Judiciales ⚖️
Alegan los defensores de los policías que mataron a Lucas
Los abogados Fernando Soto y Martín Sarubbi estan a cargo de la defensa de Gabriel Alejandro Isassi (42), del oficial mayor Fabián Andrés López (48) y del oficial Juan José Nieva (38).
Los alegatos en el juicio por el crimen de Lucas González, asesinado en el barrio porteño de Barracas en noviembre de 2021, continuará este martes con la defensa de los tres policías de la Ciudad integrantes de una Brigada que están acusados del homicidio del adolescente.
Fuentes judiciales confirmaron que la audiencia del debate será a partir de las 9 en la sala del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 25, ubicado en la calle Paraguay al 1536, en el barrio porteño de Recoleta.
Los abogados Fernando Soto y Martín Sarubbi estarán a cargo del alegato de defensa de los policías Gabriel Alejandro Isassi (42), el oficial mayor Fabián Andrés López (48) y del oficial Juan José Nieva (38), acusados del homicidio del adolescente.
Al alegar en el juicio, el fiscal Guillermo Pérez de la Fuente, al igual que el abogado querellante Gregorio Dalbón, solicitó que los policías sean condenados a prisión perpetua como coautores del delito de «homicidio agravado por haber sido cometido con arma de fuego, alevosía, por odio racial y por placer, en concurso premeditado de dos o más personas y por ser integrantes de una fuerza de seguridad, y falsedad ideológica» en perjuicio de Lucas y la tentativa de homicidio y privación ilegítima de la libertad de Joaquín Zúñiga (19), Julián Salas (19) y Niven Huanca (19).
Tras los alegatos de los defensores técnicos, el juicio continuará el jueves con los argumentos de las defensas del oficial Sebastián Jorge Baidón (28), otro de los 11 agentes imputados por el encubrimiento, a cargo de la letrada Valeria Corbacho y Fernando Lirman.
En la última jornada del debate oral expusieron los defensores de los policías de mayor jerarquía involucrados en el encubrimiento del hecho y las omisiones de torturas de los adolescentes.
Las defensas del comisario inspector Daniel Alberto Santana (53); de los comisarios Fabián Alberto Du Santos (52) y Juan Horacio Romero (51), y del subcomisario Roberto Orlando Inca (47), negaron las participaciones en el hecho y solicitaron sus absoluciones.
Antes ya habían alegado los abogados del comisario Rodolfo Alejandro Ozán (54), el subcomisario Ramón Jesús Chocobar (48), el principal Héctor Claudio Cuevas (50), y de los oficiales Daniel Rubén Espinosa (33), Ángel Darío Arévalos (34) y Jonathan Rubén Martínez (33), quienes pidieron también sus absoluciones.
En la misma audiencia, y a partir de las exposiciones de dos de esas defensas, los jueces Ana Dieta de Herrero, Daniel Navarro y Marcelo Bartumeu Romero ordenaron extraer testimonios y remitirlos a un juzgado de instrucción para que investigue la actuación que tuvo en el caso el jefe de la Policía de la Ciudad, Gabriel Berard.
Al respecto, el último viernes el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 39 fue asignado por sorteo para analizar el supuesto nexo entre Berard y el encubrimiento del hecho, aunque el mismo se declaró incompetente.
Ante esa situación, se dispuso que las autoridades judiciales intervinientes sean el Juzgado 7 y la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional 32, a cargo de Leonel Gómez Barbella, ya que participaron de la investigación inicial del asesinato de Lucas.
Por otro lado, los voceros aclararon que todavía no se tomó ninguna medida contra Berard, quien se presentó ante las autoridades judicales mediante sus abogados Raúl Alcalde y Hernán Pablo Vega.Por otra parte, se espera que los jueces den a conocer el veredicto entre el 11 y 13 de julio, luego de las últimas palabras de los catorce imputados.
Según adelantó una fuente judicial, el veredicto se desarrollará en la sala principal de los tribunales federales de Comodoro Py, donde se realizaron las dos primeras audiencias del juicio.
Lucas y sus amigos fueron atacados a balazos el 17 de noviembre de 2021 cuando salieron de entrenar del club Barracas Central y regresaban a sus casas a bordo de un Volkswagen Suran.
En Iriarte y Vélez Sarsfield, los jóvenes fueron interceptados por un Nissan Tiida en el que circulaban tres policías de la Brigada 6 de la Comuna 4 de la Policía de la Ciudad que les hicieron señas para detenerse.
Como no tenían identificación policial, los chicos pensaron que podían ser ladrones e intentaron escapar, momento en que los efectivos les dispararon y un balazo impactó en la cabeza de Lucas, quien murió al día siguiente en el hospital El Cruce de Florencio Varela.
Economía 💲
Otro alivio judicial para Caputo: la Cámara frenó la causa por los fondos viales
La Cámara Federal sacó de la causa a la diputada Victoria Tolosa Paz y al gobernador Ricardo Quintela y suspendió los pedidos de informes ordenados por Lijo sobre un fideicomiso vial con 73,8% de subejecución. El fallo respaldó el planteo del fiscal Stornelli, en una investigación que apunta al Ministerio de Economía de Luis Caputo.
