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Legislativo

Tras doce horas de debate, el Senado aprobó la reforma laboral de Milei con 42 votos

La Libertad Avanza logró sancionar en general el proyecto que modifica derechos laborales históricos. El oficialismo cedió a las presiones de gobernadores y la CGT para mantener aportes sindicales y eliminar la rebaja de Ganancias. El peronismo denunció un retroceso a 1929 y advirtió que la norma «aborrece la justicia social».

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★ La Cámara de Senadores aprobó este jueves en la madrugada, pasadas la 1.20, en general el proyecto de reforma laboral impulsado por el presidente Javier Milei. La votación arrojó 42 votos a favor y 30 en contra, tras casi doce horas de debate en una sesión que comenzó a las 11.13 del miércoles 11 de febrero.

La Libertad Avanza armó un acuerdo con el radicalismo, el PRO y bloques provinciales que le permitió alcanzar la mayoría necesaria. El acuerdo lo terminó de enhebrar anoche la jefa de LLA, Patricia Bullrich, con los bloques dialoguistas, mientras que el ministro del Interior, Diego Santilli, hizo lo propio con gobernadores aliados del Gobierno, según precisaron altas fuentes de la LLA.

Las concesiones del oficialismo para asegurar los votos

Para alcanzar el acuerdo, el Gobierno cedió a las presiones de los gobernadores para eliminar la rebaja de Ganancias y de la CGT para no poner en riesgo su sistema de financiamiento de gremios y obras sociales. En las últimas horas, el oficialismo decidió modificar el tema de los aportes obligatorios a los gremios que hacen los afiliados y dispuso que no habrá ningún plazo para su vigencia, pero sí un tope del 2%. Esa misma medida se aplicará para las cámaras que reciben aportes obligatorios de las empresas, que tendrán un tope del 0,5%.

Como informó este medio, la versión previa del proyecto fijaba que a partir del 1 de enero de 2028 esos aportes patronales pasarían a ser estrictamente voluntarios. Ese punto fue finalmente descartado tras la presión de los sectores dialoguistas, que advirtieron que muchas organizaciones habrían quedado al borde de la desaparición.

El poroteo final y las ausencias

El proyecto se votó con el respaldo de 20 legisladores de la LLA, 10 de la UCR, 3 del PRO, 2 del Frente de la Concordia Social, 2 de Provincias Unidas, 1 del Frente Cívico, 1 de Independencia, 1 de Despierta Chubut, 1 de La Neuquinidad y 1 de Primero los Salteños.

De los 44 votos que esperaba tener el oficialismo, no acompañaron a la LLA los senadores de Santa Cruz, José Carambia y Natalia Gadano.

Qué contempla la reforma laboral aprobada

El proyecto que promueve el oficialismo contempla incentivos para promover el ingreso al empleo formal con la baja de impuestos, topes a las indemnizaciones, habilita los convenios por empresa, crea el banco de horas, y establece límites al derecho de huelga en los servicios esenciales.

Como informó este medio, la reforma incluye ocho cambios centrales que generan mayor impacto: el regreso de los tickets canasta, límites a la actividad gremial, restricciones a medidas de fuerza, fin de la ultraactividad de los convenios, vacaciones fragmentadas, período de prueba duplicado de tres a seis meses (y a ocho meses en el sector agrario), indemnizaciones y condenas en hasta 12 cuotas mensuales (18 para micro y pequeñas empresas), y topes en el cálculo indemnizatorio con un límite de diez años de antigüedad.

Además, la reforma recorta un punto porcentual en la contribución patronal destinada al sistema de salud, pasando del 6% al 5%. Según datos oficiales de la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), esta modificación representa una pérdida mensual de aproximadamente $16.000 millones para el Fondo Solidario de Redistribución y de más de $90.000 millones para el conjunto de las obras sociales.

Justicia laboral y billeteras virtuales

A último momento, el oficialismo decidió incluir el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires como un anexo a la ley, ya que no pudo incluirlo como proyecto aparte debido a que este tema no estaba incluido en el temario de sesiones extraordinarias. La decisión despertó críticas opositoras, que cuestionaron la falta de tratamiento específico en comisión.

