Política 📢
Vidal advierte que “pintarse de violeta se va agotando” y pide un PRO alternativo a Milei
La diputada nacional planteó que su partido debe sostenerse sin fusionarse con La Libertad Avanza y criticó la polarización kirchnerismo-mileísmo. Sus declaraciones coinciden con un récord de confianza en el Gobierno tras el triunfo electoral de octubre.
★ La diputada nacional por el PRO María Eugenia Vidal afirmó este martes que «se va agotando» la etapa de dirigentes de su partido que migraron hacia La Libertad Avanza y planteó la necesidad de construir una alternativa política diferenciada del oficialismo libertario.
«La etapa de pintarse de violeta se va agotando, aquellos que querían irse a LLA ya se fueron y el PRO se mantiene de pie y trabajando por construir una alternativa», declaró Vidal en diálogo con el programa «Esta mañana» de Radio Rivadavia.
La ex gobernadora bonaerense cuestionó la dinámica política actual y advirtió que «mientras la alternativa sea el kirchnerismo la polarización sirve para ganar elecciones pero no para gobernar, porque nadie quiere apostar a un país en el que las reglas de juego pueden cambiar cada dos años».
Propuesta de reforma constitucional
En línea con su crítica al sistema electoral vigente, Vidal propuso modificar la Constitución para eliminar las elecciones cada dos años. «Debemos empezar a pensar en una reforma constitucional para que no se vote más cada dos años, porque eso hace mucho daño, no se puede estar un año gobernando y otro en campaña», manifestó.
La legisladora se pronunció a favor de «volver a un esquema de seis años de mandato presidencial sin reelección, y elecciones cada tres años», una modificación que implicaría cambios sustanciales en el actual sistema político argentino.
La estrategia del PRO frente al oficialismo
Vidal remarcó su postura sobre el rol que debe cumplir el PRO en relación al Gobierno de Javier Milei. «Yo soy partidaria de que haya un PRO fuerte que pueda apoyar al Gobierno en lo que está bien, pero no necesita pintarse de violeta o convertirse en La Libertad Avanza para apoyarlo», subrayó.
La diputada fue clara al plantear que «el PRO tiene que ser alternativa a LLA, porque mientras la dinámica sea kirchnerismo o mileísmo, creo que va a ser muy difícil salir adelante para el país».
Respecto del triunfo electoral del oficialismo el 26 de octubre pasado, Vidal interpretó que «no es un cheque en blanco» y señaló: «Muchos argentinos votaron con miedo a que el lunes las cosas estuvieran peor si ganaba el kirchnerismo, pero no 100% convencidos de todo lo que estaba haciendo el gobierno, sino diciéndole, ‘que mi esfuerzo valga la pena'».
Expectativa sobre reformas legislativas
La ex gobernadora bonaerense estimó que «en el Congreso hay vocación de diálogo y de ponerse de acuerdo para que salgan adelante las reformas que impulsa el Poder Ejecutivo, como la laboral, la tributaria y la previsional». En ese sentido, expresó: «Ojalá el Gobierno aprovecha esta oportunidad y pueda sacar estas reformas de acá a marzo».
Récord de confianza en el Gobierno tras las elecciones
Las declaraciones de Vidal se producen en un contexto de aumento significativo de la confianza ciudadana en el Gobierno de Milei. Según la medición de la Escuela de Gobierno de la Universidad Torcuato Di Tella, el Índice de Confianza en el Gobierno (ICG) trepó un 17,5% en noviembre tras el triunfo electoral de La Libertad Avanza.
El ICG registró en noviembre un valor de 2,47 puntos, el nivel más alto desde febrero de este año, cuando alcanzó los 2,56 puntos. Esta mejora compensa las caídas registradas en agosto y septiembre.
De acuerdo al informe de la Universidad Di Tella, el ICG de noviembre resulta 16,8% menor que el registrado en noviembre de 2017 durante la gestión de Mauricio Macri (2,97 puntos), y 69,8% mayor que el de noviembre de 2021 bajo el gobierno de Alberto Fernández (1,45 puntos).
La mejora del indicador general se replica en los cinco subíndices que lo componen: Capacidad para resolver los problemas del país subió a 2,93 puntos (+18,6%), Honestidad de los funcionarios a 2,81 (+12,4%), Eficiencia en la administración del gasto público a 2,32 (+12,6%), Evaluación general del Gobierno a 2,26 (+30,6%) y Preocupación por el interés general a 2,02 (+16,8%).
El relevamiento tomó 1.008 casos en cuarenta localidades de todo el país, con un margen de error de ±0,06 y un intervalo de confianza del 95%. El trabajo de campo se realizó entre el 3 y el 14 de noviembre, días después de las elecciones legislativas en las que triunfó el oficialismo.
Puntos clave:
• Vidal afirmó que la etapa de dirigentes del PRO que migraron a La Libertad Avanza «se va agotando»
• La diputada propuso una reforma constitucional para eliminar elecciones cada dos años y volver a mandatos presidenciales de seis años sin reelección
• Planteó que el PRO debe ser alternativa tanto al kirchnerismo como a LLA para evitar la polarización
• La confianza en el Gobierno de Milei aumentó 17,5% en noviembre según la Universidad Di Tella, alcanzando su mejor nivel desde febrero
• El ICG de noviembre (2,47 puntos) es 69,8% mayor al registrado en noviembre de 2021 durante el gobierno de Alberto Fernández
Judiciales ⚖️
La Justicia declaró inconstitucional la quita del 33% en las indemnizaciones de la reforma laboral
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo fulminó el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral por vulnerar derechos constitucionales de los trabajadores que iniciaron juicio antes de la sanción de la norma. El fallo se suma a otro precedente similar de la Sala VI y abre una fractura en el fuero que anticipa un camino inevitable hacia la Corte Suprema.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, integrada por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez, declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral (27.802) en el marco de la causa «Mendiguren, Maximiliano Hernán c/ Lavadero Torino S.A. s/ Despido». El tribunal determinó que la norma, al fijar un régimen de actualización diferenciado para los créditos laborales judicializados antes de la sanción de la ley, viola al menos tres artículos de la Constitución Nacional y el principio protectorio consagrado en el artículo 14 bis.
