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Diversidad

La inclusión laboral travesti trans es ley

La norma lleva el nombre de “Diana Sacayán-Lohana Berkins” en conmemoración de sus impulsoras, y fue aprobada este jueves por la tarde por 55 votos a favor, 1 negativo y 6 abstenciones.

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El Senado de la Nación convirtió en Ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, que establece que el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes. La norma fue aprobada este jueves por la tarde por 55 votos a favor, 1 negativo y 6 abstenciones.

De acuerdo a la iniciativa, el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes, a personas travestis, trans y transgénero.

La sesión fue seguida desde el recinto de la Cámara alta por representantes de la comunidad trans, que calificaron como «un día histórico» la jornada del jueves, por la discusión de esta ley.

En la apertura del debate, la presidenta de la Banca de la Mujer, Norma Durango, declaró que la ley «produce una hermosa y estupenda sensación» ya que «después de tantos años nuestro país tendrá una ley que beneficia al colectivo de gays, lesbianas, travestis, trans y otra identidades de género».

«Esta ley viene a compensar tanto dolor y tanto desamparo sufrido durante décadas y tantas vidas truncas», sostuvo Durango, y añadió que los senadores tienen hoy «la oportunidad de revertir una realidad de discriminación y violencia que somete a las personas travestis, trans y transgéneros».

Durango señaló que se busca con la norma «establecer medidas de acción positiva orientadas a lograr la efectiva inclusión laboral para una igualdad real de oportunidades en todo el territorio nacional». También subrayó que se discute «algo más que el cupo laboral» y afirmó que es un debate sobre «derechos humanos».

Durango marcó que las personas de este colectivo «continúan recibiendo restricciones para acceder al trabajo y dificultades para vivir en condiciones dignas» y recordó que la expectativa de vida es de entre 35 y 40 años.

las ministras gómez alcorta y Díaz acompañaron el debate

La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta, quien celebró en el recinto del Senado de la Nación la sanción de la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero.

Gómez Alcorta sostuvo que “es un día histórico. El cupo laboral travesti trans era una deuda del Estado y hoy es Ley, por la fuerza de los movimientos de la diversidad que nunca bajaron sus banderas y que siguen impulsando transformaciones imprescindibles para revertir desigualdades estructurales e injustas”.

Representantes del movimiento LGTBIQ+ siguiendo el debate.

La ministra agregó que “garantizar los derechos de travestis y trans es una prioridad del gobierno nacional y por eso, desde septiembre de 2020 lo implementamos por Decreto en la Administración Pública Nacional, convencidxs de que se trata de una medida fundamental para profundizar el camino hacia la igualdad iniciado por la Ley de Identidad de género en nuestro país”.

Alcorta concluyó que “esta Ley viene a reparar una cadena de exclusiones que muchas veces se inicia en la niñez. No es admisible que en Argentina haya personas cuya esperanza de vida no supere los 40 años simplemente por su deseo de vivir según su identidad autopercibida”.

La ministra de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual bonaerense, Estela Díaz, aseguró que la ley de cupo travesti trans sancionada hoy por el Senado «restituye derechos, garantiza el acceso al trabajo y nos dignifica como país»

La ministra, a través de su cuenta de twitter, escribió: «Lohana (Berkins) y Diana (Sacayán) presentes».

Por su parte, la subsecretaría de Políticas de Diversidad del MMGYD, Alba Rueda, dijo que: “esta Ley significa el acceso a un empleo formal, a los aportes jubilatorios, obra social, vacaciones pagas, la oportunidad de acceder a la terminalidad educativa y de poder poner en valor su capacidad laboral”.

Detalles de la ley

La iniciativa votada en el Congreso convierte en ley la política pública implementada por el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, quien a través del decreto 721/20 estableció el Cupo Laboral Travesti-Trans en el Sector Público Nacional, que incluye los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, ministerios públicos, organismos descentralizados o autárquicos, entes públicos no estatales, empresas y sociedades del Estado.

La iniciativa lleva el nombre de “Diana Sacayán-Lohana Berkins” en conmemoración de sus impulsoras junto con las organizaciones LGBTI+ y defensoras de los derechos humanos, por lo que constituye un paso fundamental en la reparación de las desigualdades históricas y estructurales que existen en la sociedad respecto a la población travesti-trans.

En ese sentido, esta nueva ley establece la inclusión laboral de al menos el 1% del total de los cargos en el Sector Público Nacional de travestis y trans y determina que se deben promover acciones de concientización y sensibilización en los ámbitos laborales. Además, prevé incentivos para el sector privado que cumpla con esta normativa y promueve líneas de acceso al crédito desde el Banco de la Nación de la República Argentina para esta población.

Denuncia

Cinco años sin Tehuel: un condenado con perpetua firme, pero su cuerpo sigue ausente

A cinco años de la desaparición y asesinato de Tehuel de la Torre, el joven varón trans de 21 años que salió a buscar trabajo y nunca regresó, la justicia confirmó la prisión perpetua para el principal condenado, pero su cuerpo sigue sin aparecer. La causa expone las condiciones de vulnerabilidad estructural que enfrentan las personas trans en el mercado laboral informal y la violencia que se ejerce contra su identidad, incluso después de la muerte.

