideró que hasta ese momento no se había acreditado que los traslados impidieran ejercer el derecho a la educación. Evaluó, entre otros elementos, las gestiones para habilitar espacios de UBA XXII en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, con modalidad híbrida, y la oferta académica disponible en Marcos Paz. Los jueces dejaron abierta la posibilidad de volver a plantear la cuestión si se comprueban afectaciones concretas. Es decir, el fallo no dio por probado que el derecho a estudiar esté garantizado en todos los casos; consideró insuficientes los elementos presentados para disponer una medida general.
Salidas transitorias y casos individuales
Sobre las personas con salidas transitorias o próximas a acceder a ese régimen, la Cámara sostuvo que los efectos sobre la progresividad de la pena deben analizarse de manera individual ante el juez de ejecución o la autoridad judicial correspondiente.
El fallo examinó, entre otros planteos, el caso de Ricardo Alberto Castro Madrid, integrante de la denominada Banda del FAL, cuyo abogado objetó su alojamiento en Marcos Paz porque una resolución anterior había limitado los destinos posibles a unidades del SPF bajo un régimen abierto y de autodisciplina. Los camaristas entendieron que el pedido debía tramitar ante la autoridad competente y que no se acreditaron razones de gravedad y urgencia para resolverlo mediante un hábeas corpus.
La versión oficial y lo que queda pendiente
La administración nacional destacó el despliegue de fuerzas federales, las evaluaciones médicas, la identificación mediante códigos QR y la coordinación entre los organismos intervinientes. La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, sostuvo que el procedimiento se desarrolló sin conflictos, motines ni fugas. El traslado forma parte del acuerdo entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires para dejar de usar Villa Devoto como establecimiento penitenciario y poner en funcionamiento el complejo de Marcos Paz.
Mientras el Gobierno pone el acento en la desocupación del predio y en la puesta en marcha de la nueva cárcel, los reclamos se concentran en las condiciones de alojamiento, el acceso a la educación, la comunicación con las familias y la supervisión de los organismos de control. La decisión de la Cámara no frenó el operativo ni ordenó el regreso de los detenidos, pero fijó obligaciones para los próximos traslados y reforzó el rol de la Procuración Penitenciaria. El cumplimiento de esas medidas será uno de los puntos a observar en la siguiente etapa.
Lo que tenés que saber
- El Gobierno completó la primera fase del traslado de 1.400 detenidos de Villa Devoto a Marcos Paz.
- La Sala V de la Cámara del Crimen confirmó el rechazo del hábeas corpus colectivo de la Procuración Penitenciaria.
- El tribunal ordenó notificar los próximos traslados con al menos 72 horas de anticipación.
- La Cámara dispuso garantizar el ingreso inmediato de personal de la PPN a los penales.
- Los jueces dejaron abierta la discusión sobre el derecho a la educación universitaria si se comprueban afectaciones concretas.
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