DDHH
Comenzó en Bahía Blanca el juicio de la «Mega Causa Zona V» por delitos de lesa humanidad
Fuentes judiciales informaron que «en el marco de la causa se encuentran imputadas 38 personas en perjuicio de 334 víctimas y que en el marco de las audiencias se estima la declaración de 220 testigos».
Las audiencias del juicio de la denominada Mega Causa Zona V comenzaron hoy en el Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca, el cual analizará los delitos de secuestros, torturas, homicidios, desapariciones, robo de bebés y abusos sexuales perpetrados en la jurisdicción del V Cuerpo de Ejército durante la última dictadura cívico militar, en el proceso de lesa humanidad más grande de la historia judicial bonaerense.
Fuentes judiciales informaron que «en el marco de la causa se encuentran imputadas 38 personas en perjuicio de 334 víctimas y que en el marco de las audiencias se estima la declaración de 220 testigos».
El Tribunal integrado por los jueces Ernesto Pedro Francisco Sebastián, Sebastián Luis Foglia y Marcos Javier Aguerrido comenzó pasadas las 10 con el inicio de las audiencias en la sala ubicada en Chiclana y Lavalle, en el centro de la ciudad.
Se trata del debate de la causa caratulada «Ayala, Felipe y otros» sobre la privación ilegal de la libertad personal, homicidio agravado por el concurso de dos o más personas y asociación ilícita».
La primera audiencia de este proceso oral y público es emitida por Zoom y por el sistema de videoconferencia del Poder Judicial de la Nación.
Al comienzo de la audiencia el presidente del Tribunal, Ernesto Sebastián, dijo que «en cuanto a la difusión y la publicidad, el principio (del juicio) es libre como lo marca el código de procedimiento, acá no hay nada en lo que los magistrados ignoren, específicamente de aquellos actos que son relevantes para la consecución del debate».
En la sala de audiencias se hallaban presentes los integrantes del Ministerio Público Fiscal Miguel Ángel Palazzani, el acusador ad hoc José Alberto Nebbia y el auxiliar Pablo Vicente Fermento.
«Comenzamos el octavo juicio por delitos de lesa humanidad en jurisdicción de Bahía Blanca y la región siempre con la sensación de la enorme responsabilidad de transitar un acontecimiento que entendemos totalizante en términos históricos», señaló Palazzani en el inicio de su alocución.
Y en ese sentido, agrego: «El camino que nos trajo hasta acá, como sabemos, complejo y arduo. Porque se transitaron décadas de impunidad y los sobrevivientes, víctimas, familiares y organismos de derechos humanos lo impulsaron, motorizaron, transitaron e hicieron posible insistiendo en reclamar Memoria, Verdad y Justicia».
En ese contexto dijo también que «incluso cuando casi todos los funcionarios judiciales no estuvieron a la altura de sus responsabilidades históricas».
«Todos los juicios son importantes, todos los que hemos atravesado debates de esta magnitud son todos únicos», expresó al indicar que en este caso «lo que señala es una cantidad de víctimas, hechos, imputados que lo señala, lo marca como el más importante en Bahía Blanca, la región, en la provincia de Buenos Aires y uno de los más importantes del país».
«Hemos unificado siete requerimientos luego de siete juicios y podemos decir que estamos en una especie de síntesis histórica del genocidio en la región», afirmó.
El fiscal agregó que «en lo que hace a la acción penal esta fiscalía ha tenido la responsabilidad de impulsar y sostener durante un extenso período de investigación de los crímenes de lesa humanidad cometidos en Bahía Blanca, en Neuquén y en Río Negro».
Según indicaron las fuentes de los 52 imputados iniciales, 12 murieron y dos fueron declarados incapaces.
La mayoría de ellos integraban el V Cuerpo de Ejército, cuya jurisdicción abarcaba el sur de la provincia de Buenos Aires, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, y estaba compuesto, entre otros, por el Destacamento de Inteligencia 181, el Batallón de Comunicaciones 181, la Brigada de Infantería de Montaña VI de Neuquén y el Centro Clandestino de Detención y Tortura “La Escuelita” ubicado en Bahía Blanca.
Además, se juzgarán a dos oficiales de la Policía Federal de Viedma, a un miembro de la Policía bonaerense y al director de la Unidad Penitenciaria Número 4 de Bahía Blanca, como así también las responsabilidades de un médico y un enfermero del Ejército.
También se encontraba en el inicio del debate la abogada Mónica Fernández Avello, en representación de las querellas de HIJOS Bahía Blanca y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, y la letrada Verónica Bogliano, como representante de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires.
Además asistieron el defensor oficial Gustavo Rodríguez y otros representantes que asisten a imputados en este proceso de lesa humanidad.
DDHH
La Justicia suspendió el nuevo Régimen Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires
Un juzgado de Lomas de Zamora frenó por 60 días la aplicación de la ley que reduce a 14 años la edad de imputabilidad. La jueza advirtió sobre una posible vulneración de derechos y cuestionó si el Estado cuenta con recursos suficientes para implementar el nuevo sistema.
La Justicia bonaerense suspendió la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. La decisión fue adoptada por el Juzgado de Responsabilidad Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, que interrumpió por 60 días la entrada en vigencia de la normativa que establece un régimen penal específico para adolescentes desde los 14 años.
