Judiciales ⚖️
Las defensas de nueve policías condenados por el crimen de Lucas presentaron recursos en Casación
Las defensas de los nueve policías condenados presentaron el último viernes ante el TOC 25 los recursos para la revisión del fallo, a la espera de que la Cámara de Casación sortee la sala que resolverá sobre la cuestión.
Las defensas de los nueve efectivos de la Policía de la Ciudad condenados por el homicidio del adolescente Lucas González, cometido en noviembre de 2021 en el barrio porteño de Barracas, y su posterior encubrimiento, solicitaron la revisión de sus penas ante el tribunal de juicio y se espera el sorteo de la Sala de la Cámara de Casación que resolverá estos planteos, informaron fuentes judiciales.
Por su parte, tanto la fiscalía como la querella no hicieron uso de la mencionada vía revocatoria ya que consideraron «sólidos» los argumentos de «una sentencia histórica» dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 25.
Fuentes judiciales confirmaron que las defensas de los nueve policías condenados presentaron el último viernes ante el TOC 25 los recursos para la revisión del fallo, a la espera de que la Cámara de Casación sortee la sala que resolverá sobre la cuestión.
Fernando Soto y Martín Sarubbi, abogados defensores de Gabriel Issasi (42), Juan José Nievas (38) y Fabián López (48), los tres integrantes de la Brigada 6 de la Comuna 4 de la Policía de la Ciudad condenados a prisión perpetua, presentaron el recurso de Casación para la revisión del fallo.
En julio pasado, el TOC 25, integrado por los jueces Hugo Navarro, Ana Dieta de Herrero y Marcelo Bartomeu Romero, los condenaron a prisión perpetua por los delitos de «homicidio quíntuplemente agravado por haber sido cometido con arma de fuego, alevosía, odio racial, por el concurso premeditado de dos o más personas y por ser integrantes de una fuerza de seguridad», «tentativas de homicidio quíntuplemente agravado», «privación ilegítima de la libertad» y «falsedad ideológica».
Para el tribunal, los tres policías persiguieron y dispararon contra el Volkswagen Suran en el que viajaban Lucas (17) junto a sus amigos Julián Salas (19), Joaquín Zúñiga (19) y Niven Huanca (19).
En tanto, Valeria Corbacho y Fernando Lirman, letrados que representan a Sebastián Jorge Baidón (28), solicitaron la revisión de la condena a 8 años de prisión inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos de su defendido, quien fue hallado culpable del delito de «torturas».
Baidón fue señalado en pleno debate por Zúñiga como quien lo mantuvo boca abajo y le dijo: «¿Así que sos de Varela, pedazo de villero? Mirá cómo mataste a tu amigo.»
También presentaron sus respectivos recursos los defensores de los comisarios Juan Horacio Romero (51), Rodolfo Alejandro Ozán (54) y Fabián Alberto Du Santos (52), y del subcomisario Roberto Orlando Inca (47).
Todos ellos fueron condenados a la pena de 6 años de prisión y 10 de inhabilitación por los delitos de «encubrimiento agravado por considerarse un delito especialmente grave y por ser el autor un funcionario público, todo ello realizado en ejercicio de sus funciones, en concurso ideal por privación ilegítima de la libertad por abusos de sus funciones en calidad de coautor».
Para el TOC 25, Romero, comisario de la División Sumarios y Brigadas de la Comuna 4 y jefe de Isassi, López y Nieva, estuvo en el lugar del hecho donde mantuvo varias comunicaciones durante el trascurso de las primeras horas.
Ozán, comisario de la Comuna 4, se le atribuyó haber realizado llamadas en la que dijo «busquen lo tengan que buscar para justificar esto», «vayan a emprolijar esta cagada» y que a Lucas «le volaron el frasco», por el tiro que impactó en la cabeza.
Mientras que Du Santos, comisario de la Comisaría Vecina 4D de Barracas, estuvo en el lugar del hecho donde realizó varias llamadas en las que dijo, entre otras cosas, «se mandaron un moco» en referencia a lo ocurrido con Lucas.
El subcomisario Inca, de las Brigadas de la Comuna 4, fue uno de los primeros en llegar al lugar donde se entrevistó con Isassi, López y Nieva, y lo acusaron de decir «anda a poner eso», en referencia al arma que fue «plantada» en el auto de las víctimas.
Por último, los abogados de Héctor Claudio Cuevas (51), Augusto Arena y Fernando Barreiro, recurrieron la pena de 4 años de prisión y 10 de inhabilitación por el delito de «encubrimiento agravado por considerarse un delito especialmente grave y por ser el autor un funcionario público, todo ello realizado en ejercicio de sus funciones, en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad por abusos de sus funciones en calidad de coautor».