A lo largo de toda la jornada y tras el pedido del PRO de que se incluyan las billeteras virtuales, el oficialismo y sus aliados mantuvieron la decisión de autorizar solo a las entidades bancarias para pagar los sueldos y señalaron que, si una billetera virtual quiere tener esa posibilidad, deberá adecuarse a las normas del Banco Central, según fuentes consultadas por la Agencia NA.

El debate: «modernización» versus «retroceso a 1929»

El debate fue abierto por el senador libertario Juan Cruz Godoy, quien aseguró que en este proyecto se incorporaron «detalles» para que el trabajador «se ponga de acuerdo con el empleador» y dijo que mejora una legislación «pensada para una realidad de hace 50 años». Afirmó que esta propuesta busca solucionar el miedo que tienen los empleadores a contratar por los riesgos de litigios laborales.

Desde la oposición, el senador peronista Mariano Recalde indicó que esta norma «no está pensada para generar trabajo» y que «no es la primera que se hace en 50 años». Asimismo, se refirió al acuerdo entre el empleado y el empleador para fraccionar las vacaciones y aseguró que «todos se quieren ir 14 días».

«Esta ley vuelve a la redacción de 1929. ¡Qué moderno! Sólo quiere dejar afuera el derecho de las 8 horas de trabajo a un montón de trabajadores. Ustedes aborrecen la justicia social y la paz también», concluyó Recalde.

Desde la UCR, la senadora radical Carolina Losada aseguró que con la ley de modernización laboral «va a haber más inversión, más empresas y mejores jubilaciones». «Con este proyecto va a haber más inversión y más empresas. Y si aumentamos la cantidad de gente que está en blanco, va a aumentar también la masa de dinero para mejorar las jubilaciones. Todo esto gracias a un marco razonable y para muchos lo razonable está lejos de lo que uno está acostumbrado a hablar», indicó.

El Fondo de Asistencia Laboral, el punto más cuestionado

A lo largo del debate, uno de los puntos más cuestionados fue la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) que financiará los despidos y será solventado con el aporte del 1% de las contribuciones de las grandes empresas que derivan a la Anses, y del 2,5% de las Pymes.

Incluso la senadora cordobesa de Provincias Unidas, Alejandra Vigo, que adelantó su aprobación en general, se manifestó en contra de la creación del FAL.

Como informó este medio, el secretario de Trabajo, Julio Cordero, había defendido la creación de este fondo argumentando que se financiará con una detracción del 3% de las contribuciones patronales y permitirá a las pymes disponer de recursos para abonar indemnizaciones o mutuos acuerdos sin descapitalizarse.

El sindicalismo promete continuar la pelea

La aprobación en el Senado se produce en un escenario de creciente movilización sindical. Como informó este medio, la CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores convocaron a un paro con movilización cuando comience a tratarse la reforma laboral en el Congreso Nacional, y ratificaron marchas en Córdoba (5 de febrero) y Rosario (10 de febrero).

La CGT, por su parte, lanzó un plan de lucha que incluye una movilización y advirtió que, de no poder frenar la ley, buscará limitar su aplicación y avanzar luego por la vía judicial. «La solución no es gremial, es política», repiten en la central obrera, aun cuando admiten que la capacidad de presión sindical no es la de otras etapas históricas.

La reforma llega sancionada en general rodeada de resistencia sindical y con la certeza de que, aun aprobada en particular, abrirá un nuevo capítulo de conflicto político, judicial y social.

Puntos clave

• El Senado aprobó en general la reforma laboral de Milei con 42 votos a favor y 30 en contra, tras casi doce horas de debate.

• El oficialismo cedió a las presiones de gobernadores y la CGT para eliminar la rebaja de Ganancias y mantener los aportes obligatorios a gremios y cámaras, aunque con topes del 2% y 0,5% respectivamente.

• La reforma incluye período de prueba duplicado, indemnizaciones en cuotas, topes al cálculo indemnizatorio y fin de la ultraactividad de los convenios colectivos.

• El peronismo denunció que la ley «vuelve a la redacción de 1929» y «aborrece la justicia social», mientras que el oficialismo sostiene que favorecerá la formalización del empleo.

• El proyecto incorporó como anexo el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires y descartó la intervención de billeteras virtuales en el pago de salarios. ★

Géneros 🟣

La Corte pide escuchar a las víctimas mientras el Congreso discute castigarlas: los datos que desarman el mito de las falsas denuncias

El Máximo Tribunal anuló la absolución de un padre acusado de abusar de su hija de tres años y exigió ponderar el relato de la víctima con debida diligencia reforzada. El fallo llega mientras el régimen libertario empuja un proyecto que endurece las penas por falsas denuncias, que según los fiscales son apenas el 0,09% de las causas.

