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ANMAT aprueba nueva droga oral que duplica la sobrevida del cáncer de colon avanzado

Un estudio internacional avaló esta medicación que ya recibió aprobación en Argentina, Estados Unidos y Europa como nueva alternativa terapéutica oral.

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Lo que tenés que saber

  • ANMAT aprobó una nueva droga oral para pacientes con cáncer colorrectal metastásico
  • Duplica la sobrevida libre de progresión y mejora la sobrevida global
  • Es el primer tratamiento en 10 años con este perfil de eficacia y tolerancia
  • Actúa inhibiendo receptores clave del crecimiento tumoral
  • El estudio FRESCO-2 respaldó su aprobación internacional

Nueva droga oral aprobada por ANMAT para cáncer colorrectal avanzado

Argentina se convirtió en el primer país de América Latina con disponibilidad de una nueva droga oral para tratar el cáncer colorrectal metastásico (CCRm). Destinada a pacientes adultos que ya recibieron otras terapias, esta medicación mostró mejoras clínicas significativas y un perfil de toxicidad más manejable que las opciones actuales.

El cáncer colorrectal representa el segundo tipo de cáncer más diagnosticado y con mayor mortalidad en el país. Según el Ministerio de Salud de la Nación, cada año se detectan aproximadamente 16.000 nuevos casos y ocurren cerca de 7.500 muertes.

Fruquintinib: el nuevo inhibidor selectivo con eficacia comprobada

El nuevo tratamiento aprobado por ANMAT, FDA y EMA, entre otros entes regulatorios, se basa en fruquintinib, un inhibidor potente y selectivo de los receptores VEGFR 1, 2 y 3. Estas proteínas participan en el crecimiento tumoral al estimular la formación de nuevos vasos sanguíneos (angiogénesis).

Está diseñado para frenar este proceso, limitando el desarrollo de células cancerígenas. Su perfil clínico muestra una eficacia sostenida y una toxicidad más controlada, lo que representa una mejora para quienes no toleran bien las terapias tradicionales.

Estudio FRESCO-2: aval científico global para la nueva terapia

El respaldo para esta nueva droga se basa en los resultados del estudio FRESCO-2, un ensayo clínico de fase 3, multicéntrico, aleatorizado y doble ciego, que se llevó a cabo en Estados Unidos, Europa, Japón y Australia. En la investigación se comparó fruquintinib frente a placebo, en ambos casos junto a cuidados de soporte, en pacientes previamente tratados.

El estudio cumplió con los objetivos principales y secundarios, demostrando mejoras estadísticamente significativas en la sobrevida global y la sobrevida libre de progresión.

“Los resultados del estudio clínico FRESCO-2 han demostrado que fruquintinib no solo mejora la sobrevida global de los pacientes, sino que también duplica la sobrevida libre de progresión. Además de ser un fármaco eficaz, tiene un perfil de toxicidad manejable, que permite mantener una buena calidad de vida”, señaló el Dr. Juan Manuel O’Connor, jefe del Departamento de Tumores Gastrointestinales del Instituto Alexander Fleming.

Terapia oral sin quimioterapia: un avance en calidad de vida

La posibilidad de una terapia oral, sin necesidad de quimioterapia intravenosa, representa una mejora sustancial en la vida diaria de los pacientes. “Las personas con cáncer colorrectal avanzado ahora cuentan con una nueva opción de toma oral, sin quimioterapia, que puede ser indicada independientemente del estado de los biomarcadores tumorales que presenten. Esto es esperanzador y fue muy bien recibido por la comunidad médica oncológica”, afirmó el Dr. Guillermo Méndez, jefe de Oncología del Hospital Bonorino Udaondo y de Fundación Favaloro.

Ambos especialistas destacaron el impacto positivo que esta medicación puede tener en pacientes con pocas opciones terapéuticas disponibles, especialmente en estadios avanzados de la enfermedad.

Cáncer colorrectal: prevención y diagnóstico temprano

“El 20% de los pacientes con este tipo de cáncer presenta metástasis en el momento del diagnóstico, mientras que hasta el 50% de aquellos cuya enfermedad fue inicialmente localizada desarrollan metástasis”, explicó el Dr. O’Connor. Estas cifras reflejan la necesidad de mejorar tanto la prevención como el tratamiento.

