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Violencia vicaria en San Luis: un padre manipuló a su hijo y fue condenado a pagar $10 millones

Un fallo del Juzgado de Familia N° 2 de Santa Rosa del Conlara declaró la responsabilidad de un progenitor por violencia de género y violencia vicaria contra la madre de su hijo. La sentencia, dictada el 6 de mayo de 2026, impuso una multa de diez millones de pesos, restricción de acercamiento y capacitación obligatoria en violencia de género.

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El Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil N° 2 de Santa Rosa del Conlara, provincia de San Luis, emitió una sentencia (aún no firme) que representa un precedente significativo en la aplicación judicial de la figura de la violencia vicaria en el nuestro país.

El mecanismo del maltrato: fabricar un abuso que no existió

Según surge de la sentencia, el demandado no solo agredió físicamente a la madre del niño, lo que motivó las medidas de restricción de acercamiento dictadas a favor de ella y de su hijo. También desplegó una estrategia de mayor complejidad y daño: promovió denuncias falsas contra la madre, acusándola de negligencia y de permitir abusos sexuales intrafamiliares hacia el menor por parte de un primo. Para sostener esa acusación, manipuló al niño para que fabulara ese relato ante las autoridades.

La maniobra fue desarticulada por las propias herramientas del sistema. Pericias pediátricas y psicológicas descartaron la existencia del abuso denunciado y permitieron al tribunal reconstruir el mecanismo de manipulación infantil como parte de una estrategia consciente del progenitor para infligir daño a través del hijo. Eso es, precisamente, la esencia de la violencia vicaria: usar a los hijos como instrumento de castigo contra la madre.

Un fallo que condena en todas las dimensiones

El tribunal declaró la responsabilidad del demandado por la comisión de hechos de violencia de género, violencia vicaria y violencia económica. Las medidas dispuestas en la sentencia articulan varios planos de intervención.

En términos de protección inmediata, se ratificaron las medidas de restricción de acercamiento a favor de la actora y de su hijo, ante las agresiones físicas directas acreditadas en el expediente.

En cuanto al vínculo paterno-filial, el fallo condicionó el restablecimiento del régimen de contacto entre el padre y el niño a la previa presentación de informes del tratamiento psicológico del menor, reconociendo que la salud emocional del hijo debe estar garantizada antes de cualquier revinculación.

El demandado, además, deberá cumplir de manera obligatoria una capacitación en violencia de género. Y sobre él pesa una sanción conminatoria pecuniaria de diez millones de pesos a favor de la víctima, herramienta prevista en el ordenamiento civil para forzar el cumplimiento de obligaciones de conducta.

Violencia vicaria: cuando el hijo es el arma

La violencia vicaria es una forma de violencia de género que se ejerce sobre los hijos o personas del entorno afectivo de la mujer con el fin de causarle sufrimiento, controlarla o someterla. No se dirige primariamente contra el niño; se dirige contra la madre, utilizando al niño como medio. Las formas que adopta son diversas: desde la sustracción o amenaza de sustracción de los hijos, hasta el uso de los procesos judiciales de familia como escenario de hostigamiento.

En este expediente, el demandado recurrió a la fabricación de una denuncia por abuso sexual, una de las modalidades más graves de violencia vicaria porque involucra al Poder Judicial como engranaje involuntario del maltrato, somete al niño a pericias y procesos revictimizantes, y busca desplazar a la madre del rol de víctima para colocarla en el de victimaria. El sistema probatorio resistió la maniobra, pero no siempre ocurre así.

En Argentina, la violencia vicaria no cuenta aún con tipificación expresa en la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, aunque existen proyectos legislativos en debate parlamentario. La ausencia de una norma específica no impidió que la justicia sanluiseña reconociera la figura y la aplicara con contundencia en este caso.

La violencia económica como capa adicional del control

El fallo también reconoció la existencia de violencia económica en el marco de la relación, una dimensión que frecuentemente acompaña a las otras formas de violencia de género y que consiste en el control, la privación o la administración abusiva de los recursos económicos de la víctima. Su inclusión en la sentencia refuerza la visión integral del tribunal sobre el patrón de conducta del demandado, que no se limitó a episodios aislados sino que configuró un esquema sostenido de dominación.

Un precedente que llega desde el interior

La sentencia cobra relevancia adicional por su origen geográfico. Santa Rosa del Conlara no es un centro urbano de las dimensiones de Córdoba o Rosario; es una ciudad intermedia del Valle del Conlara, en la provincia de San Luis. Que un juzgado de familia del interior profundo aplique la figura de la violencia vicaria con esta extensión y con estas consecuencias jurídicas concretas habla de una penetración creciente del enfoque de géneros en la administración de justicia, más allá de los grandes centros.

