Femicidio
Femicidio de Lucía Pérez: comienzan los alegatos en el segundo juicio
El Tribunal Oral en lo Criminal 2 (TOC 2) de Mar del Plata, integrado por los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz, anunciará luego la fecha del veredicto y sentencia.
El segundo juicio por el caso Lucía Pérez entrará el próximo jueves en su tramo final en la ciudad de Mar del Plata, con los alegatos por parte de la fiscalía y de la acusación particular que, tras haber finalizado la etapa de recepción de las pruebas, sostendrán la responsabilidad penal de los dos acusados de abusar sexualmente y asesinar a la adolescente de 16 años, el 8 de octubre de 2016.
La semana siguiente será por otra parte el turno de alegar para las defensas de Matías Farías (29), acusado como autor del delito de «abuso sexual con acceso carnal, agravado por el suministro de estupefacientes seguido de muerte en concurso ideal con femicidio» de Lucía (16), y de Juan Pablo Offidani, que llegó a este proceso imputado como partícipe secundario.
El Tribunal Oral en lo Criminal 2 (TOC 2) de la localidad balnearia, integrado por los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz, anunciará luego la fecha del veredicto y sentencia.
Los alegatos de cierre se iniciarán el jueves desde las 9 en el sexto piso de los tribunales locales, luego de que el viernes último se diera por cerrada la etapa de recepción de la prueba, y el 28 será el turno de las defensas.
Este segundo debate oral se puso en marcha el último 7 de febrero, y a lo largo de ocho jornadas brindaron declaración 29 testigos, entre ellos los padres de Lucía, Guillermo Pérez y Marta Montero, y algunas amigas de la adolescente.
Declararon también efectivos policiales que intervinieron en la detención de los acusados y en el momento en que Lucía llegó sin vida a la sala de primeros auxilios del Barrio Serena, cuatro kilómetros al sur del Faro de Punta Mogotes, así como personal de salud que se desempeñaba en el lugar.
También brindaron testimonio peritos de la Asesoría Pericial de la Suprema Corte provincial y del Ministerio Público Fiscal que actuaron en la instrucción, quienes coincidieron en que la muerte de la Lucía se debió a una falla cardíaca vinculada al consumo de cocaína, y si bien entendieron que no había signos de abuso sexual de acuerdo al análisis del informe de autopsia, no podían descartarlo.
En ese sentido, la ginecóloga de la adolescente, que declaró en la penúltima audiencia de testimoniales, consideró a partir de una serie de fotografías exhibidas ante el TOC, que el cuerpo presentaba lesiones en la zona genital.
Sus conclusiones fueron cuestionadas tanto por la defensora oficial de Farías, Laura Solari, como por el abogado particular de Offidani, César Sivo, por entender que no eran propias de la especialidad de la testigo, y que los cuatro forenses no mencionaron indicios de ese tipo.
En el marco del debate oral, se realizó además una inspección ocular en la casa ubicada en Racedo al 4800, en el extremo sur de la ciudad, lugar en el que residía Farías al momento del hecho, y desde el que Lucía fue trasladada sin vida, en la caja de una camioneta, hasta la sala de salud tras un encuentro allí con él.
El reconocimiento había sido solicitado por el fiscal Leandro Arévalo, titular de la Unidad Funcional de Instrucción 7, y respaldado por las abogadas de la familia de la menor, Verónica Heredia y Florencia Piermarini, con el objetivo de conocer de manera directa las características del inmueble.
A partir de los distintos elementos analizados, tanto la fiscalía como las abogadas de la familia de la víctima, que intervienen en calidad de particular damnificado, sostendrán en su alegato la acusación por el abuso y el femicidio para Farías y Offidani.
En primer término lo hará el fiscal Arévalo, quien adelantó en el inicio del juicio que en esta instancia precisará si entiende que en el caso de Offidani, su responsabilidad penal se encuadra en una participación secundaria o necesaria, lo que modificaría eventualmente el monto de la pena.
Luego será el turno de los abogados Heredia y Piermarini, quienes adelantaron en sus lineamientos iniciales que consideran que la intervención de este acusado fue necesaria en la comisión del delito.
Antes que ellos, sin embargo, podrán presentar distintos informes algunas de las once entidades y organismos del Estado que intervienen en el proceso como amigos del tribunal y ofrecerán sus argumentos no vinculantes.
Las defensas alegarán, por su parte, el martes 28, y apuntarán a cuestionar la existencia del delito, y luego ambos imputados tendrán la posibilidad de brindar sus últimas palabras antes de que los jueces fallen.
Tal como ocurrió durante distintas jornadas del juicio, allegados de Lucía e integrantes de organizaciones sociales y de mujeres se concentrarán en las inmediaciones de los tribunales durante el desarrollo de las audiencias.
