Economía 💲
Pesce destacó a las fintech en la dinámica económica
Respecto del avance del uso del dinero electrónico, el funcionario sostuvo que la desaparición del dinero físico es «inexorable».
El presidente del Banco Central (BCRA), Miguel Pesce, destacó a las empresas de tecnología financiera (fintech) por haber sido «muy importantes en darle dinámica a la extensión del sistema de cuentas, ya que han llegado a sectores que antes no tenían posibilidades de abrir cuentas bancarias».
Pesce remarcó que «los monederos electrónicos o la prestadora de servicios de pago que tienen en cuentas virtuales como Mercado Pago, Ualá, Iudu, Bimo, Naranja X, TAP o Yacaré «son un instrumento nuevo, no son entidades financieras, así que tenemos que ser muy cuidadosos» ya que la cadena de reaseguro para garantizar que los depósitos que hay en sus cuentas que sí tienen los bancos «no está presente en las fintech, entonces tenemos que resguardar a las personas»
«Creo que (las fintech) han sido muy importantes en darle dinámica a la extensión del sistema de cuentas, han llegado a sectores que antes no tenían posibilidades de abrir cuentas bancarias, porque ahí los bancos se quedaron en el camino durante nuestra gestión anterior, insistimos en la necesidad de que se abrieran las cajas gratuitas y la caja de ahorros gratuita universal. No tuvimos mucho éxito y ese espacio luego lo cubrieron las fintech eficazmente», afirmó Pesce.
En cuanto a la reciente regulación del BCRA que fijó el encaje del 100% del dinero depositado en los monederos virtuales, dijo Pesce, «es un paso más en un sentido» de «independizar el patrimonio de las empresas, que prestan el servicio de los activos que están depositados en ella» ya que ese tipo de operaciones son de intermediación financiera y las únicas empresas que pueden hacer intermediación financiera son las autorizadas por el Banco Central.
«En ese sentido, puede generar algún resentimiento a corto plazo, pero creo que ayuda a tener un sistema sólido, incluso en el contexto de la prestadora de servicios de pago y estar seguros de que después no vamos a tener un problema donde la gente va a desconfiar del sistema y abandonarlo porque se ha dado alguna situación de incumplimiento de alguna de estas empresas», afirmó.
Consultado por el funcionamiento de Transferencias 3.0 y el avance del uso del dinero electrónico, sostuvo que la desaparición del dinero físico es «inexorable» y que «la interoperabilidad de los códigos QR «ha sido un paso muy importante en este sentido».
«El dinero material va a ser sustituido por el dinero digital, es mucho más eficiente la transacción electrónica que la manipulación de dinero eficiente, porque el uso del dinero material tiene costos de logística altísimos», dijo el presidente del BCRA.
Y agregó: «Lo que ha sucedido con el cheque electrónico, que está avanzando a pasos agigantados sobre el cheque material, creo que se va a producir también en el caso del pago a través de mecanismos electrónicos».
La adopción y uso de códigos QR interoperables como mecanismo de pago desde el lanzamiento del sistema de Transferencias 3.0, el pasado 29 de noviembre, alcanzó las 2,01 millones de operaciones realizadas por más de $ 3.500 millones de pesos, según datos del hasta mediados de enero, con un promedio de operaciones diarias de de 46.828 a mediados de enero (+19,2% que dos meses previos).
Judiciales ⚖️
Fallo inédito: la ART deberá pagar $351 millones a un trabajador que sufrió un infarto en la fábrica y no fue asistido
La Justicia condenó a Federación Patronal Seguros a abonar una indemnización millonaria a César Fernández, operario de una empresa de Ringuelet que padeció un infarto mientras trabajaba, no recibió atención médica oportuna y quedó con cuadriparesia y graves secuelas neurológicas permanentes. El fallo, impulsado por el abogado platense Matías Martínez, sienta un precedente histórico en materia de responsabilidad de las ART ante emergencias laborales.
Un tribunal de trabajo condenó a la aseguradora de riesgos del trabajo Federación Patronal Seguros a pagar una indemnización que supera los $351 millones a un obrero que sufrió un infarto mientras cumplía tareas en una fábrica de La Plata y quedó con secuelas neurológicas permanentes porque no recibió la asistencia médica adecuada en los momentos críticos de la emergencia. La sentencia reconoció además el pago de una prestación mensual vitalicia por gran invalidez, en virtud de las graves limitaciones motoras que hoy padece el trabajador y que le impiden valerse por sí mismo.
El infarto que la fábrica no atendió
César Fernández era empleado de Albano Cozzuol S.A., una reconocida empresa ubicada en la localidad de Ringuelet, cuando el 24 de noviembre de 2021 comenzó a sentir fuertes dolores en el pecho, mareos y un malestar físico agudo mientras cumplía su jornada laboral. Según quedó acreditado en el expediente judicial, Fernández intentó recibir atención en la enfermería de la planta, pero el servicio estaba cerrado. Fue entonces trasladado en un remís hacia el Sanatorio Argentino; durante el trayecto sufrió una descompensación y un paro cardíaco.
