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Fiscal pidió la inmediata detención de Marcelo Corazza

En la investigación se logró establecer que, al menos durante los últimos 23 años, ocho niños y adolescentes fueron víctimas de «hechos de naturaleza sexual aberrante», cometidos por una organización integrada por F.R.A.N., A.F.C., R.I.M., Corazza y otras personas.

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El fiscal Patricio Lugones apeló el procesamiento sin prisión preventiva y la falta de mérito del productor televisivo Marcelo Corazza que habían sido dictados por el juez Javier Sánchez Sarmiento y pidió su inmediata detención.

Corazza está imputado por los delitos de corrupción de menores de trece años y exhibiciones obscenas y su falta de mérito respecto a su participación en la asociación ilícita en la que ya fueron procesados otros tres hombres.

El fiscal Lugones, según publicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, requirió que a Corazza se lo procese por ambos delitos y se le imponga la prisión preventiva ante el riesgo de que pueda perjudicarse la investigación.

La causa se inició hace cinco meses a partir de la denuncia de una de las víctimas ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), que daba cuenta de los sucesos padecidos durante su infancia y primera adolescencia.

Así, se logró establecer que, al menos durante los últimos 23 años, ocho niños y adolescentes fueron víctimas de «hechos de naturaleza sexual aberrante», cometidos por una organización integrada por F.R.A.N., A.F.C., R.I.M., Corazza y otras personas aún no individualizadas.

De acuerdo a la investigación, estas personas reclutaban a menores de edad en situación de vulnerabilidad, con el fin de someterlos a actos o explotación sexual sin su consentimiento, ya fuera por intercambio de dinero o por satisfacción personal o de otras personas.

Los hechos habrían sucedido desde 1999 en la Ciudad de Buenos Aires y en las provincias de Buenos Aires y Misiones.

En ese contexto, dos víctimas habrían sido abusadas sexualmente por F.R.A.N., quien además las habría ofrecido a otras personas, presumiblemente a cambio de dinero para mantener relaciones sexuales, y les habría ofrecido material de abuso sexual infantil.

La misma persona acusada también está imputado de trasladar desde Misiones y acoger en su vivienda de la localidad bonaerense de General Rodríguez a otros niños que seguían el mismo destino.

En tanto, R.I.M. y Corazza habrían mantenido encuentros con las víctimas, mientras que A.F.C. también habría captado niños y jóvenes con fines sexuales, según se desprende de las escuchas telefónicas ordenadas por el juzgado.

El pasado lunes, el juez Javier Sánchez Sarmiento, del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°48, procesó a F.R.A.N., A.F.C., R.I.M. y Corazza, y sostuvo que las pruebas recabadas permitían advertir la existencia de «una organización dedicada a captar menores de edad con el fin de abusarlos sexualmente, corromperlos y prostituirlos».

Además, el magistrado agregó que se observaba «una conducta que nunca ha cesado y que el paso del tiempo no ha hecho otra cosa que sistematizar y perfeccionar su accionar delictivo».

En su resolución, el juez destacó que aún restaban los resultados de diversos peritajes ordenados y que «aún cuando no se hubiere tomado declaración a todas la víctimas, de lo recabado hasta ahora se traduce un evidente contexto de fragilidad que es aprovechado por quienes los acogen, en cuyo marco establecen vínculos con adultos en claras relaciones de asimetría para con los jóvenes».

En tanto, el magistrado concluyó que F.R.A.N. y A.F.C. eran «quienes introducen a los niños al circuito de explotación sexual» y que parte de ello residía «en la facilitación de los menores hacia terceras personas para que los victimicen sexualmente».

Además, indicó que la estructura de la organización develaba una «asignación de roles en la que por un lado se encuentran quienes llevan a cabo la conducta descripta y, por el otro, quienes las consumen».

R.I.M. era quien recibía a los niños o jóvenes a través de F.R.A.N., mientras que, respecto de Corazza, «se ha verificado un solo acto sin ningún tipo de durabilidad ni de interconexión con los demás, al menos hasta el presente».