Una quita del 33% disfrazada de «piso mínimo»
El artículo 55 de la Ley 27.802, aprobada por el Congreso el 28 de febrero de 2026, establece para los créditos laborales ya judicializados un «piso mínimo» equivalente al 67% del valor que resultaría de actualizar el crédito por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con más una tasa de interés pura del 3% anual. En términos concretos, y en eso reside la clave del debate constitucional, los trabajadores que iniciaron reclamos judiciales antes de la reforma cobrarían, en la práctica, un 33% menos que quienes no recurrieron a la justicia, ya que estos últimos quedan amparados por el régimen general del artículo 54 de la misma ley.
El tribunal identificó tres ejes de inconstitucionalidad. El primero es la afectación al derecho de propiedad privada consagrado en el artículo 17 de la Constitución Nacional: al licuar una porción del crédito en beneficio del empleador deudor que incumplió sus obligaciones, la norma opera como una confiscación encubierta. El segundo eje es la violación del principio de igualdad ante la ley del artículo 16, ya que impone un trato más gravoso precisamente a quienes ejercieron su derecho constitucional de acceso a la justicia. El tercero, y tal vez el más grave en términos simbólicos, es que la norma castiga el ejercicio del derecho a reclamar: quienes fueron a la Justicia cobran menos que quienes no lo hicieron.
«El artículo 55 de la ley 27.802 no supera el examen de constitucionalidad, pues vulnera, en el caso, los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional, así como el principio protectorio consagrado en el artículo 14 bis», escribió el juez Catani en la sentencia. El fallo ordenó aplicar el mecanismo de actualización por IPC del artículo 54 y rechazó cualquier quita sobre rubros de naturaleza alimentaria, citando además jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Un fuero dividido y una batalla que va a la Corte
El fallo de la Sala I no es un caso aislado, pero tampoco representa una posición unánime del fuero. Previamente, la Sala VI de la misma Cámara había dictado una resolución en idéntico sentido, declarando también la inconstitucionalidad del artículo 55. En paralelo, el Tribunal de Trabajo Nº 4 de La Plata sumó un pronunciamiento similar. Sin embargo, las Salas II y VIII de la Cámara Nacional del Trabajo sostuvieron la constitucionalidad de la misma norma, generando una contradicción interna en el fuero que vuelve inevitable la intervención de la Corte Suprema para unificar criterios.
La fractura judicial llega en un contexto de disputa permanente en torno a la Ley 27.802. El 30 de marzo de 2026, el juez Raúl Horacio Ojeda, del Juzgado N° 63, había hecho lugar a una cautelar de la CGT que suspendió la vigencia de 83 artículos de la ley. La Sala VIII de la Cámara revirtió esa medida el 23 de abril, reponiendo la plena operatividad de la norma. Pero la discusión de fondo, es decir si los artículos son o no constitucionales, permanece abierta. La declaración de inconstitucionalidad del artículo 55 por la Sala I reaviva ese debate en el peor momento para el Gobierno, justo cuando el Ejecutivo intentaba consolidar la aplicación de la ley.
El caso concreto: un trabajador de lavadero y el COVID como punto de partida
La causa que motivó el fallo involucra a Maximiliano Hernán Mendiguren, quien trabajó para el Lavadero Torino S.A. y denunció un despido indirecto luego de que la empresa no le pagara íntegramente el sueldo durante la emergencia sanitaria por COVID-19. El tribunal comprobó, a partir de informes bancarios, que entre abril y septiembre de 2020 el trabajador solo recibió pagos parciales o montos correspondientes al Programa ATP, el subsidio estatal de ese período. La sentencia, más allá de la cuestión constitucional del artículo 55, delimitó el alcance de las indemnizaciones a los rubros con nexo causal directo en la falta de registro.
El caso ilustra con precisión el tipo de situaciones que la norma cuestionada afecta: trabajadores que iniciaron reclamos legítimos y que, por la sola circunstancia de haberlos judicializado antes de que se sancionara la Ley 27.802, cobrarían menos que si hubieran esperado o no hubieran reclamado en absoluto. Esa lógica, que en el papel aparece como una corrección técnica del sistema de actualización de créditos, en los hechos invierte el principio protectorio que la Constitución garantiza en favor del trabajador.
Puntos clave
- La Sala I de la Cámara Nacional del Trabajo declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley 27.802, que imponía una quita del 33% en las indemnizaciones de los trabajadores que judicializaron sus reclamos antes de la reforma.
- El fallo detectó violaciones a los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional y al principio protectorio del artículo 14 bis.
- La Sala VI de la misma Cámara ya había declarado la inconstitucionalidad en un caso previo; las Salas II y VIII sostuvieron la constitucionalidad, dividiendo el fuero.
- La causa de fondo sobre los 83 artículos impugnados por la CGT continúa abierta, con la Corte Suprema como destino probable del debate.
- El Tribunal de Trabajo Nº 4 de La Plata también declaró la inconstitucionalidad del mismo artículo en una causa paralela.
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