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Una niña de tres años contó lo que había vivido con su padre. Recién pudo repetirlo formalmente en una Cámara Gesell a los seis, después de años de demoras judiciales, la Cámara de Casación terminó absolviendo al acusado por el beneficio de la duda.

El 29 de septiembre, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto esa absolución y ordenó dictar una nueva sentencia. El máximo tribunal volvió a decir lo que el movimiento de mujeres repite desde hace años: la palabra de una víctima no puede quedar relegada por el tiempo que pierde el propio Estado.

La causa, caratulada «R., D. S. s/ incidente de recurso extraordinario», tuvo un recorrido sinuoso. El Tribunal Oral en lo Criminal N° 26 había condenado al hombre a tres años de prisión en suspenso por abuso sexual simple agravado por el vínculo, con el voto en disidencia de una jueza que entendió que subsistía una duda razonable. Luego, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la condena y lo absolvió bajo el principio in dubio pro reo. El Ministerio Público Fiscal llevó el caso en queja hasta la Corte, que le dio la razón por mayoría y remitió a su doctrina consolidada en los precedentes «S. J. M.» y «Rivero».

Debida diligencia reforzada

La decisión mayoritaria remarcó el deber de debida diligencia reforzada que impone la Convención de Belém do Pará y la especial ponderación que merece el relato de la víctima, dada su doble condición de vulnerabilidad por edad y por género. Para la Corte, una niña abusada en la intimidad de su hogar no puede ser tratada como una testigo más.

La acusación fiscal había sostenido que exigirles a los peritos conclusiones asertivas desnaturaliza la declaración de la niña en Cámara Gesell, y que el paso del tiempo y las demoras judiciales no pueden operar en desmedro del derecho de la víctima a ser oída. Casación, según el planteo del Ministerio Público, fragmentó la prueba y le restó valor a ese testimonio sin considerar la edad de la niña ni las condiciones en las que pudo hablar.

El fallo no condena al padre ni restablece de manera automática la pena del tribunal oral: obliga a que otro tribunal vuelva a decidir, esta vez dentro de los límites fijados por la Corte. Lo que cambia es la vara con la que deberá mirarse la palabra de la niña.

La soledad de Rosenkrantz

El vicepresidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, votó en soledad por rechazar la queja fiscal y sostener la absolución. En una disidencia mucho más extensa que la decisión de la mayoría, señaló que Casación valoró de forma razonable y no sesgada los informes técnicos, que consignaron indicadores inespecíficos de abuso, distorsiones por el transcurso de tres años y ausencia de patologías en el perfil psicosexual del padre.

Rosenkrantz enfatizó además que las fallas del Estado al investigar no justifican relajar los estándares del debido proceso ni castigar sin certeza más allá de toda duda razonable. Su voto deja expuesta una paradoja cruel: la demora de la Justicia, que la víctima no eligió, termina pesando sobre el valor de su propio relato. No fue su única disidencia de la semana: también votó en soledad cuando la Corte anuló la absolución del exjefe del Ejército César Milani por la desaparición del conscripto Alberto Ledo.

El proyecto que apunta contra las que denuncian

Mientras la Corte reclama escuchar a las víctimas, en el Congreso avanza la dirección contraria. El proyecto de la senadora Carolina Losada (UCR, Santa Fe), registrado como expediente S-228/25 y presentado el 11 de marzo de 2025, obtuvo dictamen de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado el 8 de abril de este año. La iniciativa modifica los artículos 245, 247 y 277 del Código Penal: eleva la pena por falsa denuncia, hoy de dos meses a un año de prisión o multa, a una escala de uno a tres años, y la lleva a entre tres y seis años cuando la denuncia se refiera a violencia de género, delitos contra menores o contra la integridad sexual.

«La mentira no tiene género», sostuvo Losada en defensa de su propuesta. Durante el debate en comisión afirmó que «las falsas denuncias llenan de causas los tribunales y utilizan recursos del Estado, recursos que deberían ir a las verdaderas víctimas». Antes, Mariano Cúneo Libarona, al respaldar la iniciativa en el Senado en su rol de ministro de Justicia, había llegado a decir: «Se creó una concepción hipócrita de que la mujer no miente».