El juez procesó con prisión preventiva a F.R.A.N., R.I.M. y A.F.C. como coautores de los delitos de asociación ilícita y trata de personas agravada por la cantidad de víctimas y por haber sido perpetrada en contra de menores de 18 años y aprovechándose de su situación de vulnerabilidad.

Además, los dos primeros imputados fueron procesados por abuso sexual continuado con acceso carnal gravemente ultrajante perpetrado en contra de menores de 13 años. También procesó a F.R.A.N. por promoción de la prostitución de menores de 18 años, pornografía infantil y corrupción de menores de trece años. Por este último delito también fue procesado R.I.M.

Además de los procesamientos, el juez Sánchez Sarmiento dispuso el embargo de tres imputados hasta cubrir, cada uno, la suma de 1o millones de pesos, en tanto que a Corazza lo embargó por 2 millones de pesos. A todos ellos, el juez les trabó un embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 10 millones de pesos cada uno.

Por otro lado, dictó el procesamiento sin prisión preventiva de Corazza como autor de los delitos de corrupción de menores de 13 años y exhibiciones obscenas a un menor de 13 años, y lo embargó por 2 millones de pesos, y ordenó su inmediata liberación, pero le prohibió salir del país y le impuso la obligación de presentarse personalmente en el juzgado todos los meses y, cada 15 días, presentar una nota donde indique estar a derecho.

El magistrado dispuso la falta de mérito de Corazza, para ser procesado o sobreseído, en relación a la imputación por asociación ilícita, y declinó su competencia en favor de la justicia federal, en virtud de que en el caso se investiga el delito de trata de personas, que excede la materia del fuero ordinario.

Tras ello, y en las últimas horas, el fiscal Lugones apeló la resolución del juez Sánchez Sarmiento en relación al procesamiento sin prisión preventiva y la falta de mérito dispuesta respecto de Corazza, y destacó en su apelación que debió ser procesado con prisión preventiva «por cuanto se trata de la única manera de asegurar la sujeción a derecho del mentado Corazza al proceso», dado que, a su entender, las medidas ordenadas por el juez resultan insuficientes como para subsanar los peligros de fuga y de entorpecimiento de la investigación que se presentan en el caso».

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Propofest: Fini Lanusse rompe el silencio pero esquiva los detalles de la causa que involucra dos muertes

La médica procesada por el presunto desvío de propofol del Hospital Italiano publicó un breve mensaje en redes sociales en el que aseguró confiar en el proceso judicial. La declaración llega más de un mes después de que el juez Javier Sánchez Sarmiento formalizara los cargos y dispusiera el embargo de sus bienes.

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El Argentino Diario-Fini Lanusse-Propofest.

“Las cosas se van a aclarar”: el descargo de Fini Lanusse tras ser procesada en el Propofest

Delfina «Fini» Lanusse, exresidente de tercer año en el área de Anestesiología del Hospital Italiano de Buenos Aires y procesada en la denominada causa «Propofest», realizó este domingo un breve descargo público a través de un mensaje en redes sociales. Sin entrar en detalles sobre los cargos que pesan en su contra, Lanusse aseguró que «las cosas se van a aclarar» y expresó su confianza en el proceso judicial en curso.

«Por el momento no puedo hacer declaraciones profundas», explicó la profesional, quien agregó que la Justicia «se encuentra trabajando en el caso». El mensaje, escueto y cuidadosamente medido, representa la primera aparición pública de Lanusse desde que el juez Javier Sánchez Sarmiento formalizara su procesamiento junto al anestesista Hernán Boveri por el delito de administración fraudulenta.

El procesamiento y las medidas cautelares

El 10 de abril de 2026, el magistrado Sánchez Sarmiento dictó el procesamiento formal de Boveri y Lanusse por el presunto desvío de propofol, remifentanilo y otros fármacos de uso controlado del Hospital Italiano. Ambos profesionales tienen prohibida la salida del país. La Justicia dispuso además un embargo superior a los 30 millones de pesos sobre los bienes de Lanusse.