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★ El 11 de marzo de 2021, Tehuel de la Torre, de 21 años, varón trans, salió de su casa en el partido bonaerense de San Vicente para concurrir a una entrevista de trabajo. Le habían ofrecido un puesto de mozo en un evento. Nunca regresó. Cinco años después, su cuerpo sigue sin ser encontrado, pero quien lo mató ya tiene condena firme: prisión perpetua.

Una condena que tardó tres años en consolidarse

El 30 de agosto de 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de La Plata, integrado por los jueces Claudio Bernard, Silvia Hoerr y Ramiro Fernández Lorenzo, declaró culpable a Luis Alberto Ramos, de 37 años, por el asesinato de Tehuel. El tribunal lo encontró responsable no solo del crimen sino también de la desaparición del cuerpo, y reconoció «el daño que eso provoca a sus seres queridos».

Esa condena fue confirmada el 11 de julio de 2025 por la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, que rechazó los recursos de apelación presentados por la defensa. Los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana ratificaron la pena máxima bajo el cargo de homicidio agravado por odio a la identidad de género y orientación sexual.

En los fundamentos de la resolución, el tribunal puso énfasis en la vulnerabilidad estructural de Tehuel como joven trans en situación de informalidad laboral: esa precariedad fue, según los jueces, la condición que Ramos aprovechó para atraerlo hasta su domicilio. El fallo también señaló que la desaparición del cuerpo y la quema de sus pertenencias constituyeron un acto simbólico de negación de su identidad, lo que reforzó la existencia de un móvil discriminatorio.

Las pruebas que sostuvieron la condena máxima

La investigación judicial acumuló una cadena de evidencias que desbarataron la versión de Ramos y del otro acusado, Oscar Montes. Entre los elementos determinantes figuran:

  • Registros de cámaras de seguridad que ubicaron a Tehuel en el trayecto hacia la vivienda de Ramos.
  • La tarjeta SUBE de la víctima, que rastreó sus movimientos.
  • Geolocalización del celular de Tehuel, que lo situó en el domicilio de Ramos.
  • Una fotografía tomada a las 20:42 hallada en el teléfono del propio Tehuel, que contradijo la versión inicial de los acusados.
  • Restos calcinados de pertenencias de la víctima, hallados en un terreno.
  • Análisis de manchas hemáticas con perfil genético coincidente con Tehuel, encontradas en las paredes de la casa de Ramos.
  • La campera del joven, hallada prendida fuego.
  • La conducta evasiva del imputado durante toda la investigación.

La denuncia había sido radicada el 13 de marzo de 2021 por Michelle, novia de Tehuel, en la Comisaría 1° de San Vicente, luego de dos días sin noticias. Fue entonces cuando la Policía geolocalizó el celular de la víctima en el domicilio de Ramos.

El caso Montes: todavía sin juicio

El destino judicial de Oscar Montes, el segundo acusado, permanece abierto. Se aguarda el inicio de su debate por jurados, una instancia que todavía no tiene fecha confirmada.

Ramos y Montes fueron detenidos originalmente bajo los cargos de encubrimiento, entorpecimiento de la investigación y falso testimonio. Ambos siempre negaron su participación en el crimen, pero las pruebas reunidas a lo largo de la investigación contradijeron sistemáticamente sus declaraciones.

El cuerpo que no aparece: una herida abierta

A cinco años del crimen, el cuerpo de Tehuel sigue sin ser encontrado. Esa ausencia no es solo una deuda con su familia y su comunidad: es también una dimensión específica del crimen, reconocida como tal por el propio tribunal.

El Ministerio de Seguridad Nacional estableció una recompensa de 5 millones de pesos para quienes aporten datos certeros sobre el paradero de la víctima. Hasta ahora, esa información no llegó.

Un crimen que es también un espejo

El caso de Tehuel de la Torre no es un episodio aislado. Es el reflejo de una violencia sistemática contra las personas trans, que en Argentina continúan siendo uno de los colectivos con menor acceso al mercado laboral formal, mayor exposición a la precariedad y mayor riesgo frente a la violencia. Salir a buscar trabajo, como hizo Tehuel, no debería ser un acto que cueste la vida.

La condena a Ramos es un paso institucional necesario. Pero cinco años después, sin cuerpo, sin juicio para Montes y con la estructura de desigualdad que hizo posible el crimen todavía intacta, la justicia para Tehuel sigue siendo incompleta.

Puntos clave

  • Tehuel de la Torre, varón trans de 21 años, desapareció el 11 de marzo de 2021 en San Vicente, provincia de Buenos Aires.
  • Luis Alberto Ramos fue condenado a prisión perpetua por homicidio agravado por odio a la identidad de género; la condena fue confirmada por Casación el 11 de julio de 2025.
  • El tribunal reconoció que la desaparición del cuerpo y la quema de pertenencias constituyeron una negación simbólica de la identidad de Tehuel.
  • El cuerpo de Tehuel no fue encontrado tras más de cuatro años de búsqueda.
  • Oscar Montes, segundo acusado, aguarda el inicio de su juicio por jurados. ★

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