Judiciales ⚖️
Condenan a árbitro de básquet por acoso en el ámbito de trabajo
El acoso por parte del condenado se inició en 2016 y tuvo lugar a través de reiterados mensajes por diversas redes sociales.
El pasado 30 de junio, la Fiscalía Especializada en Violencia de Género N° 36, a cargo del Dr. Adrián Dávila, logró la condena de un árbitro de básquet por haber acosado sexualmente a una colega, de quien resultaba su superior jerárquico. La sentencia, que fue dictada por la titular del Juzgado N° 3, Dra. Carla Cavaliere, incluyó una condena a 2 días de arresto en suspenso y la realización de un programa de trabajo con varones que ejercen violencia de género por el plazo de un año.
El acoso por parte del condenado se inició en 2016 y tuvo lugar a través de reiterados mensajes por diversas redes sociales. La víctima se vio forzada a responder de manera cordial por el temor a perder su trabajo o sufrir represalias en la asignación de partidos, dado que estaba bajo la dirección del primero.
Tras una exhaustiva investigación, la Fiscalía N° 36 imputó al acusado la figura de hostigamiento agravado, de conformidad con los artículos 53, 55 y 69 del código contravencional de la Ciudad. En esta tarea, el equipo fiscal logró determinar el modus operandi del condenado, quien aprovechaba su posición jerárquica para someter a las personas, desplegando malos tratos y hostigamiento, preferentemente hacia mujeres, entre las que se encontraba la denunciante y muchas otras compañeras de trabajo.
Al solicitar el juzgamiento del condenado, la Fiscalía sostuvo que el caso representaba una situación de violencia de género, que tuvo lugar en el ámbito laboral y en la que el denunciado se valió no sólo de su condición de varón, sino también de su posición jerárquica como director de la víctima para someterla y acosarla.
La sentencia alcanzada constituye un avance muy importante en la lucha contra la violencia de género, pues no sólo describe el ejercicio de violencia en el ámbito de las relaciones de trabajo, sino porque además de aplicar la normativa contravencional local y la ley nacional N° 26.485, también reconoce el valor normativo del Convenio N° 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la ley N° 5742, que previene y sanciona el acoso sexual.
El caso promovido por la Fiscalía N° 36 constituye un litigio estratégico, en los términos definidos por el Sr. Fiscal General en la Resolución FG N° 65/2021, en la que se establecen los lineamientos centrales de la política criminal en esta materia. Estos litigios buscan no sólo procurar la resolución del caso concreto, sino también promover resoluciones judiciales cuyos efectos puedan expandirse a otros y, de esta manera, contribuir a denunciar y desterrar situaciones de violencia estructural, como por ejemplo, la que tiene lugar en los ámbitos laborales.
Educación
Milei lleva la Ley de Financiamiento Universitario a la Corte para intentar frenarla
Luego de acumular dos derrotas judiciales consecutivas, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que el máximo tribunal suspenda la norma. Si el tribunal rechaza el pedido, el Gobierno tiene previsto recurrir en queja directamente ante la Corte Suprema.
El Gobierno busca llegar a la Corte para suspender la Ley de Financiamiento Universitario
El gobierno de Javier Milei presentó un recurso extraordinario federal ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que el expediente sea elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el objetivo de suspender la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795), según confirmaron fuentes oficiales.
La maniobra llega luego de dos fallos adversos consecutivos: en primera instancia, el juez federal Enrique Cormick declaró que el Decreto 759/2025, con el cual el Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma, tenía rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta»; y el 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los magistrados Sergio Fernández y Jorge Morán, confirmó la medida cautelar y rechazó la apelación del Gobierno al calificar sus argumentos de «poco serios».
Si la Cámara Federal acepta el recurso extraordinario, el expediente pasará a la Corte Suprema, que tendrá la última palabra. En caso contrario, el oficialismo no descarta presentar un recurso en queja directamente ante el máximo tribunal para forzar su intervención.
La historia de una ley vetada, insistida y aun incumplida
La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso el 22 de agosto de 2025 y vetada de manera total por el presidente Milei el 11 de septiembre. Sin embargo, el Senado y la Cámara de Diputados insistieron en su sanción, dejando sin efecto el veto con los dos tercios requeridos constitucionalmente. En el último día del plazo legal, en octubre de 2025, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla; pero en lugar de aplicarla, dictó el Decreto 759/2025, que subordinó su implementación a la previa definición de fuentes presupuestarias específicas, apoyándose en la Ley de Administración Financiera 24.629.
