DDHH
Comienza el juicio por crímenes de lesa humanidad más grande de Corrientes
Se iniciará el próximo 7 de agosto. Se trata del juicio de la causa «Séptima Brigada de Infantería».
El décimo juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos en Corrientes comenzará el 7 de agosto próximo, con un debate al que llegan como acusados 10 hombres que actuaron en diversas fuerzas durante la última dictadura cívico militar y en el que se debatirán los casos de más de 100 víctimas, informaron fuentes judiciales.
El Tribunal Oral Federal de Corrientes orientará el debate en el juicio de la causa «Séptima Brigada de Infantería», en el que se investiga una asociación ilícita acusada de cometer privaciones ilegítimas de la libertad, torturas e incluso un homicidio.
El presidente del Tribunal será el juez Fermín Amado Ceroleni y debido a que entre los imputados hay exmilitares y un gendarme condenados en otra causa juzgada en ese estrado, participarán como subrogantes los magistrados Juan Manuel Iglesias, de Chaco, y Eduardo Belforte, de Formosa.
Por el Ministerio Público actuará el fiscal Flavio Ferrini junto a la unidad de Derechos Humanos de la fiscalía de primera instancia de Corrientes y el fiscal Diego Vigay.
Por la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación intervendrá el abogado Manuel Brest Enjuanes.
Los imputados son Pedro Armando Alarcón, José Emilio Mechulán, Abelardo Palma, Eduardo Antonio Cardoso, Abelardo Carlos De la Vega, Raúl Horacio Harsich, Alfredo Carlos Farmache, Juan Carlos De Marchi, Horacio Losito y Raúl Alfredo Reynoso, todos integrantes de la subzona Corrientes del Área militar 231 con poder de decisión sobre la planificación represiva.
De la nómina de imputados fueron apartados por incapacidad sobreviniente, dado el paso de los años, los exmiembros del Ejército Julio Rafael Manuel Barreiro -que purga una condena a 25 años de prisión por otro juicio de lesa humanidad- y Cyris Dalmis Marcelo Feu, quien también fue interventor militar de la provincia de Corrientes.
En el transcurso de la investigación y el trámite procesal hasta la elevación a juicio murieron los acusados José Oscar Guastavino, Roberto Romeo Bin, Aldo Solís Neffa, Jorge Levatti y Julio Maidana.
Un total de 104 víctimas fue registrado en los hechos que integran esta investigación, que toma como base el circuito represivo de la dictadura en la ciudad de Corrientes a partir de una serie de centros clandestinos de detención y exterminio de personas, como la actual Jefatura de la Policía de Corrientes y el emblemático ex Regimiento de Infantería 9 de Corrientes, hoy Espacio de Memoria.
No obstante, la Brigada de Infantería VII, si bien tenía asiento en la capital correntina y abarcaba los departamentos de San Cosme, San Luis del Palmar, Empedrado, Saladas, Bella Vista, Lavalle, Goya y Esquina, también tenía jurisdicción sobre las provincias de Misiones, Chaco y Formosa.
Es que, dentro de los lineamientos establecidos por las directivas secretas del gobierno de facto, el país se dividió territorialmente en cuatro zonas y al Comandante del Segundo Cuerpo de Ejército le correspondió el comando de la Zona de Defensa 2, con cuatro subzonas: 21, 22, 23 y 24.
La 23 quedó bajo la responsabilidad de la Séptima Brigada de Infantería que ahora irá a juicio.
Así lo hicieron saber fuentes de la causa, que especificaron que las investigaciones en este proceso judicial cotejaron documentos históricos y otras fuentes documentales, con el fin de develar cómo se planificó, organizó, funcionó y ejecutó la represión en esta región.
Algunos de los procesados ocuparon cargos decisivos en esta estructura, otros integraron los grupos operativos pertenecientes al ex Regimiento 9, la Jefatura local de policía provincial y de la Gendarmería Nacional, que no habían sido individualizados en otras causas ya juzgadas.
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CABA
La jueza De Marinis respondió al ataque de Jorge Macri: “Debilita las instituciones democráticas”
Laura De Marinis, la titular del Juzgado Penal Juvenil N°3 porteño que declaró inconstitucional la baja de imputabilidad a los 14 años y sobreseyó a un adolescente acusado de tentativa de robo, salió al cruce de las amenazas de juicio político y advirtió que cuestionarla por el fundamento de sus fallos es un ataque a la independencia del Poder Judicial.
Un chico de 14 años que vivía sin acceso a educación ni alimentación fue el disparador de una crisis institucional de magnitud. La jueza Laura Beatriz De Marinis sobreseyó al adolescente, declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 que habilita la punibilidad desde esa edad, y desde entonces enfrenta una avalancha de presiones políticas que incluyen pedidos de juicio político del propio jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri. Este miércoles, De Marinis rompió el silencio y respondió con precisión quirúrgica.
La magistrada es titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N°3 de la Ciudad de Buenos Aires. El sobreseimiento que firmó el lunes 21 de septiembre se circunscribe exclusivamente al caso del menor identificado como M.I.A., detenido el 10 de septiembre junto a otros jóvenes tras intentar robar el celular a un hombre de 47 años que pedía ayuda policial en la vía pública. La resolución no suspende la vigencia de la ley para el resto de los adolescentes alcanzados por la norma.
«¿A usted le parece razonable?»