Cuevas fue uno de los primeros en llegar al lugar, dijo que se le ordenó armar el perímetro y dio positivo en una prueba odorífica realizada a la réplica de arma de fuego hallada en la Suran.
Durante el debate oral señaló a Isassi como quien colocó la réplica de un arma en el vehículo de los adolescentes, declaración que fue importante para la detención del oficial Matías Torres, acusado de trasladar a agente de la Brigada hasta una comisaría presuntamente para buscar la pistola hallada.
En el juicio fueron absueltos el comisario inspector Daniel Alberto Santana (54), quien fue la máxima autoridad dentro del Departamento Comunal Vecinal 4, que comprende la comisaría de Barracas.
Además, no fueron condenados el subcomisario de la Comuna 4D Ramón Jesús Chocobar (48) y los oficiales Jonathan Alexis Martínez (35), Ángel Darío Arévalos (35) y Daniel Rubén Espinosa (33).
Por su parte, Gregorio Dalbón, abogado que representa a la familia de Lucas González y de los tres jóvenes, aseguró que no recurrió a Casación ya que consideró que las sentencias fueron «justas e históricas».
«Creemos que la sentencia es justa. Fueron muy sólidos los fundamentos del TOC 25 y tanto Virginia Cassola (también abogada de la querella), yo y las cuatro familias decidimos no recurrimos ningún punto de ella. Fue una sentencia histórica», aseguró el letrado.
La misma línea tomó el fiscal general Guillermo Pérez de la Fuente, aseguraron fuentes judiciales.
Los jueces del TOC 25 indicaron que tanto los cuatro menores como sus padres fueron víctimas de violencia institucional, al determinar que los acusados incurrieron en prácticas policiales discriminatorias y detenciones arbitrarias de personas «marrones».
«Claramente ese era el objetivo y estaban guiados por odio racial. Premeditadamente los seleccionaron por vestimenta, color de piel, por circular en un automóvil por una calle que permitía acceso a una zona carenciada», afirmaron.
Para el tribunal, la acción de los policías «solo puede ser explicada a partir de la aplicación de estereotipos fundados en el color de su piel -marrón- y en sus rasgos físicos, que podrían corresponder con la población de ascendencia aborigen, es decir, en la atribuida pertenencia a un grupo racial odiado y a cuyos integrantes se pretende someter, a su vestimenta, a su posible pertenencia a un sector social que habita en un barrio de emergencia».
«No había causa o motivo, solo prejuicio y el prejuicio conduce inexorablemente al odio», afirmaron los jueces.
Lucas y sus amigos fueron atacados a balazos el 17 de noviembre de 2021 cuando salieron de entrenar del club Barracas Central y regresaban a sus casas a bordo de un Volkswagen Suran.
Los cuatro fueron interceptados por un Nissan Tiida en el que circulaban tres policías de la Brigada 6 de la Comuna 4 a la altura del cruce de las avenidas Iriarte y Vélez Sarsfield.
Como no tenían identificación policial, los chicos pensaron que podían ser ladrones e intentaron escapar, momento en que los efectivos les dispararon y dos balazos impactaron en la cabeza de Lucas, quien murió al día siguiente en el hospital El Cruce de Florencio Varela.
Tras ello, en la escena se montó un operativo tendiente a encubrir lo sucedido y a hacer pasar el hecho como un tiroteo con delincuentes, para lo cual, incluso, plantaron una réplica de arma en el auto de los chicos.
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El periodista que creó la causa Cuadernos declaró y se hundió: habló de “licencias literarias” y “ficción”
Diego Cabot reconoció ante el TOF 7 que parte del material de su libro sobre la causa corresponde a “hechos ficticios”, encuadrados bajo el concepto de “licencias literarias”. Carlos Beraldi denunció que Cabot hizo la presentación del su “investigación” directamente en la oficina del fiscal Stornelli, eludiendo el sorteo que correspondía en la Cámara Federal.
El periodista que inventó la causa Cuadernos declaró y se hundió: habló de “licencias literarias” y “hechos ficticios”
★ Diego Cabot, el periodista de La Nación que “destapó” la causa Cuadernos en 2018, prestó declaración ante el Tribunal Oral Federal N°7 (TOF 7) con un resultado que la defensa de Cristina Fernández de Kirchner calificó como devastador para la acusación. Entre contradicciones sobre el origen de su denuncia y el reconocimiento de que parte del material que publicó en un libro corresponde a «hechos ficticios», la jornada expuso las grietas más profundas del andamiaje judicial que sostiene el proceso contra la expresidenta y otros 86 imputados.
La denuncia que no entró por la ventanilla
El núcleo más explosivo de la declaración giró en torno al modo en que Cabot formalizó su denuncia. Según advirtió el abogado defensor de Fernández de Kirchner, Carlos Beraldi, el procedimiento utilizado por el periodista habría vulnerado las reglas básicas del sorteo judicial.
