Violencia de Género
Mazzina denunció a Canosa y Di Marco ante Enacom por sus dichos violentos
Porque sus expresiones «colisionan con lo normado en la ley 23.592 de actos discriminatorios y, por otro lado, configuraron actos de violencia psicológica, política, público-política y simbólica por motivos de género», según lo establecido en distintos artículos de la «ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres».
La ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Ayelén Mazzina, denunció este lunes ante el Enacom a las periodistas Viviana Canosa y Laura Di Marco, del canal La Nación+ (LN+), por expresiones «violentas, discriminatorias y agraviantes» hacia la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su hija Florencia.
En tanto el vicepresidente del organismo, Gustavo López, adelantó que esa señal televisiva podría recibir «una multa significativa» y desde el Colegio de Psicoanalistas advirtieron sobre la «peligrosidad» de la «ligereza» con la cual se realizaron esas afirmaciones.
En la denuncia, presentada esta mañana ante el titular del Enacom, Claudio Ambrosini, se pide al organismo que disponga las «medidas pertinentes» con relación a las palabras usadas por esas periodistas en el programa «+ Viviana», emitido el pasado jueves 6 de abril en LN+ en el que la conductora, Canosa, y Di Marco se refirieron a una supuesta «anorexia nerviosa galopante» de la hija de la Vicepresidenta.
Esta tarde el Enacom informó que inició un sumario a LN+ «ante la presunta violación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) en el programa +Viviana», conducido por Canosa con la intervención de Di Marco como entrevistada, «donde se habrían difundido enunciados estigmatizantes y discriminatorios sobre la Vicepresidenta de la Nación y su hija».
«Durante esta etapa se llevará adelante un proceso de análisis y evaluación del programa en cuestión, y en caso de concluir que el mismo contraviene la normativa, se procederá a iniciar el cargo pertinente de conformidad con lo previsto en el artículo 102» de la ley «para que el responsable de la señal LN+ haga su descargo», detallaron desde el ente.
Durante la transmisión, las periodistas aludieron también a cuestiones personales de la joven, basándose en imágenes que Florencia Kirchner posteó en su Instagram y tratándola como alguien que padece una enfermedad, para luego especular sobre los motivos de ese supuesto cuadro clínico.
En el texto de la denuncia realizada este lunes por el ministerio a cargo de Mazzina, se indicó que en ese programa tanto Canosa como Di Marco vertieron «agresiones, improperios, expresiones violentas, discriminatorias y agraviantes, ataques, gestos y diversas manifestaciones contrarias al ordenamiento jurídico a fin de hostigar y amedrentar» a Fernández de Kirchner y a su hija Florencia.
Esas expresiones, advirtió el texto, «colisionan con lo normado en la ley 23.592 de actos discriminatorios y, por otro lado, configuraron actos de violencia psicológica, política, público-política y simbólica por motivos de género», según lo establecido en distintos artículos de la «ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres».
«Propinar discursos de odio estigmatizando a mujeres -y comprendiendo la dimensión objetiva que esa identidad implica- son motivo de nuestra observación y preocupación», indicó el texto de la denuncia presentada ante el Enacom, organismo que ya actúa de oficio en el caso.
El escrito sostuvo además que «determinados mensajes construyen y refuerzan patrones socioculturales alejados del esfuerzo por prevenir y erradicar la violencia por motivos de género y la discriminación, a la vez que revisten en sí mismos hechos de violencia», por lo que, subrayó, «deben analizarse obligatoriamente en un contexto de violencia de género».
«Sin ir más lejos -se agrega- el intento de magnifemicidio cometido contra Cristina Fernández de Kirchner el 1 de septiembre de 2022 resulta inescindible de la serie de violencias previas sostenidas, crecientes, que habilitaron y convalidaron ese hecho», indicaron.
También se argumentó que «la utilización de agresiones, intimidaciones, expresiones discriminatorias y violentas, y el hostigamiento contra Florencia Kirchner» tiene el objeto de «menoscabar y anular la participación política de su madre».
La ministra Mazzina reclamó en ese contexto al Enacom que se tenga por presentado el escrito y que se «instruya de manera urgente la presente denuncia, disponiéndose las medidas pertinentes para hacerlos cesar sin demora».
El vicepresidente de Enacom, Gustavo López, por su parte, adelantó que el canal La Nación + «recibirá una multa que puede ser significativa» por las expresiones vertidas por Di Marco en el programa que conduce Canosa, que definió como una «estigmatización y falsedad».En una entrevista con Radio Provincia, el funcionario expresó que «hubo una cuestión discriminatoria por cuestiones políticas porque se trata de la hija de la Vicepresidenta» y tildó de «aberrantes» los dichos de Di Marco y Canosa.
«No se puede discriminar por razones de género, de sexo, ni por cuestiones políticas. Acá hay una clara discriminación por cuestiones políticas», reiteró López y evaluó que las comunicadoras de LN+ «violaron todos los protocolos escritos respecto de las guías de contenido sobre cómo tratar determinados temas».
Explicó que cuando se hace referencia en televisión «de una supuesta enfermedad», ello «debe ser tratado por un profesional matriculado» y tiene que «preservarse la identidad de la persona y su intimidad».