La Cámara Federal sacó de la causa a quienes pedían investigar el destino de los fondos de las rutas y dejó sin efecto las medidas de prueba que había ordenado el juez Ariel Lijo. El fallo llegó después de que el fiscal Carlos Stornelli, que había dictaminado desestimar la denuncia, apelara por vía de queja y se quejara de que el magistrado avanzó con pedidos de informes cuando él ya había planteado cerrar el expediente.
Los jueces de la Sala I de la Cámara Federal porteña, Bertuzzi y Yadarola, firmaron la resolución el miércoles en la causa por la supuesta malversación del fideicomiso Sistema Vial Integrado (SisVial). La investigación apunta al Ministerio de Economía que conduce Luis “Toto” Caputo, a quien el Poder Judicial volvió a darle un respiro en un expediente incómodo para el Gobierno de Javier Milei.
Qué resolvió la Cámara
Los camaristas revocaron el punto de una resolución de Lijo que había aceptado como querellantes a la diputada nacional Victoria Tolosa Paz y al gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela. Además, dejaron sin efecto las medidas ordenadas el 28 de agosto “al menos hasta tanto lo decidido adquiera firmeza”.
Ese día, Lijo había pedido informes al Ministerio de Economía sobre la gestión del fideicomiso, a Vialidad Nacional sobre distintas obras y rutas nacionales, y a la Auditoría General de la Nación y a la Sindicatura General de la Nación para saber si hubo trabajos de auditoría sobre el fideicomiso vial. Esa información, que podía aportar datos concretos al expediente, queda ahora en suspenso.
El argumento de Stornelli: los fondos se podían invertir
Stornelli sostuvo que el Gobierno gestionó los fondos conforme a las pautas del Decreto 976/2001, que creó el fideicomiso. Según el fiscal, el artículo 21 de esa norma habilita al fiduciario, en este caso el Banco Nación, a invertir los recursos en títulos públicos o plazos fijos. Agregó que un decreto posterior, firmado por Milei en 2025, dejó vía libre para colocar los excedentes en instrumentos públicos.
Sobre esa base pidió la desestimación de la denuncia y reclamó ante la Cámara por la incorporación de los querellantes y por las medidas que dispuso Lijo después de su dictamen. La Cámara le dio la razón en ambos planteos.
Por qué rechazaron a Tolosa Paz y a Quintela
Tras escuchar a las partes durante semanas, Bertuzzi y Yadarola coincidieron en que ni la diputada de Unión por la Patria y ex ministra de Desarrollo Social ni el gobernador riojano reúnen los requisitos para ser parte. Tolosa Paz había invocado su condición de usuaria de las rutas nacionales 3 y 5. Los jueces respondieron que su calidad de legisladora y de usuaria “pueden demostrar un eventual interés en denunciar, pero no una lesión personal”, y que los hechos denunciados no la tienen como particularmente ofendida ni siquiera de manera hipotética.
Quintela, por su parte, había argumentado que varias rutas nacionales atraviesan La Rioja y que la decisión de colocar los fondos del SisVial en inversiones afectó económicamente a la provincia. Para los camaristas, no se advierte de qué modo los actos denunciados pudieron afectar a la provincia de forma “directa, singular y diferenciada”. Agregaron que el hecho de que las rutas crucen el territorio provincial, o de que la provincia haya costeado gastos puntuales en alguna de ellas, no la convierte en particularmente ofendida.
Los fundamentos conocidos del fallo giran en torno a quién puede ser parte de la causa y no despejan si la colocación de los fondos viales en instrumentos financieros fue la decisión correcta.
El origen de la denuncia: una subejecución del 73,8%
La denuncia penal nació de una investigación periodística del diario La Nación, firmada por Hugo Alconada Mon, que señaló que la tasa de subejecución del fideicomiso alcanzó el 73,8% durante la administración libertaria. Según esos datos, se ejecutó el 11,3% de lo recaudado en 2024, el 39% de lo recaudado en 2025 y el 18,5% de los fondos obtenidos entre enero y mayo de 2026.
Los recursos del SisVial tienen afectación específica para obras viales y provienen de una porción del Impuesto a los Combustibles Líquidos. Es decir que el dinero que se cobra a quienes cargan nafta tiene un destino fijado: mantener y mejorar las rutas del país. El vocero presidencial Adrián Ravier reconoció que una parte de esos impuestos la dispone el Ministerio de Economía, y no precisó cuánto corresponde a cada destino.
Lo que tenés que saber:
- La Sala I de la Cámara Federal revocó la aceptación de Victoria Tolosa Paz y Ricardo Quintela como querellantes en la causa por el fideicomiso SisVial.
- Los camaristas dejaron sin efecto las medidas que Lijo ordenó el 28 de agosto, al menos hasta que lo resuelto adquiera firmeza.
- Stornelli había dictaminado la desestimación de la denuncia y sostuvo que el Decreto 976/2001 permite invertir los fondos en títulos públicos o plazos fijos.
- Los jueces consideraron que ni la diputada ni el gobernador acreditaron una afectación directa por la forma en que se administraron los fondos.
- La denuncia se basó en una subejecución del 73,8% del fideicomiso durante la gestión libertaria, según una investigación periodística.
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