La Plata
Balas y cuchillos en una pelea entre vecinos en La Plata
El conflicto se desató luego de que vecinos reclamaran a un hombre que su nieto disparó mientras jugaban chicos en la calle. El jubilado respondió con una escopeta. Una joven fue apuñalada y otras personas resultaron heridas.
Una disputa entre vecinos en la ciudad de La Plata derivó en una violenta cadena de hechos que terminó con tres adolescentes baleados, una mujer apuñalada y dos personas detenidas. Todo ocurrió en la noche del martes en la calle 35 bis, entre 136 y 137, donde personal policial acudió tras una llamada al 911.
Según el parte oficial, el conflicto comenzó cuando vecinos de la cuadra fueron a reclamarle a Ricardo Sánchez, un jubilado de 63 años, que su nieto había realizado disparos en una zona donde jugaban menores. La situación escaló rápidamente: Sánchez salió de su vivienda con una escopeta y efectuó varios disparos.
Como resultado de esa acción, tres adolescentes de entre 14 y 16 años resultaron heridos por perdigones en brazos, espalda y cabeza. Todos fueron trasladados de urgencia al Hospital de Niños de La Plata y, según el último parte médico, se encuentran fuera de peligro.
La violencia no terminó con los disparos
La secuencia se agravó cuando, de acuerdo con el testimonio de la hija del agresor, María Belén Sánchez, un grupo de vecinos comenzó a arrojar piedras contra su domicilio. En ese contexto, la mujer salió a la calle y se enfrentó con otra joven identificada como Ludmila Oviedo, de 20 años, quien la atacó con una cuchilla y le provocó una herida superficial en la zona de la nalga.
Oviedo fue detenida en el lugar y se le incautó el cuchillo utilizado, con una hoja de 16 centímetros. La pelea, que incluyó proyectiles, agresiones físicas y amenazas cruzadas, generó un fuerte despliegue policial en el barrio, en medio del estupor de otros vecinos.
Secuestro de armas y avance judicial
Durante el operativo, los efectivos policiales secuestraron una escopeta calibre 12/70 marca Maverick, dos cartuchos intactos de munición de guerra, tres cartuchos percutados del mismo calibre y el cuchillo utilizado en el apuñalamiento.
La causa fue caratulada por la fiscalía como tenencia ilegal de arma de guerra, abuso de armas y lesiones, y quedó a cargo de la UFI N°6, a cargo del fiscal Juan Menucci, en conjunto con la UFI del Joven N°4, que conduce la fiscal Ana Rubio.
Un caso que revela la fragilidad del tejido barrial
Lo sucedido expone una escalada de violencia cotidiana en zonas residenciales donde la convivencia entre vecinos puede volverse explosiva ante la ausencia de mediación, recursos comunitarios y mecanismos eficaces de prevención. El acceso a armas de fuego y la facilidad para responder a conflictos con violencia letal agravan un escenario donde niños y adolescentes resultan víctimas de situaciones que deberían haberse resuelto por vías pacíficas.
Desde organismos sociales y defensores de derechos humanos, insisten en la necesidad de fortalecer redes de contención comunitaria, asistencia psicológica y políticas de desarme civil que eviten que disputas vecinales se conviertan en tragedias.
Judiciales ⚖️
Fallo inédito: la ART deberá pagar $351 millones a un trabajador que sufrió un infarto en la fábrica y no fue asistido
La Justicia condenó a Federación Patronal Seguros a abonar una indemnización millonaria a César Fernández, operario de una empresa de Ringuelet que padeció un infarto mientras trabajaba, no recibió atención médica oportuna y quedó con cuadriparesia y graves secuelas neurológicas permanentes. El fallo, impulsado por el abogado platense Matías Martínez, sienta un precedente histórico en materia de responsabilidad de las ART ante emergencias laborales.
Un tribunal de trabajo condenó a la aseguradora de riesgos del trabajo Federación Patronal Seguros a pagar una indemnización que supera los $351 millones a un obrero que sufrió un infarto mientras cumplía tareas en una fábrica de La Plata y quedó con secuelas neurológicas permanentes porque no recibió la asistencia médica adecuada en los momentos críticos de la emergencia. La sentencia reconoció además el pago de una prestación mensual vitalicia por gran invalidez, en virtud de las graves limitaciones motoras que hoy padece el trabajador y que le impiden valerse por sí mismo.
