Las empresas no están dispuestas a perder un ápice de su rentabilidad general
Argentina sufre la transnacionalización del mercado de alimentos, producto de las políticas implementadas por algunos de los gobiernos desde la última dictadura cívico – militar hasta el momento.
Por el Instituto por la Soberanía Popular “Mariano Moreno”
Argentina sufre la transnacionalización del mercado de alimentos, producto de las políticas implementadas por algunos de los gobiernos desde la última dictadura cívico – militar hasta el momento. Vivimos una situación dominante de veinte empresas productoras de alimentos que poseen un alto porcentaje del mercado, que concentran la producción y comercialización y forman los precios. Es en este contexto que se realizaron, en general, los acuerdos de precios en nuestro país, siempre ligados a una coyuntura de escalada inflacionaria. Operan, por lo tanto, como una medida económica de corto plazo que, dependiendo de la magnitud del acuerdo y de su duración, cumplen con el objetivo de enfriar o congelar los precios.
El nivel de concentración del mercado y la búsqueda de ganancias exorbitantes de las empresas, generan siempre un salto de precios cada vez que se cumplen los periodos de los acuerdos provocando, en mayor o menor medida, un nuevo salto inflacionario.
En este sentido, las primeras semanas de febrero el gobierno autorizó un aumento de hasta el 9% para los productos que se mantienen dentro del acuerdo, los productos que no se encuentran en Precios Justos sufrirán un incremento aún mayor lo que impactó directamente en la inflación de febrero.
En los últimos 15 o 20 años, las empresas desarrollaron diferentes formas de “romper” los acuerdos: desabastecimiento por productos, generación y lanzamiento de productos gemelos, cartelería confusa y/o engañosa, precios diferenciados entre góndola y caja. Las empresas no están dispuestas a perder un ápice de su rentabilidad general y, por lo tanto, si congelan el precio en uno de sus productos aumentan en otro, balanceando la “pérdida” que se genera en los productos acordados con productos que están por fuera del acuerdo de precios. Cada uno de los sucesivos acuerdos que realiza el estado refuerza la posición dominante de estas empresas y consolidan de esta manera la concentración.
En cada una de las negociaciones, las empresas “ceden” y a cambio consiguen recompensas del estado. En este caso, Precios Justos tiene como contrapartida una posición privilegiada en el acceso a dólares para importación. En esta nueva etapa que comenzará a regir desde el 1 de marzo de 2023, el estado promete también acceso a créditos a las empresas firmantes.
Cuando termine el acuerdo con estas empresas, que controlan un amplio porcentaje del mercado de alimentos, la diferencia entre estas y las pymes será aún mayor. El poder que han acumulado en estos últimos años estas 20 empresas es tal que, a mediados de 2021, se ha designado al presidente de la COPAL (Coordinadora de la Industrias de Productos Alimenticios) como presidente de la U.I.A. (Unión Industrial Argentina). Por otro lado, los acuerdos de precios, que como dijimos anteriormente sólo sirven en el corto plazo, son ineficientes aun en ese breve periodo si no son acompañados por un control estricto por parte del gobierno.
Según el relevamiento de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, al 15 de marzo de 2023, a a 46 años del golpe de Estado, hay 1058 personas condenadas en 273 sentencias por crímenes de la última dictadura cívico-militar en nuestro país.
El relevamiento muestra las cifras del proceso de Verdad y Justicia a partir del reinicio de los juicios en 2006. Unas 165 personas fueron absueltas en el mismo período. Hay 20 juicios en curso y otros 65 aguardan fecha de inicio. Actualmente hay 764 personas detenidas. La prisión domiciliaria se afianzó como el modo de detención.
| La Procuraduría informó que 1058 personas fueron condenadas por crímenes de lesa humanidad y 165 resultaron absueltas desde el primero de los juicios de este tipo celebrado en 2006 tras la reapertura de las causas por violaciones a los derechos humanos durante la época del terrorismo de Estado. Esas cifras surgen de las 273 sentencias dictadas desde entonces en todas las jurisdicciones federales.
Entretanto, 542 personas están actualmente procesadas, 142 con falta de mérito y 573 imputadas por el Ministerio Público Fiscal sin que hayan sido convocadas a prestar declaración indagatoria. Hay 34 personas indagadas que aguardan la resolución de su situación procesal y otras 96 resultaron sobreseídas durante la primera parte de los procesos.
En la actualidad 22 personas se encuentran prófugas de la justicia, desconociendo su paradero. Desde el inicio de los procesos hasta la actualidad fallecieron antes de obtener sentencia 964 personas investigadas por crímenes de lesa humanidad.
En la actualidad hay 764 personas detenidas, mientras que 1532 permanecen en libertad. Como ocurre desde 2016, el arresto domiciliario se ha consolidado como la forma preeminente en que las personas detenidas transitan estos procesos judiciales. Actualmente, 579 personas se encuentran en prisión domiciliaria, 118 permanecen en establecimientos penitenciarios y 67 lo hacen en otras dependencias, como la Unidad N°34 que funciona en la guarnición militar de Campo de Mayo. Por sus características y el rol del Ejército en su administración, ese lugar no es considerado por la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad como una unidad penitenciaria.
En relación con el estado procesal de las causas por crímenes de lesa humanidad, el informe consigna que el 44 % (es decir, 275) se encuentran en etapa de instrucción, mientras que el 43% (273) tuvieron sentencia. En tanto, un 10 % (65) aguardan por el inicio del debate y un 3 % (20) están actualmente en juicio.
De las causas con sentencia, las defensas apelan y caen en decisión de Casación y, luego de ese instancia, muchos procesados optan por acudir a la Corte Suprema de la Nación.
El máximo Tribunal en 2017 había fallado contra el 2 x 1 con los votos de Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti, la Corte rechazó el beneficio del “2×1” para un genocida. A favor de Batalla (el genocida) votó Carlos Rosenkrantz.
Así el tribunal desando su fallo a favor del beneficio para genocidas de 2016 que permitía al represor Luis Muiña gozar de los beneficios del “2×1”, un régimen penal que computa doble cada día de prisión preventiva sin condena.
Las estadísticas producidas por la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad son el resultado del procesamiento de los datos informados periódicamente por las fiscalías federales y unidades especiales que intervienen en estos procesos en todas las jurisdicciones del país.
Con los antecedentes mencionados, y la parcialidad de la Corte que parece ser parte de un Poder ligado a los intereses más antiguos de este país, con concentración económica y mediática (cómo se ha visto en la Causa por sobornos en Lago Escondido), resulta urgente una Reforma Judicial que de transparencia y seguridad jurídica y finalmente afiance la Democracia que supimos recuperar hace 40 años, que actualmente no sólo perjudica a la Vicepresidenta sino a todo el pueblo argentino.