Judiciales ⚖️
Sabag Montiel se negó a declarar por el reseteo de su celular tras el intento de magnicidio a Cristina
Sabag Montiel está alojado en la cárcel de Marcos Paz y fue citado por Servini para aportar su versión sobre qué pasó con su teléfono cuando fue detenido tras el intento de homicidio.
Fernando Sabag Montiel, el principal acusado por el intento de magnicidio contra Cristina Fernández de Kirchner, se negó a ser trasladado hasta el despacho de la jueza María Servini para declarar como testigo en la causa en la que se investiga la inutilización de su teléfono celular inmediatamente después del ataque a la ex presidenta.
Sabag Montiel está alojado en la cárcel de Marcos Paz y fue citado por Servini para aportar su versión sobre qué pasó con su teléfono cuando fue detenido tras el intento de homicidio.
Pero cuando esta mañana debía ser trasladado a Comodoro Py se negó a subir al móvil del Servicio Penitenciario Federal (SPF), que lo tiene bajo su custodia.
Como testigo, Sabag Montiel no puede negarse a declarar; sí podría hacerlo en caso de ser imputado, pero no es este el caso.
La declaración testimonial es una carga pública y en el caso de rehusarse, el juez está en condiciones de incluso de ordenar su detención como “testigo reticente”.
La semana anterior, Servini llamó a indagatoria a los responsables de la manipulación y reseteo de fábrica del teléfono de Sabag Montiel.
Se trata del cabo Alejandro Heredia, de la Policía Federal y la principal Camila Dafne Seren y el subinspector Pablo Kaplan, de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Todos debían declarar la semana pasada, pero la jueza resolvió postergar sus indagatorias a la espera de escuchar primero a Sabag Montiel.
Todos están imputados por los delitos de “destrucción de medios de prueba y encubrimiento”.
Judiciales ⚖️
La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
-
Denuncia2 díasMilei fue denunciado penalmente por abandonar a personas con discapacidad
-
Libertad de expresión6 díasMilei vuelve a insultar a periodistas: “Basuras inmundas”
-
Investigación 🔎5 díasAdorni acumula causas y riqueza pero Milei lo proteje, mientras Insaurralde tuvo que renunciar sin blindaje
-
Legislativo2 díasAdorni en el banquillo del Congreso: Milei pone el cuerpo para blindar a su ministro, en la mira judicial
-
Educación4 díasIncendio en Sociales de la UBA: en una semana marcada por la tensión política en los pasillos
-
Gremiales7 díasTensión en el Servicio Meteorológico: ATE frena el paro y denuncia “fuera de la ley” al gobierno de Milei
-
Trabajo7 díasCrisis industrial: Electrolux deja de fabricar heladeras y despide trabajadores
-
Buenos Aires6 díasClínica del horror en Villa Ballester: hallan fetos en bolsas y crece la sospecha de una red ilegal de tráfico