La norma obliga al Gobierno a actualizar retroactivamente los sueldos de docentes y no docentes universitarios desde diciembre de 2023, según la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), y a recomponer los programas de becas estudiantiles. Según el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), las transferencias a universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026. Entre noviembre de 2023 y febrero de 2026, los salarios docentes crecieron un 158% mientras la inflación acumulada alcanzó el 280%, lo que implica una pérdida de poder adquisitivo del 32%, equivalente a la pérdida de más de siete salarios mensuales.
El argumento fiscal versus el mandato constitucional
La estrategia del oficialismo se asienta en un único argumento: la aplicación de la ley pondría en riesgo el equilibrio fiscal, que el Gobierno presenta como su principal logro de gestión. Estiman que el costo de cumplir la norma asciende a 2,5 billones de pesos, en línea con lo que el sindicato docente de la UBA calculó en 2,734 billones.
Sin embargo, la Justicia ya rechazó ese razonamiento en dos instancias. La Cámara subrayó que el impacto fiscal de la medida ronda apenas el 0,23% del PBI, que la ley fue ratificada por dos tercios de ambas cámaras del Congreso y que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional obliga al Ejecutivo a ejecutar la norma sin margen para suspenderla mediante un decreto. El tribunal también estableció un principio clave: una ley posterior aprobada por el Congreso puede desplazar válidamente a una anterior, lo que derrumba el escudo jurídico del Decreto 759/2025.
En este contexto, la estrategia de recurrir a la Corte por vía del recurso extraordinario es la última carta disponible. Según fuentes del ámbito constitucional citadas por La Nación, es poco probable que el tribunal acceda a conceder el recurso, ya que uno de los requisitos es que exista una sentencia definitiva o equiparable, condición que una medida cautelar no cumple. Los propios especialistas advirtieron que la Corte tiene antecedentes de no expedirse sobre cautelares por no constituir sentencias definitivas.
Una táctica judicial que se vuelve patrón
El recurso por el financiamiento universitario no es un hecho aislado en la estrategia judicial del Ejecutivo libertario. Como informó este medio el 17 de abril de 2026, el mismo día en que se conoció esta presentación, el Gobierno acudió a la Corte Suprema a través de un per saltum para intentar destrabar la Ley de Reforma Laboral (Nº 27.802), cuya aplicación también fue frenada judicialmente luego de una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT). En ambos casos, el patrón es idéntico: el Ejecutivo aprueba o aplica normas que generan rechazo judicial o social, y cuando la Justicia ordena su suspensión o su cumplimiento, escala el conflicto hacia la Corte en lugar de acatar los fallos de las instancias inferiores.
La diferencia es que en el caso universitario el Gobierno no quiere que se aplique una ley que le ordenan cumplir; en el laboral, quiere que se aplique una ley que le ordenaron suspender. En los dos escenarios, el Ejecutivo convierte a la Corte Suprema en la arena donde dilata el cumplimiento del ordenamiento jurídico.
Puntos clave
- El Gobierno presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que la Corte Suprema suspenda la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795).
- Dos fallos judiciales consecutivos ya ordenaron al Ejecutivo cumplir la norma; la Cámara calificó los argumentos del Estado de «poco serios».
- La ley fue aprobada por el Congreso, vetada por Milei, insistida con dos tercios y promulgada en octubre de 2025; pero nunca fue aplicada.
- El Gobierno estima el costo de cumplimiento en 2,5 billones de pesos; la Justicia lo redujo a un impacto del 0,23% del PBI.
- Si la Cámara rechaza el recurso extraordinario, el oficialismo prevé ir en queja ante la Corte Suprema para forzar su intervención.
-
Sociedad5 díasQuién era la neuróloga que murió atropellada por un colectivo en Villa Devoto
-
CABA6 díasTragedia en Villa Devoto: murió una joven tras ser atropellada por un colectivo
-
Sociedad6 díasAutopsia de Maitena Rojas: la causa de muerte y el giro en la investigación
-
Investigación 🔎6 días“Lo asesinaron y se están cubriendo”: la grave acusación contra la madre de Ángel López
-
Sociedad3 díasUn informe escolar revela angustia de Ángel antes de mudarse con su madre
-
Chubut5 díasCrisis: polémica en Chubut por la venta de carne de burro
-
Política 📢6 díasEl delantal blanco manchado: Mirtha Legrand cuestionó el patrimonio de Manuel Adorni
-
Geopolítica 🌎5 díasDiplomacia fallida: EEUU se retiró de la cumbre con Irán, mientras Israel recrudece el fuego en el Líbano