Según consta en el expediente judicial, Boveri ocupaba un cargo de jerarquía en el área de Anestesiología y habría aprovechado esa posición para vulnerar los controles de stock del hospital. En su declaración ante el juez, el anestesista reconoció haber administrado sustancias anestésicas a Lanusse en reiteradas oportunidades, con su consentimiento, y señaló que fue ella quien sustrajo los medicamentos. La defensa de ambos procesados busca revertir las medidas cautelares y sostiene que no existen pruebas suficientes para sostener la acusación.

El origen del caso: dos muertes y un sistema de control fallido

La investigación que derivó en el procesamiento comenzó el 20 de febrero de 2026, cuando efectivos policiales hallaron sin vida al anestesiólogo Alejandro Zalazar, de 29 años, en su departamento de Palermo. La autopsia reveló muerte por congestión, edema pulmonar y edema meningoencefálico, lesiones compatibles con sobredosis de propofol y remifentanilo. El análisis de trazabilidad del instrumental hallado en el domicilio de Zalazar determinó que una parte significativa del material pertenecía al Hospital Italiano, institución en la que Zalazar no tenía acceso laboral directo.

El 3 de abril, una segunda muerte complejizó aún más la causa. El enfermero Eduardo Bentancourt, de 44 años, fue encontrado sin vida en su departamento de la calle Fray Justo Santa María de Oro al 2428, en Palermo. En el lugar se secuestraron tres ampollas de fentanilo del laboratorio HLB Pharma S.A., propiedad del empresario Ariel García Furfaro, procesado en una causa separada vinculada a 111 muertes por adulteración de sustancias medicinales. La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°31, a cargo del fiscal Carlos Vasser, confirmó que las ampollas correspondían al certificado N° 53.100, inhabilitado por la ANMAT, con vencimiento en marzo de 2026, lo que refuerza la hipótesis de un desvío deliberado del stock que debía ser destruido tras la clausura del laboratorio.

Lo que declararon los jefes del área de Anestesiología

El jefe y el subjefe del área de Anestesiología del Hospital Italiano declararon ante el juez que Lanusse reconoció tener problemas de consumo de sustancias desde hacía dos años, un elemento que el Ministerio Público incorporó como contexto agravante en la formulación de cargos. El análisis forense de las filmaciones de vigilancia interna del hospital permitió reconstruir los momentos en que Boveri accedía a sectores restringidos y retiraba ampollas sin que los sistemas de registro lo detectaran a tiempo. El Hospital Italiano se presentó como querellante en la causa para resguardar su prestigio institucional y colabora activamente con la Justicia.

La causa avanza hacia el juicio oral

Con el procesamiento formalizado, la investigación se encamina hacia la etapa de preparación del juicio oral. El Ministerio Público deberá consolidar su acusación, mientras los defensores de Boveri y Lanusse ofrecerán sus descargos y pruebas ante el tribunal. Nuevas definiciones podrían conocerse en las próximas semanas.

Puntos clave:

  • Delfina Lanusse publicó un mensaje en redes sociales en el que aseguró que «las cosas se van a aclarar» y expresó confianza en la Justicia.
  • El juez Javier Sánchez Sarmiento la procesó junto a Hernán Boveri por administración fraudulenta; ambos tienen prohibida la salida del país y enfrentan embargos millonarios.
  • La causa se vincula a dos muertes: el anestesiólogo Alejandro Zalazar y el enfermero Eduardo Bentancourt, hallados sin vida en Palermo.
  • En el domicilio de Bentancourt se encontraron ampollas de fentanilo del laboratorio clausurado HLB Pharma (certificado N° 53.100, inhabilitado por ANMAT), vinculado a 111 fallecidos.
  • El Hospital Italiano se constituyó como querellante; la investigación avanza hacia el juicio oral.
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