La sentencia no está firme, lo que significa que puede ser apelada. Sin embargo, su existencia como acto jurisdiccional ya constituye un antecedente que los operadores judiciales de todo el país pueden invocar al momento de resolver casos similares.

Córdoba

Hallaron muerto en Paraguay al polaco acusado del femicidio de Luciana Ojeda

Jan Lu Korzeniecki, el ciudadano polaco imputado por el homicidio agravado por el vínculo y por violencia de género de su pareja en Córdoba, fue encontrado sin vida en un hotel de Filadelfia el 18 de agosto. La causa de su muerte permanece bajo investigación de las autoridades paraguayas.

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El prófugo apareció muerto: la justicia llegó tarde, otra vez, en un femicidio con pedido de captura internacional.

La Fiscalía de Violencia Familiar del 5° turno de la ciudad de Córdoba confirmó que Jan Lu Korzeniecki, de 44 años, el ciudadano polaco que se encontraba prófugo con pedido de captura internacional vigente por el presunto femicidio de Luciana Ojeda, fue hallado sin vida en un hotel de la ciudad de Filadelfia, en la República del Paraguay. El hallazgo se produjo el martes 18 de agosto y la novedad llegó a través de Interpol, que remitió el certificado de defunción que acredita la identidad del fallecido.

Un crimen en el corazón de Nueva Córdoba

La muerte de Luciana Ojeda, de 36 años, ocurrió el 15 de julio de 2026 en el departamento que compartía con su hija de 5 años en el barrio Nueva Córdoba. Fue el servicio de emergencias quien encontró su cuerpo. La familia de la víctima señaló desde el primer momento a Korzeniecki como el principal responsable, y describió que el hombre era violento y que también tenía problemas con el alcohol.

El acusado había llegado a la Argentina desde Europa diez días antes del crimen, en el marco de visitas periódicas que realizaba a Córdoba para estar con Ojeda, con quien mantenía una relación a distancia iniciada meses atrás. Como era habitual en esas estadías, se instaló en el domicilio de la víctima. Tras el hallazgo del cuerpo, Korzeniecki huyó del país y quedó imputado por el delito de homicidio doblemente agravado, por el vínculo con la víctima y por mediar violencia de género, con pedido de captura internacional activo.

Las circunstancias de su muerte, bajo investigación

Las autoridades paraguayas tienen a su cargo la investigación para determinar las circunstancias exactas del deceso: si se trató de un suicidio o si existió participación de terceros. El hallazgo fue en un hotel de Filadelfia, ciudad ubicada en el departamento de Boquerón, en el Chaco paraguayo, a cientos de kilómetros de Asunción. Por el momento, la causa de muerte no fue confirmada oficialmente por las autoridades del país vecino.

La confirmación de la muerte de Korzeniecki cierra la etapa de la búsqueda, pero deja pendiente la reconstrucción judicial completa del crimen. Para la familia de Luciana Ojeda y para los organismos que trabajan contra la violencia de género, la impunidad que conlleva la muerte del acusado antes de ser juzgado representa una nueva herida en un sistema que volvió a llegar tarde.

Una tragedia que deja una niña sin madre

Detrás del expediente judicial queda la imagen más dolorosa: una nena de 5 años que encontró a su madre muerta en su propio hogar. El caso de Luciana Ojeda se suma a una estadística que no cede. En Argentina, los femicidios no se detienen y la violencia de género sigue siendo una de las principales causas de muerte de mujeres en manos de sus parejas o ex parejas, incluso cuando el agresor proviene del extranjero y la distancia geográfica fue, en este caso, solo una ilusión de protección.

Puntos clave

  • Jan Lu Korzeniecki, imputado por el femicidio de Luciana Ojeda, fue hallado muerto el 18 de agosto en un hotel de Filadelfia, Paraguay.
  • La Fiscalía de Violencia Familiar del 5° turno de Córdoba recibió la notificación a través de Interpol, junto al certificado de defunción.
  • Korzeniecki estaba acusado de homicidio doblemente agravado: por el vínculo y por violencia de género.
  • Las autoridades paraguayas investigan si la muerte fue un suicidio o si hubo participación de terceros.
  • La víctima, de 36 años, fue encontrada muerta el 15 de julio en su departamento de Nueva Córdoba, donde vivía con su hija de 5 años.
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