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Salud 🩺

Las diferencias entre el ASPO y el DISPO

Cuáles son los protocolos que distinguen al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) de la fase del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).

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Cuáles son los protocolos que distinguen al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) de la fase del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).

El Gobierno nacional anunciará este viernes la nueva fase de medidas preventivas por el coronavirus, de acuerdo a la realidad epidemiológica de cada zona en el país. A continuación las diferencias entre ASPO y DISPO.

El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) dispuesto por las autoridades por primera vez el 20 de marzo pasado en virtud de la pandemia del coronavirus guarda diferencias marcadas respecto del Distanciamiento Social Obligatorio (Dispo).

Aislamiento Social Obligatorio

Cuando rige el aislamiento, las personas pueden únicamente desarrollar y circular a fin de realizar las actividades que han sido autorizadas o que se consideran esenciales.

Esto abarca tanto la provisión de productos y servicios esenciales y, actualmente, la realización de la mayoría de las actividades económicas y ciertas actividades sociales y deportivas recreativas. Las mismas deben ser desarrolladas de acuerdo a estrictos protocolos y control sanitario que hicieron posible su aprobación.

Bajo la modalidad del ASPO, las actividades pueden ser autorizadas por la jefatura de Gabinete en las localidades de más de 500.000 habitantes -previo pedido del gobernador- o por el propio mandatario provincial, en los casos de localidades de menos de 500.000 habitantes.

Distanciamiento Social Obligatorio

En tanto, la modalidad de Dispo implica que «pueden desarrollarse la mayoría de las actividades económicas y sociales, cumpliendo los protocolos sanitarios establecidos por cada jurisdicción y mantener la distancia física de dos metros con otras personas, el uso del barbijo, el lavado de manos y la ventilación de ambientes, y con prohibición de las aglomeraciones».

Asimismo, se establecen disposiciones comunes respecto de los grupos en riesgo, los límites a la circulación, el transporte público interurbano e interjurisdiccional, los controles efectuados por el Ministerio de Seguridad, la fiscalización coordinada para garantizar el cumplimiento de las normas establecidas, las infracciones y la verificación de los parámetros epidemiológicos y sanitarios.

Es decir que en la nueva etapa, las personas que cumplen algunas actividades esenciales pueden ir a sus lugares de trabajo y usar el transporte público de pasajeros.

Entre ellos se destacan el personal de salud, fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos, control de tráfico aéreo, la autoridades superiores de los Gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se incluyen también a trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

También podrán movilizarse en los servicios públicos de transporte, el personal de los servicios de justicia de turno, los diplomáticos y personas que deben asistir a otras con discapacidad; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes y a familiares que necesiten asistencia.

Además, lo pueden hacer las personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones; personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Otra de las excepciones en cuanto al transporte público se aplica a trabajadores de supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas, entre otras.

La actividad bancaria, los docentes, los trabajadores de restaurantes y empleados de garages, son otros de los trabajadores esenciales que pueden trasladarse por colectivos, trenes y subtes.

En cuanto a las reuniones sociales, se autorizan en la nueva etapa hasta un máximo de 10 personas siempre y cuando se encuentren en espacios abiertos o de acceso al aire libre.

En estos encuentros se deberá mantener una distancia de dos metros entre las personas, utilizar barbijos cuando no se consuman alimentos, y respetar todos los protocolos sanitarios.

Salud 🩺

Continúa la vacunación antigripal en PAMI: ya se inocularon más de 460 mil afiliados

Los afiliados pueden acceder a ella en cualquier farmacia PAMI habilitada sin la necesidad de sacar previamente un turno.

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Más de 460 mil afiliados de PAMI ya se inocularon con la vacuna antigripal 2024 luego de que el gobierno anuncie el esquema de su aplicación.

A través de un comunicado, anunciaron que desde su comienzo la obra social lleva aplicadas más de 460.000 dosis a afiliados de todo el país en las más de 6.000 farmacias de la red PAMI.

Las autoridades informaron que la vacuna es libre y segura; y los afiliados pueden acceder a ella en cualquier farmacia PAMI habilitada sin la necesidad de sacar previamente un turno.

“Esta cantidad de vacunas aplicadas refleja un ritmo acorde a lo proyectado para este periodo del año. El mismo se logró gracias a un manejo eficiente de los recursos del organismo”, expresaron.

Esteban Leguízamo, director ejecutivo de PAMI, señaló: “Tenemos como prioridad cuidar la salud integral de los jubilados a lo largo y ancho del país. La campaña de vacunación antigripal del Instituto continuará durante los meses siguientes y permitirá brindarle a los afiliados protección frente a enfermedades respiratorias”.

Asimismo, aclararon que aquellas personas menores de 65 años que tengan factores de riesgo deben asistir con la orden de su médica o médico de cabecera.

“Para saber dónde aplicarse la vacuna, los afiliados pueden consultar en el buscador de farmacias que se encuentra disponible en la página web de PAMI: http://www.pami.org.ar/farmacias”, concluye el comunicado.

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