«Aplicar el sistema penal, la respuesta desde el sistema penal, es regresivo para este adolescente, porque es estigmatizante», dijo De Marinis. «En este contexto, se trata de un chico que no fue conocido por el Estado, que estaba sin educación y sin poder alimentarse; nos enteramos de su situación por el sistema penal y entonces le aplicamos el sistema penal. ¿A usted le parece razonable? Yo expliqué que no es proporcional», sostuvo la magistrada.
En diálogo con Radio Con Vos, De Marinis fue aún más contundente: «Someter a proceso penal es lo último que tiene que ocurrir», advirtió, y explicó que incluso una amonestación puede constituir un antecedente desde el cual el Estado habilita respuestas cada vez más gravosas sobre el mismo adolescente. Por eso, en lugar de aplicar el régimen punitivo, dispuso la intervención del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes para articular medidas de acompañamiento familiar, escolar y recreativo.
La fundamentación jurídica del fallo se apoyó en la Convención sobre los Derechos del Niño, cuya jerarquía constitucional es indiscutible desde 1994. El Comité de los Derechos del Niño de la ONU recomendó expresamente a la Argentina, en 2018 y en 2024, que mantuviera la edad mínima de responsabilidad penal en 16 años. De Marinis también incorporó evidencia de neurociencia que demuestra que el desarrollo de la corteza cerebral en la etapa adolescente limita la capacidad de comprender plenamente las consecuencias de las propias acciones. Para este caso en particular, la jueza concluyó que la conducta del menor consistió en una tentativa calificada como «burda y torpe» que no consumó el desapoderamiento de ningún bien ni generó lesiones físicas.
La paradoja de una ley que ella misma valora
Con una distinción que sus detractores parecen deliberadamente ignorar, De Marinis aclaró su posición frente al nuevo Régimen Penal Juvenil como herramienta general. «La ley me parece una herramienta hermosa para poder armonizarla con la Convención y poder trabajar con los chicos en el día a día», señaló. Su objeción no fue a la ley en abstracto, sino a su aplicación concreta sobre un adolescente cuyas circunstancias vitales hacen de la intervención punitiva una respuesta desproporcionada. La distinción entre constitucionalidad general y aplicación inconstitucional a un caso específico es elemental en derecho; la confusión entre ambos conceptos parece ser el motor de toda la campaña política en su contra.
Macri, Bullrich y la presión sobre el Poder Judicial
La reacción política al fallo fue inmediata y encendida. Jorge Macri publicó en sus redes sociales: «Estos jueces garantistas defensores de delincuentes tienen que quedar en evidencia. Esta sentencia está manchada de sangre. Vamos a pedir inmediatamente juicio político. La gente de bien no puede seguir siendo rehén de decisiones que garantizan el delito. No voy a pedir perdón por defender a los porteños de bien». Acto seguido, instruyó al ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia, para que presentara el pedido ante el Consejo de la Magistratura. Tapia confirmó la iniciativa con el argumento de que «CABA no va a tener una Justicia garantista» y que «un menor de 14 años que roba es un delincuente».
La senadora nacional y exministra de Seguridad Patricia Bullrich sumó su voz al coro: «Hay jueces que están más preocupados por proteger a los delincuentes que por hacer justicia a las víctimas», sostuvo. Desde La Libertad Avanza, la legisladora porteña Pilar Ramírez aprovechó el episodio para presionar sobre la Legislatura de la Ciudad, que tiene pendiente el tratamiento de una adecuación del Régimen Procesal Penal Juvenil. El Ministerio Público Fiscal, por su parte, apeló el fallo y pidió el apartamiento de De Marinis de la causa. Fuentes del fuero judicial porteño advirtieron sobre una «casi segura revocación» de la resolución por parte de la Cámara de Apelaciones, en sintonía con la jurisprudencia del tribunal.
De Marinis respondió con calma y firmeza a todo ese frente político: «Mis decisiones se cuestionan a través de los fallos judiciales. Un juicio político es cuando uno no cumple con el desempeño de su función». Y fue directa sobre el efecto institucional de las presiones recibidas: «Que por el fundamento de mis decisiones me digan que van a iniciar un juicio político debilita las instituciones democráticas. Hablar de un fallo manchado con sangre en este hecho me parece distorsionar lo que yo resolví», afirmó.
El caso no es aislado. En la provincia de Buenos Aires, la jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N°2 de Lomas de Zamora, también suspendió preventivamente la aplicación de la misma ley y recibió amenazas similares de juicio político. El patrón se repite: cada vez que el Poder Judicial ejerce su función de control constitucional sobre normas de LLA, el Ejecutivo responde con presión política directa sobre los magistrados. No es una coincidencia; es una estrategia de disciplinamiento.
Lo que tenés que saber:
- La jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 y sobreseyó a un adolescente de 14 años en un caso concreto de tentativa de robo; el fallo no suspende la ley con carácter general.
- De Marinis justificó la medida en el principio de proporcionalidad y en recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU de 2018 y 2024, que instaron a la Argentina a mantener la imputabilidad en 16 años.
- El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, ordenó al ministro de Justicia Gabino Tapia presentar un pedido de juicio político ante el Consejo de la Magistratura; el Ministerio Público Fiscal también apeló el fallo y pidió el apartamiento de la jueza.
- De Marinis respondió que el juicio político procede por mal desempeño de la función, no por el fundamento de las decisiones judiciales, y advirtió que esa presión «debilita las instituciones democráticas».
- Fuentes del fuero judicial porteño anticiparon una «casi segura revocación» del fallo por parte de la Cámara, en línea con la jurisprudencia del tribunal.
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