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Juzgarán represores por encierro y abandono de niños

«Se trata de niños y niñas que sufrieron la privación ilegal de su libertad durante el tiempo de desarrollo del operativo, y que en muchos casos quedaban solos en esas casas tras llevarse a sus padres, o eran entregados a vecinos», detalló la abogada Verónica Bogliano.

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La subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires pidió hoy que se impute a los represores que son juzgados por el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de La Plata por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar por más de 50 niños y niñas que fueron encerrados en sus casas o abandonados en ellas tras el secuestro de sus padres por parte de grupos de tareas militares.

«Se trata de niños y niñas que sufrieron la privación ilegal de su libertad durante el tiempo de desarrollo del operativo, cuyas propias casas fueron usadas como espacios para aplicar torturas físicas y psicológicas, y que en muchos casos quedaban solos en esas casas tras llevarse a sus padres, o eran entregados a vecinos», detalló la abogada Verónica Bogliano, de la subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense.

Afirmó que «ellos y ellas esperan justicia, vinieron a este juicio a declarar por sus padres ignorando y no reconociéndose ellos mismos como víctimas» y sostuvo que «cada uno de ellos fueron víctimas de delitos en la última dictadura militar por lo que solicitamos al Tribunal que haga lugar a esta ampliación».

Remarcó que hasta el momento «sólo se consideraba como víctimas de prácticas represivas a sus padres y madres pero pedimos se reconozca como víctimas de esas prácticas represivas a esos hijos e hijas y demás personas que estaban presentes al momento de los operativos de secuestros».

Así lo planteó la subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires al declarar en el juicio denominado «Brigadas», por los excentros que funcionaron en la Brigada de Quilmes, la de Banfield, la de Lanús y la de San Justo durante la última dictadura militar, debate a cargo del TOF 1 de La Plata, integrado por Walter Venditti, Esteban Rodríguez Eggers y Ricardo Basilico.

Durante la audiencia de hoy, las abogadas Luisina Gallo y Bogliano expresaron su adhesión al pedido de ampliación de las imputaciones para 12 de los 15 represores que plantearan hace 15 días la Unidad Fiscal Federal de causas de Lesa Humanidad de La Plata y la querella de Abuelas de Plaza de Mayo.

La unidad fiscal pidió se imputen a 12 represores los casos de violencia sexual sobre 16 víctimas, 13 mujeres y 3 hombres, y varios homicidios que surgieron en el marco de este debate.

Entre los casos de violencia sexualizada se incluyeron los padecidos por María Clara Ciocchini y Claudia Falcone, secuestradas y desaparecidas en el episodio conocido como La Noche de los Lápices.

Gallo detalló la adhesión a la fiscalía y también pidió se incorpore la apropiación del hijo de Cristina Navajas, que recuperó recientemente su identidad y se convirtió en el nieto recuperado 133.

«Todos los delitos deben ser investigados y condenados. Aquí en el debate se conocieron en profundidad casos que no integraron la elevación a juicio y que deben ser investigados y juzgados aún cuando las víctimas no se crean víctimas porque creen que otros padecieron más que ellos», aseguró Bogliano.

Graficó que esos niños y niñas, hijos e hijas de los hombres y mujeres que eran secuestrados, tuvieron que ver a sus padres golpeados, vendados, maniatados y sacados a rastras de sus casas, que muchas veces eran desvalijadas, mientras que ellos «no podían irse, ni pedir ayuda, estaban privados de su libertad, eran encerrados en las piezas, y muchas veces quedaban solos, con lo que sufrían abandono de persona».

«Estos hechos produjeron afectaciones que perduran en el tiempo», afirmó y consideró que «el dejarlos solos tras el secuestro de sus padres los colocaba en una situación de desamparo».

Gallo y Bogliano detallaron unos 48 casos cuya incorporación requieren al Tribunal para que se impute a los represores los delitos de privación ilegal de la libertad, con el agravante de haber sido cometidos por funcionario público, y agravados por el uso de amenazas y violencia, en concurso real con allanamiento ilegal, abandono de persona y en algunos casos, lesiones infligidas a esos menores cuando pretendían aferrarse a sus padres para que no se los llevaran.

Entre esos casos está, por ejemplo el de Santiago Laborde, cuya madre Adriana Calvo, fue secuestrada en febrero de 1977 y tras sacar a ambos de la casa, una vecina vio a Santiago de 2 años y se lo arrebató a los militares para que no lo llevaran secuestrado junto a su madre; y el de Gabriel y Pablo Campagnoni que tenían 9 y 1 año, respectivamente, al momento del secuestro de sus padres, el 27 de marzo de 1977 en Zárate. El mayor recibió un culatazo al llorar y ambos quedaron solos en la casa hasta que los vecinos los auxiliaron.

También pidieron se les impute el caso de Martín Marciano, que tras el secuestro de sus padres el 29 de marzo de 1976 quedó en la casa con los secuestradores; y el de Virginia Ogando, abandonada en su cuna, con apenas 3 años, luego de llevarse a su madre embarazada.

Para la subsecretaría, estos 48 casos que incluyen a más de 50 niños, deben ser juzgados por este Tribunal que de esa manera reconocería que fueron víctimas de la dictadura militar.

El abogado Pedro Griffo de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación también adhirió al pedido de ampliación realizado hace 15 días por la fiscalía.

