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Las razones del juez para liberar al hijo de la jubilada italiana asesinada en San Isidro

«No surge a esta altura que Di Paolo hubiera tenido participación en el hecho pesquisado, no se cuenta con un cuadro convictivo de tal entidad que permita sindicar al imputado como aquella persona que ocasionó el deceso de su madre», concluye el juez Ricardo Costa.

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Tres recolectores de residuos que testificaron que la víctima estaba viva cuando se creía muerta, las cámaras de seguridad que no graban de manera continua y el hecho de que aún no se terminó de verificar qué hizo exactamente el imputado durante las horas en las que se cree fue cometido el crimen, son los principales elementos por los que el juez de la causa ayer liberó a Aldo Di Paolo, el hombre que pasó 34 días preso acusado de haber asesinado de un cuchillazo en el cuello a su madre de 90 años en su casa del partido bonaerense de San Isidro.

«No surge a esta altura que Di Paolo hubiera tenido participación en el hecho pesquisado (…), no se cuenta con un cuadro convictivo de tal entidad que permita sindicar al imputado como aquella persona que ocasionó el deceso de su madre», María Cristina De Vincentiis, concluye el juez de Garantías 1 de San Isidro, Ricardo Costa, en la resolución.

«No es el imputado quien debe probar y acreditar su inocencia, sino muy por el contrario es el Ministerio Público Fiscal quien debe acreditar la culpabilidad del mismo», remarca el magistrado al momento del rechazar la prisión preventiva que había pedido para el acusado la fiscal Carolina Asprella, y dictarle al imputado la falta de mérito.

Al iniciar su fundamentación, el juez recordó que al indagarlo por primera vez, la fiscal le imputó a Di Paolo (65) haber cometido el matricidio entre las 17.30 y las 18 del 6 de marzo último, y que en la ampliación de esa indagatoria, cambió la fecha del crimen y lo situó entre las 9.30 del 7 de marzo y las 20 del día 8.

Costa señala que «la modificación del relato fáctico obedeció al resultado del examen de las imágenes obtenidas por las cámaras de seguridad instaladas en el frente de la empresa Henkel» -ubicada frente a la vivienda de la víctima sobre la calle Avellaneda al 1300 de San Isidro-, porque se pudo establecer que «la víctima se hallaba con vida el día martes 7 de marzo a las 9.30 horas».

Es que la propia fiscal mandó a hacer un análisis más exhaustivo de los videos y allí se pudo observar que ese día y a esa hora pasó por la cuadra un camión de «Eco Residuos San Isidro», y que sus recolectores tuvieron contacto con la víctima.

Al declarar esos tres empleados, el que habló con De Vincentiis, declaró: «Me acerqué a una casa donde una señora con silla de ruedas, me dio un cajón de plástico color verde con botellas de vidrio, y me pidió que le devuelva el cajón. Yo tiré las botellas dentro del camión y volví con el cajón para devolvérselo y la señora se había metido para adentro de su casa. Apoyé el cajón en lo que creo que es la gaveta de gas, esperé unos minutos, toqué el timbre una vez y toqué las manos, pero nunca volvió a salir, entonces me fui».

La clave en la detención inicial de Di Paolo había sido para la fiscalía que los forenses estimaron la data de muerte de la jubilada entre las 11.30 del 6 y las 11.30 del 7 de marzo último, y que él fue la única persona captada por las cámaras ingresando a la vivienda el lunes por la tarde y salir tras media hora con una bolsa donde se cree llevaba dinero y una tablet presuntamente robados de lo de su madre.

Luego del episodio del camión de basura y de saber que la víctima estaba viva el martes por la mañana, el juez puso en duda las conclusiones que puedan sacarse sobre las imágenes de los videos porque, entre otras cosas, aclara que no graban en continuo, sino cuando detectan movimiento.

«No puedo más que concluir que el ingreso de la persona que le quitó la vida a la víctima -ya sea por la entrada principal o por otro acceso- no fue registrado por las cámaras de seguridad emplazadas frente al domicilio, o al menos ello no se logra advertir. No está demás reiterar que las cámaras en cuestión no filman en forma continua, poseen microcortes -más aún en horario nocturno- y están emplazadas a una distancia tal de la vivienda de la víctima, que comprometen seriamente la nitidez de aquello que se logra ver», explica el juez.

Al ahondar sobre los filmaciones, remarca «no se observa al imputado» ir a la casa de su madre durante toda la jornada del día 7 y que recién se lo capta el día siguiente, el 8, por la noche -y no antes-, cuando reporta el hallazgo del cadáver.

Al pedir la prisión preventiva, la fiscal Asprella destacó que Di Paolo «mintió» en relación a lo que hizo el martes 7 de marzo, ya que no se fue a trabajar (instala cañerías y equipos antiincendios) a la mañana, como declaró en su segunda indagatoria, sino recién a las 13, cuando lo detectaron las cámaras salir de su domicilio.

Para la fiscal esa mentira responde a «la búsqueda de una coartada», pero el juez responde que aún es necesario realizar medidas para saber qué hizo ese día y el siguiente hasta el momento en el que descubrió el cadáver y lo reportó al 911.

El juez también puso en duda la conclusión de la fiscal en relación a que De Vincentiis murió sentada y que luego de al menos doce horas el cuerpo fue cambiado de posición, algo que se sostenía por el análisis que los forenses hicieron sobre las «livideces cadavéricas».

