Judiciales ⚖️
Sortearon la causa contra Alberto Fernández por violencia de género
Quedó nuevamente en manos del juez Julián Ercolini
Lo que tenés que saber
- La causa por violencia de género contra el ex presidente Alberto Fernández fue sorteada y quedó en manos del juez Julián Ercolini.
- El expediente 2539/2024, inicialmente parte de la investigación sobre irregularidades en un contrato de seguros, contiene pruebas de la presunta agresión a la ex primera dama Fabiola Yáñez.
- Fernández designó a la abogada penalista Silvina Carreira como su defensora.
- La ex primera dama denunció a Fernández por «violencia física» y «terrorismo psicológico», y presentaron fotos que muestran marcas de golpes.
Causa recae en el Juzgado Criminal y Correccional Federal 10
La causa por violencia de género contra el expresidente Alberto Fernández fue sorteada hoy y quedó en manos del juez Julián Ercolini, a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal 10. La investigación, que había tenido su origen en el Juzgado Criminal y Correccional Federal 11, fue trasladada al juzgado de origen del mismo magistrado tras el sorteo realizado por el fiscal Carlos Rívolo.
El expediente 2539/2024 surgió a partir de la causa principal sobre supuestas irregularidades en un contrato de seguros durante la gestión de Fernández. Durante la investigación de esta causa, se hallaron en un celular incautado pruebas que apuntan a la presunta agresión del expresidente hacia la ex primera dama, Fabiola Yáñez.
Designación de defensa y novedades en el caso
Alberto Fernández designó a la abogada penalista Silvina Carreira, especializada en derecho de familia, como su defensora en esta causa. En la presentación que realizó ante el juez Ercolini, Fernández expresó: «He tenido conocimiento de la presente causa y por ello vengo a ponerme a derecho en el marco de esas actuaciones». El expresidente solicitó que Carreira se vincule al sistema judicial «lo más pronto posible» para aceptar el cargo y tomar conocimiento de los motivos que originaron la causa.
El fiscal a cargo de la causa en adelante será Ramiro González, quien reemplaza a Carlos Rívolo. La causa recibió una nueva carátula después del sorteo y Fernández fue notificado de los cambios.
Denuncia de violencia y pruebas presentadas
Fabiola Yáñez denunció el martes último a Fernández por «violencia física» y «terrorismo psicológico». En las últimas horas, trascendieron dos fotos en las que la ex primera dama muestra marcas visibles de golpes en un ojo y un brazo. Estos elementos se incorporaron al expediente como parte de las pruebas que respaldan la denuncia.
Judiciales ⚖️
La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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