Si bien el juicio se desarrolla sin la presencia de público, tanto los alegatos como la sentencia podrán podrán ser seguidas, al igual que ocurrió con la apertura, a través del canal de YouTube de la Corte provincial.
Ninguno de los dos acusados estarán presentes en el tribunal, y tal como hicieron con el arranque del juicio, seguirán las audiencias de manera remota: Farías, desde la Unidad Penal de Florencia Varela, y Offidani, desde la Alcaidía Penitenciaria de Batán.
Los antecedentes del primer juicio
De acuerdo a la instrucción del caso, Lucía había conocido a Farías y Offidani un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.
Durante el primer juicio, en noviembre de 2018 ante el TOC 1, ambos fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, pero solo por la venta de drogas en la puerta del colegio.
Fueron absueltos, sin embargo, por el resto de los cargos, pero la sala IV del Tribunal de Casación revocó esas absoluciones en agosto de 2020, dispuso la «nulidad» del juicio y ordenó la realización de uno nuevo, resolución que fue confirmada un año más tarde por la Corte provincial.
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Femicidio
Escándalo en Tucumán: absolvieron a los acusados y el femicidio de Paulina Lebbos queda impune
A dos décadas del crimen de Paulina Lebbos, la Justicia tucumana dictó la absolución para Víctor César Soto y Sergio Kaleñuk. El fallo consolida un escenario de desprotección y revela la ineficacia del sistema para hallar a los responsables materiales del asesinato.
Femicidio de Paulina Lebbos: el triunfo de la impunidad tras veinte años de encubrimiento
★ Este miércoles, los jueces Gustavo Romagnoli, Fabián Fradejas y Luis Morales Lezica absolvieron a Víctor César Soto, ex pareja de la víctima, y a Sergio Kaleñuk, hijo de un ex secretario del gobierno provincial, en el marco del juicio por el crimen de Paulina Lebbos. La decisión judicial, que se produce tras un proceso iniciado en marzo de este año, deja el asesinato de la joven tucumana en la impunidad absoluta, al no haber condenados por la autoría material del hecho tras veinte años de trámites procesales.
Las sombras del poder político
El caso Lebbos se transformó, desde el hallazgo del cuerpo el 11 de marzo de 2006, en un emblema de las irregularidades y el encubrimiento en la provincia de Tucumán. El debate oral que concluyó esta semana intentó determinar la responsabilidad de Soto como presunto autor de homicidio agravado por alevosía y la de Kaleñuk por encubrimiento agravado. Sin embargo, el tribunal consideró que las pruebas no resultaron suficientes para quebrar el principio de inocencia, un desenlace que profundiza el dolor de la familia Lebbos en su búsqueda de verdad.
Este nuevo revés judicial ocurre en un contexto donde el caso ya provocó un sismo mediático y político, salpicando la gestión del ex gobernador José Alperovich. Si bien la causa cuenta con condenas previas que alcanzaron a la cúpula de la Policía de la provincia, a un fiscal y al ex secretario de Seguridad, la justicia todavía no logró identificar ni castigar a quienes ejecutaron el femicidio.
Un sistema que garantiza la impunidad
La absolución de Soto y Kaleñuk expone una vez más la selectividad y las deficiencias de un aparato judicial que parece más eficiente en proteger vínculos de poder que en resguardar los derechos de las víctimas. Este patrón de justicia selectiva recuerda a otros procesos donde los antecedentes y la gravedad de los hechos no se traducen en penas efectivas; un fenómeno que este medio observó en casos recientes como la condena en suspenso a Felipe Pettinato por un incendio fatal, donde el imputado evitó la cárcel a pesar de la muerte de un profesional de la salud.
En el caso de Tucumán, el paso del tiempo y las maniobras de encubrimiento iniciales, confirmadas en juicios anteriores, operaron como un muro infranqueable para la reconstrucción de la verdad. La desaparición de Paulina, ocurrida el 26 de febrero de 2006, y el posterior hallazgo de sus restos a la vera de la ruta 301, marcaron el inicio de un derrotero de veinte años donde la ** Administración de Justicia** falló sistemáticamente en su deber de reparación.
Puntos clave:
- Los jueces Romagnoli, Fradejas y Morales Lezica absolvieron a los dos únicos acusados en este nuevo debate.
- Víctor César Soto llegó al juicio acusado de homicidio agravado por alevosía y Sergio Kaleñuk por encubrimiento.
- A pesar de las condenas previas a funcionarios policiales y judiciales por encubrir el hecho, el crimen sigue impune.
- El caso cumplió veinte años el pasado 26 de febrero sin que se identifique a los autores materiales del femicidio.
- El fallo consolida un escenario de desprotección judicial frente a casos vinculados con el poder político provincial.
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