Antes del inicio de la audiencia, uno de los imputados, Jorge Di Pasquale, pidió la palabra para pedir la recusación de la auxiliar fiscal Ana Oberlin.

«Considero que la fiscal no puede ser objetiva, independiente y menos aun parcial debido a su situación: fue hija de un oficial montonero de la columna sur, que terminó ingiriendo cianuro en Burzaco; tiene dos tíos desaparecidos y dos tíos exiliados», detalló.

El presidente del TOF 1, Ricardo Basílico, interrumpió al imputado para plantearle que la vía correcta era la presentación escrita de ese pedido.

Fuentes judiciales explicaron que los antecedentes familiares que argumentó el represor no son causal de recusación.

El TOF 1 juzga al exministro de Gobierno bonaerense durante la dictadura, Jaime Smart; el exmédico policial Jorge Antonio Berges y a los imputados Federico Minicucci; Carlos Maria Romero Pavón, Roberto Balmaceda, Luis Horacio Castillo y Jorge Di Pasquale.

También juzga a Guillermo Domínguez Matheu; Carlos Fontana; Emilio Herrero Anzorena; Antonio Simón; Enrique Barré; Eduardo Samuel de Lío, Alberto Condiotti y Juan Miguel Wolk.

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La Corte anuló la absolución de Milani por la desaparición del soldado Ledo

El máximo tribunal revocó el fallo absolutorio del ex jefe del Ejército César Milani y ordenó revisar el caso por el encubrimiento de la desaparición forzada del conscripto Alberto Agapito Ledo durante la última dictadura.

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Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
La Corte revocó la absolución de Milani y obliga a revisar el encubrimiento de la desaparición del soldado Ledo.

A casi cinco décadas de la desaparición del conscripto Alberto Agapito Ledo en Tucumán durante la última dictadura, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la absolución del ex jefe del Ejército César Milani y ordenó que la causa sea revisada. El fallo del máximo tribunal, dictado el 29 de septiembre de 2026, reactivó un expediente que parecía cerrado y puso nuevamente en el centro del debate judicial la responsabilidad de los mandos militares en el encubrimiento de crímenes de lesa humanidad.

César Milani, ex jefe del Estado Mayor General del Ejército Argentino durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, había sido absuelto en instancias anteriores (el Tribunal Oral Federal de Tucumán en 2019 y la Cámara Federal de Casación Penal en 2021) por su supuesta participación en el encubrimiento de la desaparición forzada de Ledo, ocurrida en 1976. La Corte Suprema, por mayoría, con la integración de conjueces y la disidencia de Carlos Rosenkrantz, revocó esa absolución y devolvió el expediente a la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá pronunciarse nuevamente sobre la responsabilidad del ex militar. El fallo lleva las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci, con un voto concurrente del conjuez Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas.

El caso Ledo y la cadena de impunidad

Alberto Agapito Ledo era un joven conscripto que desapareció en la madrugada del 17 de junio de 1976 en Monteros, Tucumán, durante el terrorismo de Estado. La causa judicial, que tuvo décadas de tramitación, apuntó al encubrimiento por parte de mandos del Ejército y no solo a los ejecutores directos. Milani, entonces subteniente, llegó a juicio acusado de encubrimiento y falsedad ideológica por el acta que registró a Ledo como desertor. La absolución revocada por la Corte generó cuestionamientos de organismos de derechos humanos y del Ministerio Público Fiscal, que persistió en el caso y llevó el expediente al máximo tribunal.

El Ministerio Público Fiscal destacó que la Corte revisó el razonamiento de las instancias inferiores para absolver a Milani. El máximo tribunal ordenó que la Cámara Federal de Casación Penal dicte una nueva sentencia por quien corresponda. La decisión no condena a Milani ni lo declara responsable, pero obliga a revisar otra vez su responsabilidad en el encubrimiento de la desaparición de Ledo.

Un fallo en la misma semana que el de tierras

La decisión sobre Milani se conoció el 29 de septiembre de 2026, en la misma tanda de fallos en que la Corte también se pronunció sobre la Ley de Tierras y el DNU 70/2023. Esa coincidencia temporal concentró la atención sobre el tribunal en una semana de alta actividad judicial, con resoluciones de enorme impacto político e institucional.

El caso Milani llegó a la Corte Suprema por un recurso de queja del fiscal general ante la Casación, Raúl Omar Pleé, que sostuvo el procurador general interino, Eduardo Casal. La reactivación de este expediente de lesa humanidad refuerza el principio de que la responsabilidad de los mandos por crímenes de la dictadura no prescribe y que las absoluciones pueden ser revisadas cuando el razonamiento jurídico que las sustenta resulta defectuoso.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema revocó la absolución del ex jefe del Ejército César Milani el 29 de septiembre de 2026.
  • El caso refiere al encubrimiento de la desaparición forzada del conscripto Alberto Agapito Ledo en Tucumán en 1976.
  • El máximo tribunal devolvió el expediente a la Cámara Federal de Casación Penal para que dicte una nueva sentencia.
  • El Ministerio Público Fiscal impulsó el recurso ante la Corte y destacó el fallo como un avance en la causa de lesa humanidad.
  • El fallo se conoció en la misma semana en que la Corte también se pronunció sobre la Ley de Tierras y el DNU 70/2023.
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