«En lugar de hacer la denuncia como correspondía, a través de la mesa de entradas en la Cámara Federal y que se sorteara, Cabot terminó presentando la misma directamente en la oficina de Stornelli. Lo que demuestra, como primera cuestión, que hubo una manipulación en las reglas del concurso, en la elección de los magistrados», sentenció Beraldi. La consecuencia de ese procedimiento irregular fue que la causa quedara en manos del fallecido juez Claudio Bonadío y del fiscal Carlos Stornelli, dos magistrados cuya actuación en causas de sensibilidad política ha sido objeto de cuestionamientos reiterados.
Esta revelación cobra especial relevancia si se recuerda que, tal como este medio documentó en noviembre de 2025, durante los meses más intensos de la causa los medios cercanos al poder económico publicaban filtraciones que llegaban a las redacciones antes que a las propias defensas, violando el secreto de sumario.
«Licencias literarias» y hechos que el propio periodista reconoció como ficticios
El otro gran flanco que quedó expuesto durante la declaración de Cabot fue su propio libro sobre la causa. El periodista utilizó en reiteradas oportunidades el concepto de «licencias literarias» para referirse a parte del material que él mismo publicó.
«Dijo que no todo lo que estaba publicado ahí era cierto. Que se trata de hechos ficticios. Hizo agua por todos lados», describió Beraldi. El reconocimiento resulta de una gravedad procesal difícil de soslayar: Cabot es quien detonó pública y judicialmente la causa; si parte de su relato publicado corresponde a ficción, la pregunta que se instala de forma inevitable es cuánto de esa misma lógica narrativa permeó la investigación.
El trasfondo de una causa frágil
La declaración de Cabot no ocurre en el vacío. El juicio oral ante el TOF 7 (integrado por los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli) transita sobre una causa que desde su origen acumula señales de debilidad estructural. Como este medio informó en noviembre de 2025, la investigación se construyó sobre fotocopias de cuadernos que el propio Oscar Centeno admitió haber quemado, sin posibilidad alguna de realizar pericias sobre los originales. La cadena de custodia quedó rota desde el primer día.
En marzo de 2026, el mismo tribunal aceptó la reproducción de un video de Centeno declarando ante la justicia española, donde el exchofer afirmó no conocer a los directivos de la empresa Isolux y desconocer entregas de dinero a funcionarios públicos, contradiciendo así sus propias anotaciones en los cuadernos. La fiscal Fabiana León se opuso a la incorporación de ese material por desconocerse su cadena de custodia. La justicia española ya había descartado en 2022 las imputaciones contra directivos de la misma empresa, al considerar las pruebas insuficientes.
El patrón se reitera. En noviembre de 2025, la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner denunció que los llamados «arrepentidos» de la causa fueron en realidad «extorsionados» y sometidos a condiciones de aislamiento y vigilancia permanente que el abogado defensor Roberto Herrera describió ante TN como técnicas propias de la «tortura blanca»: su cliente estuvo un mes sin contacto, con un reflector encendido las 24 horas y filmación constante.
El «Partido Judicial» y la selección de magistrados
La denuncia de Beraldi sobre la forma en que se eligió a Bonadío y Stornelli encaja con precisión en lo que las defensas, y en particular la de Fernández de Kirchner, denominan el «Partido Judicial»: un entramado de coordinación entre magistrados, fiscales y medios de comunicación que habría operado con fines políticos. El mismo Stornelli fue procesado en una causa por extorsión y espionaje ilegal, aunque posteriormente resultó sobreseído por la Corte Suprema de Justicia.
El juicio continúa ante el TOF 7 con 87 imputados. Cada jornada, sin embargo, suma nuevos elementos que erosionan la solidez de la acusación y alimentan la tesis de la defensa sobre un proceso construido con más espectáculo mediático que sustancia probatoria.
Puntos clave:
- Carlos Beraldi denunció que Cabot presentó la denuncia directamente en la oficina del fiscal Stornelli, eludiendo el sorteo que correspondía en la Cámara Federal.
- Cabot reconoció ante el TOF 7 que parte del material de su libro sobre la causa corresponde a «hechos ficticios», encuadrados bajo el concepto de «licencias literarias».
- La causa se sustenta en fotocopias de cuadernos que el propio Oscar Centeno admitió haber quemado, sin posibilidad de pericias sobre los originales.
- En marzo de 2026, Centeno contradijo ante la justicia española sus propias anotaciones sobre la empresa Isolux.
- La justicia española descartó en 2022 las imputaciones contra directivos de Isolux por considerar las pruebas insuficientes.
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