Según la Sociedad Americana Contra el Cáncer, se recomienda comenzar las pruebas de detección rutinaria a partir de los 45 años. Entre los factores de riesgo prevenibles se incluyen el tabaquismo, el sedentarismo, la obesidad y el consumo excesivo de alcohol.

“La supervivencia a los cinco años de los pacientes en estadios precoces supera el 90%, mientras que en estadios más avanzados o cuando la enfermedad se volvió metastásica, es considerablemente inferior”, indicó el Dr. Méndez.

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Negocio y nicotina: el Gobierno libera el mercado de vapeadores

A través de la Resolución 549/2026, el Ministerio de Salud terminó con años de prohibición para legalizar la comercialización de dispositivos de nicotina. La medida, que prioriza la recaudación y el blanqueo comercial, genera alarma en sectores sanitarios por el altísimo consumo en adolescentes.

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Salud al mercado: el Gobierno libera la venta de vapeadores

En Gobierno profundiza la desregulación de sectores estratégicos y el repliegue de las funciones de control preventivo del Estado; el Ministerio de Salud de la Nación oficializó este lunes la Resolución 549/2026. La norma, publicada en el Boletín Oficial, pone fin a más de una década de prohibición sobre la venta de cigarrillos electrónicos y dispositivos de vapeo; reemplazando la veda sanitaria por un esquema de «regulación activa» que abre las puertas al mercado formal de la nicotina de nueva generación.

El negocio del humo bajo la lupa estatal

La administración nacional, a través de la cartera que conduce Mario Lugones, justificó la medida bajo el argumento de que la prohibición previa no logró frenar el acceso al producto; empujándolo a la informalidad. Según los fundamentos oficiales, la intención es establecer estándares mínimos de calidad y seguridad sanitaria; aunque en la práctica la resolución facilita la estructura para que empresas e importadores operen legalmente tras años de mercado negro.

Para esto, el Ejecutivo creó el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina (RNPTN). Según fuentes oficiales consultadas, este registro funcionará bajo la órbita de Salud y obligará a las empresas a declarar fórmulas, información toxicológica y volúmenes de ventas. Sin embargo, para diversos colectivos sociales y minorías que abogan por una salud pública robusta, el paso de la prohibición a la fiscalización laxa representa una claudicación del Estado en su rol de protector de los sectores más vulnerables.

Una «puerta de entrada» para la juventud

Los datos que el propio Gobierno utilizó para fundamentar la liberación del mercado son alarmantes; la prevalencia de consumo de vapeadores en adolescentes alcanzó el 35,5% durante el último año. Lejos de interpretar esto como un llamado a profundizar las políticas de prevención y soberanía sanitaria; el Ministerio optó por legalizar el consumo para captar datos epidemiológicos y fiscales.

Si bien la normativa prohíbe los dispositivos desechables por considerarlos un atractivo para la iniciación juvenil; permite la comercialización de líquidos con sabor a tabaco y bolsas de nicotina con mentol. Esta diferenciación es señalada por especialistas en salud pública como insuficiente, dado que la adicción a la nicotina se consolida independientemente del saborizante utilizado.

Exigencias técnicas y el fantasma de la privatización del control

Las empresas deberán tramitar su inscripción mediante la plataforma Trámites a Distancia (TID) y presentar certificados de análisis de emisiones. La inscripción tendrá una vigencia de cinco años. En un contexto de ajuste y desmantelamiento de organismos de control; la capacidad real del Estado para fiscalizar efectivamente a los grandes importadores y productores de tabaco queda bajo un manto de duda.

La resolución se alinea con modelos de países como Estados Unidos y el Reino Unido; mercados donde la presencia corporativa en la salud pública es moneda corriente. Para los defensores de un Estado eficiente y presente; esta medida parece más orientada a normalizar un negocio que a garantizar el derecho a la salud de la población, en sintonía con un modelo que privilegia el libre comercio por sobre la soberanía alimentaria y sanitaria.

Puntos clave:

  • El Ministerio de Salud oficializó la Resolución 549/2026 para legalizar y regular vapeadores.
  • Se crea el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina para fiscalizar empresas e importadores.
  • Datos oficiales confirman que el 35,5% de los adolescentes consumió estos productos en el último año.
  • La norma prohíbe los dispositivos desechables pero permite sabores a tabaco y mentol.
  • Las empresas deberán informar volúmenes de ventas y grupos etarios para mantener su inscripción por cinco años.
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