Con el correr de las horas, el cuadro derivó en un importante daño neurológico: Fernández desarrolló una cuadriparesia que redujo de manera drástica su movilidad y transformó por completo su vida cotidiana y la de toda su familia. La falta de respuesta inmediata ante los primeros síntomas resultó, según la Justicia, determinante para la gravedad de las secuelas.
La batalla judicial y la estrategia que marcó la diferencia
La causa fue impulsada por el abogado platense Matías Martínez, quien representó a Fernández y centró su estrategia en un argumento que se aparta de la discusión habitual sobre el origen del evento cardíaco. Más allá de determinar si el infarto fue o no causalmente vinculado al trabajo, Martínez demostró que las condiciones en que se desarrolló la emergencia y la ausencia de asistencia médica adecuada fueron las que agravaron las consecuencias del episodio.
«Este fallo reconoce que no solo importa qué causó el problema de salud, sino también qué pasó después. Cuando una emergencia ocurre en el trabajo, las consecuencias de una atención tardía o insuficiente también deben ser reparadas», sostuvo Martínez. El letrado destacó que la importancia de la sentencia excede el caso particular y puede funcionar como antecedente para futuros reclamos vinculados a incumplimientos en la atención de emergencias laborales.
Un fallo que expande el concepto de accidente laboral
La sentencia reviste especial relevancia porque se aparta de una tendencia históricamente restrictiva respecto de los eventos cardiovasculares en el ámbito del trabajo. Los infartos han tenido históricamente dificultades para ser reconocidos como contingencias laborales, dado que suelen asociarse a factores de riesgo personales o enfermedades preexistentes. En este caso, sin embargo, el tribunal analizó cómo las condiciones en que ocurrió el episodio agravaron sus consecuencias y concluyó que la ART incumplió obligaciones elementales ante una emergencia.
A partir de una interpretación amplia del concepto de «ocasión del trabajo», los jueces establecieron que la falta de asistencia médica adecuada fue determinante en las graves secuelas sufridas por Fernández y reafirmaron que la protección de la Ley de Riesgos del Trabajo alcanza también aquellos casos en los que el ámbito laboral agrava un riesgo común. El reconocimiento del hecho como accidente laboral por ocasión abre una puerta jurídica de enorme alcance para miles de trabajadores que se encuentran en situaciones similares.
Los números de la condena
La condena estableció que Federación Patronal Seguros deberá abonar un capital de $285.980.239,88, que con la aplicación de intereses eleva la liquidación total a $351.246.415,17. A esa suma se agrega la prestación mensual por gran invalidez prevista en el artículo 17 inciso 2 de la Ley de Riesgos del Trabajo, que la aseguradora deberá sostener mientras Fernández lo requiera. El trabajador padece severas limitaciones motoras y necesita asistencia permanente para desenvolverse en su vida diaria.
Puntos clave
- La ART Federación Patronal Seguros fue condenada a pagar más de $351 millones a César Fernández, operario de Albano Cozzuol S.A. de Ringuelet.
- El trabajador sufrió un infarto el 24 de noviembre de 2021, no fue atendido en la enfermería de la fábrica y quedó con cuadriparesia y graves secuelas neurológicas permanentes.
- El fallo reconoció el hecho como accidente laboral por ocasión, expandiendo la protección de la Ley de Riesgos del Trabajo a situaciones en que el ámbito laboral agrava un riesgo común.
- La sentencia incluye una prestación mensual vitalicia por gran invalidez a cargo de la ART.
- La causa fue impulsada por el abogado Matías Martínez y puede sentar precedente para futuros reclamos por deficiencias en la atención de emergencias laborales.
-
Celebridades5 días“Te comemos el hígado”: el contundente mensaje que eligió Antonela para responder a los anti Argentina
-
Buenos Aires6 díasUn fondo (buitre) alemán demandó a la Provincia de Buenos Aires en Nueva York por el canje de deuda de 2021
-
Fintech6 díasEl mayor misterio del siglo XXI: quién es Satoshi Nakamoto
-
Presidencia4 díasBrasil respondió a los insultos de Milei contra Lula: “No está a la altura de su cargo”
-
Fútbol & Goles!6 díasClausura 2026: fixture completo de la fecha 1, horarios, TV y cuándo juegan River y Boca
-
Fútbol & Goles!5 díasAntonela Roccuzzo respondió a la polémica “anti-Argentina” con un mensaje de orgullo nacional
-
Economía 💲3 díasCae la confianza industrial y crece la preocupación por el empleo: las empresas anticipan meses difíciles
-
Fútbol & Goles!7 díasLa Justicia de EEUU incautó el celular de Chiqui Tapia y lo citó a declarar ante el tribunal de Florida