También, en declaraciones televisivas López explicó que los fiscalizadores del Enacom analizarán si las periodistas violaron alguna de las normativas vigentes en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y que entre mañana y el miércoles «los evaluadores sacaran un dictamen donde dirán si hubo violación o no a alguna de las normas».
En caso de que se hubiera incurrido en una violación, «se notifica al canal, que tiene 10 días para contestar» y, por último, «se realiza un dictamen jurídico que debe ser analizado por el directorio del ente para decidir una sanción».Indicó que el expediente puede demorar entre 30 y 40 días y aclaró que las sanciones «son siempre contra el canal o la productora del programa», pero no contra los periodistas.
Para López, con expresiones como las vertidas en el programa conducido por Canosa, LN+ «está rompiendo» el «pacto con sus televidentes, que está basado en un código de ética» y juzgó que al grupo encabezado por Julio Saguier que «siempre se vendió como republicano y respetuoso de los derechos, debe molestarle que hablemos de cómo violaron la ley escrita».Con todo, aclaró que «la responsabilidad es del medio, no del periodista», por lo que la sanción será «al medio».
Después indicó que la multa al canal «puede ser significativa, además de sentar jurisprudencia» y detalló que «puede llegar al 10% del total del monto de emisión de publicidad por mes, puede ser la quita de publicidad y, cuando esto quede firme, sentar jurisprudencia».
No obstante, subrayó que «la sanción penal la determina la Justicia a requerimiento de partes» y destacó que «se trata de una cuestión personal usada políticamente para tratar de desprestigiar a la vicepresidenta, poniéndola en el lugar de culpable de la supuesta enfermedad de su hija».
Buenos Aires
El video se hizo viral y agresor está identificado pero la Justicia no actúa, mientras una mujer espera protección
Un video que muestra una paliza brutal a una mujer se viralizó en las últimas horas, el agresor ya fue identificado y la asociación civil Madres que rompen el silencio exigió medidas urgentes al Departamento Judicial de Azul, denunciando una peligrosa demora institucional ante pruebas audiovisuales contundentes.
Las imágenes son inequívocas: un hombre revisa el teléfono de su pareja, la confronta y le propina una brutal paliza mientras ella ruega que se detenga. El video, filmado en la localidad bonaerense de Tapalqué, se viralizó en las últimas horas y permitió identificar al agresor, presuntamente Rodrigo Carrica. Pese a la existencia de pruebas audiovisuales contundentes, la respuesta judicial tardó en llegar; una demora que organizaciones de mujeres calificaron como violencia institucional.
La asociación civil Madres que rompen el silencio, con sede en Río Negro, tomó conocimiento directo del caso y se constituyó en interlocutora ante las autoridades del Departamento Judicial de Azul, el fuero con competencia sobre Tapalqué. La organización presentó el material probatorio disponible, que incluye los registros fílmicos y fotográficos de la agresión, y exigió una respuesta estatal inmediata.
El reclamo: medidas urgentes ante la demora judicial
La entidad formalizó un reclamo ante el Departamento Judicial de Azul con tres exigencias centrales: la intervención urgente para revisar y agilizar el accionar de las dependencias judiciales y policiales locales; el dictado inmediato de medidas de protección y restricción perimetral eficaces para resguardar la integridad psicofísica de la víctima; y el cese absoluto de las dilaciones burocráticas frente a la existencia de pruebas audiovisuales explícitas.
«No se puede seguir tolerando que la burocracia judicial desampare a quienes denuncian», advirtió la organización, que también alertó sobre el riesgo concreto que implica cada hora de demora en casos donde la víctima convive o tiene contacto con su agresor. Madres que rompen el silencio comunicó que se mantendrá en estado de alerta comunitaria hasta que las garantías constitucionales y de seguridad sean cumplidas de manera efectiva.

Violencia institucional por omisión
La denuncia pone sobre la mesa un problema estructural del sistema judicial argentino frente a la violencia de género: la brecha entre la disponibilidad de prueba y la velocidad de la respuesta institucional. La organización usó una categoría precisa para nombrarlo: «la violencia institucional por omisión o demora también es una forma de violencia que perpetúa el peligro». En ese encuadre, la inacción no es un vacío neutral sino un acto que habilita la continuidad de la agresión.
El caso de Tapalqué no es un hecho aislado. La Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres establece con claridad el deber del Estado de actuar con la debida diligencia frente a situaciones de riesgo. El incumplimiento de ese mandato en contextos donde existe material probatorio disponible no solo representa una falla procesal, sino una responsabilidad estatal en los términos de los estándares internacionales de derechos humanos.
Lo que tenés que saber:
- Un video viral muestra a un hombre, presuntamente Rodrigo Carrica, golpear brutalmente a su pareja en Tapalqué, provincia de Buenos Aires.
- La asociación civil Madres que rompen el silencio denunció una alarmante demora de la Justicia local a pesar de contar con pruebas audiovisuales contundentes.
- La organización exigió al Departamento Judicial de Azul medidas urgentes de protección, restricción perimetral y cese de dilaciones burocráticas.
- La entidad advirtió que la omisión y la demora judicial son en sí mismas una forma de violencia institucional que prolonga el peligro para la víctima.
- La organización anunció que se mantendrá en estado de alerta hasta que se garantice efectivamente la seguridad de la mujer agredida.
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