La resolución fue firmada por la jueza Marta Elba Pascual, quien planteó que la implementación inmediata del nuevo sistema podría generar una afectación grave de derechos fundamentales de adolescentes privados de su libertad.
El fallo puso el foco en una cuestión central: si el Estado cuenta actualmente con las condiciones materiales, institucionales y profesionales necesarias para ampliar la cantidad de adolescentes sometidos al sistema penal sin vulnerar los estándares constitucionales y convencionales vigentes.
La advertencia de la Justicia
La magistrada señaló que antes de aplicar el nuevo régimen resulta necesario determinar si existen condiciones objetivas que permitan garantizar los derechos de los adolescentes alcanzados por la normativa.
En particular, advirtió sobre la posibilidad de que el Estado no cuente con suficientes recursos ni establecimientos adecuados para alojar a los jóvenes que eventualmente sean privados de su libertad.
El fallo también alertó sobre el posible incremento de la población adolescente detenida. Según la jueza, aunque el aumento podría producirse de manera progresiva, algunos cambios en los parámetros para disponer detenciones y prisiones preventivas podrían generar un impacto inmediato.
La suspensión tendrá una duración de 60 días.
Qué establece el nuevo Régimen Penal Juvenil
La nueva normativa establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 y 18 años imputados por delitos.
La edad mínima de imputabilidad fue establecida por el Congreso mediante la Ley 27.801, publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La norma fijó un plazo de 180 días para su entrada en vigencia.
Posteriormente, el Gobierno reglamentó el régimen mediante el Decreto 875/2026, firmado el 4 de septiembre, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal.
Entre sus funciones se encuentran la implementación del régimen, el seguimiento de los adolescentes, la asistencia a las víctimas y la articulación con las distintas jurisdicciones.
El régimen contempla distintas medidas según la gravedad del hecho y las características de cada caso. Entre ellas se encuentran:
- Amonestaciones.
- Restricciones de contacto o circulación.
- Trabajos comunitarios.
- Reparación del daño.
- Monitoreo electrónico.
- Penas privativas de la libertad.
La normativa establece que, en los casos en los que corresponda una pena de prisión, no podrá aplicarse prisión o reclusión perpetua. El máximo previsto para adolescentes es de 15 años.
Supervisores para controlar a los adolescentes
Uno de los principales cambios previstos por el nuevo sistema es la incorporación de supervisores especializados.
Estos profesionales deberán acompañar y controlar a los adolescentes cuando un juez determine determinadas medidas o sanciones. Entre sus obligaciones estará mantener entrevistas semanales y elaborar informes mensuales sobre la evolución del joven.
Los informes deberán contemplar aspectos vinculados con la educación, la formación, la conducta y el proceso de reinserción social.
Para integrar el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil será necesario contar con formación terciaria o universitaria en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología o trabajo social, o acreditar preparación específica en adicciones.
Además, los postulantes deberán contar con al menos dos años de experiencia profesional y aprobar una capacitación obligatoria sobre justicia penal juvenil y derechos de niños y adolescentes.
También deberán realizar instancias de formación continua todos los años.
Una implementación que queda bajo la lupa
La reglamentación establece restricciones para quienes pretendan desempeñarse como supervisores. Quedarán excluidas determinadas personas con antecedentes de procesamientos o condenas penales y quienes figuren en registros vinculados con hechos de violencia contra mujeres, niñas, niños o adolescentes.
Mientras se conforma el registro definitivo, el Ministerio de Justicia elaborará una nómina provisoria.
La primera convocatoria pública deberá realizarse dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigencia del decreto.
En los procesos de competencia nacional y federal, los jueces seleccionarán a los supervisores entre los profesionales habilitados. En las provincias y en la Ciudad de Buenos Aires, cada jurisdicción deberá establecer sus propios mecanismos de designación, remoción y sanción, respetando los lineamientos generales establecidos por la Ley 27.801.
La decisión adoptada en Lomas de Zamora introduce así un freno a la implementación del nuevo régimen en territorio bonaerense y pone en el centro del debate una cuestión clave: si la ampliación del sistema penal hacia adolescentes de menor edad puede concretarse sin contar previamente con las condiciones materiales, institucionales y profesionales necesarias para garantizar sus derechos.
-
Investigación 🔎3 díasVenden una calle pública de Morón a precio vil para beneficiar a una empresa privada
-
Actualidad7 díasEl acuerdo Tini-Stoessel y la disputa por las cuentas corporativas
-
Geopolítica 🌎5 díasChina convocó al embajador argentino en Beijing por los dichos de Juan Doe sobre la catástrofe en Nepal
-
Fórmula 15 díasColapinto regresa al Templo de la Velocidad, donde nació su historia en la F1
-
Economía 💲5 díasEscandalosa privatización de Transener: los compradores ya cobraron US$44 M en dividendos generados bajo control estatal
-
Gremiales6 díasEl Gobierno fijó el salario mínimo por decreto: subirá escalonado de $383.800 a $437.000 hasta abril de 2027
-
DDHH5 díasMilei cruzó todas las líneas: reivindicó el golpe a Salvador Allende y llamó a la ultraderecha mundial a organizarse
-
Investigación 🔎4 díasEl fallo que cerró la puerta a las víctimas de $LIBRA lo firmó un juez propuesto por Milei, un día después de su jura