Para el juez, eso no guarda relación con «los rastros hemáticos hallados en la escena» en función de que detrás de la cabeza había «un charco pardo rojizo símil hemático en un sector en estado seco y en otro líquido», una situación que, según el magistrado, «contrasta con la circunstancia de que el cadáver hubiese sido movido con posterioridad al deceso».

Di Paolo fue quien el miércoles 8 de marzo pasado por la noche llamó a la Policía para decir que había encontrado muerta a su madre en su domicilio de Avellaneda 1314 de Las Lomas de San Isidro, y denunció el faltante de una serie de joyas y del celular de la víctima.

La jubilada de nacionalidad italiana estaba tendida en el comedor cocina de la vivienda, con una cuchilla de cocina con mango de madera de la propia casa, clavado en el cuello.

Si bien se planteó como hipótesis inicial la de un homicidio en ocasión de robo en el marco de una entradera, la fiscal investigó al hijo y lo detuvo como presunto autor del crimen.

En su domicilio -a la vuelta del de su madre-, la Policía secuestró 3.000 dólares, 900.000 pesos, dos tablets, una notebook, dos teléfonos celulares y un almohadón con aparentes manchas de sangre.

En sus declaraciones indagatorias, el hijo de la jubilada negó haber cometido el crimen de su madre, dijo que ese dinero era suyo y que su sospecha es que quienes la asesinaron son los mismos delincuentes que hace unos meses la habían estafado con un secuestro virtual.

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Caso Nisman: procesaron a la ex fiscal Viviana Fein por presunto encubrimiento agravado

Once años después de la muerte del fiscal Alberto Nisman, la Justicia federal avanza sobre quienes manejaron el inicio de la investigación. El juez Julián Ercolini dictó el procesamiento de Viviana Fein por no haber preservado la escena del crimen en el departamento de Puerto Madero.

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El Argentino Diario-Ex fiscal Viviana Fein.

Escena alterada y justicia tardía: procesaron a Fein por el encubrimiento de la muerte de Nisman

★ El juez federal Julián Ercolini dictó este martes el procesamiento de la ex fiscal Viviana Fein, señalándola como presunta responsable del delito de «encubrimiento agravado», en razón de la gravedad del hecho precedente y de su condición de funcionaria pública al momento de los hechos. La medida incluye un embargo preventivo de 15 millones de pesos sobre los bienes de la ex funcionaria, ya jubilada.

En los fundamentos del fallo, Ercolini sostuvo que Fein «no preservó debidamente la escena del hecho ni recolectó todos los elementos probatorios que allí se encontraban» durante las primeras horas del hallazgo del cuerpo en el complejo Le Parc, en el barrio de Puerto Madero. Para el magistrado, las conductas de la entonces fiscal permitieron la alteración del departamento, ya sea por acción propia o de quienes actuaban bajo su órbita en el lugar.

La resolución establece que las omisiones de Fein «generaron un grave perjuicio para el curso de la investigación del homicidio, dado que provocaron la pérdida y/o alteración de evidencias e impidieron reunir elementos que debían resguardarse en un momento trascendental para la recolección de pruebas», según el texto judicial.

Once años de impunidad en la escena del crimen

Natalio Alberto Nisman fue hallado con un disparo en la cabeza en el baño de su vivienda el fin de semana del 17 y 18 de enero de 2015, apenas días después de haber presentado una denuncia de alto voltaje político contra la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, a quien acusó de encubrimiento del atentado a la AMIA mediante la firma del Memorándum con Irán.

Desde el inicio, la investigación quedó marcada por controversias. La hipótesis inicial del suicidio, sostenida durante meses, fue descartada progresivamente por la Justicia federal, que hoy considera probado que el titular de la UFI AMIA fue víctima de un homicidio. El procesamiento de Fein es, en ese contexto, un reconocimiento explícito de que los primeros pasos de la pesquisa no solo fueron deficientes, sino potencialmente funcionales al encubrimiento de los responsables del crimen.

El rol del fiscal Taiano y el estado actual de la causa

El procesamiento se alinea con el pedido del fiscal del caso, Eduardo Taiano, quien tras la declaración indagatoria de Fein reclamó la imputación por la figura de encubrimiento. La decisión del juez Ercolini indica que, para la Justicia federal, la negligencia en el manejo del lugar del hecho no fue un error involuntario, sino una cadena de omisiones que afectaron el desarrollo de la investigación desde su origen.

La causa por la muerte de Nisman, una de las más complejas y políticamente sensibles de la historia judicial argentina, acumula más de una década sin condenas firmes por el crimen en sí. El procesamiento de quien condujo la instrucción inicial abre una nueva etapa, aunque también reaviva preguntas sin respuesta sobre quién ordenó, ejecutó y encubrió el asesinato del fiscal.

Puntos clave

  • El juez federal Julián Ercolini procesó a la ex fiscal Viviana Fein por «encubrimiento agravado» en la causa por la muerte de Alberto Nisman.
  • La resolución incluye un embargo preventivo de 15 millones de pesos sobre los bienes de la ex funcionaria.
  • Ercolini determinó que Fein no preservó la escena del crimen ni recolectó pruebas clave en el complejo Le Parc en enero de 2015.
  • La Justicia federal considera probado que Nisman fue víctima de un homicidio.
  • El procesamiento se produce once años después del hallazgo del cuerpo y sin condenas firmes por el crimen.
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