El infarto que la fábrica no atendió
César Fernández era empleado de Albano Cozzuol S.A., una reconocida empresa ubicada en la localidad de Ringuelet, cuando el 24 de noviembre de 2021 comenzó a sentir fuertes dolores en el pecho, mareos y un malestar físico agudo mientras cumplía su jornada laboral. Según quedó acreditado en el expediente judicial, Fernández intentó recibir atención en la enfermería de la planta, pero el servicio estaba cerrado. Fue entonces trasladado en un remís hacia el Sanatorio Argentino; durante el trayecto sufrió una descompensación y un paro cardíaco.
Con el correr de las horas, el cuadro derivó en un importante daño neurológico: Fernández desarrolló una cuadriparesia que redujo de manera drástica su movilidad y transformó por completo su vida cotidiana y la de toda su familia. La falta de respuesta inmediata ante los primeros síntomas resultó, según la Justicia, determinante para la gravedad de las secuelas.
La batalla judicial y la estrategia que marcó la diferencia
La causa fue impulsada por el abogado platense Matías Martínez, quien representó a Fernández y centró su estrategia en un argumento que se aparta de la discusión habitual sobre el origen del evento cardíaco. Más allá de determinar si el infarto fue o no causalmente vinculado al trabajo, Martínez demostró que las condiciones en que se desarrolló la emergencia y la ausencia de asistencia médica adecuada fueron las que agravaron las consecuencias del episodio.
«Este fallo reconoce que no solo importa qué causó el problema de salud, sino también qué pasó después. Cuando una emergencia ocurre en el trabajo, las consecuencias de una atención tardía o insuficiente también deben ser reparadas», sostuvo Martínez. El letrado destacó que la importancia de la sentencia excede el caso particular y puede funcionar como antecedente para futuros reclamos vinculados a incumplimientos en la atención de emergencias laborales.
Un fallo que expande el concepto de accidente laboral
La sentencia reviste especial relevancia porque se aparta de una tendencia históricamente restrictiva respecto de los eventos cardiovasculares en el ámbito del trabajo. Los infartos han tenido históricamente dificultades para ser reconocidos como contingencias laborales, dado que suelen asociarse a factores de riesgo personales o enfermedades preexistentes. En este caso, sin embargo, el tribunal analizó cómo las condiciones en que ocurrió el episodio agravaron sus consecuencias y concluyó que la ART incumplió obligaciones elementales ante una emergencia.
A partir de una interpretación amplia del concepto de «ocasión del trabajo», los jueces establecieron que la falta de asistencia médica adecuada fue determinante en las graves secuelas sufridas por Fernández y reafirmaron que la protección de la Ley de Riesgos del Trabajo alcanza también aquellos casos en los que el ámbito laboral agrava un riesgo común. El reconocimiento del hecho como accidente laboral por ocasión abre una puerta jurídica de enorme alcance para miles de trabajadores que se encuentran en situaciones similares.
Los números de la condena
La condena estableció que Federación Patronal Seguros deberá abonar un capital de $285.980.239,88, que con la aplicación de intereses eleva la liquidación total a $351.246.415,17. A esa suma se agrega la prestación mensual por gran invalidez prevista en el artículo 17 inciso 2 de la Ley de Riesgos del Trabajo, que la aseguradora deberá sostener mientras Fernández lo requiera. El trabajador padece severas limitaciones motoras y necesita asistencia permanente para desenvolverse en su vida diaria.
Puntos clave
- La ART Federación Patronal Seguros fue condenada a pagar más de $351 millones a César Fernández, operario de Albano Cozzuol S.A. de Ringuelet.
- El trabajador sufrió un infarto el 24 de noviembre de 2021, no fue atendido en la enfermería de la fábrica y quedó con cuadriparesia y graves secuelas neurológicas permanentes.
- El fallo reconoció el hecho como accidente laboral por ocasión, expandiendo la protección de la Ley de Riesgos del Trabajo a situaciones en que el ámbito laboral agrava un riesgo común.
- La sentencia incluye una prestación mensual vitalicia por gran invalidez a cargo de la ART.
- La causa fue impulsada por el abogado Matías Martínez y puede sentar precedente para futuros reclamos por deficiencias en la atención de emergencias laborales.
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