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Neuquén: liberaron al policía que mató a un ladrón que intentó robarle su bicicleta

Ocurrió en Neuquén. El efectivo fue sorprendido por dos delincuentes, uno de los cuáles está prófugo tras el hecho. Vuelve a ser debate el proyecto de armas no letales.

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Un policía mató a un delincuente que intentó robarle su bicicleta en Neuquén. El reporte indica que el efectivo fue sorprendido por dos delincuentes, uno de los cuáles está prófugo tras el hecho. Con este caso vuelve a ser debate el proyecto de armas no letales.

Todo ocurrió en la noche del martes en el barrio Jardín de la capital neuquina cuando el agente policial estaba de franco y decidió salir a dar unas vueltas con su bicicleta. Cuando regresó del paseo fue atacado por dos ladrones en la puerta de su vivienda y, según declaró ante la fiscalía, uno de los agresores le apuntó con un arma y lo amenazó.

Frente a esta situación señaló que sacó su arma reglamentaria y le disparó durante un forcejeo. Cuando el delincuente fue abatido, su cómplice se fugó del lugar y es buscado de forma intensa.

El comisario mayor Dante Catalán destacó que el joven ladrón estaba indocumentado y tenía antecedentes penales.

De acuerdo a lo detallado en el informe de autopsia, el agresor murió luego de recibir un tiro sin salida en el sector pectoral en el lateral izquierdo.

Frente a este escenario, Marcelo Bermúdez, Diputado provincial por el PRO, habló acerca del proyecto de armas no letales en las calles que inició junto con su equipo.

“No me gusta mezclar hechos puntuales con proyectos, pero queda claro que es un indicio de lo que pudo haber pasado si el armamento fuera otro. Estas armas no letales protegen al policía, protegen al tercero y cumpliendo el objetivo de detener a quien corresponda sin lastimarlo”, destacó Bermúdez en diálogo con canal 7 Neuquén.

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La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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