Trabajo
ATE exige a Alberto Fernández que adelante el aguinaldo
Sindicato ATE solicita adelanto del aguinaldo ante declaraciones de Javier Milei sobre su eliminación.
El sindicato de trabajadores estatales, ATE, envió un pedido formal al Ministerio de Trabajo para que el Gobierno de Alberto Fernández adelante el pago del aguinaldo, haciendo valer la Resolución 241/18 del Ministerio de Hacienda que habilita a liquidar el pago del Medio Aguinaldo en el mes de diciembre.
La medida fue tomada en respuesta a las declaraciones del presidente electo Javier Milei, quien ha manifestado su intención de eliminar el aguinaldo.
«Las declaraciones del presidente electo nos dejan ante un escenario de incertidumbre respecto al pago del Sueldo Anual Complementario«, señaló el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar. «Buscamos transmitir tranquilidad y certidumbre a los trabajadores«, agregó.
Aguiar también señaló que no es una opción del Presidente obviar el pago del aguinaldo, ya que sería una violación de un derecho de orden público. «No liquidarlo pondría en riesgo la cobertura de necesidades básicas de carácter alimentario que cubre el salario«, advirtió.
El pago de Sueldo Anual Complementario es un derecho conquistado en diciembre de 1945, que se cumple ininterrumpidamente desde hace 78 años, incorporado a la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. Además, la Ley 23.041 de orden público establece su pago en la Administración Pública Central y descentralizada, empresas del estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del estado.
«¿No era que dentro de la ley todo, y fuera de la ley nada?«, cuestionó Aguiar. «El aguinaldo está reglamentado en más de una norma y se debe cumplir«, agregó.
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La reforma laboral de Milei avanza: la CNV reglamentó los fondos que reemplazan la indemnización
La Comisión Nacional de Valores formalizó los vehículos financieros con los que operará el Fondo de Asistencia Laboral, uno de los pilares más cuestionados de la reforma laboral. Los recursos podrán canalizarse a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos, con informes mensuales obligatorios para cada empresa.
Un paso más en el desmantelamiento del sistema clásico de indemnizaciones: la Comisión Nacional de Valores (CNV) formalizó mediante la Resolución General 1167/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, los instrumentos financieros que administrarán los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo central de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei para reemplazar la indemnización por despido que rigió en Argentina durante décadas.
La norma define que los denominados Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral podrán estructurarse bajo dos modalidades: fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros. La resolución fue dictada por la CNV, el organismo regulador del mercado de capitales argentino, en el marco de las facultades que le otorgó la reforma laboral sancionada en el Congreso.
Cómo funciona el nuevo esquema
El régimen fija requisitos para las administradoras de fondos y los fiduciarios que participen del sistema, junto con reglas sobre las políticas de inversión, la asignación de los recursos acumulados y la identificación de los empleadores aportantes. Cada empresa contará con un identificador individual que vinculará sus aportes al vehículo de inversión que haya seleccionado, lo que permite un seguimiento nominado de los fondos de cada trabajador.
La resolución establece además la obligación de publicar mensualmente una Ficha FAL con información sobre patrimonio, composición de la cartera, principales inversiones y rendimientos históricos netos de honorarios. El objetivo declarado es garantizar transparencia sobre el dinero que los trabajadores acumulen en estos vehículos, aunque los sindicatos y sectores del peronismo han señalado que la gestión privada de esos fondos implica un riesgo financiero que el Estado ya no asumirá.
Un punto crítico: la indemnización no desaparece de un día para el otro
La propia resolución de la CNV aclara un punto que el oficialismo suele soslayar: la reglamentación de los instrumentos financieros del sistema no establece una sustitución automática de las indemnizaciones para todos los trabajadores. El FAL opera sobre nuevas contrataciones y bajo condiciones específicas que determinará la negociación colectiva, y convive por ahora con el régimen indemnizatorio vigente para los empleados bajo contratos anteriores a la reforma.
En paralelo a esta resolución, la reforma laboral acumula otras novedades: en los últimos días se conoció un acuerdo de productividad entre un sindicato y cámaras vinculadas a Vaca Muerta, considerado por el oficialismo como un modelo del nuevo esquema de relaciones laborales. Además, el Banco Central determinó la tasa pasiva aplicable a los juicios laborales bajo el nuevo marco normativo, una decisión de impacto directo sobre las causas en trámite.
El debate de fondo: ¿quién asume el riesgo?
La reforma laboral mileísta transfiere al mercado de capitales una función que el derecho del trabajo argentino mantuvo durante décadas bajo responsabilidad patronal directa: garantizar un ingreso al trabajador despedido. Al financiarizar esa protección, el riesgo de variación en los rendimientos pasa a recaer sobre el trabajador y no sobre el empleador, lo que constituye uno de los ejes centrales de la crítica sindical y de los sectores del Partido Justicialista que se opusieron a la ley.
La publicación de la Resolución General 1167/2026 en el Boletín Oficial marca la entrada en operación efectiva del nuevo sistema, aunque su alcance real dependerá de la velocidad con que las administradoras de fondos desarrollen y pongan en el mercado los productos habilitados por la norma.
Lo que tenés que saber
- La CNV reglamentó mediante la Resolución General 1167/2026 los vehículos financieros del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
- Los recursos del FAL podrán administrarse a través de fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros.
- Cada empresa tendrá un identificador individual que vinculará sus aportes al vehículo de inversión seleccionado.
- Los productos deberán publicar mensualmente una Ficha FAL con datos de patrimonio, cartera, inversiones y rendimientos netos.
- La norma aclara que no existe sustitución automática de las indemnizaciones: el nuevo sistema aplica a nuevas contrataciones bajo condiciones específicas.
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