Judiciales ⚖️
La Justicia determina que el cuidado domiciliario de enfermos no es relación laboral
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que el cuidado de un enfermo en el domicilio particular no constituye una relación laboral dependiente.
Lo que tenés que saber:
- La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó un fallo que podría sentar precedentes en cuanto al cuidado de personas en sus domicilios.
- El caso involucró a una trabajadora que reclamaba el reconocimiento de una relación laboral por cuidar a una persona enferma en su hogar.
- La sentencia revocó un fallo anterior que había reconocido la relación laboral dependiente y no aplicó la Ley de Contrato de Trabajo ni la ley para casas particulares.
- Los jueces sostuvieron que el cuidado de enfermos en domicilios particulares no se ajusta a los parámetros de una relación laboral dependiente.
La justicia define sobre el trabajo doméstico en el cuidado de enfermos
En una decisión que genera controversia, la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que el cuidado de una persona enferma en su domicilio particular no constituye una relación laboral dependiente. Este fallo, que podría tener implicaciones significativas para el ámbito laboral en Argentina, respondió a un reclamo de una trabajadora que prestaba sus servicios de cuidado en el hogar de una persona enferma desde el 1 de noviembre de 2008 hasta noviembre de 2021, cuando la persona que cuidaba fue internada.

El fallo que marca un precedente
En este caso, la trabajadora había presentado un reclamo ante la Justicia buscando el reconocimiento de una relación laboral dependiente. Los jueces en primera instancia habían dado la razón a la demandante, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó esa decisión. En su fallo, los jueces argumentaron que el régimen especial para el personal de casas particulares, que se regula por la ley 26.844, no era aplicable en este caso. Además, señalaron que no correspondía aplicar la Ley de Contrato de Trabajo.
Los magistrados indicaron que el cuidado de enfermos en el domicilio particular desvirtúa la operatividad de la presunción de relación laboral de la Ley de Contrato de Trabajo, en virtud de las «circunstancias, relaciones o causas» que motivaron los servicios. «El demandado no conformaba una empresa productora de bienes o servicios», apuntaron.

¿Por qué no se considera relación laboral dependiente?
En el fallo, los jueces señalaron que «no puede inferirse que dichos servicios persigan la consecución de fines económicos ni benéficos», y menos aún que esa prestación esté insertada en una organización dedicada al «cuidado de enfermos». La resolución dejó claro que, aunque el trabajo se haya realizado en el domicilio particular de una persona enferma, no encuadra dentro de los parámetros establecidos para una relación laboral dependiente.
Este fallo podría ser un precedente importante en el análisis de situaciones laborales relacionadas con el cuidado de personas, especialmente en contextos en los que los servicios se prestan de forma individual y no en un marco organizacional o empresarial.
Denuncia
Maltrato en geriátrico de Mar del Plata: un cuidador golpeó a dos ancianas en silla de ruedas
Un empleado de una residencia geriátrica de Mar del Plata fue despedido e imputado por lesiones leves luego de que las cámaras de seguridad del establecimiento registraran cómo agredió físicamente a dos mujeres alojadas allí y las insultó con frases como «Morite de una vez por todas». La causa quedó en manos de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio de turno.
Las autoridades de un hogar geriátrico ubicado sobre la calle Funes al 1700, en la ciudad de Mar del Plata, denunciaron penalmente a uno de sus empleados después de que la revisión de las grabaciones internas revelara episodios de agresión física y verbal contra dos residentes. El acusado, identificado como Nicolás Gastón Cichero, fue despedido en forma inmediata y la documentación audiovisual fue entregada a la justicia para impulsar la investigación.
Un golpe con cuchara y el uso de la fuerza para alimentar
Según la presentación judicial radicada por la encargada del establecimiento, los hechos tuvieron lugar en la tarde del lunes 27 de julio, cerca de las 19, cuando Cichero se encontraba alimentando a dos mujeres que estaban en sillas de ruedas. En un momento, una de ellas intentó comer por sus propios medios. La respuesta del cuidador, de acuerdo con lo captado por las cámaras, fue bajarle el brazo de manera brusca, exigirle que abriera la boca y obligarla a ingerir el alimento mediante un movimiento violento de la cabeza.
En otro de los episodios registrados, el trabajador le propinó un golpe con una cuchara a una de las residentes, lo que le provocó un corte superficial en el labio. Ambas víctimas se encontraban en estado de vulnerabilidad extrema, sin posibilidad de resistencia ni de buscar asistencia por sus propios medios.
«¿Por qué no te morís?»: las amenazas que también quedaron registradas
Además de la violencia física, fuentes cercanas a las adultas mayores indicaron que el empleado les dirigía insultos y amenazas de manera recurrente durante la atención. Entre las expresiones que habrían quedado documentadas se encuentran frases de una crudeza alarmante: «¿Por qué no te morís?», «Ojito con pegarme porque te rompo la cabeza» y «Dejanos de molestar. Morite de una vez por todas«. El tenor de esas palabras, dirigidas a personas que dependen absolutamente del cuidado ajeno para subsistir, agrava la dimensión del hecho más allá de la calificación legal inicial.
La denuncia, el despido y la investigación en curso
Fue la encargada del geriátrico quien, al constatar lo ocurrido en las filmaciones, resolvió despedir al trabajador y radicar la denuncia penal. La causa quedó caratulada como lesiones leves e interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio de turno. La investigación continúa para determinar las responsabilidades del acusado, establecer con precisión la identidad de las dos víctimas y determinar si existieron otros episodios de maltrato dentro del establecimiento que no hayan sido denunciados o detectados hasta el momento.
El caso vuelve a poner en el centro del debate la situación de los adultos mayores en residencias geriátricas, un sector históricamente desprotegido en materia de controles estatales y que, en contextos de ajuste y desfinanciamiento de las políticas sociales, queda aún más expuesto a situaciones de abuso. La violencia contra personas mayores en situación de dependencia constituye una forma de maltrato institucional que exige respuestas judiciales y protocolos de supervisión más estrictos por parte del Estado.
Puntos clave
- Nicolás Gastón Cichero fue imputado por lesiones leves y despedido del geriátrico ubicado en Funes al 1700, Mar del Plata.
- Las cámaras de seguridad registraron al menos dos episodios de agresión física contra adultas mayores en sillas de ruedas, ocurridos el 27 de julio cerca de las 19.
- En uno de los episodios, el acusado le propinó un golpe con una cuchara a una residente, causándole un corte en el labio.
- Fuentes allegadas a las víctimas señalaron que el cuidador también les dirigía amenazas verbales e insultos durante la atención.
- La causa interviene en la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio de turno; la investigación continúa para descartar otros episodios de maltrato.
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