Comunidad 👥
Aprueban prórroga contra desalojos en barrios populares
El proyecto impide que, durante los próximos diez años se puedan llevar a cabo los desalojos judiciales de terrenos en los que se hayan levantado los mencionados asentamientos.
El Senado de la Nación aprobó hoy, y convirtió en ley, la reforma de la norma de integración socio-urbana de Barrios Populares, al prorrogar por diez años la suspensión de los desalojos de esos terrenos ocupados de manera precaria.
La iniciativa fue respaldada por 64 votos a favor y uno en contra, ante la mirada de la ministra de Desarrollo Social de la Nación, Victoria Tolosa Paz, que siguió el debate desde una de las gradas del hemiciclo de la Cámara alta.
El proyecto obtuvo el respaldo del oficialismo y de la oposición, aunque la única que votó en contra fue la macrista cordobesa Carmen Álvarez Rivero.
El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el oficialista jujeño Guillermo Snopek, defendió el proyecto argumentando que se busca una “ampliación del plazo para darle tranquilidad a los argentinos cuyo futuro pende de una orden de desalojo”.
“De este modo, resguardamos de la incertidumbre a quienes se encuentran en esa situación”, aseguró el representante del Frente de Todos.
La iniciativa promueve el fortalecimiento del acceso a los servicios públicos, garantizando una tarifa social a aplicarse en todos los conglomerados incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
Asimismo, propone ampliar el alcance de la norma sancionada en 2018 declarando la utilidad pública de 1.176 nuevos barrios, prorrogar la suspensión de los desalojos por diez años como garantía de implementación de la ley y del derecho a la vivienda, y agilizar los procesos administrativos.
En tanto, la porteña Guadalupe Tagliaferri, de Juntos por el Cambio, afirmó que “esta es una política de Estado que no empezó hoy, sino en 2016 (durante el gobierno de Cambiemos), porque para resolver los problemas de la gente tenemos que hacerlo con la verdad y dejar de ocultar a cinco millones de pobres vulnerables con su hábitat domiciliario bajo la alfombra”.
“Va a llevar treinta años resolver esto, pero empezamos a ponerlo en la agenda en 2016 cuando empezamos a relevar cuántos barrios populares había en la Argentina”, aseveró.
El proyecto apunta a declarar la emergencia socio urbana, sanitaria y ambiental en los barrios populares por el plazo de dos años, garantizar los servicios públicos e incorporar la perspectiva de género como criterio de prioridad para la titularidad de las viviendas.
Además, se incorpora la adquisición de tierras para la producción de nuevo suelo urbano al conjunto de acciones comprendidas dentro de la “integración socio urbana”, definida en el artículo 1 de la ley 27.453.
Asimismo, se establece que los habitantes de los barrios populares que integran el Renabap tienen derecho a acceder a los servicios públicos con calidad, continuidad y cantidad suficientes, sin discriminación.
La vicejefa del interbloque del Frente de Todos, la mendocina Anabel Fernández Sagasti, destacó que esta “es una ley que surgió de las organizaciones en los barrios” que fue “muy militada, consensuada y luchada en las calles”.
“La política escuchó ese reclamo, y esa ley salió. Lo bueno es que pasaron dos gobiernos de distintos signos políticos y estamos juntos generando certezas”, abogó.
Por su parte, el jefe del bloque radical, Luis Naidenoff, enfatizó que “hay cinco millones de argentinos que viven en vulnerabilidad extrema” e indicó que “esto demuestra lo lejos que se está de alcanzar un piso mínimo de dignidad”.
“El problema es cuando un problema se naturaliza. En la medida en que naturalicemos eso, el lugar de nacimiento condiciona la potencialidad de las personas”, insistió.
Todos los niveles de gobierno y organismos intervinientes deberán implementar las medidas adecuadas para asegurar su inclusión y la asequibilidad para, gradualmente, constituirse en usuarios formales de los servicios públicos, debiendo adaptar las normativas para facilitar la realización de tal derecho.
También se declara la emergencia socio urbana, sanitaria y ambiental en los Barrios Populares identificados en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana por el plazo de dos años desde la entrada en vigencia de la presente norma.
Finalmente, se establece que el 75 %, como mínimo, de los fondos del fideicomiso deberán destinarse a la urbanización e integración socio urbana de los asentamientos y Barrios Populares; el desarrollo de infraestructuras necesarias para establecer condiciones en el hábitat y las viviendas; y otros destinos relacionados al acceso a la urbanización, integración socio urbana, la adquisición de tierras para la producción de nuevo suelo urbano y/o regularización dominial.