El proyecto llegó a figurar en el temario de la sesión del 6 de agosto, pero fue retirado a último momento y quedó sin fecha de tratamiento, aunque conserva estado parlamentario y el empuje del oficialismo que conduce Patricia Bullrich en la Cámara alta. El diputado de La Libertad Avanza Adrián Brizuela insistió en septiembre en que la iniciativa «será ley más tarde que nunca».

La historia del proyecto arrastra un antecedente inquietante. En diciembre de 2024, Losada y Cúneo Libarona fueron denunciados penalmente por encubrimiento agravado y violación de los deberes de funcionario público, entre otros delitos, acusados de haber llevado a una joven víctima de abuso sexual al Congreso para que leyera públicamente un texto en el que se retractaba de haber denunciado a su padre, que había sido condenado.

La realidad: qué dicen los números

La supuesta «ola» de falsas denuncias no aparece en los datos oficiales. El Observatorio de Violencia de Género de los Ministerios Públicos Fiscales relevó más de 8,2 millones de causas penales en 17 jurisdicciones entre 2023 y 2025: las falsas denuncias representaron apenas el 0,09% del total. En las 14 jurisdicciones que pudieron desagregar la información, el 86% de esas causas correspondió a conflictos patrimoniales, vecinales o laborales, y solo el 8% al ámbito de la violencia de género o intrafamiliar.

El mismo informe expuso el problema real: el 45% de las mujeres argentinas sufrió violencia de pareja alguna vez en su vida, pero el 77% nunca hizo una denuncia. «No existe evidencia de una proliferación de falsas denuncias que justifique una reforma penal», concluyó el Observatorio. El sistema no está desbordado de mentiras; está atravesado por el silencio de las víctimas.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas (CEDAW) recomendó en febrero que la Argentina retire el proyecto y que «se asegure de que las modificaciones legislativas no creen obstáculos para formular denuncias, no disuadan a las víctimas de buscar protección ni menoscaben la credibilidad de las mujeres en los casos de violencia de género».

Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), lo resumió en diálogo con el canal de streaming de Infobae: «El proyecto de ley que se discute en el Senado no es un proyecto que castigue las falsas denuncias, sino un proyecto que castiga denunciar». Hasta la Oficina Especializada en Violencia de Género de la propia UCR rechazó la iniciativa de su senadora y advirtió que «el verdadero problema de nuestro país no son las falsas denuncias; son las violencias que permanecen silenciadas».

Yo sí te creo

Durante las audiencias en el Senado, madres protectoras advirtieron que la figura de la falsa denuncia suele utilizarse como estrategia discursiva en los juicios por abuso sexual infantil. El caso que acaba de resolver la Corte muestra cómo funciona ese engranaje: una niña que habla tarde, peritajes que no son concluyentes, años de demora y una absolución que el máximo tribunal consideró necesario revisar.

Con una ley que amenaza con hasta seis años de cárcel a quien denuncia, muchas de esas madres y de esas niñas directamente dejarían de hablar. La consigna «Yo sí te creo», que el feminismo convirtió en bandera para reivindicar la palabra de las víctimas, encuentra en este fallo un respaldo institucional. Del otro lado, un gobierno que desfinancia las políticas contra la violencia de género y un proyecto que pone bajo sospecha a quien se anima a denunciar. La pregunta que deja la semana es a quién elige proteger el Estado.

Lo que tenés que saber de las denuncias por violencia de género

  • El 29 de septiembre, la Corte Suprema anuló la absolución de un padre acusado de abuso sexual agravado contra su hija de tres años y ordenó un nuevo fallo.
  • La mayoría invocó la debida diligencia reforzada de la Convención de Belém do Pará y la doble vulnerabilidad de la víctima por edad y género; Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
  • El proyecto de Carolina Losada eleva hasta seis años de prisión la pena por falsa denuncia en casos de violencia de género, abuso sexual y delitos contra menores; tiene dictamen desde abril.
  • Según el Observatorio de Violencia de Género de los Ministerios Públicos, las falsas denuncias son el 0,09% de 8,2 millones de causas, y el 77% de las mujeres que sufrió violencia de pareja nunca denunció.
  • El Comité CEDAW de la ONU recomendó a la Argentina retirar el proyecto por considerar que desalienta las denuncias.

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