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El acusado del triple crimen de San Nicolás dijo que hizo búsquedas en internet para suicidarse

Se trata de Pablo Damián Grottini, quien hoy pidió ampliar su declaración indagatoria ante la fiscal de la causa, María Belén Baños, pero se negó a responder preguntas.

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El hombre que fue detenido por el triple homicidio de su hermano en 2019, de su hija de 10 años en 2021 y de su madre en abril de este año, mientras estaban internados en hospitales de la ciudad bonaerense de San Nicolás, negó haber tenido relación con las muertes de sus familiares y afirmó que realizó búsquedas en internet sobre «cómo causar una muerte a una persona» y “qué pasa si inyecto aire en las venas” con el objetivo de suicidarse, informaron hoy fuentes judiciales.

Se trata de Pablo Damián Grottini, quien hoy pidió ampliar su declaración indagatoria ante la fiscal de la causa, María Belén Baños, pero se negó a responder preguntas.

Durante la declaración, el acusado desmintió los testimonios de algunos enfermeros de los hospitales en los que estaban internados sus familiares y justificó el historial de sus búsquedas en Internet, en las cuales consultaba por información sobre “qué pasa si inyecto aire en las venas» y de “cuánto después de introducir aire se produce el infarto”, diciendo que las realizó con intención de suicidarse.

Fuentes judiciales adelantaron que la fiscal Baños pedirá el próximo jueves al Juzgado Garantías 1 de San Nicolás que la detención de Grottini se convierta en prisión preventiva, acusado de los delitos de «homicidio doblemente agravado por el vínculo y por alevosía» en perjuicio de su madre y de su hija, mientras que por el fallecimiento de su hermano Gabriel (32) lo hará con la calificación legal de “homicidio agravado por alevosía».

El hombre comenzó a ser investigado el 23 de abril pasado tras la muerte de su madre, quien fue llevada por su hijo descompuesta al Hospital San Felipe de San Nicolás, donde refirió sentirse mareada y angustiada por la muerte de otro hijo y de su nieta, ocurridos tiempo atrás.

Tras realizarle los estudios correspondientes, los médicos constataron que estaba recuperada, por lo que planeaban darle el alta, aunque mientras permanecía internada en el box 3 de ese centro asistencial, al cuidado de su hijo Grottini, éste manifestó que el suero «perdía».

La enfermera de turno constató que estaba pinchado, atravesado de lado a lado, y observó que el hombre tenía sus prendas de vestir mojadas, de acuerdo a lo que consta en la causa.

Fuentes judiciales agregaron que, una hora y media después, Grottini volvió a llamar a los enfermeros, quienes constataron que Di Martino había muerto.

«Luego se determinó que el nuevo suero que había colocado la enfermera también se encontraba pinchado, esta vez con un solo orificio en la manguera, y se halló en el mismo box donde se encontraba la paciente una ampolla de diazepam abierta, la cual no había sido prescripta para ningún paciente ese día», según se informó en un comunicado judicial.

Mientras se investigaba este episodio, surgió en base a testimonios de conocidos y vecinos que un hermano de Grottini que tenía 32 años y era deportista y guardavidas había fallecido en circunstancias similares, al igual que su hija de 10 años, quien padecía un retraso madurativo.

Ante esa situación, la fiscal ordenó investigar e imputarle las tres muertes y ordenó exhumar el pasado 3 de mayo el cuerpo de la niña para una autopsia, la cual todavía no arrojó resultados.

La fiscal Baños ya recibió el resultado de los estudios complementarios realizados a los cadáveres de la madre y la hija del acusado (el del hermano fue cremado) y aguarda para los próximos días las conclusiones finales de la autopsia.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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