Judiciales ⚖️
Pity Álvarez: la querella pidió 11 años y 2 meses y rechazó la legítima defensa
Fabián Améndola sostuvo que el músico “se acercó y lo remató” y que los últimos tres disparos ya no respondían a ninguna agresión. El fiscal general Sandro Abraldes alegará el miércoles 11 y la defensa, el viernes 13.
Cuatro disparos, tres de ellos a corta distancia, y una víctima que ya había caído cuando se efectuaron los últimos: esa es la reconstrucción con la que la querella pidió 11 años y 2 meses de prisión para el músico Cristian “Pity” Álvarez por la muerte de Cristian Díaz.
El pedido lo formuló el abogado Fabián Améndola, que junto con Fernando Burlando representa a la madre de una de las hijas de Díaz, en los alegatos de clausura que comenzaron a las 11:30 del viernes 6 de noviembre ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.° 29 de la Ciudad de Buenos Aires, integrado por los jueces Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y Hugo Navarro. Díaz murió de cuatro disparos el 12 de julio de 2018 en el complejo habitacional Cardenal Samoré, de Villa Lugano.
Un pedido con arresto domiciliario y salidas laborales
La querella calificó el hecho como homicidio agravado por el uso de arma de fuego y pidió que, si el tribunal dicta una condena, Álvarez la cumpla bajo arresto domiciliario y con salidas laborales. Améndola aclaró que no buscaban una condena ejemplificadora y recordó la paciencia con la que la familia atravesó las demoras de un proceso condicionado por la salud del acusado.
Para la querella no hubo legítima defensa, porque cuando Díaz cayó ya no existía una agresión real. Según Améndola, el músico “se acercó y lo remató”, comprendió y dirigió su acción, y no había peligro para él cuando efectuó los últimos tres disparos.
La acusación fiscal y la estrategia de la defensa
El fiscal general Sandro Abraldes sostiene una acusación por homicidio simple con dolo eventual, un delito con pena de 8 a 25 años de prisión, y le atribuye además portación ilegítima de arma de uso civil. Alegará el miércoles 11 de noviembre. El viernes 13 será el turno de los defensores Javier Baños y Sebastián Queijeiro, que buscarán probar que Álvarez actuó en legítima defensa o, de manera subsidiaria, que hubo un exceso en ella, figura que prevé entre uno y cinco años de prisión.
El relato de Álvarez ante el tribunal
Álvarez declaró por primera vez el lunes 2 de noviembre, durante unas cuatro horas, después de llegar en ambulancia desde la clínica psiquiátrica de Castelar donde permanece internado de manera involuntaria desde el 2 de octubre. Dijo que se sintió acorralado por una persona peligrosa, que tenía el arma en el bolsillo y que apuntó al cuerpo de Díaz. Luego describió un “fogonazo blanco” en su cabeza y aseguró que no supo qué ocurrió durante unos segundos.
También pidió perdón a la familia de Díaz y propuso dar un recital para recaudar dinero destinado a las hijas de la víctima.
Dos lecturas que el tribunal deberá resolver
La distancia entre ambos relatos define el juicio: miedo y un vacío de segundos para el acusado, disparos sin peligro real para la querella. El debate comenzó el 10 de agosto de 2026, ocho años después del hecho, tras un proceso penal que estuvo suspendido durante años por planteos sobre la salud del músico.
Será el tribunal el que determine si corresponde homicidio simple, homicidio agravado por arma de fuego, legítima defensa o exceso en ella. Hasta que haya sentencia, rige la presunción de inocencia.
Lo que tenés que saber
- La querella pidió 11 años y 2 meses de prisión para Pity Álvarez, con arresto domiciliario y salidas laborales, por la muerte de Cristian Díaz el 12 de julio de 2018 en Villa Lugano.
- El pedido se formuló en los alegatos de clausura ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.° 29 de la Ciudad de Buenos Aires.
- Para el abogado Fabián Améndola no hubo legítima defensa, porque los últimos tres disparos ya no respondían a una agresión.
- El fiscal general Sandro Abraldes acusa por homicidio simple con dolo eventual, con pena de 8 a 25 años, y alegará el miércoles 11.
- Los defensores Javier Baños y Sebastián Queijeiro alegarán el viernes 13 y plantearán legítima defensa o su exceso.
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