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San Luis

San Luis: horror por doble filicidio

La mujer habría usado su arma reglamentaria que fue recuperada en su detención.

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Una mujer policía mató a sus dos hijos en San Luis, dejó dos cartas y se fugó, pero horas después fue detenida cuando se encontraba en la zona del perilago del dique Cruz de Piedra.

El estremecedor caso se dio a conocer en la mañana del martes cuando personal de la Comisaria Tercera fue alertada por la propia mujer, identificada como Mariana Abigail Silva, sobre el ataque a sus hijos.

El parte policial difundido por medios locales detalla que “la mujer dejó en el lugar dos cartas que serán motivo de investigación, previamente llamó a familiares comunicando la situación y la decisión que había tomado y se dio a la fuga del lugar”.

La mujer de 34 años, que cumplía funciones como subinspectora en la Comisaría 34 de Juana Koslay, fue hallada en el perilago de dique Cruz de Piedra: “Está siendo contenida por efectivos policiales a la espera de su traslado. También se hizo saber que se recuperó el arma reglamentaria».

La causa quedó en manos de la fiscal de Género María del Valle Durán, quien se encuentra en la escena del crimen junto con el jefe de la Policía, Pablo Vieytes.

“Se realiza actuaciones en una vivienda ubicada en calle Los Eucaliptus, del barrio Los Fresnos, de la ciudad de Juana Kosaly, donde hay dos menores de edad sin vida”, indicaron.

Las autoridades ahora tratan de constatar por qué la agente tomó esta drástica y escalofriante decisión que conmociona a los vecinos de San Luis. 

Géneros 🟣

Violencia vicaria en San Luis: un padre manipuló a su hijo y fue condenado a pagar $10 millones

Un fallo del Juzgado de Familia N° 2 de Santa Rosa del Conlara declaró la responsabilidad de un progenitor por violencia de género y violencia vicaria contra la madre de su hijo. La sentencia, dictada el 6 de mayo de 2026, impuso una multa de diez millones de pesos, restricción de acercamiento y capacitación obligatoria en violencia de género.

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El Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil N° 2 de Santa Rosa del Conlara, provincia de San Luis, emitió una sentencia (aún no firme) que representa un precedente significativo en la aplicación judicial de la figura de la violencia vicaria en el nuestro país.

El mecanismo del maltrato: fabricar un abuso que no existió

Según surge de la sentencia, el demandado no solo agredió físicamente a la madre del niño, lo que motivó las medidas de restricción de acercamiento dictadas a favor de ella y de su hijo. También desplegó una estrategia de mayor complejidad y daño: promovió denuncias falsas contra la madre, acusándola de negligencia y de permitir abusos sexuales intrafamiliares hacia el menor por parte de un primo. Para sostener esa acusación, manipuló al niño para que fabulara ese relato ante las autoridades.

La maniobra fue desarticulada por las propias herramientas del sistema. Pericias pediátricas y psicológicas descartaron la existencia del abuso denunciado y permitieron al tribunal reconstruir el mecanismo de manipulación infantil como parte de una estrategia consciente del progenitor para infligir daño a través del hijo. Eso es, precisamente, la esencia de la violencia vicaria: usar a los hijos como instrumento de castigo contra la madre.

Un fallo que condena en todas las dimensiones

El tribunal declaró la responsabilidad del demandado por la comisión de hechos de violencia de género, violencia vicaria y violencia económica. Las medidas dispuestas en la sentencia articulan varios planos de intervención.

En términos de protección inmediata, se ratificaron las medidas de restricción de acercamiento a favor de la actora y de su hijo, ante las agresiones físicas directas acreditadas en el expediente.

En cuanto al vínculo paterno-filial, el fallo condicionó el restablecimiento del régimen de contacto entre el padre y el niño a la previa presentación de informes del tratamiento psicológico del menor, reconociendo que la salud emocional del hijo debe estar garantizada antes de cualquier revinculación.

El demandado, además, deberá cumplir de manera obligatoria una capacitación en violencia de género. Y sobre él pesa una sanción conminatoria pecuniaria de diez millones de pesos a favor de la víctima, herramienta prevista en el ordenamiento civil para forzar el cumplimiento de obligaciones de conducta.

Violencia vicaria: cuando el hijo es el arma

La violencia vicaria es una forma de violencia de género que se ejerce sobre los hijos o personas del entorno afectivo de la mujer con el fin de causarle sufrimiento, controlarla o someterla. No se dirige primariamente contra el niño; se dirige contra la madre, utilizando al niño como medio. Las formas que adopta son diversas: desde la sustracción o amenaza de sustracción de los hijos, hasta el uso de los procesos judiciales de familia como escenario de hostigamiento.

En este expediente, el demandado recurrió a la fabricación de una denuncia por abuso sexual, una de las modalidades más graves de violencia vicaria porque involucra al Poder Judicial como engranaje involuntario del maltrato, somete al niño a pericias y procesos revictimizantes, y busca desplazar a la madre del rol de víctima para colocarla en el de victimaria. El sistema probatorio resistió la maniobra, pero no siempre ocurre así.

En Argentina, la violencia vicaria no cuenta aún con tipificación expresa en la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, aunque existen proyectos legislativos en debate parlamentario. La ausencia de una norma específica no impidió que la justicia sanluiseña reconociera la figura y la aplicara con contundencia en este caso.

La violencia económica como capa adicional del control

El fallo también reconoció la existencia de violencia económica en el marco de la relación, una dimensión que frecuentemente acompaña a las otras formas de violencia de género y que consiste en el control, la privación o la administración abusiva de los recursos económicos de la víctima. Su inclusión en la sentencia refuerza la visión integral del tribunal sobre el patrón de conducta del demandado, que no se limitó a episodios aislados sino que configuró un esquema sostenido de dominación.

Un precedente que llega desde el interior

La sentencia cobra relevancia adicional por su origen geográfico. Santa Rosa del Conlara no es un centro urbano de las dimensiones de Córdoba o Rosario; es una ciudad intermedia del Valle del Conlara, en la provincia de San Luis. Que un juzgado de familia del interior profundo aplique la figura de la violencia vicaria con esta extensión y con estas consecuencias jurídicas concretas habla de una penetración creciente del enfoque de géneros en la administración de justicia, más allá de los grandes centros.

La sentencia no está firme, lo que significa que puede ser apelada. Sin embargo, su existencia como acto jurisdiccional ya constituye un antecedente que los operadores judiciales de todo el país pueden invocar al momento de resolver casos similares.

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